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Tubos y perfiles huecos › De diámetro exterior superior a 406,4 mm

Código NC7304 59 89

Flujo
Exportación Argentina → Unión Europea
Destino
Toda la Unión Europea
Ficha generada
30/10/2026

Buscar otro producto

0 · Veredicto

Ámbar · fuera del cupo paga un 50 % adicional

Tu producto entra a la Unión Europea sin arancel de aduana, con o sin acuerdo. Además pagás un derecho adicional del 50 % fuera del cupo (Reglamento (UE) 2026/1384, art. 2), que el acuerdo no rebaja. Rige desde el 1/7/2026.

Acción recomendada: por lo que la UE cobra aparte del arancel (bloque 2), pedile a tu importador que declare la mercadería dentro del cupo (09.9624 y 09.9752) y que confirme el saldo antes de embarcar, y cotizá lo que quede afuera con el adicional. El arancel de aduana no depende del origen, así que para lo demás mirá los requisitos del producto (bloque 5). Y mirá el bloque 7 (CBAM te alcanza y ya rige).

Tubos y perfiles huecos › De diámetro exterior superior a 406,4 mm (NC 7304 59 89) entra a la Unión Europea sin arancel de aduana, con o sin el Acuerdo UE-Mercosur. Además paga un derecho adicional del 50 % fuera del cupo (Reglamento (UE) 2026/1384, art. 2), que el acuerdo no rebaja. Rige desde el 1/7/2026. Dato al 30/10/2026, según el Acuerdo Interino de Comercio UE-Mercosur y la Nomenclatura Combinada 2026.

1 · Clasificación

Tu producto en las tres nomenclaturas

La ficha está armada sobre la línea europea 7304 59 89, que es la que declara el importador en la Unión Europea. En Argentina hay 2 posiciones de la NCM bajo los mismos 6 dígitos: la tuya es una de ellas. Confirmala con tu despachante de aduana.

NomenclaturaCódigoVersiónDescripción oficial
NCM (Argentina)7304.59.10NCM vigente 2026Tubos de diámetro exterior inferior o igual a 229 mm
NCM (Argentina)7304.59.90NCM vigente 2026Los demás
NC (Unión Europea)7304 59 89NC 2026 (anexo en NC 2013: 7304 59 10, la línea del anexo se abrió en varias)Los demás, de sección circular, de los demás aceros aleados: los demás: los demás: de diámetro exterior superior a 406,4 mm
HS (mundial)7304.59Sistema ArmonizadoTubos y perfiles huecos, sin soldadura (sin costura), de hierro o acero
Fuente: catálogos oficiales NC 2026 y NCM vigenteVer 7304 59 89 en TARICDescripción oficial en TARIC

2 · Arancel y cronograma

Cuánto pagás hoy y cuándo llega a cero

Ámbar · fuera del cupo paga un 50 % adicional

Hoy pagás 0 %. Sin acuerdo pagarías 0 %. Está en 0 desde el inicio del acuerdo (1/5/2026). Del lado argentino, el derecho de exportación hoy es 3 % (Decreto 789/2020). Además pagás un derecho adicional del 50 % fuera del cupo (Reglamento (UE) 2026/1384, art. 2), que el acuerdo no rebaja. Rige desde el 1/7/2026.

Arancel base (anexo)
0 %
Apéndice 2-A-1, línea 7304 59 10 en NC 2013
Arancel general (NMF)
0 %
Vigente desde 1/1/2026
Preferencial hoy
0 %
Categoría 0 · año 0 del cronograma
Categoría de desgravación
0
Llega a 0
Desde el inicio (1/5/2026)
Otras líneas del anexo
7304 59 99 (Exención)
La nomenclatura cambió y esta posición recoge más de una línea del anexo
Derecho de exportación hoy
3 %
art. 1 y Anexo I
Reintegro hoy
5 %
art. 1 y Anexo I · al exportar fuera del Mercosur

Además del arancel, defensa comercial

El acuerdo baja el arancel de aduana. Lo de abajo es otra cosa, son medidas de defensa comercial que la UE cobra aparte para proteger a su industria (en este caso, del exceso de acero en el mundo). El acuerdo no las elimina, se pagan además del arancel, con o sin la rebaja del acuerdo.

Fuera del cupo
50 % adicional
cupos 09.9624 y 09.9752 · desde el 1/7/2026

Cómo se evita el adicional. Dentro del cupo no se paga. La Argentina puede usar los cupos 09.9624 (de los demás países) y 09.9752 (propio de la Argentina). Se asignan por trimestre y por orden de llegada, el día que el importador despacha, así que conviene que confirme el saldo antes de embarcar. Desde el 1/10/2026 el importador además tiene que probar dónde se fundió y coló el acero (art. 4 del Reglamento (UE) 2026/1384), con el certificado de la acería.

Si en vez de exportar, importás esto de Europa

El acuerdo también baja lo que vos pagás al comprar. El resto de la ficha dice lo que paga tu producto al entrar a Europa. El Apéndice 2-A-2 dice lo contrario, lo que la Argentina le cobra a la mercadería europea que entra, y lo va bajando con el mismo calendario. Si comprás este producto en Europa, esto es lo que te toca.

Ficha de importación, ordenada para quien compra en Europa

Línea del anexo (NCM 2012)Arancel baseCategoríaLlega a 0
7304.59.11
Tubos de las demás aleaciones de acero, sin soldadura, de sección circular, de diámetro inferior o igual a 229 mm, un contenido de carbono superior o igual al 0,98 %
Hoy se declara 7304.59.10 · Resolución del Mercosur que cambió la NCM · Res. GMC 1/17 · la línea de 2012 se partió
y la NCM vigente dice Tubos de diámetro exterior inferior o igual a 229 mm
2 %41 de enero de 2030
7304.59.19
Los demás tubos de otros aceros aleados, sin soldadura, de sección circular, de diámetro ≤ 229 mm
Hoy se declara 7304.59.10 · Resolución del Mercosur que cambió la NCM · Res. GMC 1/17 · la línea de 2012 se partió
y la NCM vigente dice Tubos de diámetro exterior inferior o igual a 229 mm
16 %101 de enero de 2036
7304.59.90
Los demás tubos de otros aceros aleados, sin soldadura, de sección circular
Hoy se declara 7304.59.90 · Mismo código, sin cambios
16 %101 de enero de 2036

Cómo se llegó a esta línea. El anexo escribe su lista en la NCM 2012 y vos declarás en la vigente. Esta posición cambió por una resolución del Grupo Mercado Común posterior a 2012, que dice qué código viejo pasó a cuál nuevo. La línea sale de esa resolución, encadenada con las tablas oficiales de correlación del Mercosur. Ojo, tu código de hoy junta pedazos de más de una línea del anexo, y pueden no pagar lo mismo. La que corresponde depende de qué es exactamente tu mercadería, así que comparala con la descripción de cada una. Esta posición europea corresponde a más de un código argentino, y cada uno tiene su línea. Buscá en la tabla el que declarás. Todo esto es solo el arancel. Si tu compra entra dentro de un cupo, además hace falta una licencia de importación (está abajo, en el bloque de habilitaciones). Lo que piden los demás organismos para dejarla entrar está acá debajo, como lo publica la VUCE. Cuáles te tocan depende de la apertura SIM que declares, y esa la define tu despachante.

Qué organismos intervienen al importarlo

El arancel es del acuerdo, lo demás lo pide cada organismo. La VUCE le asigna a esta posición 4 intervenciones de otros organismos al importar. Cada una va con el texto con que la describe el organismo, sin resumir, y con las condiciones en que aplica. Varias solo corresponden en ciertos casos (si la mercadería viene en embalaje de madera, si es usada, si es para consumo), y eso lo dice cada una.

Para importar y vender acá

  • SENASA
    Embalajes de Madera de Importación*
    Destinación: Definitiva/Suspensiva · Mercadería: Nueva
    Si lo traés de la Unión Europea: Es igual para cualquier origen: alcanza a todo embalaje de madera que entra al país. Fuente: Res. SENASA 614/2015.
    Todos los embalajes de madera de mercaderías que ingresen al territorio argentino debe estar descortezado, libre de insectos y/o signos de actividad biológica, tratado y certificado en concordancia con lo estipulado en la Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias (NIMF N° 15) de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria.
    Cuándo aplica: La mercadería es acondicionada con embalajes de madera o madera de acomodación.
    Lo que dice el organismo
    Obligatoria

Optativas (herramientas, no requisitos)

  • ANAC
    Regla de tributación para productos del sector aeronáutico.
    Destinación: Definitiva/Suspensiva · Mercadería: Nueva
    Certificación de partes o componentes aeronáuticos para su importación bajo arancel "0" según Decreto 2275/94, Regla general tributaria
    Cuándo aplica: – El solicitante deberá presentar una declaración jurada con sus datos, los de las partes a importar y especificar si son nuevas o usadas.
    Lo que dice el organismo
    Optativa
  • Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa
    Solicitud Resolución Anticipada de Origen
    Destinación: Definitiva · Mercadería: Nueva/Usada
    Cuándo aplica: El origen de las mercaderías determina, principalmente, el tratamiento arancelario aplicable a su importación. La Resolución Anticipada de Origen (RAO) permite al importador conocer, antes de llevar adelante sus respectivas importaciones, qué origen va a considerar el Estado Argentino a los fines de aplicar el tratamiento arancelario.
    Lo que dice el organismo
    Optativa
  • Secretaría de Minería
    Inversiones Mineras.
    Destinación: Definitiva · Mercadería: Nueva
    Constituye un marco promocional integral para fomentar el desarrollo del sector. Su eje central es la inscripción obligatoria de los proyectos en el RIM (Registro de Inversiones Mineras), sistema a través del cual los titulares acceden a importantes beneficios fiscales y aduaneros.
    Cuándo aplica: – Marco Normativo Central y Autoridad de Aplicación: El régimen se fundamenta en la Ley N° 24.196, cuya reglamentación modernizada se instrumentó mediante el Decreto N° 482/2026. Este marco digitaliza los procesos y establece la coordinación con la Autoridad de Aplicación (Secretaría de Minería) y los organismos de control fiscal y aduanero.
    Lo que dice el organismo
    Optativa

Fuente: VUCE, identificador de posiciones arancelarias, consultada el 6/10/2026. Los organismos cambian sus intervenciones seguido, por eso cada una enlaza la página de la VUCE de donde sale, para mirarla el día que importes.

Tabla año a año y cómo se calcula
DesdeEtapaAd valoremEspecífico (€)Se aplica
1/5/20261 de 1 (año 0)0 %—Libre de derechos

Cómo se calcula. Esta línea quedó libre de derechos desde el primer día del acuerdo. Ya está en cero.

Reintegro adicional. Los productos orgánicos certificados, los que tienen el sello «Alimentos Argentinos una elección natural» y los que tienen denominación de origen o indicación geográfica registrada suman un 0,5 % adicional (Decreto 1341/2016, arts. 3 a 5, que el art. 11 del Decreto 557/2023 mantiene). No se acumulan: aunque el producto cumpla más de una condición, el adicional es 0,5 % (Resolución 90-E/2017, art. 9), y cada condición se acredita con un certificado por operación (arts. 1 y 2).

Del lado argentino. El derecho de exportación de hoy lo fija el Decreto 789/2020, art. 1 y Anexo I (IF-2020-66452816-APN-SSPYGC#MDP), y es la alícuota que aplica la VUCE (consulta del 17/10/2026).

Un régimen aparte. Si tu empresa es MiPyME, tiene el Certificado MiPyME vigente y exportó hasta USD 3 millones el año anterior, los primeros USD 500.000 FOB que exporta en el año pagan 0 % y, hasta USD 1 millón, la mitad de la alícuota: Decreto 302/2021, arts. 1 a 3. No vale para las operaciones por cuenta y orden de terceros.

Calculadora de ahorro

El derecho de importación en la UE se calcula sobre el valor en aduana, que en la práctica es el valor CIF (mercadería más flete y seguro hasta el puerto europeo). Cargá lo que exportás en un año, en euros o en dólares.

El arancel de la cuenta no incluye la defensa comercial. Además pagás un derecho adicional del 50 % fuera del cupo (Reglamento (UE) 2026/1384, art. 2), que el acuerdo no rebaja. Rige desde el 1/7/2026. Marcá la casilla para sumarlo a la cuenta.

Sin acuerdo (NMF)
€ 0
0 %
Con acuerdo
€ 0
0 %
Ahorro en un año
€ 0
0 % menos que sin acuerdo

Con el acuerdo ya entra sin arancel. Ahorrás € 0 por año frente al arancel general.

¿Solo tenés el valor FOB? Estimá el valor en aduana

El valor en aduana de la UE es, en la práctica, el CIF (FOB más flete y seguro hasta el puerto europeo). Cargá los tres importes y llevalos arriba.

Valor en aduana estimado: € 4.500

3 · Cupo y cómo acceder

Esta posición no tiene cupo

Verde · no depende de ningún cupo

El acuerdo no abre un cupo para esta posición. Quiere decir que la preferencia se aplica a todo lo que exportes, sin límite de volumen ni trámite de cupo.

Dónde verificarlo
  1. La Sección B del Anexo 2-A lista los 23 cupos que la Unión Europea abre para el Mercosur. Ninguno cubre esta posición.
PeríodoVolumenEstado

Si creés que tu producto entra en alguno, escribinos y lo revisamos.

4 · Origen

Si tu producto califica como originario

Gris · sin responder

Para tener la rebaja del acuerdo, el producto tiene que ser originario. La regla que le toca es la de 73.04, y pide que los insumos importados se clasifiquen en otra posición arancelaria que tu producto terminado. Es lo que el acuerdo abrevia CC (otro capítulo), CP (otra partida) y CSP (otra subpartida). Respondé las preguntas para ver si calificás.

Cuestionario de insumos

Aparecen solo las preguntas que tu caso necesita. El resultado aplica la regla del Anexo 3-B de esta posición.

1. ¿Usás algún insumo que no sea originario de Argentina, de otro país del Mercosur o de la Unión Europea?

Un insumo comprado en Brasil o en Europa cuenta como de la región solo si es originario de allá. Tu proveedor te lo puede confirmar.

Respondé las preguntas. Con tus respuestas se aplica a tu caso la regla de 73.04.

Revisá tus insumos uno por uno en el asistente de origen, con su código y lo que pesan en el precio.

La regla textual, la tolerancia y cómo se prueba

La regla, textual: «CP, salvo a partir de materiales no originarios de las partidas 72.06 a 72.29.»

Tolerancia. El artículo 3.5 tolera insumos que no cumplan la regla hasta el 10 % del precio de salida de fábrica.

Acumulación. Los materiales originarios de la otra Parte cuentan como propios (acumulación bilateral, capítulo 3 del iTA).

Cómo se prueba. Se prueba con una declaración de origen del exportador (Anexo 3-C). Al principio rige además el certificado de origen transitorio del Anexo 3-D (notificación 2026/875).

Edición. El Anexo 3-B está escrito en el Sistema Armonizado de 2017 y la ficha usa la edición vigente. A cuatro y seis dígitos coinciden casi siempre. Si tu producto cambió de partida entre una edición y otra, confirmá la regla con tu despachante.

Por ahora el certificado de origen sigue valiendo. Hasta el 1/5/2029 la Unión Europea acepta también el certificado de origen de siempre, además de la declaración que hacés vos. En palabras del acuerdo, «Durante un período no superior a 3 (tres) años a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo, la Unión Europea aceptará también como declaración de origen un «certificado de origen» que indique que los productos importados en la Unión Europea cumplen los requisitos de origen establecidos en el presente Acuerdo.» (iTA, Anexo 3-D, apartado 1). El plazo se puede prorrogar 2 años más si el Mercosur lo pide.

5 · Requisitos sanitarios, técnicos y de etiquetado

Qué tiene que cumplir el producto para entrar

Ámbar · la UE tiene requisitos de producto para esta posición (revisá cuáles alcanzan al tuyo)

Tu posición no está en la lista de control veterinario en frontera del Reglamento 2021/632. Tampoco está en el anexo XI del reglamento fitosanitario, que es el que exige el certificado para vegetales. El portal de la Comisión (Access2Markets) le asigna a esta posición 4 requisitos de producto de la Unión (normas técnicas, de etiquetado o de comercialización). Como los asigna a toda la posición, en la tabla está cada uno con su norma y el enlace para ver si alcanza a tu producto.

    Requisitos de la UE para esta posición (4)revisá cuáles alcanzan a tu producto

    La Comisión Europea los asigna a toda la posición, así que confirmá en cada uno si alcanza a tu producto.

    Fuente: Access2Markets (Comisión Europea) · revisado el 1/9/2026

    Reglas técnicas y etiquetado · Fuente: Access2MarketsAccess2Markets · requisitos de la UE para esta posiciónEl anexo usa además nombres de clase que no define por código, con 73 denominaciones, que están en la página de nombres protegidos.

    6 · Habilitaciones y registros

    Qué tenés que tener habilitado antes de exportar

    Informativo · no aplica, porque no es un producto de origen animal

    La lista de países autorizados y la habilitación de establecimientos de la Unión Europea son para productos de origen animal. A tu producto no le aplican.

      Fuente: lista de control veterinario del Reglamento (UE) 2021/632Reg. de Ejecución (UE) 2021/632 · control veterinario en frontera

      7 · Regulaciones UE transversales

      EUDR, CBAM y salvaguardias

      Ámbar · te alcanza y ya rige

      Son las reglas que frenan un embarque por motivos que no tienen nada que ver con el arancel. A tu posición la alcanza CBAM. Abajo está desde cuándo y qué hay que aportar.

      Verde · no alcanza a esta posición

      EUDR · deforestación

      Prohíbe vender en la Unión Europea productos ligados a la deforestación. Alcanza a siete materias primas (bovinos, cacao, café, palma aceitera, caucho, soja y madera). No alcanza a tu posición, porque no figura en la lista de códigos del anexo I.

      Fuente: Reglamento (UE) 2023/1115, anexo I
      Ámbar · te alcanza y ya rige

      CBAM · carbono en frontera

      Cobra en la frontera europea el carbono incorporado a ciertos productos intensivos en energía (cemento, electricidad, abonos, hierro y acero, aluminio y algunos químicos). Alcanza a tu posición. Ya está en vigor. Lo que hay que aportar: Emisiones incorporadas del producto (gas alcanzado, dióxido de carbono). Quién la tiene que cumplir: El declarante autorizado a efectos del CBAM, que es el importador europeo o su representante aduanero.

      Fuente: Reglamento (UE) 2023/956, anexo I
      Gris · sin dato de medidas en vigor

      Salvaguardias

      El capítulo 9 del acuerdo permite a cualquiera de las Partes suspender la preferencia de un producto si el aumento de importaciones causa daño a su industria. Es un mecanismo, no una lista, y no hay nada que aplicar salvo que se haya impuesto una medida concreta. Mirá en TARIC si hay alguna medida en vigor para 7304 59 89.

      Medidas en vigor · Sin dato

      8 · Destino

      Elegí un país de destino

      Informativo · no elegiste país

      El arancel, el cronograma, el cupo y la regla de origen son los mismos en los veintisiete países, así que no hace falta que elijas uno para lo de arriba. Lo que cambia por país es el idioma de la etiqueta, el IVA y los trámites locales.

      Elegí uno de los destinos cargados

      9 · Mercado en la UE

      Cuánto importa la UE de este producto

      Informativo · dato de contexto

      La UE importó € 7,5 millones en 2025 desde fuera de la UE; la Argentina no figura entre los proveedores.

      Importaciones extra-UE, 2025
      € 7,5 millones
      45,6 % menos que en 2024 (€ 13,7 millones)
      Cantidad, 2025
      2.539 t
      45,4 % menos que en 2024
      Precio medio de importación
      2,94 €/kg
      Valor dividido por cantidad, de fuera de la UE
      Argentina, 2025
      Sin ventas registradas
      Le vendieron 24 países de fuera de la UE

      De dónde compra la UE (2025)

      PuestoPaísValorParticipación€/kg
      1.ºChina€ 5,0 millones67,5 %3,12 €/kg
      2.ºUcrania€ 1,2 millones15,5 %1,57 €/kg
      3.ºReino Unido€ 253.7663,4 %9,40 €/kg
      4.ºCorea del Sur€ 171.0652,3 %4,11 €/kg
      5.ºBrasil€ 165.7382,2 %4,91 €/kg

      Brasil, Uruguay y Paraguay entran con la misma rebaja (2025)

      PuestoPaísValorParticipaciónCantidad€/kg
      —ArgentinaSin ventas———
      5.ºBrasil€ 165.7382,2 %34 t4,91 €/kg
      —UruguaySin ventas———
      —ParaguaySin ventas———

      Con el acuerdo pagan el mismo arancel que la Argentina, así que compiten por precio y volumen. El puesto es entre todos los proveedores de fuera de la UE.

      Quién importa dentro de la UE (2025)

      PuestoEstado miembroValorParticipación
      1.ºAlemania€ 4,0 millones53,3 %
      2.ºPolonia€ 1,6 millones21,9 %
      3.ºBélgica€ 306.2764,1 %
      4.ºFrancia€ 254.2683,4 %
      5.ºItalia€ 235.8213,2 %

      Es el Estado miembro que declara la importación, que no siempre es donde se consume, porque los puertos de Países Bajos y Bélgica reciben mercadería para toda la Unión.

      Lo que pagan tus competidores

      De los 11 países de la lista, hoy todos pagan lo mismo que vos.

      Ver país por país (11)

      Los países son los cinco mayores proveedores de la UE fuera de la Unión en esta línea (Eurostat, Comext) y una lista fija de referencia, con acuerdo con la UE (Chile, México, Canadá, Sudáfrica, Nueva Zelanda y Vietnam) y sin acuerdo (Estados Unidos y China). Brasil, Paraguay y Uruguay entran con el mismo acuerdo que vos.

      Cada cifra es la medida de TARIC vigente hoy para ese origen, en la edición del 1/10/2026. Para despachar, el importador confirma en TARIC con la fecha y el código de diez dígitos.

      Toda la línea paga además un derecho adicional de 50 % para cualquier origen, también la Argentina, salvo las excepciones de su norma (TARIC, medida 696, Reglamento 1457/26).

      TARIC, Comisión Europea, edición del 1/10/2026 (CIRCABC)

      10 · Qué hacer, en orden

      Los pasos, en orden

      Son 5 pasos, en el orden en que se hacen. Cada uno sale de un bloque de esta ficha.

      1. 1
        Confirmá la posición arancelaria con tu despachante
        Toda esta ficha cuelga de que la posición sea 7304 59 89. Si la posición cambia, cambian el arancel, el cupo, la regla de origen y los requisitos. Es el único paso que no podés saltear.
        Tu despachante de aduana
      2. 2
        Registrate como exportador ante ARCA
        Del lado argentino, la exportación se oficializa ante la aduana, y para eso hay que estar inscripto en el registro de exportadores. Si todavía no lo estás, ese trámite va antes que el primer embarque.
      3. 3
        Verificá que tu producto sea originario, y preparate para probarlo
        La regla de 73.04 pide que los insumos importados se clasifiquen en otra posición arancelaria que tu producto terminado. Es lo que el acuerdo abrevia CC (otro capítulo), CP (otra partida) y CSP (otra subpartida). Sin la prueba de origen no hay preferencia, y se paga el arancel general aunque el producto califique. Se prueba con una declaración de origen del exportador (Anexo 3-C). Al principio rige además el certificado de origen transitorio del Anexo 3-D (notificación 2026/875).
        Lo declara el exportador. La entidad certificante interviene si hace falta el certificado transitorio del Anexo 3-D.
      4. 4
        Preparate para CBAM
        Lo que hay que aportar: Emisiones incorporadas del producto (gas alcanzado, dióxido de carbono). El declarante autorizado a efectos del CBAM, que es el importador europeo o su representante aduanero.
        La obligación es del importador europeo, pero el dato lo tenés que dar vos
      5. 5
        Revisá las normas técnicas y el marcado CE del producto
        La Unión le asigna a tu posición estas normas técnicas de producto (Especificaciones técnicas de productos de construcción; Normas técnicas de equipos a presión; Normas técnicas de vehículos de motor). Confirmá en el bloque 5 cuáles alcanzan a tu producto. Las que piden marcado CE antes de venderse en la Unión son Especificaciones técnicas de productos de construcción; Normas técnicas de equipos a presión. Verlo en Access2Markets
        Comisión Europea · Access2Markets

      Fuentes y estado por bloque

      BloqueFuente principalEstado
      1 ClasificaciónCatálogos NC 2026 y NCM vigenteConfirmado
      2 AranceliTA, Apéndice 2-A-1 · Reg. (UE) 2025/1926Revisá
      3 CupoiTA, Sección BConfirmado
      4 OrigeniTA, Anexo 3-BRevisá
      5 RequisitosAccess2Markets · Reg. 2021/632 · Reg. 2019/2072Revisá
      6 HabilitacionesReg. 2021/632Confirmado
      7 TransversalesReg. 2023/1115 · Reg. 2023/956 · TARICRevisá
      8 DestinoElegí un país de destinoRevisá
      9 Mercado en la UEEurostat, Comext, 2025Confirmado

      Datos consultados el 30/10/2026. El próximo cambio previsto es el 1 de enero de 2027, cuando cambia la etapa del cronograma y abre el nuevo período del cupo. «Confirmado» quiere decir que sale de la fuente oficial citada; «Revisá», que depende de tu caso, y «Sin dato», que el enlace del bloque lleva a dónde averiguarlo.

      Fuente: Acuerdo Interino de Comercio UE-Mercosur (iTA), en aplicación provisional desde el 1/5/2026.

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