0 · Veredicto
Ámbar · la UE tiene requisitos de producto para esta posición (revisá cuáles alcanzan al tuyo)Tu producto entra a la Unión Europea sin arancel, con o sin acuerdo.
Acción recomendada: el arancel no depende del origen, así que concentrate en los requisitos del producto (bloque 5).
Gasas y artículos de gasa (NC 3005 90 31) entra a la Unión Europea sin arancel, con o sin el Acuerdo UE-Mercosur. Dato al 30/10/2026, según el Acuerdo Interino de Comercio UE-Mercosur y la Nomenclatura Combinada 2026.
1 · Clasificación
Tu producto en las tres nomenclaturas
La ficha está armada sobre la línea europea 3005 90 31, que es la que declara el importador en la Unión Europea. En Argentina hay 5 posiciones de la NCM bajo los mismos 6 dígitos: la tuya es una de ellas. Confirmala con tu despachante de aduana.
| Nomenclatura | Código | Versión | Descripción oficial |
|---|---|---|---|
| NCM (Argentina) | 3005.90.11 | NCM vigente 2026 | De ácido poliglicólico |
| NCM (Argentina) | 3005.90.12 | NCM vigente 2026 | De copolímeros de ácido glicólico y ácido láctico |
| NCM (Argentina) | 3005.90.19 | NCM vigente 2026 | Los demás |
| NCM (Argentina) | 3005.90.20 | NCM vigente 2026 | Campos quirúrgicos de telas sin tejer |
| NCM (Argentina) | 3005.90.90 | NCM vigente 2026 | Los demás |
| NC (Unión Europea) | 3005 90 31 | NC 2026 (anexo en NC 2013: 3005 90 31) | Los demás: los demás: de materia textil: gasas y artículos de gasa |
| HS (mundial) | 3005.90 | Sistema Armonizado | Guatas, gasas, vendas y artículos análogos (por ejemplo: apósitos, esparadrapos, sinapismos), impregnados o recubiertos de sustancias farmacéuticas o acondicionados para la venta al por menor con fines médicos, quirúrgicos, odontológicos o veterinarios |
2 · Arancel y cronograma
Cuánto pagás hoy y cuándo llega a cero
Hoy pagás 0 %. Sin acuerdo pagarías 0 %. Está en 0 desde el inicio del acuerdo (1/5/2026). Del lado argentino, el derecho de exportación hoy es 0 % (Decretos 305/2025 y 1060/2020).
Si en vez de exportar, importás esto de Europa
El acuerdo también baja lo que vos pagás al comprar. El resto de la ficha dice lo que paga tu producto al entrar a Europa. El Apéndice 2-A-2 dice lo contrario, lo que la Argentina le cobra a la mercadería europea que entra, y lo va bajando con el mismo calendario. Si comprás este producto en Europa, esto es lo que te toca.
Ficha de importación, ordenada para quien compra en Europa
| Línea del anexo (NCM 2012) | Arancel base | Categoría | Llega a 0 |
|---|---|---|---|
| 3005.90.11 Apósitos reabsorbibles, de ácido poliglicólico Hoy se declara 3005.90.11 · Mismo código, sin cambios | 2 % | 4 | 1 de enero de 2030 |
| 3005.90.12 Apósitos reabsorbibles, de copolímeros de ácido glicólico y ácido láctico Hoy se declara 3005.90.12 · Mismo código, sin cambios | 2 % | 4 | 1 de enero de 2030 |
| 3005.90.19 Los demás apósitos reabsorbibles Hoy se declara 3005.90.19 · Mismo código, sin cambios | 12 % | 10 | 1 de enero de 2036 |
| 3005.90.20 Campos quirúrgicos de telas sin tejer Hoy se declara 3005.90.20 · Mismo código, sin cambios | 12 % | 10 | 1 de enero de 2036 |
| 3005.90.90 Las demás guatas y artículos análogos, con fines médicos, quirúrgicos, etc. Hoy se declara 3005.90.90 · Mismo código, sin cambios y la NCM vigente dice Los demás | 12 % | 10 | 1 de enero de 2036 |
Cómo se llegó a esta línea. El anexo escribe su lista en la NCM 2012 y vos declarás en la vigente. Esta posición no cambió entre las dos ediciones (las tablas oficiales de correlación no la nombran). Esta posición europea corresponde a más de un código argentino, y cada uno tiene su línea. Buscá en la tabla el que declarás. Todo esto es solo el arancel. Si tu compra entra dentro de un cupo, además hace falta una licencia de importación (está abajo, en el bloque de habilitaciones). Lo que piden los demás organismos para dejarla entrar está acá debajo, como lo publica la VUCE. Cuáles te tocan depende de la apertura SIM que declares, y esa la define tu despachante.
Qué organismos intervienen al importarlo
El arancel es del acuerdo, lo demás lo pide cada organismo. La VUCE le asigna a esta posición 11 intervenciones de otros organismos al importar. Cada una va con el texto con que la describe el organismo, sin resumir, y con las condiciones en que aplica. Varias solo corresponden en ciertos casos (si la mercadería viene en embalaje de madera, si es usada, si es para consumo), y eso lo dice cada una.
Para importar y vender acá
- (ANMAT) Dirección de Fiscalización y Gestión de Riesgo de Establecimientos de Productos MédicosImportación de Productos Médicos por Usuario Directo.Destinación: Definitiva · Mercadería: NuevaEste trámite deberá ser utilizado por los establecimientos asistenciales y las sociedades sin
Lo que dice el organismo
Obligatoria - (ANMAT) Dirección de Fiscalización y Gestión de Riesgo de Establecimientos de Productos MédicosImportación de Productos Médicos por uso CompasivoDestinación: Definitiva · Mercadería: NuevaEl trámite está dirigido a aquellos pacientes que requieran tratar una enfermedad queCuándo aplica: Para uso estrictamente individual, limitado a un paciente, de un producto médico en las situaciones enumeradas en el art. 1 de la Disp. ANMAyTM 3315/05.
Lo que dice el organismo
Obligatoria - ANMATImportación de Productos MédicosDestinación: Definitiva/Suspensiva · Mercadería: NuevaSolicitud para la importación de productos médicos. El trámite podrá ser realizado por el fabricante y/o importador (que deberá estar debidamente habilitado por la ANMAT y con los registros aprobados ante este Instituto). La información presentada tendrá carácter de declaración jurada. Incluye partes/repuestos, componentes/materia primas/insumos, PM regulares, muestras de PM.
Lo que dice el organismo
Obligatoria - ANMATImportación de especialidades medicinalesDestinación: Definitiva/Suspensiva · Mercadería: NuevaEl Régimen permite importar a laboratorios, empresas y/o entidades privadas autorizadas por ANMAT especialidades medicinales cualquiera sea el estado de elaboración (productos terminados, granel, acondicionamiento primario, muestra médica, estándares de referencia, muestras para uso en laboratorio, insumos, ingrediente farmacéutico activo, materia prima, excipientes).Cuándo aplica: Para mayor informacion, se recomienda verificar los instructivos y formularios en el siguiente link https://www.argentina.gob.ar/anmat/regulados/instructivos-y-formulariosSolo para 3005.90.90, de los códigos argentinos de esta posición. En 3005.90.90, solo para las aperturas SIM 3005.90.90.100P (Artículos impregnados o recubiertos de sustancias farmaceuticas, de uso humano (R.2014/93 ex-ANA)).
Lo que dice el organismo
Obligatoria - ANMATImportación de medicamentos para extranjerosDestinación: Definitiva/Suspensiva · Mercadería: NuevaEl regimén permite a extranjeros no residentes en el pais a importar medicación para su uso personal.Cuándo aplica: Para mayor informacion, se recomienda verificar los instructivos y formularios en el siguiente link.Solo para 3005.90.90, de los códigos argentinos de esta posición. En 3005.90.90, solo para las aperturas SIM 3005.90.90.100P (Artículos impregnados o recubiertos de sustancias farmaceuticas, de uso humano (R.2014/93 ex-ANA)).
Lo que dice el organismo
Obligatoria - Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) / INAME - Instituto Nacional de Productos MédicosImportación protocolos de emergencia medica de instituciones sanitarias.Destinación: Definitiva · Mercadería: NuevaCuándo aplica: Para mayor informacion, se recomienda verificar los instructivos y formularios en el siguiente link: https://www.argentina.gob.ar/anmat/regulados/instructivos-y-formularios
Lo que dice el organismo
Obligatoria - SENASAEmbalajes de Madera de Importación*Destinación: Definitiva/Suspensiva · Mercadería: NuevaSi lo traés de la Unión Europea: Es igual para cualquier origen: alcanza a todo embalaje de madera que entra al país. Fuente: Res. SENASA 614/2015.Todos los embalajes de madera de mercaderías que ingresen al territorio argentino debe estar descortezado, libre de insectos y/o signos de actividad biológica, tratado y certificado en concordancia con lo estipulado en la Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias (NIMF N° 15) de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria.Cuándo aplica: La mercadería es acondicionada con embalajes de madera o madera de acomodación.
Lo que dice el organismo
Obligatoria - SENASAProductos Veterinarios - Autorización de Exportación/ImportaciónDestinación: Definitiva · Mercadería: NuevaRégimen de requisitos necesarios para la Importación y Exportación de Productos Veterinarios.Cuándo aplica: Descargar Manual de Usuario SigVetSolo para 3005.90.90, de los códigos argentinos de esta posición. En 3005.90.90, solo para las aperturas SIM 3005.90.90.900H (Los demás).
Lo que dice el organismo
Obligatoria - SENASAProductos Veterinarios Importación - Exportación NO Registrados.Destinación: Definitiva · Mercadería: NuevaRégimen de requisitos necesarios para la Importación y Exportación de Productos Veterinarios, que no llevan registro en el área.Cuándo aplica: Trámite para Productos sin RegistroSolo para 3005.90.90, de los códigos argentinos de esta posición. En 3005.90.90, solo para las aperturas SIM 3005.90.90.900H (Los demás).
Lo que dice el organismo
Obligatoria
Optativas (herramientas, no requisitos)
- Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana EmpresaRégimen de Imp. de Productos para Tratamiento y/o Proceso de Rehabilitación y/o Capacitación de Personas con Discapacidad (Cocleares)Destinación: Definitiva · Mercadería: NuevaSi necesitás importar mercadería destinada a la rehabilitación, tratamiento y capacitación de personas con discapacidad y verificás que no se fabrique en el país, podés tramitar por Aduana la exención del pago de todos los impuestos.Cuándo aplica: Beneficiarios: Personas con discapacidad, a los efectos de su tratamiento y/o proceso de rehabilitación y/o capacitación, y asociaciones e instituciones cuyo objeto sea satisfacer las necesidades de las personas con discapacidad.
Lo que dice el organismo
Optativa - Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana EmpresaSolicitud Resolución Anticipada de OrigenDestinación: Definitiva · Mercadería: Nueva/UsadaCuándo aplica: El origen de las mercaderías determina, principalmente, el tratamiento arancelario aplicable a su importación. La Resolución Anticipada de Origen (RAO) permite al importador conocer, antes de llevar adelante sus respectivas importaciones, qué origen va a considerar el Estado Argentino a los fines de aplicar el tratamiento arancelario.
Lo que dice el organismo
Optativa
Fuente: VUCE, identificador de posiciones arancelarias, consultada el 6/10/2026. Los organismos cambian sus intervenciones seguido, por eso cada una enlaza la página de la VUCE de donde sale, para mirarla el día que importes.
Tabla año a año y cómo se calcula
| Desde | Etapa | Ad valorem | Específico (€) | Se aplica |
|---|---|---|---|---|
| 1/5/2026 | 1 de 1 (año 0) | 0 % | — | Libre de derechos |
Cómo se calcula. Esta línea quedó libre de derechos desde el primer día del acuerdo. Ya está en cero.
Reintegro adicional. Los productos orgánicos certificados, los que tienen el sello «Alimentos Argentinos una elección natural» y los que tienen denominación de origen o indicación geográfica registrada suman un 0,5 % adicional (Decreto 1341/2016, arts. 3 a 5, que el art. 11 del Decreto 557/2023 mantiene). No se acumulan: aunque el producto cumpla más de una condición, el adicional es 0,5 % (Resolución 90-E/2017, art. 9), y cada condición se acredita con un certificado por operación (arts. 1 y 2).
Del lado argentino. El derecho de exportación de hoy lo fija el Decreto 305/2025, art. 1 y Anexo (IF-2025-37185796-APN-SSPI#MEC); Decreto 1060/2020, art. 1 y Anexo (IF-2020-90691934-APN-SPT#MEC), y es la alícuota que aplica la VUCE (consulta del 17/10/2026).
Entra sin arancel, con o sin acuerdo.
3 · Cupo y cómo acceder
Esta posición no tiene cupo
El acuerdo no abre un cupo para esta posición. Quiere decir que la preferencia se aplica a todo lo que exportes, sin límite de volumen ni trámite de cupo.
Dónde verificarlo
- La Sección B del Anexo 2-A lista los 23 cupos que la Unión Europea abre para el Mercosur. Ninguno cubre esta posición.
| Período | Volumen | Estado |
|---|
Si creés que tu producto entra en alguno, escribinos y lo revisamos.
4 · Origen
Si tu producto califica como originario
Para tener la rebaja del acuerdo, el producto tiene que ser originario. La regla que le toca es la de 30.05 – 30.06, y pide que se cumpla una de las opciones que da; no hacen falta todas. Respondé las preguntas para ver si calificás.
Cuestionario de insumos
Aparecen solo las preguntas que tu caso necesita. El resultado aplica la regla del Anexo 3-B de esta posición.
Revisá tus insumos uno por uno en el asistente de origen, con su código y lo que pesan en el precio.
La regla textual, la tolerancia y cómo se prueba
La regla, textual: «CSP; se ha sometido a reacción química, purificación, producción de materiales estándar, cambio en el tamaño de las partículas, separación de isómeros o proceso biotecnológico; o MaxNOM 50 % (EXW).»
Tolerancia. El artículo 3.5 tolera insumos que no cumplan la regla hasta el 10 % del precio de salida de fábrica.
Acumulación. Los materiales originarios de la otra Parte cuentan como propios (acumulación bilateral, capítulo 3 del iTA).
Cómo se prueba. Se prueba con una declaración de origen del exportador (Anexo 3-C). Al principio rige además el certificado de origen transitorio del Anexo 3-D (notificación 2026/875).
Edición. El Anexo 3-B está escrito en el Sistema Armonizado de 2017 y la ficha usa la edición vigente. A cuatro y seis dígitos coinciden casi siempre. Si tu producto cambió de partida entre una edición y otra, confirmá la regla con tu despachante.
Por ahora el certificado de origen sigue valiendo. Hasta el 1/5/2029 la Unión Europea acepta también el certificado de origen de siempre, además de la declaración que hacés vos. En palabras del acuerdo, «Durante un período no superior a 3 (tres) años a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo, la Unión Europea aceptará también como declaración de origen un «certificado de origen» que indique que los productos importados en la Unión Europea cumplen los requisitos de origen establecidos en el presente Acuerdo.» (iTA, Anexo 3-D, apartado 1). El plazo se puede prorrogar 2 años más si el Mercosur lo pide.
5 · Requisitos sanitarios, técnicos y de etiquetado
Qué tiene que cumplir el producto para entrar
Tu posición no está en la lista de control veterinario en frontera del Reglamento 2021/632. Tampoco está en el anexo XI del reglamento fitosanitario, que es el que exige el certificado para vegetales. El portal de la Comisión (Access2Markets) le asigna a esta posición 3 requisitos de producto de la Unión (normas técnicas, de etiquetado o de comercialización). Como los asigna a toda la posición, en la tabla está cada uno con su norma y el enlace para ver si alcanza a tu producto.
Requisitos de la UE para esta posición (3)revisá cuáles alcanzan a tu producto
La Comisión Europea los asigna a toda la posición, así que confirmá en cada uno si alcanza a tu producto.
- UE · químicosClasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas químicas (CLP)El Reglamento 1272/2008, el Reglamento 1907/2006, el Reglamento 2024/2865 y 6 normas más
- UE · químicosRegistro, evaluación, autorización y restricción de sustancias químicas (REACH)El Reglamento 1907/2006, el Reglamento 2019/1021, el Reglamento 2019/1020 y 5 normas más
- UE · técnicoNormas técnicas de productos sanitariosEl Reglamento 2017/745, el Reglamento 2023/607, el Reglamento 2020/1207 y 9 normas más
Fuente: Access2Markets (Comisión Europea) · revisado el 1/9/2026
6 · Habilitaciones y registros
Qué tenés que tener habilitado antes de exportar
La lista de países autorizados y la habilitación de establecimientos de la Unión Europea son para productos de origen animal. A tu producto no le aplican.
7 · Regulaciones UE transversales
EUDR, CBAM y salvaguardias
Son las reglas que frenan un embarque por motivos que no tienen nada que ver con el arancel. Ni la EUDR (deforestación) ni el CBAM (carbono) alcanzan a tu posición, según la lista de códigos del anexo de cada reglamento.
EUDR · deforestación
Prohíbe vender en la Unión Europea productos ligados a la deforestación. Alcanza a siete materias primas (bovinos, cacao, café, palma aceitera, caucho, soja y madera). No alcanza a tu posición, porque no figura en la lista de códigos del anexo I.
Fuente: Reglamento (UE) 2023/1115, anexo ICBAM · carbono en frontera
Cobra en la frontera europea el carbono incorporado a ciertos productos intensivos en energía (cemento, electricidad, abonos, hierro y acero, aluminio y algunos químicos). No alcanza a tu posición, porque no figura en la lista de códigos del anexo I.
Fuente: Reglamento (UE) 2023/956, anexo ISalvaguardias
El capítulo 9 del acuerdo permite a cualquiera de las Partes suspender la preferencia de un producto si el aumento de importaciones causa daño a su industria. Es un mecanismo, no una lista, y no hay nada que aplicar salvo que se haya impuesto una medida concreta. Mirá en TARIC si hay alguna medida en vigor para 3005 90 31.
Medidas en vigor · Sin dato8 · Destino
Elegí un país de destino
El arancel, el cronograma, el cupo y la regla de origen son los mismos en los veintisiete países, así que no hace falta que elijas uno para lo de arriba. Lo que cambia por país es el idioma de la etiqueta, el IVA y los trámites locales.
Elegí uno de los destinos cargados
9 · Mercado en la UE
Cuánto importa la UE de este producto
La UE importó € 203,2 millones en 2025 desde fuera de la UE; la Argentina no figura entre los proveedores.
De dónde compra la UE (2025)
| Puesto | País | Valor | Participación | €/kg |
|---|---|---|---|---|
| 1.º | China | € 179,0 millones | 88,1 % | 6,26 €/kg |
| 2.º | Reino Unido | € 10,4 millones | 5,1 % | 20,29 €/kg |
| 3.º | Albania | € 3,9 millones | 1,9 % | 16,99 €/kg |
| 4.º | Estados Unidos | € 3,2 millones | 1,6 % | 28,51 €/kg |
| 5.º | Suiza | € 1,9 millones | 0,9 % | 35,85 €/kg |
Otros € 96 vienen de orígenes que Eurostat no identifica (provisiones a bordo, razones comerciales o militares).
Brasil, Uruguay y Paraguay entran con la misma rebaja (2025)
| Puesto | País | Valor | Participación | Cantidad | €/kg |
|---|---|---|---|---|---|
| — | Argentina | Sin ventas | — | — | — |
| — | Brasil | Sin ventas | — | — | — |
| — | Uruguay | Sin ventas | — | — | — |
| — | Paraguay | Sin ventas | — | — | — |
Con el acuerdo pagan el mismo arancel que la Argentina, así que compiten por precio y volumen. El puesto es entre todos los proveedores de fuera de la UE.
Quién importa dentro de la UE (2025)
| Puesto | Estado miembro | Valor | Participación |
|---|---|---|---|
| 1.º | Italia | € 38,1 millones | 18,8 % |
| 2.º | Alemania | € 34,7 millones | 17,1 % |
| 3.º | Polonia | € 22,3 millones | 11,0 % |
| 4.º | Países Bajos | € 18,7 millones | 9,2 % |
| 5.º | Francia | € 14,0 millones | 6,9 % |
Es el Estado miembro que declara la importación, que no siempre es donde se consume, porque los puertos de Países Bajos y Bélgica reciben mercadería para toda la Unión.
Lo que pagan tus competidores
De los 11 países de la lista, hoy todos pagan lo mismo que vos.
Ver país por país (11)
- Argentina, hoy0 %Con el acuerdo UE-Mercosur
- China1.º proveedor de la UE0 %Paga lo mismo que vosSin preferencia, paga el arancel generalTARIC, medida 103 (arancel general, NMF), Reglamento 2031/01, desde el 1/1/2002
- Reino Unido2.º proveedor de la UE0 %Paga lo mismo que vosPreferencia de la UE para su origenTARIC, medida 142 (preferencia arancelaria), Decisión 2253/20, desde el 1/1/2021
- Albania3.º proveedor de la UE0 %Paga lo mismo que vosSin preferencia, paga el arancel generalTARIC, medida 103 (arancel general, NMF), Reglamento 2031/01, desde el 1/1/2002
- Estados Unidos4.º proveedor de la UE0 %Paga lo mismo que vosPreferencia de la UE para su origenTARIC, medida 142 (preferencia arancelaria), Reglamento 1455/26, desde el 1/7/2026
- Suiza5.º proveedor de la UE0 %Paga lo mismo que vosPreferencia de la UE para su origenTARIC, medida 142 (preferencia arancelaria), Reglamento 2840/72, desde el 25/10/2000
- Chile0 %Paga lo mismo que vosSin preferencia, paga el arancel generalTARIC, medida 103 (arancel general, NMF), Reglamento 2031/01, desde el 1/1/2002
- México0 %Paga lo mismo que vosSin preferencia, paga el arancel generalTARIC, medida 103 (arancel general, NMF), Reglamento 2031/01, desde el 1/1/2002
- Canadá0 %Paga lo mismo que vosSin preferencia, paga el arancel generalTARIC, medida 103 (arancel general, NMF), Reglamento 2031/01, desde el 1/1/2002
- Sudáfrica0 %Paga lo mismo que vosSin preferencia, paga el arancel generalTARIC, medida 103 (arancel general, NMF), Reglamento 2031/01, desde el 1/1/2002
- Nueva Zelanda0 %Paga lo mismo que vosSin preferencia, paga el arancel generalTARIC, medida 103 (arancel general, NMF), Reglamento 2031/01, desde el 1/1/2002
- Vietnam0 %Paga lo mismo que vosSin preferencia, paga el arancel generalTARIC, medida 103 (arancel general, NMF), Reglamento 2031/01, desde el 1/1/2002
Los países son los cinco mayores proveedores de la UE fuera de la Unión en esta línea (Eurostat, Comext) y una lista fija de referencia, con acuerdo con la UE (Chile, México, Canadá, Sudáfrica, Nueva Zelanda y Vietnam) y sin acuerdo (Estados Unidos y China). Brasil, Paraguay y Uruguay entran con el mismo acuerdo que vos.
Cada cifra es la medida de TARIC vigente hoy para ese origen, en la edición del 1/10/2026. Para despachar, el importador confirma en TARIC con la fecha y el código de diez dígitos.
10 · Qué hacer, en orden
Los pasos, en orden
Son 4 pasos, en el orden en que se hacen. Cada uno sale de un bloque de esta ficha.
- 1Confirmá la posición arancelaria con tu despachanteToda esta ficha cuelga de que la posición sea 3005 90 31. Si la posición cambia, cambian el arancel, el cupo, la regla de origen y los requisitos. Es el único paso que no podés saltear.Tu despachante de aduana
- 2Registrate como exportador ante ARCADel lado argentino, la exportación se oficializa ante la aduana, y para eso hay que estar inscripto en el registro de exportadores. Si todavía no lo estás, ese trámite va antes que el primer embarque.
- 3Verificá que tu producto sea originario, y preparate para probarloLa regla de 30.05 – 30.06 pide que se cumpla una de las opciones que da; no hacen falta todas. Sin la prueba de origen no hay preferencia, y se paga el arancel general aunque el producto califique. Se prueba con una declaración de origen del exportador (Anexo 3-C). Al principio rige además el certificado de origen transitorio del Anexo 3-D (notificación 2026/875).Lo declara el exportador. La entidad certificante interviene si hace falta el certificado transitorio del Anexo 3-D.
- 4Revisá las normas técnicas y el marcado CE del productoLa Unión le asigna a tu posición una norma técnica de producto (Normas técnicas de productos sanitarios). Confirmá en el bloque 5 cuáles alcanzan a tu producto. Si te alcanza, el producto tiene que llevar el marcado CE antes de venderse en la Unión. Verlo en Access2MarketsComisión Europea · Access2Markets