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Papel y cartón recubiertos, impregnados o revestidos de plástico (excepto los adhesivos) › Los demás

Código NC4811 59 00

Flujo
Exportación Argentina → Unión Europea
Destino
Toda la Unión Europea
Ficha generada
30/10/2026

Buscar otro producto

0 · Veredicto

Ámbar · puede alcanzarte, hay que mirar el producto

Tu producto entra a la Unión Europea sin arancel, con o sin acuerdo.

Acción recomendada: el arancel no depende del origen, así que concentrate en los requisitos del producto (bloque 5). Y mirá el bloque 7 (EUDR puede alcanzarte, hay que mirar el producto).

Papel y cartón recubiertos, impregnados o revestidos de plástico (excepto los adhesivos) › Los demás (NC 4811 59 00) entra a la Unión Europea sin arancel, con o sin el Acuerdo UE-Mercosur. Dato al 30/10/2026, según el Acuerdo Interino de Comercio UE-Mercosur y la Nomenclatura Combinada 2026.

1 · Clasificación

Tu producto en las tres nomenclaturas

La ficha está armada sobre la línea europea 4811 59 00, que es la que declara el importador en la Unión Europea. En Argentina hay 6 posiciones de la NCM bajo los mismos 6 dígitos: la tuya es una de ellas. Confirmala con tu despachante de aduana.

NomenclaturaCódigoVersiónDescripción oficial
NCM (Argentina)4811.59.10NCM vigente 2026En tiras o en bobinas (rollos) de anchura inferior o igual a 15 cm o en hojas en las que ningún lado sea superior a 360 mm, medidos sin plegar
NCM (Argentina)4811.59.21NCM vigente 2026De polietileno o polipropileno, en ambas caras, base para papel fotográfico
NCM (Argentina)4811.59.22NCM vigente 2026De silicona
NCM (Argentina)4811.59.23NCM vigente 2026De polietileno, estratificado con aluminio, impreso
NCM (Argentina)4811.59.29NCM vigente 2026Los demás
NCM (Argentina)4811.59.30NCM vigente 2026Los demás, impregnados
NC (Unión Europea)4811 59 00NC 2026 (anexo en NC 2013: 4811 59 00)Papel y cartón recubiertos, impregnados o revestidos de plástico (excepto los adhesivos): los demás
HS (mundial)4811.59Sistema ArmonizadoPapel, cartón, guata de celulosa y napa de fibras de celulosa, estucados, recubiertos, impregnados o revestidos, coloreados o decorados en la superficie o impresos, en bobinas (rollos) o en hojas de forma cuadrada o rectangular, de cualquier tamaño, excepto los productos de los tipos descritos en el texto de las partidas 4803 , 4809 o 4810
Fuente: catálogos oficiales NC 2026 y NCM vigenteVer 4811 59 00 en TARICDescripción oficial en TARIC

2 · Arancel y cronograma

Cuánto pagás hoy y cuándo llega a cero

Verde · ya entra sin arancel

Hoy pagás 0 %. Sin acuerdo pagarías 0 %. Está en 0 desde el inicio del acuerdo (1/5/2026). Del lado argentino, el derecho de exportación hoy es 0 % (Decreto 462/2023).

Arancel base (anexo)
0 %
Apéndice 2-A-1, línea 4811 59 00 en NC 2013
Arancel general (NMF)
0 %
Vigente desde 1/1/2026
Preferencial hoy
0 %
Categoría 0 · año 0 del cronograma
Categoría de desgravación
0
Llega a 0
Desde el inicio (1/5/2026)
Derecho de exportación hoy
0 %
art. 1 y Anexo
Reintegro hoy
5 %
art. 1 y Anexo I · al exportar fuera del Mercosur
Si en vez de exportar, importás esto de Europa

El acuerdo también baja lo que vos pagás al comprar. El resto de la ficha dice lo que paga tu producto al entrar a Europa. El Apéndice 2-A-2 dice lo contrario, lo que la Argentina le cobra a la mercadería europea que entra, y lo va bajando con el mismo calendario. Si comprás este producto en Europa, esto es lo que te toca.

Línea del anexo (NCM 2012)Arancel baseCategoríaLlega a 0
4811.59.10
Los demás papeles etc., revestidos de plástico, en tiras o bovinas (rollos), etc., de peso inferior o igual a 150 g/m2
Hoy se declara 4811.59.10 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice En tiras o en bobinas (rollos) de anchura inferior o igual a 15 cm o en hojas en las que ningún lado sea superior a 360 mm, medidos sin plegar
16 %101 de enero de 2036
4811.59.21
Los demás papeles, etc., revestidos de polietileno o polipropileno, en bovinas (rollos)
Hoy se declara 4811.59.21 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice De polietileno o polipropileno, en ambas caras, base para papel fotográfico
12 %ESin dato
4811.59.22
Los demás papeles etc., revestidos de silicona, en bovinas (rollos) o en hojas
Hoy se declara 4811.59.22 · Mismo código, sin cambios
12 %151 de enero de 2041
4811.59.23
Los demás papeles etc., revestidos de polietileno, estratificado con aluminio, en bovinas (rollos)
Hoy se declara 4811.59.23 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice De polietileno, estratificado con aluminio, impreso
El anexo fija un tipo por país y en esta línea no coinciden: Argentina 12, Brasil 12, Paraguay 12, Uruguay 0. Acá se carga el de la Argentina.
12 %151 de enero de 2041
4811.59.29
Los demás papeles y cartones, impregnados o revestidos de otros plásticos, en bovinas (rollos)
Hoy se declara 4811.59.29 · Mismo código, sin cambios
El anexo fija un tipo por país y en esta línea no coinciden: Argentina 12, Brasil 12, Paraguay 9, Uruguay 12. Acá se carga el de la Argentina.
12 %101 de enero de 2036
4811.59.30
Los demás papeles impregnados de plástico, en bovinas (rollos) o en hojas
Hoy se declara 4811.59.30 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Los demás, impregnados
El anexo fija un tipo por país y en esta línea no coinciden: Argentina 2, Brasil 12, Paraguay 12, Uruguay 12. Acá se carga el de la Argentina.
2 %101 de enero de 2036

Cómo se llegó a esta línea. El anexo escribe su lista en la NCM 2012 y vos declarás en la vigente. Esta posición no cambió entre las dos ediciones (las tablas oficiales de correlación no la nombran). Esta posición europea corresponde a más de un código argentino, y cada uno tiene su línea. Buscá en la tabla el que declarás. Todo esto es solo el arancel. Si tu compra entra dentro de un cupo, además hace falta una licencia de importación (está abajo, en el bloque de habilitaciones). Lo que piden los demás organismos para dejarla entrar está acá debajo, como lo publica la VUCE. Cuáles te tocan depende de la apertura SIM que declares, y esa la define tu despachante.

Qué organismos intervienen al importarlo

El arancel es del acuerdo, lo demás lo pide cada organismo. La VUCE le asigna a esta posición 7 intervenciones de otros organismos al importar. Cada una va con el texto con que la describe el organismo, sin resumir, y con las condiciones en que aplica. Varias solo corresponden en ciertos casos (si la mercadería viene en embalaje de madera, si es usada, si es para consumo), y eso lo dice cada una. Donde el origen cambia algo, cada una dice también qué pasa si lo traés de la Unión Europea.

Para importar y vender acá

  • ANMAT
    Libre circulación de muestras sin valor comercial
    Destinación: Definitiva/Suspensiva · Mercadería: Nueva
    Mediante este trámite podrá solicitar ante la Autoridad Sanitaria Nacional la autorización de ingreso de muestras sin valor comercial de origen importado.
    Cuándo aplica: Para ensayos o futuro registro de productos
    Solo para 4811.59.10, de los códigos argentinos de esta posición.
    Lo que dice el organismo
    Obligatoria
  • SENASA
    Aviso de Importación de Alimentos, UPEI, Envases y Muestras - Alta Vigilancia.
    Destinación: Definitiva · Mercadería: Nueva
    Si lo traés de la Unión Europea: Es el que corresponde si el alimento o el envase viene con certificación de un país de la Unión Europea. Alcanza con la declaración jurada de importación, y la autoridad sanitaria no puede pedir exigencias adicionales. Hay que adjuntar el certificado de libre venta, la autorización de comercialización o un documento análogo de la autoridad sanitaria competente. Fuente: Decreto 2126/71, anexo I, art. 2, y anexo II, art. 4 a), texto del Decreto 697/2026, y Anexo III del Decreto 35/2025.
    Cuándo aplica: Se necesitará realizar la solicitud de "Aviso de Importación de Alimentos y Envases" de aquellas mercaderías que hayan sido elaborados en los países listados en el Anexo III del Decreto 35/2025:
    Solo para 4811.59.10, 4811.59.23, 4811.59.29, de los códigos argentinos de esta posición. En 4811.59.23, solo para las aperturas SIM 4811.59.23.100C (Aptos para estar en contacto con alimentos). En 4811.59.29, solo para las aperturas SIM 4811.59.29.210G (Aptos para estar en contacto con alimentos), 4811.59.29.910V (Aptos para estar en contacto con alimentos).
    Lo que dice el organismo
    Obligatoria
  • SENASA
    Embalajes de Madera de Importación*
    Destinación: Definitiva/Suspensiva · Mercadería: Nueva
    Si lo traés de la Unión Europea: Es igual para cualquier origen: alcanza a todo embalaje de madera que entra al país. Fuente: Res. SENASA 614/2015.
    Todos los embalajes de madera de mercaderías que ingresen al territorio argentino debe estar descortezado, libre de insectos y/o signos de actividad biológica, tratado y certificado en concordancia con lo estipulado en la Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias (NIMF N° 15) de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria.
    Cuándo aplica: La mercadería es acondicionada con embalajes de madera o madera de acomodación.
    Lo que dice el organismo
    Obligatoria

Solo si no viene con certificación de la Unión Europea

  • SENASA
    Autorización de Importación de Alimentos, UPEI, Envases y Muestras.
    Destinación: Definitiva · Mercadería: Nueva
    Si lo traés de la Unión Europea: Si el alimento o el envase viene con certificación de un país de la Unión Europea, este trámite no hace falta: alcanza con el aviso. La autorización es para lo que no tiene esa certificación: en ese caso el SENASA hace una verificación analítica del producto y no deja que circule hasta tener el resultado. Fuente: Decreto 2126/71, anexo I, art. 2, y anexo II, art. 4 a), texto del Decreto 697/2026, y Anexo III del Decreto 35/2025.
    Cuándo aplica: Se solicitará la Autorización de importación de alimentos para comercializar, alimentos para uso propio del establecimiento importador, muestras sin valor comercial, envases y utensilios en contacto con alimentos que NO hayan sido producidos en los países (Australia, Canadá, Confederación Suiza, Unión Europea, Estados Unidos, Nueva Zelanda, Estado de Israel, Japón, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanada del Norte, Países con los que rijan Tratados de Integración Económica o Acuerdos de Reciprocidad en materia higiénico-sanitarias) pertenecientes al anexo III del Decreto 25/2025, según lo establecido por la Disposición ANMAT 537/2025.
    Solo para 4811.59.10, 4811.59.23, 4811.59.29, de los códigos argentinos de esta posición. En 4811.59.23, solo para las aperturas SIM 4811.59.23.100C (Aptos para estar en contacto con alimentos). En 4811.59.29, solo para las aperturas SIM 4811.59.29.210G (Aptos para estar en contacto con alimentos), 4811.59.29.910V (Aptos para estar en contacto con alimentos).
    Lo que dice el organismo
    Obligatoria

Solo si la importación es temporaria, en tránsito o de otro régimen

  • ANMAT
    Nacionalización de productos solicitados de una importación temporal
    Destinación: Suspensiva · Mercadería: Nueva
    Mediante este trámite podrá solicitar la autorización ante el Instituto Nacional de Alimentos de importación de alimentos para comercializar, Alimentos destinados exclusivamente para Uso Industrial del Establecimiento Importador (UPEI) y Muestras Sin Valor Comercial.
    Cuándo aplica: Para comercializar o para uso industrial
    Solo para 4811.59.10, de los códigos argentinos de esta posición.
    Lo que dice el organismo
    Obligatoria
  • SENASA
    Libre circulación de importaciones temporales - alimentos y materiales en contacto
    Destinación: Suspensiva en tránsito · Mercadería: Nueva
    Permite el ingreso temporal de mercadería al país con la obligación de reexportarla para consumo en un plazo determinado
    Solo para 4811.59.10, 4811.59.23, 4811.59.29, de los códigos argentinos de esta posición. En 4811.59.23, solo para las aperturas SIM 4811.59.23.100C (Aptos para estar en contacto con alimentos). En 4811.59.29, solo para las aperturas SIM 4811.59.29.210G (Aptos para estar en contacto con alimentos), 4811.59.29.910V (Aptos para estar en contacto con alimentos).
    Lo que dice el organismo
    Obligatoria

Optativas (herramientas, no requisitos)

  • Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa
    Solicitud Resolución Anticipada de Origen
    Destinación: Definitiva · Mercadería: Nueva/Usada
    Cuándo aplica: El origen de las mercaderías determina, principalmente, el tratamiento arancelario aplicable a su importación. La Resolución Anticipada de Origen (RAO) permite al importador conocer, antes de llevar adelante sus respectivas importaciones, qué origen va a considerar el Estado Argentino a los fines de aplicar el tratamiento arancelario.
    Lo que dice el organismo
    Optativa

Fuente: VUCE, identificador de posiciones arancelarias, consultada el 6/10/2026. Los organismos cambian sus intervenciones seguido, por eso cada una enlaza la página de la VUCE de donde sale, para mirarla el día que importes.

Tabla año a año y cómo se calcula
DesdeEtapaAd valoremEspecífico (€)Se aplica
1/5/20261 de 1 (año 0)0 %—Libre de derechos

Cómo se calcula. Esta línea quedó libre de derechos desde el primer día del acuerdo. Ya está en cero.

Reintegro adicional. Los productos orgánicos certificados, los que tienen el sello «Alimentos Argentinos una elección natural» y los que tienen denominación de origen o indicación geográfica registrada suman un 0,5 % adicional (Decreto 1341/2016, arts. 3 a 5, que el art. 11 del Decreto 557/2023 mantiene). No se acumulan: aunque el producto cumpla más de una condición, el adicional es 0,5 % (Resolución 90-E/2017, art. 9), y cada condición se acredita con un certificado por operación (arts. 1 y 2).

Del lado argentino. El derecho de exportación de hoy lo fija el Decreto 462/2023, art. 1 y Anexo (IF-2023-102215997-APN-SSABDR#MEC), y es la alícuota que aplica la VUCE (consulta del 17/10/2026).

Entra sin arancel, con o sin acuerdo.

3 · Cupo y cómo acceder

Esta posición no tiene cupo

Verde · no depende de ningún cupo

El acuerdo no abre un cupo para esta posición. Quiere decir que la preferencia se aplica a todo lo que exportes, sin límite de volumen ni trámite de cupo.

Dónde verificarlo
  1. La Sección B del Anexo 2-A lista los 23 cupos que la Unión Europea abre para el Mercosur. Ninguno cubre esta posición.
PeríodoVolumenEstado

Si creés que tu producto entra en alguno, escribinos y lo revisamos.

4 · Origen

Si tu producto califica como originario

Gris · sin responder

Para tener la rebaja del acuerdo, el producto tiene que ser originario. La regla que le toca es la de 4811.59 – 4816.90, y pide que se cumpla una de las opciones que da; no hacen falta todas. Respondé las preguntas para ver si calificás.

Cuestionario de insumos

Aparecen solo las preguntas que tu caso necesita. El resultado aplica la regla del Anexo 3-B de esta posición.

1. ¿Usás algún insumo que no sea originario de Argentina, de otro país del Mercosur o de la Unión Europea?

Un insumo comprado en Brasil o en Europa cuenta como de la región solo si es originario de allá. Tu proveedor te lo puede confirmar.

Respondé las preguntas. Con tus respuestas se aplica a tu caso la regla de 4811.59 – 4816.90.

Revisá tus insumos uno por uno en el asistente de origen, con su código y lo que pesan en el precio.

La regla textual, la tolerancia y cómo se prueba

La regla, textual: «CP; o MaxNOM 50 % (EXW).»

Tolerancia. El artículo 3.5 tolera insumos que no cumplan la regla hasta el 10 % del precio de salida de fábrica.

Acumulación. Los materiales originarios de la otra Parte cuentan como propios (acumulación bilateral, capítulo 3 del iTA).

Cómo se prueba. Se prueba con una declaración de origen del exportador (Anexo 3-C). Al principio rige además el certificado de origen transitorio del Anexo 3-D (notificación 2026/875).

Edición. El Anexo 3-B está escrito en el Sistema Armonizado de 2017 y la ficha usa la edición vigente. A cuatro y seis dígitos coinciden casi siempre. Si tu producto cambió de partida entre una edición y otra, confirmá la regla con tu despachante.

Por ahora el certificado de origen sigue valiendo. Hasta el 1/5/2029 la Unión Europea acepta también el certificado de origen de siempre, además de la declaración que hacés vos. En palabras del acuerdo, «Durante un período no superior a 3 (tres) años a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo, la Unión Europea aceptará también como declaración de origen un «certificado de origen» que indique que los productos importados en la Unión Europea cumplen los requisitos de origen establecidos en el presente Acuerdo.» (iTA, Anexo 3-D, apartado 1). El plazo se puede prorrogar 2 años más si el Mercosur lo pide.

5 · Requisitos sanitarios, técnicos y de etiquetado

Qué tiene que cumplir el producto para entrar

Ámbar · la UE tiene requisitos de producto para esta posición (revisá cuáles alcanzan al tuyo)

Tu posición no está en la lista de control veterinario en frontera del Reglamento 2021/632. Tampoco está en el anexo XI del reglamento fitosanitario, que es el que exige el certificado para vegetales. El portal de la Comisión (Access2Markets) le asigna a esta posición 3 requisitos de producto de la Unión (normas técnicas, de etiquetado o de comercialización). Como los asigna a toda la posición, en la tabla está cada uno con su norma y el enlace para ver si alcanza a tu producto.

    Requisitos de la UE para esta posición (3)revisá cuáles alcanzan a tu producto

    La Comisión Europea los asigna a toda la posición, así que confirmá en cada uno si alcanza a tu producto.

    Fuente: Access2Markets (Comisión Europea) · revisado el 1/9/2026

    Reglas técnicas y etiquetado · Fuente: Access2MarketsAccess2Markets · requisitos de la UE para esta posiciónEl anexo usa además nombres de clase que no define por código, con 73 denominaciones, que están en la página de nombres protegidos.

    6 · Habilitaciones y registros

    Qué tenés que tener habilitado antes de exportar

    Informativo · no aplica, porque no es un producto de origen animal

    La lista de países autorizados y la habilitación de establecimientos de la Unión Europea son para productos de origen animal. A tu producto no le aplican.

      Fuente: lista de control veterinario del Reglamento (UE) 2021/632Reg. de Ejecución (UE) 2021/632 · control veterinario en frontera

      7 · Regulaciones UE transversales

      EUDR, CBAM y salvaguardias

      Ámbar · puede alcanzarte, hay que mirar el producto

      Son las reglas que frenan un embarque por motivos que no tienen nada que ver con el arancel. A tu posición la alcanza EUDR. Abajo está desde cuándo y qué hay que aportar.

      Ámbar · puede alcanzarte, hay que mirar el producto

      EUDR · deforestación

      Prohíbe vender en la Unión Europea productos ligados a la deforestación. Alcanza a siete materias primas (bovinos, cacao, café, palma aceitera, caucho, soja y madera). Puede alcanzarte, según qué embarques exactamente. El anexo escribe la posición con «ex», que quiere decir que solo parte de ella entra («ex 48 Papel y cartón; manufacturas de pasta de celulosa, de papel o cartón (excepto los residuos tal como se definen en el artículo 3, punto 1, de la Directiva 2008/98/CE) (excepto los productos usados y los productos de segunda mano) [excepto los productos valorizados (desperdicios y desechos) y los productos derivados de productos valorizados (desperdicios y desechos)] (excepto los materiales de embalaje y los envases de un solo uso utilizados exclusivamente para sostener, proteger o transportar otro producto comercializado o exportado y presentado con dicho producto) (excepto los materiales de embalaje y los envases claramente adecuados para un uso repetitivo utilizados exclusivamente para sostener, proteger o transportar otro producto comercializado o exportado y presentado con dicho producto desde el momento en que se utilizan para tal fin y en adelante) (excepto los objetos de correspondencia y los materiales de comercialización e información que acompañan exclusivamente a otro producto comercializado o exportado, o se suministran con fines comerciales o informativos de forma gratuita)»). Todavía no se aplica. Empieza el 30/12/2026. Lo que hay que aportar: Geolocalización de las parcelas de producción y una declaración de diligencia debida. Quién la tiene que cumplir: El operador que introduce el producto en el mercado de la Unión, que en una importación es el importador europeo. El exportador argentino tiene que darle los datos.

      Fuente: Reglamento (UE) 2023/1115, anexo I
      Verde · no alcanza a esta posición

      CBAM · carbono en frontera

      Cobra en la frontera europea el carbono incorporado a ciertos productos intensivos en energía (cemento, electricidad, abonos, hierro y acero, aluminio y algunos químicos). No alcanza a tu posición, porque no figura en la lista de códigos del anexo I.

      Fuente: Reglamento (UE) 2023/956, anexo I
      Gris · sin dato de medidas en vigor

      Salvaguardias

      El capítulo 9 del acuerdo permite a cualquiera de las Partes suspender la preferencia de un producto si el aumento de importaciones causa daño a su industria. Es un mecanismo, no una lista, y no hay nada que aplicar salvo que se haya impuesto una medida concreta. Mirá en TARIC si hay alguna medida en vigor para 4811 59 00.

      Medidas en vigor · Sin dato

      8 · Destino

      Elegí un país de destino

      Informativo · no elegiste país

      El arancel, el cronograma, el cupo y la regla de origen son los mismos en los veintisiete países, así que no hace falta que elijas uno para lo de arriba. Lo que cambia por país es el idioma de la etiqueta, el IVA y los trámites locales.

      Elegí uno de los destinos cargados

      9 · Mercado en la UE

      Cuánto importa la UE de este producto

      Informativo · dato de contexto

      La UE importó € 421,8 millones en 2025 desde fuera de la UE; la Argentina aportó menos del 0,1 % y fue el 37.º proveedor.

      Importaciones extra-UE, 2025
      € 421,8 millones
      6,5 % más que en 2024 (€ 396,2 millones)
      Cantidad, 2025
      144.482 t
      8,5 % más que en 2024
      Precio medio de importación
      2,92 €/kg
      La Argentina vendió menos de 1 t, sin precio comparable
      Argentina, 2025
      € 3.582
      menos de 0,1 % del total · 37.º de 54 proveedores · 28,8 % más que en 2024

      De dónde compra la UE (2025)

      PuestoPaísValorParticipación€/kg
      1.ºSerbia€ 204,8 millones48,6 %2,94 €/kg
      2.ºChina€ 45,1 millones10,7 %1,69 €/kg
      3.ºEstados Unidos€ 38,3 millones9,1 %5,79 €/kg
      4.ºReino Unido€ 35,8 millones8,5 %4,56 €/kg
      5.ºJapón€ 26,7 millones6,3 %7,24 €/kg
      37.ºArgentina€ 3.582menos de 0,1 %—

      Otros € 178.252 vienen de orígenes que Eurostat no identifica (provisiones a bordo, razones comerciales o militares).

      Brasil, Uruguay y Paraguay entran con la misma rebaja (2025)

      PuestoPaísValorParticipaciónCantidad€/kg
      37.ºArgentina€ 3.582menos de 0,1 %59 kg—
      15.ºBrasil€ 497.7560,1 %125 t3,98 €/kg
      —UruguaySin ventas———
      —ParaguaySin ventas———

      Con el acuerdo pagan el mismo arancel que la Argentina, así que compiten por precio y volumen. El puesto es entre todos los proveedores de fuera de la UE.

      Quién importa dentro de la UE (2025)

      PuestoEstado miembroValorParticipación
      1.ºPolonia€ 78,5 millones18,6 %
      2.ºAlemania€ 63,8 millones15,1 %
      3.ºItalia€ 42,8 millones10,2 %
      4.ºGrecia€ 30,3 millones7,2 %
      5.ºFrancia€ 26,9 millones6,4 %

      Es el Estado miembro que declara la importación, que no siempre es donde se consume, porque los puertos de Países Bajos y Bélgica reciben mercadería para toda la Unión.

      Lo que pagan tus competidores

      De los 11 países de la lista, hoy todos pagan lo mismo que vos.

      Ver país por país (11)

      Los países son los cinco mayores proveedores de la UE fuera de la Unión en esta línea (Eurostat, Comext) y una lista fija de referencia, con acuerdo con la UE (Chile, México, Canadá, Sudáfrica, Nueva Zelanda y Vietnam) y sin acuerdo (Estados Unidos y China). Brasil, Paraguay y Uruguay entran con el mismo acuerdo que vos.

      Cada cifra es la medida de TARIC vigente hoy para ese origen, en la edición del 1/10/2026. Para despachar, el importador confirma en TARIC con la fecha y el código de diez dígitos.

      TARIC, Comisión Europea, edición del 1/10/2026 (CIRCABC)

      10 · Qué hacer, en orden

      Los pasos, en orden

      Son 5 pasos, en el orden en que se hacen. Cada uno sale de un bloque de esta ficha. Donde hay fecha, la fija una norma.

      1. 1
        Confirmá la posición arancelaria con tu despachante
        Toda esta ficha cuelga de que la posición sea 4811 59 00. Si la posición cambia, cambian el arancel, el cupo, la regla de origen y los requisitos. Es el único paso que no podés saltear.
        Tu despachante de aduana
      2. 2
        Registrate como exportador ante ARCA
        Del lado argentino, la exportación se oficializa ante la aduana, y para eso hay que estar inscripto en el registro de exportadores. Si todavía no lo estás, ese trámite va antes que el primer embarque.
      3. 3
        Verificá que tu producto sea originario, y preparate para probarlo
        La regla de 4811.59 – 4816.90 pide que se cumpla una de las opciones que da; no hacen falta todas. Sin la prueba de origen no hay preferencia, y se paga el arancel general aunque el producto califique. Se prueba con una declaración de origen del exportador (Anexo 3-C). Al principio rige además el certificado de origen transitorio del Anexo 3-D (notificación 2026/875).
        Lo declara el exportador. La entidad certificante interviene si hace falta el certificado transitorio del Anexo 3-D.
      4. 4
        Preparate para EUDR
        Lo que hay que aportar: Geolocalización de las parcelas de producción y una declaración de diligencia debida. El operador que introduce el producto en el mercado de la Unión, que en una importación es el importador europeo. El exportador argentino tiene que darle los datos.
        La obligación es del importador europeo, pero el dato lo tenés que dar vos
        Desde el 30/12/2026
      5. 5
        Revisá las normas técnicas y el marcado CE del producto
        La Unión le asigna a tu posición una norma técnica de producto (Especificaciones técnicas de productos de construcción). Confirmá en el bloque 5 cuáles alcanzan a tu producto. Si te alcanza, el producto tiene que llevar el marcado CE antes de venderse en la Unión. Verlo en Access2Markets
        Comisión Europea · Access2Markets

      Fuentes y estado por bloque

      BloqueFuente principalEstado
      1 ClasificaciónCatálogos NC 2026 y NCM vigenteConfirmado
      2 AranceliTA, Apéndice 2-A-1 · Reg. (UE) 2025/1926Confirmado
      3 CupoiTA, Sección BConfirmado
      4 OrigeniTA, Anexo 3-BRevisá
      5 RequisitosAccess2Markets · Reg. 2021/632 · Reg. 2019/2072Revisá
      6 HabilitacionesReg. 2021/632Confirmado
      7 TransversalesReg. 2023/1115 · Reg. 2023/956 · TARICRevisá
      8 DestinoElegí un país de destinoRevisá
      9 Mercado en la UEEurostat, Comext, 2025Confirmado

      Datos consultados el 30/10/2026. El próximo cambio previsto es el 1 de enero de 2027, cuando cambia la etapa del cronograma y abre el nuevo período del cupo. «Confirmado» quiere decir que sale de la fuente oficial citada; «Revisá», que depende de tu caso, y «Sin dato», que el enlace del bloque lleva a dónde averiguarlo.

      Fuente: Acuerdo Interino de Comercio UE-Mercosur (iTA), en aplicación provisional desde el 1/5/2026.

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