0 · Veredicto
Ámbar · entra por puesto de control fronterizo, con certificadoTu producto entra a la Unión Europea sin arancel, con o sin acuerdo.
Acción recomendada: el arancel no depende del origen, así que concentrate en los requisitos del producto (bloque 5).
Cueros y pieles en bruto, de bovino › Salados verdes (húmedos) (NC 4101 20 30) entra a la Unión Europea sin arancel, con o sin el Acuerdo UE-Mercosur. Dato al 30/10/2026, según el Acuerdo Interino de Comercio UE-Mercosur y la Nomenclatura Combinada 2026.
1 · Clasificación
Tu producto en las tres nomenclaturas
La ficha está armada sobre la línea europea 4101 20 30, que es la que declara el importador en la Unión Europea. En Argentina le corresponde la NCM 4101.20.00. Confirmala con tu despachante de aduana.
| Nomenclatura | Código | Versión | Descripción oficial |
|---|---|---|---|
| NCM (Argentina) | 4101.20.00 | NCM vigente 2026 | Cueros y pieles enteros, sin dividir, de peso unitario inferior o igual a 8 kg para los secos, a 10 kg para los salados secos y a 16 kg para los frescos, salados verdes (húmedos) o conservados de otro modo |
| NC (Unión Europea) | 4101 20 30 | NC 2026 (anexo en NC 2013: 4101 20 30) | Cueros y pieles enteros, sin dividir, de peso unitario inferior o igual a 8 kg para los secos, a 10 kg para los salados secos y a 16 kg para los frescos, salados verdes (húmedos) o conservados de otro modo: salados verdes (húmedos) |
| HS (mundial) | 4101.20 | Sistema Armonizado | Cueros y pieles en bruto, de bovino, incluido el búfalo, o de equino (frescos o salados, secos, encalados, piquelados o conservados de otro modo, pero sin curtir, apergaminar ni preparar de otra forma), incluso depilados o divididos |
2 · Arancel y cronograma
Cuánto pagás hoy y cuándo llega a cero
Hoy pagás 0 %. Sin acuerdo pagarías 0 %. Está en 0 desde el inicio del acuerdo (1/5/2026). Del lado argentino, el derecho de exportación hoy es 0 % (Decreto 38/2025); el acuerdo le pone un techo de entre 3,3 % y 6,6 % desde el 1/5/2029 y lo baja a 0 % el 1/5/2031; hasta entonces no lo limita.
Si en vez de exportar, importás esto de Europa
El acuerdo también baja lo que vos pagás al comprar. El resto de la ficha dice lo que paga tu producto al entrar a Europa. El Apéndice 2-A-2 dice lo contrario, lo que la Argentina le cobra a la mercadería europea que entra, y lo va bajando con el mismo calendario. Si comprás este producto en Europa, esto es lo que te toca.
Ficha de importación, ordenada para quien compra en Europa
| Línea del anexo (NCM 2012) | Arancel base | Categoría | Llega a 0 |
|---|---|---|---|
| 4101.20.00 Cueros y pieles, enteros, con restricción de peso Hoy se declara 4101.20.00 · Mismo código, sin cambios y la NCM vigente dice Cueros y pieles enteros, sin dividir, de peso unitario inferior o igual a 8 kg para los secos, a 10 kg para los salados secos y a 16 kg para los frescos, salados verdes (húmedos) o conservados de otro modo | 2 % | 10 | 1 de enero de 2036 |
Cómo se llegó a esta línea. El anexo escribe su lista en la NCM 2012 y vos declarás en la vigente. Esta posición no cambió entre las dos ediciones (las tablas oficiales de correlación no la nombran). Todo esto es solo el arancel. Si tu compra entra dentro de un cupo, además hace falta una licencia de importación (está abajo, en el bloque de habilitaciones). Lo que piden los demás organismos para dejarla entrar está acá debajo, como lo publica la VUCE. Cuáles te tocan depende de la apertura SIM que declares, y esa la define tu despachante.
Qué organismos intervienen al importarlo
El arancel es del acuerdo, lo demás lo pide cada organismo. La VUCE le asigna a esta posición 3 intervenciones de otros organismos al importar. Cada una va con el texto con que la describe el organismo, sin resumir, y con las condiciones en que aplica. Varias solo corresponden en ciertos casos (si la mercadería viene en embalaje de madera, si es usada, si es para consumo), y eso lo dice cada una. Donde el origen cambia algo, cada una dice también qué pasa si lo traés de la Unión Europea.
Para importar y vender acá
- SENASAEmbalajes de Madera de Importación*Destinación: Definitiva/Suspensiva · Mercadería: NuevaSi lo traés de la Unión Europea: Es igual para cualquier origen: alcanza a todo embalaje de madera que entra al país. Fuente: Res. SENASA 614/2015.Todos los embalajes de madera de mercaderías que ingresen al territorio argentino debe estar descortezado, libre de insectos y/o signos de actividad biológica, tratado y certificado en concordancia con lo estipulado en la Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias (NIMF N° 15) de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria.Cuándo aplica: La mercadería es acondicionada con embalajes de madera o madera de acomodación.
Lo que dice el organismo
Obligatoria - SENASAImportación de Productos de Origen AnimalDestinación: Definitiva · Mercadería: NuevaSi lo traés de la Unión Europea: Hace falta igual, y el requisito sanitario depende del país: el SENASA lo fija para cada importación según el riesgo del país, del producto y del destino, y lo escribe en la autorización de importación, que vale un año. La planta tiene que estar habilitada por la autoridad veterinaria del país de origen, y cada partida viaja con el certificado sanitario original de esa autoridad, que tiene que decir lo mismo que la autorización y estar en castellano o traducido por un traductor público. El modelo de certificado se le pide al SENASA: su consulta pública cubre solo animales vivos y material reproductivo. Fuente: Res. SENASA 816/2002, anexo III, puntos 1, 2, 8, 9 y 24.El trámite permite solicitar autorización para importar productos, subproductos y alimentos para animales.Cuándo aplica: Productos, subproductos, derivados de origen animal y alimentos terminados para animales de compañíaEn 4101.20.00, solo para las aperturas SIM 4101.20.00.220F (Frescos o salados verdes (húmedos)).
Lo que dice el organismo
Obligatoria
Optativas (herramientas, no requisitos)
- Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana EmpresaSolicitud Resolución Anticipada de OrigenDestinación: Definitiva · Mercadería: Nueva/UsadaCuándo aplica: El origen de las mercaderías determina, principalmente, el tratamiento arancelario aplicable a su importación. La Resolución Anticipada de Origen (RAO) permite al importador conocer, antes de llevar adelante sus respectivas importaciones, qué origen va a considerar el Estado Argentino a los fines de aplicar el tratamiento arancelario.
Lo que dice el organismo
Optativa
Fuente: VUCE, identificador de posiciones arancelarias, consultada el 6/10/2026. Los organismos cambian sus intervenciones seguido, por eso cada una enlaza la página de la VUCE de donde sale, para mirarla el día que importes.
Tabla año a año, el derecho de exportación argentino y cómo se calcula todo
| Desde | Etapa | Ad valorem | Específico (€) | Se aplica |
|---|---|---|---|---|
| 1/5/2026 | 1 de 1 (año 0) | 0 % | — | Libre de derechos |
Cómo se calcula. Esta línea quedó libre de derechos desde el primer día del acuerdo. Ya está en cero.
Reintegro adicional. Los productos orgánicos certificados, los que tienen el sello «Alimentos Argentinos una elección natural» y los que tienen denominación de origen o indicación geográfica registrada suman un 0,5 % adicional (Decreto 1341/2016, arts. 3 a 5, que el art. 11 del Decreto 557/2023 mantiene). No se acumulan: aunque el producto cumpla más de una condición, el adicional es 0,5 % (Resolución 90-E/2017, art. 9), y cada condición se acredita con un certificado por operación (arts. 1 y 2).
Del lado argentino. Tu posición aparece en el Anexo 2-B con 5 líneas de derecho de exportación, categoría Y5. Eso es un techo, no lo que se cobra hoy. Lo que se cobra hoy es 0 %, según el Decreto 38/2025, art. 1 y Anexo I (IF-2025-08161099-APN-SAGYP#MEC), y es la alícuota que aplica la VUCE (consulta del 17/10/2026). El anexo está escrito en NCM 2012, así que la coincidencia es por los seis dígitos.
Desde cuándo rige el techo. Categoría Y5 (tipo básico 10 %): 6,6 % desde el 1/5/2029, 3,3 % desde el 1/5/2030 y 0 % desde el 1/5/2031. Categoría Y5 (tipo básico 5 %): 3,3 % desde el 1/5/2029, 1,6 % desde el 1/5/2030 y 0 % desde el 1/5/2031. El anexo cuenta los años desde la entrada en vigor y no los define como el Anexo 2-A: el año 1 empieza el día de la aplicación provisional (1/5/2026) y cada uno de los siguientes, en su aniversario. Si la Argentina cobra menos que lo que da el calendario, rige lo que cobra mientras siga siendo menor (Sección A, apartado 5).
Categoría Y5: los derechos de exportación sobre mercancías correspondientes a la categoría de desgravación «Y5» en las listas de derechos de exportación que figuran en la sección C del presente anexo se eliminarán en 3 (tres) etapas anuales iguales; la primera reducción surtirá efecto el 1.er (primer) día del año 4 (cuatro) después de la entrada en vigor del presente Acuerdo, y los derechos de exportación sobre dichas mercancías se fijarán en 0 (cero) el 1.er (primer) día del año 6 (seis) después de la entrada en vigor del presente Acuerdo;
Por qué hay más de una línea. El anexo separa condiciones dentro de la misma posición (a granel o envasado, desactivada o no) y cada una tiene su fila. Revisá cuál es la tuya («Frescos o salados verdes (húmedos)», «Salados secos», «Los demás», «Frescos o salados verdes (húmedos)», entre otras).
Entra sin arancel, con o sin acuerdo.
3 · Cupo y cómo acceder
Esta posición no tiene cupo
El acuerdo no abre un cupo para esta posición. Quiere decir que la preferencia se aplica a todo lo que exportes, sin límite de volumen ni trámite de cupo.
Dónde verificarlo
- La Sección B del Anexo 2-A lista los 23 cupos que la Unión Europea abre para el Mercosur. Ninguno cubre esta posición.
| Período | Volumen | Estado |
|---|
Si creés que tu producto entra en alguno, escribinos y lo revisamos.
4 · Origen
Si tu producto califica como originario
Para tener la rebaja del acuerdo, el producto tiene que ser originario. La regla que le toca es la de 41.01 – 41.03, y pide que los insumos importados se clasifiquen en otra posición arancelaria que tu producto terminado. Es lo que el acuerdo abrevia CC (otro capítulo), CP (otra partida) y CSP (otra subpartida). Respondé las preguntas para ver si calificás.
Cuestionario de insumos
Aparecen solo las preguntas que tu caso necesita. El resultado aplica la regla del Anexo 3-B de esta posición.
Revisá tus insumos uno por uno en el asistente de origen, con su código y lo que pesan en el precio.
La regla textual, la tolerancia y cómo se prueba
La regla, textual: «CSP»
Tolerancia. El artículo 3.5 tolera insumos que no cumplan la regla hasta el 10 % del precio de salida de fábrica.
Acumulación. Los materiales originarios de la otra Parte cuentan como propios (acumulación bilateral, capítulo 3 del iTA).
Cómo se prueba. Se prueba con una declaración de origen del exportador (Anexo 3-C). Al principio rige además el certificado de origen transitorio del Anexo 3-D (notificación 2026/875).
Edición. El Anexo 3-B está escrito en el Sistema Armonizado de 2017 y la ficha usa la edición vigente. A cuatro y seis dígitos coinciden casi siempre. Si tu producto cambió de partida entre una edición y otra, confirmá la regla con tu despachante.
Por ahora el certificado de origen sigue valiendo. Hasta el 1/5/2029 la Unión Europea acepta también el certificado de origen de siempre, además de la declaración que hacés vos. En palabras del acuerdo, «Durante un período no superior a 3 (tres) años a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo, la Unión Europea aceptará también como declaración de origen un «certificado de origen» que indique que los productos importados en la Unión Europea cumplen los requisitos de origen establecidos en el presente Acuerdo.» (iTA, Anexo 3-D, apartado 1). El plazo se puede prorrogar 2 años más si el Mercosur lo pide.
5 · Requisitos sanitarios, técnicos y de etiquetado
Qué tiene que cumplir el producto para entrar
Tu producto está en la lista de mercancías que la Unión Europea controla en frontera, así que entra por un puesto de control fronterizo y con certificado oficial. Es un trámite que se cumple, no una prohibición, pero sin él la partida no despacha, por más que el arancel sea cero. El portal de la Comisión (Access2Markets) le asigna a esta posición 1 requisito de producto de la Unión (normas técnicas, de etiquetado o de comercialización). Como los asigna a toda la posición, en la tabla está cada uno con su norma y el enlace para ver si alcanza a tu producto.
- SPSControl oficial en el puesto de control fronterizo de la UEConfirmadohay que cumplirlo antes de embarcarLa partida tiene que entrar por un puesto de control fronterizo habilitado, notificarse en TRACES con un documento sanitario común de entrada y venir con el certificado oficial que corresponda. El anexo lo acota así: «Solo los cueros y pieles frescos, refrigerados o tratados, incluidos los cueros y pieles secos, salados secos, salados verdes (húmedos) o conservados mediante un proceso que no sea el curtido ni un proceso equivalente. Los cueros y pieles tratados según se indica en el capítulo V, sección C, punto 2, del anexo XIII del Reglamento (UE) n.o 142/2011 podrán importarse sin restricciones siempre que se cumpla lo dispuesto en el artículo 41, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1069/2009, en particular por lo que respecta a los códigos NC ex 4101 20 80 y ex 4101 50 90.»
- Dónde se tramitaTRACES NT · sistema de control de partidas de la Unión EuropeaConfirmadotrámiteLa partida se notifica acá antes de que llegue, y el certificado lo emite el SENASA del lado argentino.
Requisitos de la UE para esta posición (3)revisá cuáles alcanzan a tu producto
La Comisión Europea los asigna a toda la posición, así que confirmá en cada uno si alcanza a tu producto.
- UE · sanitarioControl sanitario de productos de origen animal no destinados al consumo humanoEl Reglamento 2017/625, el Reglamento 183/2005, el Reglamento 142/2011 y 3 normas más
- Solo si correspondeCITES: protección de especies amenazadasEl Reglamento 338/1997, el Reglamento 2025/6, el Reglamento 865/2006 y 1 norma más
- Solo si correspondeProducción orgánica (voluntario)El Reglamento 2018/848, el Reglamento 834/2007, el Reglamento 2021/2325 y 4 normas más
Fuente: Access2Markets (Comisión Europea) · revisado el 1/9/2026
6 · Habilitaciones y registros
Qué tenés que tener habilitado antes de exportar
Hay dos puertas, y en este orden. Primero el país, porque la Unión Europea solo deja entrar productos de origen animal de países cuyo plan de control aprobó, y Argentina está aprobada para 12 de 13 categorías. Después tu planta, que tiene que estar habilitada acá y, para la mayoría de los productos de origen animal, figurar en la lista que publica la Comisión.
- Lista de terceros paísesArgentina, en la lista de países autorizadosConfirmadoel país está habilitadoLa Comisión aprobó el plan de control argentino para Bovinos, Ovinos y caprinos, Équidos, Aves de corral, Acuicultura (16), Leche, Huevos, Conejos, Caza silvestre, Caza de cría, Miel, Tripas. Revisá con tu despachante cuál es la categoría de tu producto, porque el anexo no las expresa por código arancelario.
- Sin plan aprobadoCategorías para las que Argentina NO está en la listaConfirmadomirá si es la categoría de tu productoPorcinos. Si tu producto entra en alguna de estas, hoy no puede ingresar a la Unión Europea, por más que el arancel sea cero y el establecimiento esté habilitado en Argentina.
- Habilitación del establecimientoTu planta, habilitada en Argentina y listada en la Unión EuropeaSin datoSin dato. Está en el registro del SENASA y la lista de establecimientos de la Comisión Europea.
- Registro de exportadorInscripción como exportador ante la aduana argentinaSin datoSin dato. Está en el registro de importadores y exportadores de ARCA.
7 · Regulaciones UE transversales
EUDR, CBAM y salvaguardias
Son las reglas que frenan un embarque por motivos que no tienen nada que ver con el arancel. Ni la EUDR (deforestación) ni el CBAM (carbono) alcanzan a tu posición, según la lista de códigos del anexo de cada reglamento.
EUDR · deforestación
Prohíbe vender en la Unión Europea productos ligados a la deforestación. Alcanza a siete materias primas (bovinos, cacao, café, palma aceitera, caucho, soja y madera). No alcanza a tu posición, porque no figura en la lista de códigos del anexo I.
Fuente: Reglamento (UE) 2023/1115, anexo ICBAM · carbono en frontera
Cobra en la frontera europea el carbono incorporado a ciertos productos intensivos en energía (cemento, electricidad, abonos, hierro y acero, aluminio y algunos químicos). No alcanza a tu posición, porque no figura en la lista de códigos del anexo I.
Fuente: Reglamento (UE) 2023/956, anexo ISalvaguardias
El capítulo 9 del acuerdo permite a cualquiera de las Partes suspender la preferencia de un producto si el aumento de importaciones causa daño a su industria. Es un mecanismo, no una lista, y no hay nada que aplicar salvo que se haya impuesto una medida concreta. Mirá en TARIC si hay alguna medida en vigor para 4101 20 30.
Medidas en vigor · Sin dato8 · Destino
Elegí un país de destino
El arancel, el cronograma, el cupo y la regla de origen son los mismos en los veintisiete países, así que no hace falta que elijas uno para lo de arriba. Lo que cambia por país es el idioma de la etiqueta, el IVA y los trámites locales.
Elegí uno de los destinos cargados
9 · Mercado en la UE
Cuánto importa la UE de este producto
La UE importó € 32,3 millones en 2025 desde fuera de la UE; la Argentina aportó el 0,3 % y fue el 13.º proveedor.
De dónde compra la UE (2025)
| Puesto | País | Valor | Participación | €/kg |
|---|---|---|---|---|
| 1.º | Suiza | € 13,8 millones | 42,8 % | 6,82 €/kg |
| 2.º | Nueva Zelanda | € 13,1 millones | 40,5 % | 6,68 €/kg |
| 3.º | Estados Unidos | € 1,9 millones | 5,7 % | 3,12 €/kg |
| 4.º | Canadá | € 1,0 millones | 3,2 % | 2,93 €/kg |
| 5.º | Bosnia y Herzegovina | € 540.760 | 1,7 % | 3,81 €/kg |
| 13.º | Argentina | € 88.167 | 0,3 % | 0,57 €/kg |
Brasil, Uruguay y Paraguay entran con la misma rebaja (2025)
| Puesto | País | Valor | Participación | Cantidad | €/kg |
|---|---|---|---|---|---|
| 13.º | Argentina | € 88.167 | 0,3 % | 154 t | 0,57 €/kg |
| — | Brasil | Sin ventas | — | — | — |
| — | Uruguay | Sin ventas | — | — | — |
| — | Paraguay | Sin ventas | — | — | — |
Con el acuerdo pagan el mismo arancel que la Argentina, así que compiten por precio y volumen. El puesto es entre todos los proveedores de fuera de la UE.
Quién importa dentro de la UE (2025)
| Puesto | Estado miembro | Valor | Participación |
|---|---|---|---|
| 1.º | Italia | € 24,9 millones | 77,1 % |
| 2.º | España | € 2,7 millones | 8,5 % |
| 3.º | Rumanía | € 1,9 millones | 5,8 % |
| 4.º | Bélgica | € 1,6 millones | 5,1 % |
| 5.º | Francia | € 770.834 | 2,4 % |
Es el Estado miembro que declara la importación, que no siempre es donde se consume, porque los puertos de Países Bajos y Bélgica reciben mercadería para toda la Unión.
Lo que pagan tus competidores
De los 10 países de la lista, hoy todos pagan lo mismo que vos.
Ver país por país (10)
- Argentina, hoy0 %Con el acuerdo UE-Mercosur
- Suiza1.º proveedor de la UE0 %Paga lo mismo que vosPreferencia de la UE para su origenTARIC, medida 142 (preferencia arancelaria), Reglamento 2840/72, desde el 1/1/1995
- Nueva Zelanda2.º proveedor de la UE0 %Paga lo mismo que vosSin preferencia, paga el arancel generalTARIC, medida 103 (arancel general, NMF), Reglamento 2031/01, desde el 1/1/2002
- Estados Unidos3.º proveedor de la UE0 %Paga lo mismo que vosPreferencia de la UE para su origenTARIC, medida 142 (preferencia arancelaria), Reglamento 1455/26, desde el 1/7/2026
- Canadá4.º proveedor de la UE0 %Paga lo mismo que vosSin preferencia, paga el arancel generalTARIC, medida 103 (arancel general, NMF), Reglamento 2031/01, desde el 1/1/2002
- Bosnia y Herzegovina5.º proveedor de la UE0 %Paga lo mismo que vosSin preferencia, paga el arancel generalTARIC, medida 103 (arancel general, NMF), Reglamento 2031/01, desde el 1/1/2002
- Chile0 %Paga lo mismo que vosPreferencia de la UE para su origenTARIC, medida 142 (preferencia arancelaria), Decisión 3016/24, desde el 1/2/2025
- México0 %Paga lo mismo que vosPreferencia de la UE para su origenTARIC, medida 142 (preferencia arancelaria), Decisión 0415/00, desde el 1/7/2016
- Sudáfrica0 %Paga lo mismo que vosSin preferencia, paga el arancel generalTARIC, medida 103 (arancel general, NMF), Reglamento 2031/01, desde el 1/1/2002
- Vietnam0 %Paga lo mismo que vosSin preferencia, paga el arancel generalTARIC, medida 103 (arancel general, NMF), Reglamento 2031/01, desde el 1/1/2002
- China0 %Paga lo mismo que vosSin preferencia, paga el arancel generalTARIC, medida 103 (arancel general, NMF), Reglamento 2031/01, desde el 1/1/2002
Los países son los cinco mayores proveedores de la UE fuera de la Unión en esta línea (Eurostat, Comext) y una lista fija de referencia, con acuerdo con la UE (Chile, México, Canadá, Sudáfrica, Nueva Zelanda y Vietnam) y sin acuerdo (Estados Unidos y China). Brasil, Paraguay y Uruguay entran con el mismo acuerdo que vos.
Cada cifra es la medida de TARIC vigente hoy para ese origen, en la edición del 1/10/2026. Para despachar, el importador confirma en TARIC con la fecha y el código de diez dígitos.
10 · Qué hacer, en orden
Los pasos, en orden
Son 6 pasos, en el orden en que se hacen. Cada uno sale de un bloque de esta ficha.
- 1Confirmá la posición arancelaria con tu despachanteToda esta ficha cuelga de que la posición sea 4101 20 30. Si la posición cambia, cambian el arancel, el cupo, la regla de origen y los requisitos. Es el único paso que no podés saltear.Tu despachante de aduana
- 2Registrate como exportador ante ARCADel lado argentino, la exportación se oficializa ante la aduana, y para eso hay que estar inscripto en el registro de exportadores. Si todavía no lo estás, ese trámite va antes que el primer embarque.
- 3Verificá que tu producto sea originario, y preparate para probarloLa regla de 41.01 – 41.03 pide que los insumos importados se clasifiquen en otra posición arancelaria que tu producto terminado. Es lo que el acuerdo abrevia CC (otro capítulo), CP (otra partida) y CSP (otra subpartida). Sin la prueba de origen no hay preferencia, y se paga el arancel general aunque el producto califique. Se prueba con una declaración de origen del exportador (Anexo 3-C). Al principio rige además el certificado de origen transitorio del Anexo 3-D (notificación 2026/875).Lo declara el exportador. La entidad certificante interviene si hace falta el certificado transitorio del Anexo 3-D.
- 4Conseguí la habilitación del establecimiento y el certificado sanitarioTu posición está en la lista de mercancías que la Unión Europea controla en frontera. El certificado lo emite el SENASA, y para emitirlo el establecimiento tiene que estar habilitado y, según el producto, figurar en la lista europea de establecimientos autorizados.
- 5Que el importador notifique la partida antes de que llegueLa partida se anuncia en TRACES con un documento sanitario común de entrada y entra por un puesto de control fronterizo habilitado. Si el puerto de destino no tiene puesto para tu tipo de producto, la partida no puede entrar por ahí.TRACES NT · lo hace el importador europeo
- 6Revisá las normas técnicas y el etiquetado del productoAccess2Markets no le asigna a tu posición normas técnicas de producto. Si tiene otros requisitos de la Unión, están en el bloque 5; el detalle por país de destino, en el buscador de la Comisión. Verlo en Access2MarketsComisión Europea · Access2Markets