0 · Veredicto
Ámbar · el arancel baja por etapasPodés exportar con la rebaja del acuerdo. Hoy pagás 9 % en lugar de 10 %, y llega a 0 el 1 de enero de 2036.
Acción recomendada: asegurate de poder probar el origen y revisá con tu importador que pida la rebaja del acuerdo en la declaración de aduana.
Automóviles de turismo y demás vehículos automóviles diseñados principalmente para transporte de personas › Nuevos (NC 8703 60 10) paga hoy 9 % de arancel para entrar a la Unión Europea con el Acuerdo UE-Mercosur, en lugar de 10 % sin acuerdo. Llega a 0 el 1 de enero de 2036. No tiene cupo, la rebaja vale para cualquier cantidad. Dato al 31/10/2026, según el Acuerdo Interino de Comercio UE-Mercosur y la Nomenclatura Combinada 2026.
1 · Clasificación
Tu producto en las tres nomenclaturas
La ficha está armada sobre la línea europea 8703 60 10, que es la que declara el importador en la Unión Europea. En Argentina le corresponde la NCM 8703.60.00. Confirmala con tu despachante de aduana.
| Nomenclatura | Código | Versión | Descripción oficial |
|---|---|---|---|
| NCM (Argentina) | 8703.60.00 | NCM vigente 2026 | Los demás vehículos, equipados para la propulsión con motor de émbolo (pistón), de encendido por chispa y con motor eléctrico, que se puedan cargar mediante conexión a una fuente externa de alimentación eléctrica |
| NC (Unión Europea) | 8703 60 10 | NC 2026 (anexo en NC 2013: 8703 21 10, la línea del anexo se abrió en varias) | Los demás vehículos, equipados para la propulsión con motor de émbolo (pistón), de encendido por chispa y con motor eléctrico, que se puedan cargar mediante conexión a una fuente externa de alimentación eléctrica: nuevos |
| HS (mundial) | 8703.60 | Sistema Armonizado | Automóviles de turismo y demás vehículos automóviles diseñados principalmente para transporte de personas (excepto los de la partida 8702 ), incluidos los del tipo familiar ( break o station wagon ) y los de carreras |
2 · Arancel y cronograma
Cuánto pagás hoy y cuándo llega a cero
Hoy pagás 9 %. Sin acuerdo pagarías 10 %. Llega a 0 el 1 de enero de 2036. Del lado argentino, el derecho de exportación hoy es 0 % (Decreto 566/2026).
Próximo escalón. El 1/1/2027 el arancel baja de 9 % a 8,1 % (etapa 2 de 11). Llega a cero el 1/1/2036. Agendalo en tu calendario (.ics) · Todo lo que cambia el 1 de enero
- Hoy 9 %
- Próximo escalón · 1/1/2027 8,1 %
- Llega a 0 · 1/1/2036
- Sin acuerdo 10 %
Si en vez de exportar, importás esto de Europa
El acuerdo también baja lo que vos pagás al comprar. El resto de la ficha dice lo que paga tu producto al entrar a Europa. El Apéndice 2-A-2 dice lo contrario, lo que la Argentina le cobra a la mercadería europea que entra, y lo va bajando con el mismo calendario. Si comprás este producto en Europa, esto es lo que te toca.
Ficha de importación, ordenada para quien compra en Europa
| Línea del anexo (NCM 2012) | Arancel base | Categoría | Llega a 0 |
|---|---|---|---|
| 8703.21.00 Automóviles de turismo y demás vehículos automóviles, con motor de explosión, de cilindrada ≤ 1 000 cm3 Hoy se declara 8703.60.00 · Tabla oficial de correlación · la línea de 2012 se partió y la NCM vigente dice Los demás vehículos, equipados para la propulsión con motor de émbolo (pistón), de encendido por chispa y con motor eléctrico, que se puedan cargar mediante conexión a una fuente externa de alimentación eléctrica | 35 % | Sección A, 6 i) | 1 de enero de 2044 |
| 8703.22.10 Automóviles de turismo y demás vehículos automóviles, con motor de explosión, de cilindrada > 1 000 cm3 pero ≤ 1 500 cm3, hasta 6 pasajeros Hoy se declara 8703.60.00 · Tabla oficial de correlación · la línea de 2012 se partió y la NCM vigente dice Los demás vehículos, equipados para la propulsión con motor de émbolo (pistón), de encendido por chispa y con motor eléctrico, que se puedan cargar mediante conexión a una fuente externa de alimentación eléctrica | 35 % | Sección A, 6 i) | 1 de enero de 2044 |
| 8703.22.90 Automóviles de turismo y demás vehículos automóviles, con motor de explosión, de cilindrada > 1 000 cm3 pero ≤ 1 500 cm3, más de 6 pasajeros Hoy se declara 8703.60.00 · Tabla oficial de correlación · la línea de 2012 se partió y la NCM vigente dice Los demás vehículos, equipados para la propulsión con motor de émbolo (pistón), de encendido por chispa y con motor eléctrico, que se puedan cargar mediante conexión a una fuente externa de alimentación eléctrica El anexo fija un tipo por país y en esta línea no coinciden: Argentina 35, Brasil 35, Paraguay 10, Uruguay 23. Acá se carga el de la Argentina. | 35 % | Sección A, 6 i) | 1 de enero de 2044 |
| 8703.23.10 Automóviles de turismo y demás vehículos automóviles, con motor de explosión, de cilindrada > 1 500 cm3 pero ≤ 3 000 cm3, hasta 6 pasajeros Hoy se declara 8703.60.00 · Tabla oficial de correlación · la línea de 2012 se partió y la NCM vigente dice Los demás vehículos, equipados para la propulsión con motor de émbolo (pistón), de encendido por chispa y con motor eléctrico, que se puedan cargar mediante conexión a una fuente externa de alimentación eléctrica | 35 % | Sección A, 6 i) | 1 de enero de 2044 |
| 8703.23.90 Automóviles de turismo y demás vehículos automóviles, con motor de explosión, de cilindrada > 1 500 cm3 pero ≤ 3 000 cm3, más de 6 pasajeros Hoy se declara 8703.60.00 · Tabla oficial de correlación · la línea de 2012 se partió y la NCM vigente dice Los demás vehículos, equipados para la propulsión con motor de émbolo (pistón), de encendido por chispa y con motor eléctrico, que se puedan cargar mediante conexión a una fuente externa de alimentación eléctrica El anexo fija un tipo por país y en esta línea no coinciden: Argentina 35, Brasil 35, Paraguay 15, Uruguay 23. Acá se carga el de la Argentina. | 35 % | Sección A, 6 i) | 1 de enero de 2044 |
| 8703.24.10 Automóviles de turismo y demás vehículos automóviles, con motor de explosión, de cilindrada > 3 000 cm3, hasta 6 pasajeros Hoy se declara 8703.60.00 · Tabla oficial de correlación · la línea de 2012 se partió y la NCM vigente dice Los demás vehículos, equipados para la propulsión con motor de émbolo (pistón), de encendido por chispa y con motor eléctrico, que se puedan cargar mediante conexión a una fuente externa de alimentación eléctrica | 35 % | Sección A, 6 i) | 1 de enero de 2044 |
| 8703.24.90 Automóviles de turismo y demás vehículos automóviles, con motor de explosión, de cilindrada > 3 000 cm3, más de 6 pasajeros Hoy se declara 8703.60.00 · Tabla oficial de correlación · la línea de 2012 se partió y la NCM vigente dice Los demás vehículos, equipados para la propulsión con motor de émbolo (pistón), de encendido por chispa y con motor eléctrico, que se puedan cargar mediante conexión a una fuente externa de alimentación eléctrica | 35 % | Sección A, 6 i) | 1 de enero de 2044 |
| 8703.90.00 Los demás vehículos de turismo, incluso de uso mixto, etc. Hoy se declara 8703.60.00 · Tabla oficial de correlación · la línea de 2012 se partió y la NCM vigente dice Los demás vehículos, equipados para la propulsión con motor de émbolo (pistón), de encendido por chispa y con motor eléctrico, que se puedan cargar mediante conexión a una fuente externa de alimentación eléctrica Categoría de desgravación desconocida: «Véanse las observaciones». Propuesta: la celda dice «Véanse las observaciones». La Sección A del Anexo 2-A no define esa categoría, así que no se le asignó ninguna y la ficha no promete ninguna preferencia para esta línea: muestra el tipo básico y manda a TARIC. La columna de observaciones del anexo dice, textual: «Tratamiento arancelario definido en el apartado 6, letras g), i), j) y k), del anexo 2-A, sección A». Lo que hay que decidir es qué categoría corresponde; mientras tanto la ficha no afirma nada de más. El anexo fija un tipo por país y en esta línea no coinciden: Argentina 35, Brasil 35, Paraguay 20, Uruguay 23. Acá se carga el de la Argentina. Revisado contra la fuente oficial el 5/10/2026 (el Anexo 2-A del Acuerdo Interino (DO L, 2026/184)): La celda de categoría remite a las observaciones de la línea, que la ficha muestra textuales. | 35 % | Sección A, 6 i) | 1 de enero de 2044 |
Cómo se llegó a esta línea. El anexo escribe su lista en la NCM 2012 y vos declarás en la vigente. La línea sale de las tablas oficiales de correlación del Mercosur (2012 a 2017 y 2017 a 2022), que publica la CAMEX de Brasil. Ojo, tu código de hoy junta pedazos de más de una línea del anexo, y pueden no pagar lo mismo. La que corresponde depende de qué es exactamente tu mercadería, así que comparala con la descripción de cada una. Todo esto es solo el arancel. Si tu compra entra dentro de un cupo, además hace falta una licencia de importación (está abajo, en el bloque de habilitaciones). Lo que piden los demás organismos para dejarla entrar está acá debajo, como lo publica la VUCE. Cuáles te tocan depende de la apertura SIM que declares, y esa la define tu despachante.
Qué organismos intervienen al importarlo
El arancel es del acuerdo, lo demás lo pide cada organismo. La VUCE le asigna a esta posición 9 intervenciones de otros organismos al importar. Cada una va con el texto con que la describe el organismo, sin resumir, y con las condiciones en que aplica. Varias solo corresponden en ciertos casos (si la mercadería viene en embalaje de madera, si es usada, si es para consumo), y eso lo dice cada una.
Para importar y vender acá
- DN. de los Reg. Nac. de la Propiedad del Automotor y de Créditos PrendariosCertificado de importación de automotoresDestinación: Definitiva/Suspensiva · Mercadería: Nueva/UsadaSe debe tramitar el Certificado de Importación digital de automotores, motovehículos, remolques, semirremolques o maquinaria autopropulsada (agrícola, vial o industrial) y/o bloques de motor o motores de vehículos ya registrados luego de su nacionalización para la posterior inscripción en el Registro de la Propiedad Automotor ya que dicha registración resulta obligatoria.Cuándo aplica: 1. Declaración Jurada de Individualización de Mercadería (DJIM): Contacto con la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor (DNRPA)
Lo que dice el organismo
Obligatoria - Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana EmpresaRégimen de Importación Definitiva para Consumo de Bienes UsadosDestinación: Definitiva · Mercadería: UsadaAplica para la Importación definitiva de bienes usados para consumo comprendidos entre los Capítulos 84 y 90 de la Nomenclatura Común del Mercosur (N.C.M).Cuándo aplica: Las posiciones arancelarias comprendidas entre los capítulos 84 a 90 de la NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR (NCM) que no se encuentren prohibidas, exceptuadas o excluidas de las disposiciones del régimen (ver artículos 4º -primer párrafo- + Anexo II; 6º bis y 7º de la Resolución 909/94), debiendo informarse a través de una Declaración Jurada en el SIM.
Lo que dice el organismo
Obligatoria - SENASAEmbalajes de Madera de Importación*Destinación: Definitiva/Suspensiva · Mercadería: NuevaSi lo traés de la Unión Europea: Es igual para cualquier origen: alcanza a todo embalaje de madera que entra al país. Fuente: Res. SENASA 614/2015.Todos los embalajes de madera de mercaderías que ingresen al territorio argentino debe estar descortezado, libre de insectos y/o signos de actividad biológica, tratado y certificado en concordancia con lo estipulado en la Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias (NIMF N° 15) de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria.Cuándo aplica: La mercadería es acondicionada con embalajes de madera o madera de acomodación.
Lo que dice el organismo
Obligatoria - Subsecretaría de AmbienteAutorización de exportación/importación de productos químicos y artículos comprendidos en el Convenio de EstocolmoDestinación: Definitiva · Mercadería: NuevaCuándo aplica: Artículos que contengan productos químicos alcanzados por la Res. 291/2020 y Res. 451/2019.
Lo que dice el organismo
Obligatoria - Subsecretaría de AmbienteLicencia de Configuración Ambiental (LCA).Destinación: Definitiva · Mercadería: NuevaEn caso de que una empresa desee lanzar al mercado local un nuevo modelo de vehículo o motor, ya sea de producción nacional o importado, deberá solicitar previamente la Licencia para la Configuración Ambiental. Se aceptan homologaciones internacionales.Cuándo aplica: Aplicado para los vehículos detallados en el Anexo III - Formulario 'O' de la Res. 1270/02.
Lo que dice el organismo
Obligatoria - Subsecretaría de AmbienteSolicitud de exención de productos químicos y artículos comprendidos en el Convenio de Estocolmo - Anexo II y IIIDestinación: Definitiva · Mercadería: NuevaTrámite de solicitud de exención para la producción, importación, comercio y/o uso de el/los productos químicos y/o la producción o importación de los artículos que contengan estos productos químicos comprendidos en la Res. 451/2019 y la Res. 291/2020.Cuándo aplica: Artículos que contengan productos químicos alcanzados por la Res. 291/2020 y Res. 451/2019.
Lo que dice el organismo
Obligatoria - Subsecretaría de Gestión Productiva.Licencia de Configuración de Modelo (LCM)Destinación: Definitiva · Mercadería: NuevaCuándo aplica: Intervención requerida para vehículos automotores, acoplados y semiacoplados, ya sean de fabricación nacional o importados.
Lo que dice el organismo
Obligatoria
Optativas (herramientas, no requisitos)
- Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana EmpresaCertificado de Importación de Vehículos HíbridosDestinación: Definitiva · Mercadería: NuevaCuándo aplica: Solo aplica a vehículos con motorización alternativa (híbridos, eléctricos o a hidrógeno) con un valor FOB menor o igual a USD 16.000.
Lo que dice el organismo
Optativa - Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana EmpresaSolicitud Resolución Anticipada de OrigenDestinación: Definitiva · Mercadería: Nueva/UsadaCuándo aplica: El origen de las mercaderías determina, principalmente, el tratamiento arancelario aplicable a su importación. La Resolución Anticipada de Origen (RAO) permite al importador conocer, antes de llevar adelante sus respectivas importaciones, qué origen va a considerar el Estado Argentino a los fines de aplicar el tratamiento arancelario.
Lo que dice el organismo
Optativa
Fuente: VUCE, identificador de posiciones arancelarias, consultada el 6/10/2026. Los organismos cambian sus intervenciones seguido, por eso cada una enlaza la página de la VUCE de donde sale, para mirarla el día que importes.
Tabla año a año y cómo se calcula
| Desde | Etapa | Ad valorem | Específico (€) | Se aplica |
|---|---|---|---|---|
| 1/5/2026 | 1 de 11 (año 0) | 9 % | — | Preferencial |
| 1/1/2027 | 2 de 11 | 8,1 % | — | Preferencial |
| 1/1/2028 | 3 de 11 | 7,2 % | — | Preferencial |
| 1/1/2029 | 4 de 11 | 6,3 % | — | Preferencial |
| 1/1/2030 | 5 de 11 | 5,4 % | — | Preferencial |
| 1/1/2031 | 6 de 11 | 4,5 % | — | Preferencial |
| 1/1/2032 | 7 de 11 | 3,6 % | — | Preferencial |
| 1/1/2033 | 8 de 11 | 2,7 % | — | Preferencial |
| 1/1/2034 | 9 de 11 | 1,8 % | — | Preferencial |
| 1/1/2035 | 10 de 11 | 0,9 % | — | Preferencial |
| 1/1/2036 | 11 de 11 | 0 % | — | Libre de derechos |
Cómo se calcula. La categoría 10 elimina el arancel en 11 etapas iguales, la primera el 1 de mayo de 2026 y las demás cada 1 de enero. Estás en la etapa 1 de 11, así que se paga el 90,9 % del arancel base. Llega a cero el 1 de enero de 2036.
Reintegro adicional. Los productos orgánicos certificados, los que tienen el sello «Alimentos Argentinos una elección natural» y los que tienen denominación de origen o indicación geográfica registrada suman un 0,5 % adicional (Decreto 1341/2016, arts. 3 a 5, que el art. 11 del Decreto 557/2023 mantiene). No se acumulan: aunque el producto cumpla más de una condición, el adicional es 0,5 % (Resolución 90-E/2017, art. 9), y cada condición se acredita con un certificado por operación (arts. 1 y 2).
Del lado argentino. El derecho de exportación de hoy lo fija el Decreto 566/2026, art. 1 y Anexo I (IF-2026-62493640-APN-SSCE#MEC), y es la alícuota que aplica la VUCE (consulta del 17/10/2026).
La unidad estadística. En el SIM, la unidad estadística de esta posición es la unidad. Lo dice el Arancel Integrado de ARCA.
Calculadora de ahorro
El derecho de importación en la UE se calcula sobre el valor en aduana, que en la práctica es el valor CIF (mercadería más flete y seguro hasta el puerto europeo). Cargá lo que exportás en un año, en euros o en dólares.
Año por año, hasta llegar a cero
Con estos montos, de este año a 2036 ahorrás € 60.167 en total. Desde el 1/1/2036 entra sin arancel y ahorrás € 10.000 por año.
| Año | Ahorro del año | Acumulado | Arancel | Pagás con acuerdo |
|---|---|---|---|---|
| 2026hoy8 meses | € 667 | € 667 | 9 % | € 6.000 |
| 2027 | € 1.900 | € 2.567 | 8,1 % | € 8.100 |
| 2028 | € 2.800 | € 5.367 | 7,2 % | € 7.200 |
| 2029 | € 3.700 | € 9.067 | 6,3 % | € 6.300 |
| 2030 | € 4.600 | € 13.667 | 5,4 % | € 5.400 |
| 2031 | € 5.500 | € 19.167 | 4,5 % | € 4.500 |
| 2032 | € 6.400 | € 25.567 | 3,6 % | € 3.600 |
| 2033 | € 7.300 | € 32.867 | 2,7 % | € 2.700 |
| 2034 | € 8.200 | € 41.067 | 1,8 % | € 1.800 |
| 2035 | € 9.100 | € 50.167 | 0,9 % | € 900 |
| 2036 | € 10.000 | € 60.167 | Sin arancel | € 0 |
Cada fila supone que exportás por año lo que cargaste y que el arancel general sigue como hoy, aunque la UE puede cambiarlo.
El año 0 del acuerdo va del 1/5/2026 al 31/12/2026, así que cuenta 8 de los 12 meses de lo que cargaste.
¿Solo tenés el valor FOB? Estimá el valor en aduana
El valor en aduana de la UE es, en la práctica, el CIF (FOB más flete y seguro hasta el puerto europeo). Cargá los tres importes y llevalos arriba.
Valor en aduana estimado: € 4.500
3 · Cupo y cómo acceder
Esta posición no tiene cupo
El acuerdo no abre un cupo para esta posición. Quiere decir que la preferencia se aplica a todo lo que exportes, sin límite de volumen ni trámite de cupo.
Dónde verificarlo
- La Sección B del Anexo 2-A lista los 23 cupos que la Unión Europea abre para el Mercosur. Ninguno cubre esta posición.
| Período | Volumen | Estado |
|---|
Si creés que tu producto entra en alguno, escribinos y lo revisamos.
4 · Origen
Si tu producto califica como originario
Para tener la rebaja del acuerdo, el producto tiene que ser originario. La regla que le toca es la de 87.01 – 87.07, y pide que los insumos importados no pasen del 45 % del precio de salida de fábrica. Respondé las preguntas para ver si calificás.
Cuestionario de insumos
Aparecen solo las preguntas que tu caso necesita. El resultado aplica la regla del Anexo 3-B de esta posición.
Revisá tus insumos uno por uno en el asistente de origen, con su código y lo que pesan en el precio.
La regla textual, la tolerancia y cómo se prueba
La regla, textual: «MaxNOM 45 % (EXW).»
Tolerancia. El artículo 3.5 tolera insumos que no cumplan la regla hasta el 10 % del precio de salida de fábrica.
Acumulación. Los materiales originarios de la otra Parte cuentan como propios (acumulación bilateral, capítulo 3 del iTA).
Cómo se prueba. Se prueba con una declaración de origen del exportador (Anexo 3-C). Al principio rige además el certificado de origen transitorio del Anexo 3-D (notificación 2026/875).
Edición. El Anexo 3-B está escrito en el Sistema Armonizado de 2017 y la ficha usa la edición vigente. A cuatro y seis dígitos coinciden casi siempre. Si tu producto cambió de partida entre una edición y otra, confirmá la regla con tu despachante.
Por ahora el certificado de origen sigue valiendo. Hasta el 1/5/2029 la Unión Europea acepta también el certificado de origen de siempre, además de la declaración que hacés vos. En palabras del acuerdo, «Durante un período no superior a 3 (tres) años a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo, la Unión Europea aceptará también como declaración de origen un «certificado de origen» que indique que los productos importados en la Unión Europea cumplen los requisitos de origen establecidos en el presente Acuerdo.» (iTA, Anexo 3-D, apartado 1). El plazo se puede prorrogar 2 años más si el Mercosur lo pide.
5 · Requisitos sanitarios, técnicos y de etiquetado
Qué tiene que cumplir el producto para entrar
Tu posición no está en la lista de control veterinario en frontera del Reglamento 2021/632. Tampoco está en el anexo XI del reglamento fitosanitario, que es el que exige el certificado para vegetales. El portal de la Comisión (Access2Markets) le asigna a esta posición 5 requisitos de producto de la Unión (normas técnicas, de etiquetado o de comercialización). Como los asigna a toda la posición, en la tabla está cada uno con su norma y el enlace para ver si alcanza a tu producto.
Requisitos de la UE para esta posición (5)revisá cuáles alcanzan a tu producto
La Comisión Europea los asigna a toda la posición, así que confirmá en cada uno si alcanza a tu producto.
- UE · requisito específicoSustancias que agotan la capa de ozono y productos que las contienenEl Reglamento 2024/590, el Reglamento 2019/1020, el Reglamento 291/2011
- UE · requisito específicoRequisitos de comercialización de pilas y bateríasEl Reglamento 2023/1542, la Directiva 2006/66, el Reglamento 1103/2010 y 3 normas más
- UE · requisito específicoComercialización de productos con gases fluorados de efecto invernaderoEl Reglamento 2024/573, la Directiva 2009/125, el Reglamento 2024/2729 y 8 normas más
- UE · técnicoNormas técnicas de máquinas y componentes de seguridadLa Directiva 2006/42, el Reglamento 2023/1230, el Reglamento 2019/1020 y 1 norma más
- UE · técnicoNormas técnicas de vehículos de motorEl Reglamento 2018/858, el Reglamento 2020/683, el Reglamento 2024/1257 y 8 normas más
Fuente: Access2Markets (Comisión Europea) · revisado el 1/9/2026
6 · Habilitaciones y registros
Qué tenés que tener habilitado antes de exportar
La lista de países autorizados y la habilitación de establecimientos de la Unión Europea son para productos de origen animal. A tu producto no le aplican.
7 · Regulaciones UE transversales
EUDR, CBAM y salvaguardias
Son las reglas que frenan un embarque por motivos que no tienen nada que ver con el arancel. Ni la EUDR (deforestación) ni el CBAM (carbono) alcanzan a tu posición, según la lista de códigos del anexo de cada reglamento.
EUDR · deforestación
Prohíbe vender en la Unión Europea productos ligados a la deforestación. Alcanza a siete materias primas (bovinos, cacao, café, palma aceitera, caucho, soja y madera). No alcanza a tu posición, porque no figura en la lista de códigos del anexo I.
Fuente: Reglamento (UE) 2023/1115, anexo ICBAM · carbono en frontera
Cobra en la frontera europea el carbono incorporado a ciertos productos intensivos en energía (cemento, electricidad, abonos, hierro y acero, aluminio y algunos químicos). No alcanza a tu posición, porque no figura en la lista de códigos del anexo I.
Fuente: Reglamento (UE) 2023/956, anexo ISalvaguardias
El capítulo 9 del acuerdo permite a cualquiera de las Partes suspender la preferencia de un producto si el aumento de importaciones causa daño a su industria. Es un mecanismo, no una lista, y no hay nada que aplicar salvo que se haya impuesto una medida concreta. Mirá en TARIC si hay alguna medida en vigor para 8703 60 10.
Medidas en vigor · Sin dato8 · Destino
Elegí un país de destino
El arancel, el cronograma, el cupo y la regla de origen son los mismos en los veintisiete países, así que no hace falta que elijas uno para lo de arriba. Lo que cambia por país es el idioma de la etiqueta, el IVA y los trámites locales.
Elegí uno de los destinos cargados
9 · Mercado en la UE
Cuánto importa la UE de este producto
La UE importó € 12.101 millones en 2025 desde fuera de la UE; la Argentina no figura entre los proveedores.
De dónde compra la UE (2025)
| Puesto | País | Valor | Participación | €/kg |
|---|---|---|---|---|
| 1.º | China | € 3.576 millones | 29,6 % | 10,96 €/kg |
| 2.º | Japón | € 2.176 millones | 18,0 % | 17,54 €/kg |
| 3.º | Reino Unido | € 1.995 millones | 16,5 % | 37,69 €/kg |
| 4.º | Turquía | € 1.127 millones | 9,3 % | 15,05 €/kg |
| 5.º | Sudáfrica | € 1.122 millones | 9,3 % | 17,29 €/kg |
Otros € 6,8 millones vienen de orígenes que Eurostat no identifica (provisiones a bordo, razones comerciales o militares).
Brasil, Uruguay y Paraguay entran con la misma rebaja (2025)
| Puesto | País | Valor | Participación | Cantidad | €/kg |
|---|---|---|---|---|---|
| — | Argentina | Sin ventas | — | — | — |
| 14.º | Brasil | € 528.773 | menos de 0,1 % | 37 t | 14,49 €/kg |
| — | Uruguay | Sin ventas | — | — | — |
| — | Paraguay | Sin ventas | — | — | — |
Con el acuerdo pagan el mismo arancel que la Argentina, así que compiten por precio y volumen. El puesto es entre todos los proveedores de fuera de la UE.
Quién importa dentro de la UE (2025)
| Puesto | Estado miembro | Valor | Participación |
|---|---|---|---|
| 1.º | Bélgica | € 3.721 millones | 30,8 % |
| 2.º | Alemania | € 3.292 millones | 27,2 % |
| 3.º | España | € 2.110 millones | 17,4 % |
| 4.º | Italia | € 830,8 millones | 6,9 % |
| 5.º | Polonia | € 316,9 millones | 2,6 % |
Es el Estado miembro que declara la importación, que no siempre es donde se consume, porque los puertos de Países Bajos y Bélgica reciben mercadería para toda la Unión.
Lo que pagan tus competidores
De los 11 países de la lista, hoy 10 pagan menos que vos y 1 paga más. Cuando llegues a 0 el 1 de enero de 2036, ninguno va a pagar menos que vos.
Ver país por país (11)
- Argentina, hoy9 %Con el acuerdo UE-Mercosur
- Argentina, al final0 %Llega a 0 el 1 de enero de 2036
- China1.º proveedor de la UE10 %Paga más que vosSin preferencia, paga el arancel generalTARIC, medida 103 (arancel general, NMF), Reglamento 1821/16, desde el 1/1/2017
- Japón2.º proveedor de la UE0 %Paga menos que vosPreferencia de la UE para su origenTARIC, medida 142 (preferencia arancelaria), Decisión 1907/18, desde el 1/2/2026
- Reino Unido3.º proveedor de la UE0 %Paga menos que vosPreferencia de la UE para su origenTARIC, medida 142 (preferencia arancelaria), Decisión 2253/20, desde el 1/1/2021
- Turquía4.º proveedor de la UE0 %Paga menos que vosUnión aduanera con la UETARIC, medida 106 (unión aduanera), Decisión 0142/96, desde el 1/1/2006
- Sudáfrica5.º proveedor de la UE0 %Paga menos que vosPreferencia de la UE para su origenTARIC, medida 142 (preferencia arancelaria), Decisión 1623/16, desde el 10/10/2016
- Chile0 %Paga menos que vosPreferencia de la UE para su origenTARIC, medida 142 (preferencia arancelaria), Decisión 3016/24, desde el 1/2/2025
- México0 %Paga menos que vosPreferencia de la UE para su origenTARIC, medida 142 (preferencia arancelaria), Decisión 0415/00, desde el 1/7/2016
- Canadá0 %Paga menos que vosPreferencia de la UE para su origenTiene además un cupo (orden 09.8361) en el que paga 0 %.TARIC, medida 142 (preferencia arancelaria), Decisión 0037/17, desde el 1/1/2022
- Nueva Zelanda0 %Paga menos que vosPreferencia de la UE para su origenTARIC, medida 142 (preferencia arancelaria), Decisión 0244/24, desde el 1/5/2024
- Vietnam1,2 %Paga menos que vosPreferencia de la UE para su origenVale hasta el 31/12/2026.TARIC, medida 142 (preferencia arancelaria), Decisión 0753/20, desde el 1/1/2026
- Estados Unidos0 %Paga menos que vosPreferencia de la UE para su origenTARIC, medida 142 (preferencia arancelaria), Reglamento 1455/26, desde el 1/7/2026
Los países son los cinco mayores proveedores de la UE fuera de la Unión en esta línea (Eurostat, Comext) y una lista fija de referencia, con acuerdo con la UE (Chile, México, Canadá, Sudáfrica, Nueva Zelanda y Vietnam) y sin acuerdo (Estados Unidos y China). Brasil, Paraguay y Uruguay entran con el mismo acuerdo que vos.
Cada cifra es la medida de TARIC vigente hoy para ese origen, en la edición del 1/10/2026. Para despachar, el importador confirma en TARIC con la fecha y el código de diez dígitos.
10 · Qué hacer, en orden
Los pasos, en orden
Son 4 pasos, en el orden en que se hacen. Cada uno sale de un bloque de esta ficha.
- 1Confirmá la posición arancelaria con tu despachanteToda esta ficha cuelga de que la posición sea 8703 60 10. Si la posición cambia, cambian el arancel, el cupo, la regla de origen y los requisitos. Es el único paso que no podés saltear.Tu despachante de aduana
- 2Registrate como exportador ante ARCADel lado argentino, la exportación se oficializa ante la aduana, y para eso hay que estar inscripto en el registro de exportadores. Si todavía no lo estás, ese trámite va antes que el primer embarque.
- 3Verificá que tu producto sea originario, y preparate para probarloLa regla de 87.01 – 87.07 pide que los insumos importados no pasen del 45 % del precio de salida de fábrica. Sin la prueba de origen no hay preferencia, y se paga el arancel general aunque el producto califique. Se prueba con una declaración de origen del exportador (Anexo 3-C). Al principio rige además el certificado de origen transitorio del Anexo 3-D (notificación 2026/875).Lo declara el exportador. La entidad certificante interviene si hace falta el certificado transitorio del Anexo 3-D.
- 4Revisá las normas técnicas y el marcado CE del productoLa Unión le asigna a tu posición estas normas técnicas de producto (Normas técnicas de máquinas y componentes de seguridad; Normas técnicas de vehículos de motor). Confirmá en el bloque 5 cuáles alcanzan a tu producto. Las que piden marcado CE antes de venderse en la Unión son Normas técnicas de máquinas y componentes de seguridad. Verlo en Access2MarketsComisión Europea · Access2Markets