Producto

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Medicamentos constituidos por productos mezclados o sin mezclar › Los demás

Código NC3004 90 00

Flujo
Exportación Argentina → Unión Europea
Destino
Toda la Unión Europea
Ficha generada
30/10/2026

Buscar otro producto

0 · Veredicto

Ámbar · la UE tiene requisitos de producto para esta posición (revisá cuáles alcanzan al tuyo)

Tu producto entra a la Unión Europea sin arancel, con o sin acuerdo.

Acción recomendada: el arancel no depende del origen, así que concentrate en los requisitos del producto (bloque 5).

Medicamentos constituidos por productos mezclados o sin mezclar › Los demás (NC 3004 90 00) entra a la Unión Europea sin arancel, con o sin el Acuerdo UE-Mercosur. Dato al 30/10/2026, según el Acuerdo Interino de Comercio UE-Mercosur y la Nomenclatura Combinada 2026.

1 · Clasificación

Tu producto en las tres nomenclaturas

La ficha está armada sobre la línea europea 3004 90 00, que es la que declara el importador en la Unión Europea. En Argentina hay 68 posiciones de la NCM bajo los mismos 6 dígitos: la tuya es una de ellas. Confirmala con tu despachante de aduana.

NomenclaturaCódigoVersiónDescripción oficial
NCM (Argentina)3004.90.11NCM vigente 2026Estreptoquinasa
NCM (Argentina)3004.90.12NCM vigente 2026L-Asparaginasa
NCM (Argentina)3004.90.13NCM vigente 2026Deoxirribonucleasa
NCM (Argentina)3004.90.14NCM vigente 2026Idursulfasa
NCM (Argentina)3004.90.15NCM vigente 2026Agalsidasa alfa; velaglucerasa alfa
NCM (Argentina)3004.90.19NCM vigente 2026Los demás
NCM (Argentina)3004.90.21NCM vigente 2026Permetrina; nitrato de propatilo; benzoato de bencilo; dioctilsulfosuccinato de sodio
NCM (Argentina)3004.90.22NCM vigente 2026Ácido cólico; ácido deoxicólico; sal magnésica del ácido dehidrocólico
NCM (Argentina)3004.90.23NCM vigente 2026Ácido glucónico, sus sales o sus ésteres
NCM (Argentina)3004.90.24NCM vigente 2026Ácido o-acetilsalicílico; o-acetilsalicilato de aluminio; salicilato de metilo; diclorvós
NCM (Argentina)3004.90.25NCM vigente 2026Lactofosfato de calcio
NCM (Argentina)3004.90.26NCM vigente 2026Ácido láctico, sus sales o sus ésteres; ácido 4-(4-hidroxifenoxi)-3,5-diiodofenilacético; ácido fumárico, sus sales o sus ésteres
NCM (Argentina)3004.90.27NCM vigente 2026Nitroglicerina, de administración por vía transdérmica
NCM (Argentina)3004.90.28NCM vigente 2026Etretinato; fosfestrol o sus sales de di o tetrasodio
NCM (Argentina)3004.90.29NCM vigente 2026Los demás
NCM (Argentina)3004.90.31NCM vigente 2026Sulfato de tranilcipromina; dietilpropión
NCM (Argentina)3004.90.32NCM vigente 2026Clorhidrato de ketamina
NCM (Argentina)3004.90.33NCM vigente 2026Clembuterol o su clorhidrato
NCM (Argentina)3004.90.34NCM vigente 2026Tamoxifeno o su citrato
NCM (Argentina)3004.90.35NCM vigente 2026Levodopa; alfa-metildopa
NCM (Argentina)3004.90.36NCM vigente 2026Clorhidrato de fenilefrina; mirtecaína; propanolol o sus sales
NCM (Argentina)3004.90.37NCM vigente 2026Diclofenac sódico; diclofenac potásico; diclofenac dietilamina
NCM (Argentina)3004.90.38NCM vigente 2026Clorambucil; clormetina (DCI) o su clorhidrato; melfalano; toremifene o su citrato
NCM (Argentina)3004.90.39NCM vigente 2026Los demás
NCM (Argentina)3004.90.41NCM vigente 2026Metoclopramida o su clorhidrato; closantel
NCM (Argentina)3004.90.42NCM vigente 2026Atenolol; prilocaína o su clorhidrato; talidomida
NCM (Argentina)3004.90.43NCM vigente 2026Lidocaína o su clorhidrato; flutamida
NCM (Argentina)3004.90.44NCM vigente 2026Femproporex
NCM (Argentina)3004.90.45NCM vigente 2026Paracetamol; bromoprida
NCM (Argentina)3004.90.46NCM vigente 2026Amitraz; cipermetrina
NCM (Argentina)3004.90.47NCM vigente 2026Clorhexidina o sus sales; isetionato de pentamidina
NCM (Argentina)3004.90.48NCM vigente 2026Aminoglutetimida; carmustina; deferoxamina (desferrioxamina B) o sus sales, derivados de estos productos; lomustina
NCM (Argentina)3004.90.49NCM vigente 2026Los demás
NCM (Argentina)3004.90.51NCM vigente 2026Quercetina
NCM (Argentina)3004.90.52NCM vigente 2026Tiaprida
NCM (Argentina)3004.90.53NCM vigente 2026Etidronato disódico
NCM (Argentina)3004.90.54NCM vigente 2026Clorhidrato de amiodarona
NCM (Argentina)3004.90.55NCM vigente 2026Nitrovin; moxidectina
NCM (Argentina)3004.90.57NCM vigente 2026Carbocisteína; sulfiram
NCM (Argentina)3004.90.58NCM vigente 2026Ácido clodrónico o su sal disódica; estreptozocina; fotemustina
NCM (Argentina)3004.90.59NCM vigente 2026Los demás
NCM (Argentina)3004.90.61NCM vigente 2026Terfenadina; talniflumato; malato ácido de cleboprida; econazol o su nitrato; nitrato de isoconazol; flubendazol; clorhidrato de mepivacaína; trimetoprim; clorhidrato de bupivacaína
NCM (Argentina)3004.90.62NCM vigente 2026Clorhidrato de loperamida; fembendazol; ketorolac trometamina; nifedipina; nimodipina; nitrendipina
NCM (Argentina)3004.90.63NCM vigente 2026Albendazol o su sulfóxido; mebendazol; 6-mercaptopurina; metilsulfato de amezinio; oxfendazol; praziquantel
NCM (Argentina)3004.90.64NCM vigente 2026Alprazolam; bromazepam; clordiazepóxido; clorhidrato de petidina; diazepam; droperidol; mazindol; triazolam
NCM (Argentina)3004.90.65NCM vigente 2026Benzetimida o su clorhidrato; fenitoína o su sal sódica; isoniazida; pirazinamida
NCM (Argentina)3004.90.66NCM vigente 2026Ácido 2-(2-metil-3-cloroanilino)nicotínico o su sal de lisina; metronidazol o sus sales; azatioprina; nitrato de miconazol
NCM (Argentina)3004.90.67NCM vigente 2026Enrofloxacina; maleato de enalapril; maleato de pirilamina; nicarbazina; norfloxacina; sales de piperazina
NCM (Argentina)3004.90.68NCM vigente 2026Altretamina; bortezomib; clorhidrato de erlotinib; dacarbazina; disoproxilfumarato de tenofovir; enfuvirtida; fluspirileno; letrozol; lopinavir; mesilato de imatinib; nelfinavir o su mesilato; nevirapine; pemetrexed; saquinavir; sulfato de abacavir; sulfato de atazanavir; sulfato de indinavir; temozolomida; tioguanina; tiopental sódico; tosilato de niraparib; trietilentiofosforamida; trimetrexato; uracil y tegafur; verteporfin
NCM (Argentina)3004.90.69NCM vigente 2026Los demás
NCM (Argentina)3004.90.71NCM vigente 2026Levamisol o sus sales; tetramisol
NCM (Argentina)3004.90.72NCM vigente 2026Sulfadiazina o su sal sódica; sulfametoxazol
NCM (Argentina)3004.90.73NCM vigente 2026Cloxazolam; ketazolam; piroxicam; tenoxicam
NCM (Argentina)3004.90.74NCM vigente 2026Ftalilsulfatiazol; inosina
NCM (Argentina)3004.90.75NCM vigente 2026Enantato de flufenazina; prometazina; gliburida; rutósido; deslanósido
NCM (Argentina)3004.90.76NCM vigente 2026Clortalidona; furosemida
NCM (Argentina)3004.90.77NCM vigente 2026Clorhidrato de tizanidina; furazolidona; ketoconazol
NCM (Argentina)3004.90.78NCM vigente 2026Amprenavir; aprepitanto; delavirdina o su mesilato; efavirenz; emtricitabina; etopósido; everolimus; fosamprenavir cálcico; fosfato de fludarabina; gemcitabina o su clorhidrato; mesilato de dabrafenib; raltitrexida; ritonavir; sirolimus; tacrolimus; temsirolimus; tenipósido; tipranavir
NCM (Argentina)3004.90.79NCM vigente 2026Los demás
NCM (Argentina)3004.90.91NCM vigente 2026Extracto de polen
NCM (Argentina)3004.90.92NCM vigente 2026Crisarobina; disofenol
NCM (Argentina)3004.90.93NCM vigente 2026Diclofenac resinato
NCM (Argentina)3004.90.94NCM vigente 2026Silimarina
NCM (Argentina)3004.90.95NCM vigente 2026Busulfano; dexormaplatino; dietilestilbestrol o su dipropionato; enloplatino; iproplatino; lobaplatino; miboplatino; miltefosina; mitotano; ormaplatino; procarbazina o su clorhidrato; propofol; sebriplatino; zeniplatino
NCM (Argentina)3004.90.96NCM vigente 2026Complejo hierro dextrano
NCM (Argentina)3004.90.97NCM vigente 2026Sevoflurano
NCM (Argentina)3004.90.98NCM vigente 2026Regenerador de cartílago, constituido por colágeno moldeado, reabsorbible
NCM (Argentina)3004.90.99NCM vigente 2026Los demás
NC (Unión Europea)3004 90 00NC 2026 (anexo en NC 2013: 3004 90 00, la línea del anexo se abrió en varias)Los demás
HS (mundial)3004.90Sistema ArmonizadoMedicamentos (excepto los productos de las partidas 3002 , 3005 o 3006 ) constituidos por productos mezclados o sin mezclar, preparados para usos terapéuticos o profilácticos, dosificados (incluidos los administrados por vía transdérmica) o acondicionados para la venta al por menor
Fuente: catálogos oficiales NC 2026 y NCM vigenteVer 3004 90 00 en TARICDescripción oficial en TARIC

2 · Arancel y cronograma

Cuánto pagás hoy y cuándo llega a cero

Verde · ya entra sin arancel

Hoy pagás 0 %. Sin acuerdo pagarías 0 %. Está en 0 desde el inicio del acuerdo (1/5/2026). Del lado argentino, el derecho de exportación hoy es 0 % (Decreto 789/2020).

Arancel base (anexo)
0 %
Apéndice 2-A-1, línea 3004 90 00 en NC 2013
Arancel general (NMF)
0 %
Vigente desde 1/1/2026
Preferencial hoy
0 %
Categoría 0 · año 0 del cronograma
Categoría de desgravación
0
Llega a 0
Desde el inicio (1/5/2026)
Derecho de exportación hoy
0 %
art. 1 y Anexo I · el Decreto 789/2020 lo fija para las posiciones anteriores 3004.90.19 y 3004.90.99 (NCM 2017)
Reintegro hoy
entre 5 % y 7 %
art. 1 y Anexo I · según la apertura SIM · al exportar fuera del Mercosur
Si en vez de exportar, importás esto de Europa

El acuerdo también baja lo que vos pagás al comprar. El resto de la ficha dice lo que paga tu producto al entrar a Europa. El Apéndice 2-A-2 dice lo contrario, lo que la Argentina le cobra a la mercadería europea que entra, y lo va bajando con el mismo calendario. Si comprás este producto en Europa, esto es lo que te toca.

Ficha de importación, ordenada para quien compra en Europa

Línea del anexo (NCM 2012)Arancel baseCategoríaLlega a 0
3004.90.11
Medicamentos que contengan estreptoquinasa, en dosis
Hoy se declara 3004.90.11 · Mismo código, sin cambios
0 %0desde el inicio del acuerdo (1/5/2026)
3004.90.12
Medicamentos que contengan L-asparaginasa, en dosis
Hoy se declara 3004.90.12 · Mismo código, sin cambios
0 %0desde el inicio del acuerdo (1/5/2026)
3004.90.13
Medicamentos que contengan deoxirribonucleasa, en dosis
Hoy se declara 3004.90.13 · Mismo código, sin cambios
0 %0desde el inicio del acuerdo (1/5/2026)
3004.90.19
Medicamentos que contengan enzimas, en dosis
Hoy se declara 3004.90.14 · Resolución del Mercosur que cambió la NCM · Res. GMC 32/17, Res. GMC 18/20 · la línea de 2012 se partió
y la NCM vigente dice Idursulfasa
8 %81 de enero de 2034
3004.90.19
Medicamentos que contengan enzimas, en dosis
Hoy se declara 3004.90.15 · Resolución del Mercosur que cambió la NCM · Res. GMC 32/17, Res. GMC 18/20 · la línea de 2012 se partió
y la NCM vigente dice Agalsidasa alfa; velaglucerasa alfa
8 %81 de enero de 2034
3004.90.19
Medicamentos que contengan enzimas, en dosis
Hoy se declara 3004.90.19 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Los demás
8 %81 de enero de 2034
3004.90.21
Medicamentos que contengan permetrina; nitrato de propatilo, etc., en dosis
Hoy se declara 3004.90.21 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Permetrina; nitrato de propatilo; benzoato de bencilo; dioctilsulfosuccinato de sodio
14 %101 de enero de 2036
3004.90.22
Medicamentos que contengan ácido deoxicólico, etc., en dosis
Hoy se declara 3004.90.22 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Ácido cólico; ácido deoxicólico; sal magnésica del ácido dehidrocólico
14 %101 de enero de 2036
3004.90.23
Medicamentos que contengan ácido glucónico, sus sales y sus ésteres, en dosis
Hoy se declara 3004.90.23 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Ácido glucónico, sus sales o sus ésteres
14 %101 de enero de 2036
3004.90.24
Medicamentos que contengan ácido O-acetilsalicílico, etc., en dosis
Hoy se declara 3004.90.24 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Ácido o-acetilsalicílico; o-acetilsalicilato de aluminio; salicilato de metilo; diclorvós
14 %101 de enero de 2036
3004.90.25
Medicamentos que contengan lactofosfato de calcio, en dosis
Hoy se declara 3004.90.25 · Mismo código, sin cambios
14 %101 de enero de 2036
3004.90.26
Medicamentos que contengan ácido láctico, sus sales, etc., en dosis
Hoy se declara 3004.90.26 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Ácido láctico, sus sales o sus ésteres; ácido 4-(4-hidroxifenoxi)-3,5-diiodofenilacético; ácido fumárico, sus sales o sus ésteres
14 %101 de enero de 2036
3004.90.27
Medicamentos que contengan nitroglicerina, en dosis, de administración por vía transdérmica
Hoy se declara 3004.90.27 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Nitroglicerina, de administración por vía transdérmica
2 %41 de enero de 2030
3004.90.28
Medicamentos que contengan etretinato, miltefosina, etc., en dosis
Hoy se declara 3004.90.28 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Etretinato; fosfestrol o sus sales de di o tetrasodio
0 %0desde el inicio del acuerdo (1/5/2026)
3004.90.29
Los demás medicamentos que contengan monocarboxílico acíclico, etc., en dosis
Hoy se declara 3004.90.29 · Mismo código, sin cambios
8 %101 de enero de 2036
3004.90.31
Medicamentos que contengan sulfato de tranilcipromina, etc., en dosis
Hoy se declara 3004.90.31 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Sulfato de tranilcipromina; dietilpropión
14 %101 de enero de 2036
3004.90.32
Medicamentos que contengan sulfato de tranilcipromina, etc., en dosis
Hoy se declara 3004.90.32 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Clorhidrato de ketamina
14 %101 de enero de 2036
3004.90.33
Medicamentos que contengan clembuterol o su clorhidrato, en dosis
Hoy se declara 3004.90.33 · Mismo código, sin cambios
14 %101 de enero de 2036
3004.90.34
Medicamentos que contengan tamoxifeno o su citrato, en dosis
Hoy se declara 3004.90.34 · Mismo código, sin cambios
14 %101 de enero de 2036
3004.90.35
Medicamentos que contengan levodopa o alfa-metildopa, en dosis
Hoy se declara 3004.90.35 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Levodopa; alfa-metildopa
El anexo fija un tipo por país y en esta línea no coinciden: Argentina 14, Brasil 14, Paraguay 12, Uruguay 14. Acá se carga el de la Argentina.
14 %101 de enero de 2036
3004.90.36
Medicamentos que contengan clorhidrato de fenilefrina, etc., en dosis
Hoy se declara 3004.90.36 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Clorhidrato de fenilefrina; mirtecaína; propanolol o sus sales
14 %101 de enero de 2036
3004.90.37
Medicamentos que contengan diclofenac sódico, etc., en dosis
Hoy se declara 3004.90.37 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Diclofenac sódico; diclofenac potásico; diclofenac dietilamina
14 %101 de enero de 2036
3004.90.38
Medicamentos que contengan melfalano, clorambucil, etc., en dosis
Hoy se declara 3004.90.38 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Clorambucil; clormetina (DCI) o su clorhidrato; melfalano; toremifene o su citrato
0 %0desde el inicio del acuerdo (1/5/2026)
3004.90.39
Los demás medicamentos con compuestos con funciones aminas, en dosis
Hoy se declara 3004.90.39 · Mismo código, sin cambios
8 %81 de enero de 2034
3004.90.41
Medicamentos que contengan metoclopramida, clorhidrato, etc., en dosis
Hoy se declara 3004.90.41 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Metoclopramida o su clorhidrato; closantel
El anexo fija un tipo por país y en esta línea no coinciden: Argentina 14, Brasil 14, Paraguay 12, Uruguay 14. Acá se carga el de la Argentina.
14 %101 de enero de 2036
3004.90.42
Medicamentos que contengan atenolol, prilocaína, etc., en dosis
Hoy se declara 3004.90.42 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Atenolol; prilocaína o su clorhidrato; talidomida
14 %101 de enero de 2036
3004.90.43
Medicamentos que contengan lidocaína o su clorhidrato, etc., en dosis
Hoy se declara 3004.90.43 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Lidocaína o su clorhidrato; flutamida
14 %101 de enero de 2036
3004.90.44
Medicamentos que contengan femproporex, en dosis
Hoy se declara 3004.90.44 · Mismo código, sin cambios
14 %101 de enero de 2036
3004.90.45
Medicamentos que contengan paracetamol o bromoprida, en dosis
Hoy se declara 3004.90.45 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Paracetamol; bromoprida
El anexo fija un tipo por país y en esta línea no coinciden: Argentina 14, Brasil 14, Paraguay 12, Uruguay 14. Acá se carga el de la Argentina.
14 %101 de enero de 2036
3004.90.46
Medicamentos que contengan amitraz, cipermetrina, en dosis
Hoy se declara 3004.90.46 · Mismo código, sin cambios
14 %101 de enero de 2036
3004.90.47
Medicamentos que contengan clorhexidina o sus sales, en dosis
Hoy se declara 3004.90.47 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Clorhexidina o sus sales; isetionato de pentamidina
14 %101 de enero de 2036
3004.90.48
Medicamentos que contengan carmustina, lomustina, etc., en dosis
Hoy se declara 3004.90.48 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Aminoglutetimida; carmustina; deferoxamina (desferrioxamina B) o sus sales, derivados de estos productos; lomustina
0 %0desde el inicio del acuerdo (1/5/2026)
3004.90.49
Los demás medicamentos que contengan compuestos con función carboxiamida, etc., en dosis
Hoy se declara 3004.90.49 · Mismo código, sin cambios
8 %101 de enero de 2036
3004.90.51
Medicamentos que contengan dinitrato de isosorbida, etc., en dosis
Hoy se declara 3004.90.51 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Quercetina
El anexo fija un tipo por país y en esta línea no coinciden: Argentina 14, Brasil 14, Paraguay 12, Uruguay 14. Acá se carga el de la Argentina.
14 %101 de enero de 2036
3004.90.52
Medicamentos que contengan tiaprida, en dosis
Hoy se declara 3004.90.52 · Mismo código, sin cambios
8 %81 de enero de 2034
3004.90.53
Medicamentos que contengan etidronato disódico, en dosis
Hoy se declara 3004.90.53 · Mismo código, sin cambios
14 %101 de enero de 2036
3004.90.54
Medicamentos que contengan clorhidrato de amiodarona, en dosis
Hoy se declara 3004.90.54 · Mismo código, sin cambios
14 %101 de enero de 2036
3004.90.55
Medicamentos que contengan nitrovin o moxidectina, en dosis
Hoy se declara 3004.90.55 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Nitrovin; moxidectina
14 %101 de enero de 2036
3004.90.57
Medicamentos que contengan carbocisteína o sulfiram, en dosis
Hoy se declara 3004.90.57 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Carbocisteína; sulfiram
14 %101 de enero de 2036
3004.90.58
Medicamentos que contengan etopósido, en dosis
Hoy se declara 3004.90.58 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Ácido clodrónico o su sal disódica; estreptozocina; fotemustina
0 %0desde el inicio del acuerdo (1/5/2026)
3004.90.59
Los demás medicamentos que contengan productos de las partidas 29.30 a 29.32, etc. en dosis
Hoy se declara 3004.90.59 · Tabla oficial de correlación · la línea de 2012 se partió
8 %101 de enero de 2036
3004.90.61
Medicamentos que contengan terfenadina, talniflumato, etc., en dosis
Hoy se declara 3004.90.61 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Terfenadina; talniflumato; malato ácido de cleboprida; econazol o su nitrato; nitrato de isoconazol; flubendazol; clorhidrato de mepivacaína; trimetoprim; clorhidrato de bupivacaína
El anexo fija un tipo por país y en esta línea no coinciden: Argentina 14, Brasil 14, Paraguay 12, Uruguay 14. Acá se carga el de la Argentina.
14 %101 de enero de 2036
3004.90.62
Medicamentos que contengan nifedipina, nitrendipina, etc., en dosis
Hoy se declara 3004.90.62 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Clorhidrato de loperamida; fembendazol; ketorolac trometamina; nifedipina; nimodipina; nitrendipina
El anexo fija un tipo por país y en esta línea no coinciden: Argentina 14, Brasil 14, Paraguay 12, Uruguay 14. Acá se carga el de la Argentina.
14 %101 de enero de 2036
3004.90.63
Medicamentos que contengan oxfendazol, albendazol, etc., en dosis
Hoy se declara 3004.90.63 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Albendazol o su sulfóxido; mebendazol; 6-mercaptopurina; metilsulfato de amezinio; oxfendazol; praziquantel
El anexo fija un tipo por país y en esta línea no coinciden: Argentina 14, Brasil 14, Paraguay 12, Uruguay 14. Acá se carga el de la Argentina.
14 %101 de enero de 2036
3004.90.64
Medicamentos que contengan triazolam, alprazolam, etc., en dosis
Hoy se declara 3004.90.64 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Alprazolam; bromazepam; clordiazepóxido; clorhidrato de petidina; diazepam; droperidol; mazindol; triazolam
El anexo fija un tipo por país y en esta línea no coinciden: Argentina 14, Brasil 14, Paraguay 12, Uruguay 14. Acá se carga el de la Argentina.
14 %101 de enero de 2036
3004.90.65
Medicamentos que contengan fenitoína o su sal sódica, etc., en dosis
Hoy se declara 3004.90.65 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Benzetimida o su clorhidrato; fenitoína o su sal sódica; isoniazida; pirazinamida
14 %101 de enero de 2036
3004.90.66
Medicamentos que contengan 2-(2-metil-3-cloroanilino)nicotínico, en dosis
Hoy se declara 3004.90.66 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Ácido 2-(2-metil-3-cloroanilino)nicotínico o su sal de lisina; metronidazol o sus sales; azatioprina; nitrato de miconazol
El anexo fija un tipo por país y en esta línea no coinciden: Argentina 14, Brasil 14, Paraguay 12, Uruguay 14. Acá se carga el de la Argentina.
14 %101 de enero de 2036
3004.90.67
Medicamentos que contengan nicarbazina, norfloxacina, etc., en dosis
Hoy se declara 3004.90.67 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Enrofloxacina; maleato de enalapril; maleato de pirilamina; nicarbazina; norfloxacina; sales de piperazina
El anexo fija un tipo por país y en esta línea no coinciden: Argentina 14, Brasil 14, Paraguay 12, Uruguay 14. Acá se carga el de la Argentina.
14 %101 de enero de 2036
3004.90.68
Medicamentos que contengan ciclosporina A, fluspirileno, etc., en dosis
Hoy se declara 3004.90.68 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Altretamina; bortezomib; clorhidrato de erlotinib; dacarbazina; disoproxilfumarato de tenofovir; enfuvirtida; fluspirileno; letrozol; lopinavir; mesilato de imatinib; nelfinavir o su mesilato; nevirapine; pemetrexed; saquinavir; sulfato de abacavir; sulfato de atazanavir; sulfato de indinavir; temozolomida; tioguanina; tiopental sódico; tosilato de niraparib; trietilentiofosforamida; trimetrexato; uracil y tegafur; verteporfin
0 %0desde el inicio del acuerdo (1/5/2026)
3004.90.69
Los demás medicamentos que contengan compuestos heterocíclicos con heteroátomos nitrogenados, en dosis
Hoy se declara 3004.90.69 · Tabla oficial de correlación · la línea de 2012 se partió
8 %81 de enero de 2034
3004.90.71
Medicamentos que contengan levamisol o sus sales, tetramisol, en dosis
Hoy se declara 3004.90.71 · Mismo código, sin cambios
8 %81 de enero de 2034
3004.90.72
Medicamentos que contengan sulfadiazina o su sal sódica, en dosis
Hoy se declara 3004.90.72 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Sulfadiazina o su sal sódica; sulfametoxazol
El anexo fija un tipo por país y en esta línea no coinciden: Argentina 14, Brasil 14, Paraguay 12, Uruguay 14. Acá se carga el de la Argentina.
14 %101 de enero de 2036
3004.90.73
Medicamentos que contengan ketazolam, sulpirida, etc., en dosis
Hoy se declara 3004.90.73 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Cloxazolam; ketazolam; piroxicam; tenoxicam
14 %101 de enero de 2036
3004.90.74
Medicamentos que contengan ftalilsulfatiazol, butanida, etc., en dosis
Hoy se declara 3004.90.74 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Ftalilsulfatiazol; inosina
14 %101 de enero de 2036
3004.90.75
Medicamentos que contengan enantato de flufenazina, etc., en dosis
Hoy se declara 3004.90.75 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Enantato de flufenazina; prometazina; gliburida; rutósido; deslanósido
14 %101 de enero de 2036
3004.90.76
Medicamentos que contengan furosemida, clortalidona, etc., en dosis
Hoy se declara 3004.90.76 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Clortalidona; furosemida
14 %101 de enero de 2036
3004.90.77
Medicamentos que contengan clorhidrato de tizanidina, etc., en dosis
Hoy se declara 3004.90.77 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Clorhidrato de tizanidina; furazolidona; ketoconazol
14 %101 de enero de 2036
3004.90.78
Medicamentos que contengan topotecan, uracil, tegafur, etc., en dosis
Hoy se declara 3004.90.78 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Amprenavir; aprepitanto; delavirdina o su mesilato; efavirenz; emtricitabina; etopósido; everolimus; fosamprenavir cálcico; fosfato de fludarabina; gemcitabina o su clorhidrato; mesilato de dabrafenib; raltitrexida; ritonavir; sirolimus; tacrolimus; temsirolimus; tenipósido; tipranavir
El anexo fija un tipo por país y en esta línea no coinciden: Argentina 0, Brasil 14, Paraguay 0, Uruguay 0. Acá se carga el de la Argentina.
0 %101 de enero de 2036
3004.90.79
Medicamentos que contengan compuestos heterocíclicos, etc., en dosis
Hoy se declara 3004.90.79 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Los demás
8 %81 de enero de 2034
3004.90.91
Medicamentos que contengan extracto de polen, en dosis
Hoy se declara 3004.90.91 · Mismo código, sin cambios
8 %81 de enero de 2034
3004.90.92
Medicamentos que contengan disofenol, crisarobina, etc., en dosis
Hoy se declara 3004.90.92 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Crisarobina; disofenol
14 %101 de enero de 2036
3004.90.93
Medicamentos que contengan diclofenac resinato, en dosis
Hoy se declara 3004.90.93 · Mismo código, sin cambios
14 %101 de enero de 2036
3004.90.94
Medicamentos que contengan silimarina, en dosis
Hoy se declara 3004.90.94 · Mismo código, sin cambios
El anexo fija un tipo por país y en esta línea no coinciden: Argentina 8, Brasil 8, Paraguay 6, Uruguay 8. Acá se carga el de la Argentina.
8 %81 de enero de 2034
3004.90.95
Medicamentos que contengan propofol, busulfano, mitotano, en dosis
Hoy se declara 3004.90.95 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Busulfano; dexormaplatino; dietilestilbestrol o su dipropionato; enloplatino; iproplatino; lobaplatino; miboplatino; miltefosina; mitotano; ormaplatino; procarbazina o su clorhidrato; propofol; sebriplatino; zeniplatino
0 %0desde el inicio del acuerdo (1/5/2026)
3004.90.96
Complejo de hierro dextrano
Hoy se declara 3004.90.96 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Complejo hierro dextrano
14 %101 de enero de 2036
3004.90.99
Los demás medicamentos que contengan productos para uso terapéutico, etc., en dosis
Hoy se declara 3004.90.97 · Resolución del Mercosur que cambió la NCM · Res. GMC 29/18 · la línea de 2012 se partió
y la NCM vigente dice Sevoflurano
El anexo fija un tipo por país y en esta línea no coinciden: Argentina 8, Brasil 14, Paraguay 8, Uruguay 8. Acá se carga el de la Argentina.
8 %101 de enero de 2036
3004.90.99
Los demás medicamentos que contengan productos para uso terapéutico, etc., en dosis
Hoy se declara 3004.90.98 · Resolución del Mercosur que cambió la NCM · Res. GMC 5/23
y la NCM vigente dice Regenerador de cartílago, constituido por colágeno moldeado, reabsorbible
El anexo fija un tipo por país y en esta línea no coinciden: Argentina 8, Brasil 14, Paraguay 8, Uruguay 8. Acá se carga el de la Argentina.
8 %101 de enero de 2036
3004.90.99
Los demás medicamentos que contengan productos para uso terapéutico, etc., en dosis
Hoy se declara 3004.90.99 · Resolución del Mercosur que cambió la NCM · Res. GMC 5/23
El anexo fija un tipo por país y en esta línea no coinciden: Argentina 8, Brasil 14, Paraguay 8, Uruguay 8. Acá se carga el de la Argentina.
8 %101 de enero de 2036

Cómo se llegó a esta línea. El anexo escribe su lista en la NCM 2012 y vos declarás en la vigente. Esta posición cambió por una resolución del Grupo Mercado Común posterior a 2012, que dice qué código viejo pasó a cuál nuevo. La línea sale de esa resolución, encadenada con las tablas oficiales de correlación del Mercosur. La línea de 2012 era más amplia. Al cambiar la nomenclatura se partió en varias, y tu código de hoy es una de las partes. Lo que el anexo fija para aquella línea vale para esta parte. Esta posición europea corresponde a más de un código argentino, y cada uno tiene su línea. Buscá en la tabla el que declarás. Todo esto es solo el arancel. Si tu compra entra dentro de un cupo, además hace falta una licencia de importación (está abajo, en el bloque de habilitaciones). Lo que piden los demás organismos para dejarla entrar está acá debajo, como lo publica la VUCE. Cuáles te tocan depende de la apertura SIM que declares, y esa la define tu despachante.

Qué organismos intervienen al importarlo

El arancel es del acuerdo, lo demás lo pide cada organismo. La VUCE le asigna a esta posición 14 intervenciones de otros organismos al importar. Cada una va con el texto con que la describe el organismo, sin resumir, y con las condiciones en que aplica. Varias solo corresponden en ciertos casos (si la mercadería viene en embalaje de madera, si es usada, si es para consumo), y eso lo dice cada una.

Para importar y vender acá

  • ANMAT
    Certificado de importación de sustancias sujetas a control especial
    Destinación: Definitiva · Mercadería: Nueva
    Documento oficial que autoriza la entrada al país de sustancias que, por su potencial de riesgo para la salud pública o su posible uso en actividades ilícitas, requieren un control y seguimiento específico por parte de las autoridades.
    Cuándo aplica: Certificado de Inscripción de establecimiento.
    Solo para 3004.90.29, 3004.90.32, 3004.90.39, 3004.90.44, 3004.90.49, 3004.90.59, 3004.90.64, 3004.90.68, 3004.90.69, 3004.90.73, 3004.90.75, 3004.90.79, 3004.90.95, 3004.90.99, de los códigos argentinos de esta posición. En 3004.90.29, solo para las aperturas SIM 3004.90.29.310K (Estupefacientes Lista IV), 3004.90.29.390L (Otros estupefacientes), 3004.90.29.410Q (Sicotropos Lista I), 3004.90.29.490R (Otros sicotropos), 3004.90.29.900P (Los demás). En 3004.90.49, solo para las aperturas SIM 3004.90.49.110U (Glutetimida), 3004.90.49.120X (Sales o esteres de femproporex), 3004.90.49.130A (Isoaminilo), 3004.90.49.140D (Meprobamato), 3004.90.49.150G (Etinamato), 3004.90.49.160K (Hexapropimato) y 5 más. En 3004.90.59, solo para las aperturas SIM 3004.90.59.211L (DMHP), 3004.90.59.212N (MDA), 3004.90.59.213Q (MDMA), 3004.90.59.214T (MMDA), 3004.90.59.215V (N-Etil MDA), 3004.90.59.216X (N-Hidroxi MDA) y 7 más. En 3004.90.68, solo para las aperturas SIM 3004.90.68.120J (Tiopental sódico). En 3004.90.69, solo para las aperturas SIM 3004.90.69.110N (Meclocualona), 3004.90.69.120R (Metacualona), 3004.90.69.130V (Etriptamina), 3004.90.69.140Y (Bufotenina), 3004.90.69.150B (PHP ó PCPY), 3004.90.69.190P (Los demás) y 136 más. En 3004.90.73, solo para las aperturas SIM 3004.90.73.110C (Ketazolam), 3004.90.73.130J (Cloxazolam). En 3004.90.75, solo para las aperturas SIM 3004.90.75.110T (Enantato de Flufenazina), 3004.90.75.120W (Prometazina). En 3004.90.79, solo para las aperturas SIM 3004.90.79.219Y (Clorhidrato de Clorpromazina), 3004.90.79.224Q (Maleato de Levomepromazina), 3004.90.79.231M (Clorhidrato de promazina), 3004.90.79.232P (Clorhidrato de prometazina), 3004.90.79.233R (Propericiazina), 3004.90.79.234U (Clorhidrato de tioridazina) y 32 más. En 3004.90.95, solo para las aperturas SIM 3004.90.95.100J (Propofol). En 3004.90.99, solo para las aperturas SIM 3004.90.99.190U (Los demás), 3004.90.99.210Y (Estupefacientes Lista IV), 3004.90.99.290Z (Otros estupefacientes).
    Lo que dice el organismo
    Obligatoria
  • ANMAT
    Importación de especialidades medicinales
    Destinación: Definitiva/Suspensiva · Mercadería: Nueva
    El Régimen permite importar a laboratorios, empresas y/o entidades privadas autorizadas por ANMAT especialidades medicinales cualquiera sea el estado de elaboración (productos terminados, granel, acondicionamiento primario, muestra médica, estándares de referencia, muestras para uso en laboratorio, insumos, ingrediente farmacéutico activo, materia prima, excipientes).
    Cuándo aplica: Para mayor informacion, se recomienda verificar los instructivos y formularios en el siguiente link https://www.argentina.gob.ar/anmat/regulados/instructivos-y-formularios
    Solo para 3004.90.11, 3004.90.12, 3004.90.13, 3004.90.14, 3004.90.15, 3004.90.19, 3004.90.21, 3004.90.22, 3004.90.23, 3004.90.24, 3004.90.25, 3004.90.26, 3004.90.27, 3004.90.28, 3004.90.29, 3004.90.33, 3004.90.34, 3004.90.35, 3004.90.36, 3004.90.37, 3004.90.38, 3004.90.39, 3004.90.41, 3004.90.42, 3004.90.43, 3004.90.45, 3004.90.47, 3004.90.48, 3004.90.49, 3004.90.51, 3004.90.52, 3004.90.53, 3004.90.54, 3004.90.55, 3004.90.57, 3004.90.58, 3004.90.59, 3004.90.61, 3004.90.62, 3004.90.63, 3004.90.65, 3004.90.66, 3004.90.67, 3004.90.68, 3004.90.69, 3004.90.71, 3004.90.72, 3004.90.73, 3004.90.74, 3004.90.75, 3004.90.76, 3004.90.77, 3004.90.78, 3004.90.79, 3004.90.91, 3004.90.92, 3004.90.93, 3004.90.94, 3004.90.95, 3004.90.96, 3004.90.97, 3004.90.98, 3004.90.99, de los códigos argentinos de esta posición. En 3004.90.24, solo para las aperturas SIM 3004.90.24.100H (Acido o-acetilsalicilico), 3004.90.24.200N (o-Acetilsalicilato de aluminio), 3004.90.24.300U (Salicilato de metilo). En 3004.90.29, solo para las aperturas SIM 3004.90.29.190A (Los demás (R.2014/93 ex-ANA)), 3004.90.29.200B (Triflusal), 3004.90.29.900P (Los demás). En 3004.90.39, solo para las aperturas SIM 3004.90.39.400X (Gabapentin; vigabatrin), 3004.90.39.900Z (Los demás). En 3004.90.49, solo para las aperturas SIM 3004.90.49.300B (Rivastigmina), 3004.90.49.900J (Los demás). En 3004.90.55, solo para las aperturas SIM 3004.90.55.200A (Moxidectina). En 3004.90.59, solo para las aperturas SIM 3004.90.59.190E (Los demás (R.2014/93 ANA)), 3004.90.59.300L (ácido tiludrúnico o su sal de di-ter-butilamina; soluciones que contengan glutationa, alopurinol,adenosina, rafinosa, ácido lactobiónico, almidón modificado, hidróxidos de sodio y potasio, sulfato de magnesio, fosfato de potasio y reguladores de pH de los tipos utilizados para la preservación de órganos; topiramato), 3004.90.59.400R (Pamidronato disódico), 3004.90.59.500X (Ivermectina), 3004.90.59.900U (Los demás). En 3004.90.68, solo para las aperturas SIM 3004.90.68.200H (Clorhidrato de erlotinib), 3004.90.68.300N (Trietilentiofosforamida), 3004.90.68.400U (Tioguanina), 3004.90.68.600E (Dacarbazina), 3004.90.68.720R (Trimetrexato), 3004.90.68.730V (Nelfinavir o su mesilato) y 16 más. En 3004.90.69, solo para las aperturas SIM 3004.90.69.490F (Los demás), 3004.90.69.610Q (ácido zoledrónico), 3004.90.69.690R (Los demás), 3004.90.69.920K (Hidroxicloroquina), 3004.90.69.931Q (Besilato de atracurio), 3004.90.69.933V (Bromuro de pancuronio) y 1 más. En 3004.90.73, solo para las aperturas SIM 3004.90.73.300K (Tenoxicam), 3004.90.73.400Q (Piroxicam). En 3004.90.75, solo para las aperturas SIM 3004.90.75.200V (Gliburida), 3004.90.75.300A (Rutósido), 3004.90.75.400F (Deslanósido). En 3004.90.79, solo para las aperturas SIM 3004.90.79.920V (Zidovudina), 3004.90.79.930Y (Lamivudina), 3004.90.79.940B (Stavudina), 3004.90.79.950E (Didanosina), 3004.90.79.960H (Dideoxiadenosina), 3004.90.79.970L (Zalcitabina) y 2 más. En 3004.90.92, solo para las aperturas SIM 3004.90.92.200R (Crisarobina). En 3004.90.95, solo para las aperturas SIM 3004.90.95.200P (Busulfano), 3004.90.95.300V (Mitotano), 3004.90.95.400A (Dexormaplatino; enloplatino; iproplatino; lobaplatino; miboplatino; ormaplatino; sebriplatino; zeniplatino), 3004.90.95.590K (Los demás (R. 2014/93 ex ANA)), 3004.90.95.610P (Miltefosina), 3004.90.95.620T (Procarbazina o su clorhidrato). En 3004.90.99, solo para las aperturas SIM 3004.90.99.190U (Los demás), 3004.90.99.390E (Los demás (R.2014/93 ex-ANA)), 3004.90.99.500L (Que contengan glucosa destinados al tratamiento de deficiencias de azucar en diabéticos (R.1946/93 ex-ANA)), 3004.90.99.611X (Que contengan mayoritariamente cloruro de sodio), 3004.90.99.612Z (Que contengan mayoritariamente dextrosa), 3004.90.99.621A (Que contengan mayoritariamente cloruro de sodio) y 5 más.
    Lo que dice el organismo
    Obligatoria
  • ANMAT
    Importación de medicamentos para extranjeros
    Destinación: Definitiva/Suspensiva · Mercadería: Nueva
    El regimén permite a extranjeros no residentes en el pais a importar medicación para su uso personal.
    Cuándo aplica: Para mayor informacion, se recomienda verificar los instructivos y formularios en el siguiente link.
    Solo para 3004.90.11, 3004.90.12, 3004.90.13, 3004.90.14, 3004.90.15, 3004.90.19, 3004.90.21, 3004.90.22, 3004.90.23, 3004.90.24, 3004.90.25, 3004.90.26, 3004.90.27, 3004.90.28, 3004.90.29, 3004.90.33, 3004.90.34, 3004.90.35, 3004.90.36, 3004.90.37, 3004.90.38, 3004.90.39, 3004.90.41, 3004.90.42, 3004.90.43, 3004.90.45, 3004.90.47, 3004.90.48, 3004.90.49, 3004.90.51, 3004.90.52, 3004.90.53, 3004.90.54, 3004.90.55, 3004.90.57, 3004.90.58, 3004.90.59, 3004.90.61, 3004.90.62, 3004.90.63, 3004.90.65, 3004.90.66, 3004.90.67, 3004.90.68, 3004.90.69, 3004.90.71, 3004.90.72, 3004.90.73, 3004.90.74, 3004.90.75, 3004.90.76, 3004.90.77, 3004.90.78, 3004.90.79, 3004.90.91, 3004.90.92, 3004.90.93, 3004.90.94, 3004.90.95, 3004.90.96, 3004.90.97, 3004.90.98, 3004.90.99, de los códigos argentinos de esta posición. En 3004.90.24, solo para las aperturas SIM 3004.90.24.100H (Acido o-acetilsalicilico), 3004.90.24.200N (o-Acetilsalicilato de aluminio), 3004.90.24.300U (Salicilato de metilo). En 3004.90.29, solo para las aperturas SIM 3004.90.29.190A (Los demás (R.2014/93 ex-ANA)), 3004.90.29.200B (Triflusal), 3004.90.29.900P (Los demás). En 3004.90.39, solo para las aperturas SIM 3004.90.39.400X (Gabapentin; vigabatrin), 3004.90.39.900Z (Los demás). En 3004.90.49, solo para las aperturas SIM 3004.90.49.300B (Rivastigmina), 3004.90.49.900J (Los demás). En 3004.90.55, solo para las aperturas SIM 3004.90.55.200A (Moxidectina). En 3004.90.59, solo para las aperturas SIM 3004.90.59.190E (Los demás (R.2014/93 ANA)), 3004.90.59.300L (ácido tiludrúnico o su sal de di-ter-butilamina; soluciones que contengan glutationa, alopurinol,adenosina, rafinosa, ácido lactobiónico, almidón modificado, hidróxidos de sodio y potasio, sulfato de magnesio, fosfato de potasio y reguladores de pH de los tipos utilizados para la preservación de órganos; topiramato), 3004.90.59.400R (Pamidronato disódico), 3004.90.59.500X (Ivermectina), 3004.90.59.900U (Los demás). En 3004.90.68, solo para las aperturas SIM 3004.90.68.200H (Clorhidrato de erlotinib), 3004.90.68.300N (Trietilentiofosforamida), 3004.90.68.400U (Tioguanina), 3004.90.68.600E (Dacarbazina), 3004.90.68.720R (Trimetrexato), 3004.90.68.730V (Nelfinavir o su mesilato) y 16 más. En 3004.90.69, solo para las aperturas SIM 3004.90.69.610Q (ácido zoledrónico), 3004.90.69.690R (Los demás), 3004.90.69.920K (Hidroxicloroquina), 3004.90.69.931Q (Besilato de atracurio), 3004.90.69.933V (Bromuro de pancuronio), 3004.90.69.990H (Los demás). En 3004.90.73, solo para las aperturas SIM 3004.90.73.300K (Tenoxicam), 3004.90.73.400Q (Piroxicam). En 3004.90.75, solo para las aperturas SIM 3004.90.75.200V (Gliburida), 3004.90.75.300A (Rutósido), 3004.90.75.400F (Deslanósido). En 3004.90.79, solo para las aperturas SIM 3004.90.79.920V (Zidovudina), 3004.90.79.930Y (Lamivudina), 3004.90.79.940B (Stavudina), 3004.90.79.950E (Didanosina), 3004.90.79.960H (Dideoxiadenosina), 3004.90.79.970L (Zalcitabina) y 2 más. En 3004.90.92, solo para las aperturas SIM 3004.90.92.200R (Crisarobina). En 3004.90.95, solo para las aperturas SIM 3004.90.95.200P (Busulfano), 3004.90.95.300V (Mitotano), 3004.90.95.400A (Dexormaplatino; enloplatino; iproplatino; lobaplatino; miboplatino; ormaplatino; sebriplatino; zeniplatino), 3004.90.95.590K (Los demás (R. 2014/93 ex ANA)), 3004.90.95.610P (Miltefosina), 3004.90.95.620T (Procarbazina o su clorhidrato). En 3004.90.99, solo para las aperturas SIM 3004.90.99.390E (Los demás (R.2014/93 ex-ANA)), 3004.90.99.500L (Que contengan glucosa destinados al tratamiento de deficiencias de azucar en diabéticos (R.1946/93 ex-ANA)), 3004.90.99.611X (Que contengan mayoritariamente cloruro de sodio), 3004.90.99.612Z (Que contengan mayoritariamente dextrosa), 3004.90.99.621A (Que contengan mayoritariamente cloruro de sodio), 3004.90.99.622C (Que contengan mayoritariamente dextrosa) y 4 más.
    Lo que dice el organismo
    Obligatoria
  • Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) / INAME - Instituto Nacional de Productos Médicos
    Importación protocolos de emergencia medica de instituciones sanitarias.
    Destinación: Definitiva · Mercadería: Nueva
    Cuándo aplica: Para mayor informacion, se recomienda verificar los instructivos y formularios en el siguiente link: https://www.argentina.gob.ar/anmat/regulados/instructivos-y-formularios
    Lo que dice el organismo
    Obligatoria
  • Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) / INAME - Instituto Nacional de Productos Médicos
    RAEM - Régimen de Acceso de Excepción a Medicamentos
    Destinación: Definitiva · Mercadería: Nueva
    Este régimen permite a personas humanas importar medicamentos que no se encuentren registrados ante ANMAT, pero que se encuentren registrados en un país incluído en el Anexo I del decreto 150/92 y que se destinen a tratar a un paciente en particular o que los mismos esten registrados ante ANMAT, pero que no esten disponibles en el país de manera transitoria o permanente o no resulten accesibles a los pacientes por otras razones justificadas.
    Cuándo aplica: Puede obtener más información buscando los trámites de RAEM en Instructivos y formularios.
    Lo que dice el organismo
    Obligatoria
  • ARCA
    Prohibición - Importación de mercaderías.
    Destinación: Definitiva · Mercadería: Nueva
    La ARCA y el SENASA han recopilado y analizado la normativa aplicable en materia de prohibiciones que afectan a la importación, procediendo a actualizar aquellas que no han sido contempladas en otras normas aduaneras específicas, con sus correspondientes excepciones y observaciones.
    Solo para 3004.90.29, 3004.90.59, 3004.90.69, 3004.90.79, 3004.90.95, 3004.90.99, de los códigos argentinos de esta posición.
    Lo que dice el organismo
    Obligatoria
  • Dirección del Registro de Organismos y Entidades Científicas y Tecnológicas
    Solicitud de certificado de importación de insumos de investigación Científica/Tecnológica (ROECYT)
    Destinación: Definitiva/Suspensiva · Mercadería: Nueva
    Cuándo aplica: Solo para insumos importados con fines de investigación científica o tecnológica, por parte de alguno de los siguientes beneficiarios: a) Los organismos y entidades del Estado Nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con específica competencia en la ejecución de investigaciones científicas o tecnológicas. b) Las entidades de bien público comprendidas en el artículo 20, inciso f) de la Ley de Impuesto a las Ganancias (t.o. 1997), cuyos estatutos les atribuyen competencia específica para la ejecución de investigaciones científicas o tecnológicas.
    Solo para 3004.90.68, 3004.90.69, de los códigos argentinos de esta posición. En 3004.90.68, solo para las aperturas SIM 3004.90.68.813A (Disoproxilfumarato de tenofovir). En 3004.90.69, solo para las aperturas SIM 3004.90.69.990H (Los demás).
    Lo que dice el organismo
    Obligatoria
  • SENASA
    Embalajes de Madera de Importación*
    Destinación: Definitiva/Suspensiva · Mercadería: Nueva
    Si lo traés de la Unión Europea: Es igual para cualquier origen: alcanza a todo embalaje de madera que entra al país. Fuente: Res. SENASA 614/2015.
    Todos los embalajes de madera de mercaderías que ingresen al territorio argentino debe estar descortezado, libre de insectos y/o signos de actividad biológica, tratado y certificado en concordancia con lo estipulado en la Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias (NIMF N° 15) de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria.
    Cuándo aplica: La mercadería es acondicionada con embalajes de madera o madera de acomodación.
    Lo que dice el organismo
    Obligatoria
  • SENASA
    Productos Veterinarios - Autorización de Exportación/Importación
    Destinación: Definitiva · Mercadería: Nueva
    Régimen de requisitos necesarios para la Importación y Exportación de Productos Veterinarios.
    Solo para 3004.90.11, 3004.90.19, 3004.90.21, 3004.90.23, 3004.90.24, 3004.90.26, 3004.90.29, 3004.90.32, 3004.90.33, 3004.90.37, 3004.90.38, 3004.90.39, 3004.90.41, 3004.90.43, 3004.90.46, 3004.90.47, 3004.90.49, 3004.90.55, 3004.90.58, 3004.90.59, 3004.90.61, 3004.90.62, 3004.90.63, 3004.90.64, 3004.90.65, 3004.90.67, 3004.90.68, 3004.90.69, 3004.90.71, 3004.90.72, 3004.90.74, 3004.90.75, 3004.90.76, 3004.90.77, 3004.90.79, 3004.90.94, 3004.90.96, 3004.90.99, de los códigos argentinos de esta posición. En 3004.90.19, solo para las aperturas SIM 3004.90.19.900E (Los demás). En 3004.90.21, solo para las aperturas SIM 3004.90.21.100K (Permetrina), 3004.90.21.300W (Benzoato de bencilo). En 3004.90.26, solo para las aperturas SIM 3004.90.26.190C (Los demás), 3004.90.26.300J (ácido fumárico, sus sales o sus esteres). En 3004.90.37, solo para las aperturas SIM 3004.90.37.100Q (Diclofenac sódico). En 3004.90.38, solo para las aperturas SIM 3004.90.38.200D (Clorambucil). En 3004.90.43, solo para las aperturas SIM 3004.90.43.100V (Lidocaína o su clorhidrato). En 3004.90.47, solo para las aperturas SIM 3004.90.47.100A (Clorhexidina o sus sales). En 3004.90.49, solo para las aperturas SIM 3004.90.49.900J (Los demás). En 3004.90.55, solo para las aperturas SIM 3004.90.55.200A (Moxidectina). En 3004.90.58, solo para las aperturas SIM 3004.90.58.900L (Los demás). En 3004.90.61, solo para las aperturas SIM 3004.90.61.800M (Trimetoprim), 3004.90.61.900T (Clorhidrato de bupivacaína). En 3004.90.62, solo para las aperturas SIM 3004.90.62.600J (Fembendazol), 3004.90.62.700P (Clorhidrato de loperamida). En 3004.90.63, solo para las aperturas SIM 3004.90.63.100P (Oxfendazol), 3004.90.63.200V (Albendazol o su sulfóxido), 3004.90.63.300A (Mebendazol), 3004.90.63.700X (Praziquantel). En 3004.90.64, solo para las aperturas SIM 3004.90.64.230M (Diazepam). En 3004.90.65, solo para las aperturas SIM 3004.90.65.200K (Benzetimida o su clorhidrato). En 3004.90.68, solo para las aperturas SIM 3004.90.68.120J (Tiopental sódico), 3004.90.68.815E (Mesilato de imatinib). En 3004.90.71, solo para las aperturas SIM 3004.90.71.100J (Levamisol o sus sales). En 3004.90.74, solo para las aperturas SIM 3004.90.74.100G (Ftalilsulfatiazol). En 3004.90.75, solo para las aperturas SIM 3004.90.75.110T (Enantato de Flufenazina). En 3004.90.76, solo para las aperturas SIM 3004.90.76.100X (Furosemida). En 3004.90.77, solo para las aperturas SIM 3004.90.77.300Q (Furazolidona), 3004.90.77.400W (Ketoconazol).
    Lo que dice el organismo
    Obligatoria
  • SENASA
    Productos Veterinarios Importación - Exportación NO Registrados.
    Destinación: Definitiva · Mercadería: Nueva
    Régimen de requisitos necesarios para la Importación y Exportación de Productos Veterinarios, que no llevan registro en el área.
    Cuándo aplica: Trámite para Productos sin Registro
    Solo para 3004.90.11, 3004.90.19, 3004.90.21, 3004.90.23, 3004.90.24, 3004.90.26, 3004.90.29, 3004.90.32, 3004.90.33, 3004.90.37, 3004.90.38, 3004.90.39, 3004.90.41, 3004.90.43, 3004.90.46, 3004.90.47, 3004.90.49, 3004.90.55, 3004.90.58, 3004.90.59, 3004.90.61, 3004.90.62, 3004.90.63, 3004.90.64, 3004.90.65, 3004.90.67, 3004.90.68, 3004.90.69, 3004.90.71, 3004.90.72, 3004.90.74, 3004.90.75, 3004.90.76, 3004.90.77, 3004.90.79, 3004.90.94, 3004.90.96, 3004.90.99, de los códigos argentinos de esta posición. En 3004.90.19, solo para las aperturas SIM 3004.90.19.900E (Los demás). En 3004.90.21, solo para las aperturas SIM 3004.90.21.100K (Permetrina), 3004.90.21.300W (Benzoato de bencilo). En 3004.90.26, solo para las aperturas SIM 3004.90.26.190C (Los demás), 3004.90.26.300J (ácido fumárico, sus sales o sus esteres). En 3004.90.37, solo para las aperturas SIM 3004.90.37.100Q (Diclofenac sódico). En 3004.90.38, solo para las aperturas SIM 3004.90.38.200D (Clorambucil). En 3004.90.43, solo para las aperturas SIM 3004.90.43.100V (Lidocaína o su clorhidrato). En 3004.90.47, solo para las aperturas SIM 3004.90.47.100A (Clorhexidina o sus sales). En 3004.90.49, solo para las aperturas SIM 3004.90.49.900J (Los demás). En 3004.90.55, solo para las aperturas SIM 3004.90.55.200A (Moxidectina). En 3004.90.58, solo para las aperturas SIM 3004.90.58.900L (Los demás). En 3004.90.61, solo para las aperturas SIM 3004.90.61.800M (Trimetoprim), 3004.90.61.900T (Clorhidrato de bupivacaína). En 3004.90.62, solo para las aperturas SIM 3004.90.62.600J (Fembendazol), 3004.90.62.700P (Clorhidrato de loperamida). En 3004.90.63, solo para las aperturas SIM 3004.90.63.100P (Oxfendazol), 3004.90.63.200V (Albendazol o su sulfóxido), 3004.90.63.300A (Mebendazol), 3004.90.63.700X (Praziquantel). En 3004.90.64, solo para las aperturas SIM 3004.90.64.230M (Diazepam). En 3004.90.65, solo para las aperturas SIM 3004.90.65.200K (Benzetimida o su clorhidrato). En 3004.90.68, solo para las aperturas SIM 3004.90.68.120J (Tiopental sódico), 3004.90.68.815E (Mesilato de imatinib). En 3004.90.71, solo para las aperturas SIM 3004.90.71.100J (Levamisol o sus sales). En 3004.90.74, solo para las aperturas SIM 3004.90.74.100G (Ftalilsulfatiazol). En 3004.90.75, solo para las aperturas SIM 3004.90.75.110T (Enantato de Flufenazina). En 3004.90.76, solo para las aperturas SIM 3004.90.76.100X (Furosemida). En 3004.90.77, solo para las aperturas SIM 3004.90.77.300Q (Furazolidona), 3004.90.77.400W (Ketoconazol).
    Lo que dice el organismo
    Obligatoria
  • Subsecretaría de Política y Gestión Comercial
    Declaración Jurada de Origen No Preferencial de Mercaderías
    Destinación: Definitiva · Mercadería: Nueva
    La Declaración Jurada de Origen No Preferencial generada a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) deberá ser presentada ante la aduana de registro de la importación, con relación a las mercaderías sujetas a la aplicación de derechos antidumping, derechos compensatorios, derechos específicos o medidas de salvaguardia, a fin de acreditar que su origen no se encuentra alcanzado por tales medidas.
    Cuándo aplica: Se presenta a los efectos de acreditar el origen declarado de la mercadería proveniente de Países sin acuerdos comerciales.
    Solo para 3004.90.99, de los códigos argentinos de esta posición. En 3004.90.99, solo para las aperturas SIM 3004.90.99.611X (Que contengan mayoritariamente cloruro de sodio), 3004.90.99.612Z (Que contengan mayoritariamente dextrosa), 3004.90.99.621A (Que contengan mayoritariamente cloruro de sodio), 3004.90.99.622C (Que contengan mayoritariamente dextrosa).
    Lo que dice el organismo
    Obligatoria

Optativas (herramientas, no requisitos)

  • Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa
    Régimen de Imp. de Productos para Tratamiento y/o Proceso de Rehabilitación y/o Capacitación de Personas con Discapacidad (Cocleares)
    Destinación: Definitiva · Mercadería: Nueva
    Si necesitás importar mercadería destinada a la rehabilitación, tratamiento y capacitación de personas con discapacidad y verificás que no se fabrique en el país, podés tramitar por Aduana la exención del pago de todos los impuestos.
    Cuándo aplica: Beneficiarios: Personas con discapacidad, a los efectos de su tratamiento y/o proceso de rehabilitación y/o capacitación, y asociaciones e instituciones cuyo objeto sea satisfacer las necesidades de las personas con discapacidad.
    Lo que dice el organismo
    Optativa
  • Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa
    Solicitud Resolución Anticipada de Origen
    Destinación: Definitiva · Mercadería: Nueva/Usada
    Cuándo aplica: El origen de las mercaderías determina, principalmente, el tratamiento arancelario aplicable a su importación. La Resolución Anticipada de Origen (RAO) permite al importador conocer, antes de llevar adelante sus respectivas importaciones, qué origen va a considerar el Estado Argentino a los fines de aplicar el tratamiento arancelario.
    Lo que dice el organismo
    Optativa
  • Secretaría de Minería
    Inversiones Mineras.
    Destinación: Definitiva · Mercadería: Nueva
    Constituye un marco promocional integral para fomentar el desarrollo del sector. Su eje central es la inscripción obligatoria de los proyectos en el RIM (Registro de Inversiones Mineras), sistema a través del cual los titulares acceden a importantes beneficios fiscales y aduaneros.
    Cuándo aplica: – Marco Normativo Central y Autoridad de Aplicación: El régimen se fundamenta en la Ley N° 24.196, cuya reglamentación modernizada se instrumentó mediante el Decreto N° 482/2026. Este marco digitaliza los procesos y establece la coordinación con la Autoridad de Aplicación (Secretaría de Minería) y los organismos de control fiscal y aduanero.
    Solo para 3004.90.99, de los códigos argentinos de esta posición.
    Lo que dice el organismo
    Optativa

Fuente: VUCE, identificador de posiciones arancelarias, consultada el 6/10/2026. Los organismos cambian sus intervenciones seguido, por eso cada una enlaza la página de la VUCE de donde sale, para mirarla el día que importes.

Tabla año a año y cómo se calcula
DesdeEtapaAd valoremEspecífico (€)Se aplica
1/5/20261 de 1 (año 0)0 %—Libre de derechos

Cómo se calcula. Esta línea quedó libre de derechos desde el primer día del acuerdo. Ya está en cero.

Reintegro adicional. Los productos orgánicos certificados, los que tienen el sello «Alimentos Argentinos una elección natural» y los que tienen denominación de origen o indicación geográfica registrada suman un 0,5 % adicional (Decreto 1341/2016, arts. 3 a 5, que el art. 11 del Decreto 557/2023 mantiene). No se acumulan: aunque el producto cumpla más de una condición, el adicional es 0,5 % (Resolución 90-E/2017, art. 9), y cada condición se acredita con un certificado por operación (arts. 1 y 2).

Del lado argentino. El derecho de exportación de hoy lo fija el Decreto 789/2020, art. 1 y Anexo I (IF-2020-66452816-APN-SSPYGC#MDP), y es la alícuota que aplica la VUCE (consulta del 17/10/2026).

Entra sin arancel, con o sin acuerdo.

3 · Cupo y cómo acceder

Esta posición no tiene cupo

Verde · no depende de ningún cupo

El acuerdo no abre un cupo para esta posición. Quiere decir que la preferencia se aplica a todo lo que exportes, sin límite de volumen ni trámite de cupo.

Dónde verificarlo
  1. La Sección B del Anexo 2-A lista los 23 cupos que la Unión Europea abre para el Mercosur. Ninguno cubre esta posición.
PeríodoVolumenEstado

Si creés que tu producto entra en alguno, escribinos y lo revisamos.

4 · Origen

Si tu producto califica como originario

Gris · sin responder

Para tener la rebaja del acuerdo, el producto tiene que ser originario. La regla que le toca es la de 30.04, y pide que los insumos importados se clasifiquen en otra posición arancelaria que tu producto terminado. Es lo que el acuerdo abrevia CC (otro capítulo), CP (otra partida) y CSP (otra subpartida). Respondé las preguntas para ver si calificás.

Cuestionario de insumos

Aparecen solo las preguntas que tu caso necesita. El resultado aplica la regla del Anexo 3-B de esta posición.

1. ¿Usás algún insumo que no sea originario de Argentina, de otro país del Mercosur o de la Unión Europea?

Un insumo comprado en Brasil o en Europa cuenta como de la región solo si es originario de allá. Tu proveedor te lo puede confirmar.

Respondé las preguntas. Con tus respuestas se aplica a tu caso la regla de 30.04.

Revisá tus insumos uno por uno en el asistente de origen, con su código y lo que pesan en el precio.

La regla textual, la tolerancia y cómo se prueba

La regla, textual: «CP»

Tolerancia. El artículo 3.5 tolera insumos que no cumplan la regla hasta el 10 % del precio de salida de fábrica.

Acumulación. Los materiales originarios de la otra Parte cuentan como propios (acumulación bilateral, capítulo 3 del iTA).

Cómo se prueba. Se prueba con una declaración de origen del exportador (Anexo 3-C). Al principio rige además el certificado de origen transitorio del Anexo 3-D (notificación 2026/875).

Edición. El Anexo 3-B está escrito en el Sistema Armonizado de 2017 y la ficha usa la edición vigente. A cuatro y seis dígitos coinciden casi siempre. Si tu producto cambió de partida entre una edición y otra, confirmá la regla con tu despachante.

Por ahora el certificado de origen sigue valiendo. Hasta el 1/5/2029 la Unión Europea acepta también el certificado de origen de siempre, además de la declaración que hacés vos. En palabras del acuerdo, «Durante un período no superior a 3 (tres) años a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo, la Unión Europea aceptará también como declaración de origen un «certificado de origen» que indique que los productos importados en la Unión Europea cumplen los requisitos de origen establecidos en el presente Acuerdo.» (iTA, Anexo 3-D, apartado 1). El plazo se puede prorrogar 2 años más si el Mercosur lo pide.

5 · Requisitos sanitarios, técnicos y de etiquetado

Qué tiene que cumplir el producto para entrar

Ámbar · la UE tiene requisitos de producto para esta posición (revisá cuáles alcanzan al tuyo)

Tu posición no está en la lista de control veterinario en frontera del Reglamento 2021/632. Tampoco está en el anexo XI del reglamento fitosanitario, que es el que exige el certificado para vegetales. El portal de la Comisión (Access2Markets) le asigna a esta posición 5 requisitos de producto de la Unión (normas técnicas, de etiquetado o de comercialización). Como los asigna a toda la posición, en la tabla está cada uno con su norma y el enlace para ver si alcanza a tu producto.

    Requisitos de la UE para esta posición (6)revisá cuáles alcanzan a tu producto

    La Comisión Europea los asigna a toda la posición, así que confirmá en cada uno si alcanza a tu producto.

    Fuente: Access2Markets (Comisión Europea) · revisado el 1/9/2026

    Reglas técnicas y etiquetado · Fuente: Access2MarketsAccess2Markets · requisitos de la UE para esta posiciónEl anexo usa además nombres de clase que no define por código, con 73 denominaciones, que están en la página de nombres protegidos.

    6 · Habilitaciones y registros

    Qué tenés que tener habilitado antes de exportar

    Informativo · no aplica, porque no es un producto de origen animal

    La lista de países autorizados y la habilitación de establecimientos de la Unión Europea son para productos de origen animal. A tu producto no le aplican.

      Fuente: lista de control veterinario del Reglamento (UE) 2021/632Reg. de Ejecución (UE) 2021/632 · control veterinario en frontera

      7 · Regulaciones UE transversales

      EUDR, CBAM y salvaguardias

      Verde · no alcanza a esta posición

      Son las reglas que frenan un embarque por motivos que no tienen nada que ver con el arancel. Ni la EUDR (deforestación) ni el CBAM (carbono) alcanzan a tu posición, según la lista de códigos del anexo de cada reglamento.

      Verde · no alcanza a esta posición

      EUDR · deforestación

      Prohíbe vender en la Unión Europea productos ligados a la deforestación. Alcanza a siete materias primas (bovinos, cacao, café, palma aceitera, caucho, soja y madera). No alcanza a tu posición, porque no figura en la lista de códigos del anexo I.

      Fuente: Reglamento (UE) 2023/1115, anexo I
      Verde · no alcanza a esta posición

      CBAM · carbono en frontera

      Cobra en la frontera europea el carbono incorporado a ciertos productos intensivos en energía (cemento, electricidad, abonos, hierro y acero, aluminio y algunos químicos). No alcanza a tu posición, porque no figura en la lista de códigos del anexo I.

      Fuente: Reglamento (UE) 2023/956, anexo I
      Gris · sin dato de medidas en vigor

      Salvaguardias

      El capítulo 9 del acuerdo permite a cualquiera de las Partes suspender la preferencia de un producto si el aumento de importaciones causa daño a su industria. Es un mecanismo, no una lista, y no hay nada que aplicar salvo que se haya impuesto una medida concreta. Mirá en TARIC si hay alguna medida en vigor para 3004 90 00.

      Medidas en vigor · Sin dato

      8 · Destino

      Elegí un país de destino

      Informativo · no elegiste país

      El arancel, el cronograma, el cupo y la regla de origen son los mismos en los veintisiete países, así que no hace falta que elijas uno para lo de arriba. Lo que cambia por país es el idioma de la etiqueta, el IVA y los trámites locales.

      Elegí uno de los destinos cargados

      9 · Mercado en la UE

      Cuánto importa la UE de este producto

      Informativo · dato de contexto

      La UE importó € 43.702 millones en 2025 desde fuera de la UE; la Argentina aportó menos del 0,1 % y fue el 35.º proveedor.

      Importaciones extra-UE, 2025
      € 43.702 millones
      12,5 % más que en 2024 (€ 38.852 millones)
      Cantidad, 2025
      228.166 t
      2,6 % más que en 2024
      Precio medio de importación
      191,53 €/kg
      Argentina: 42,98 €/kg
      Argentina, 2025
      € 4,2 millones
      menos de 0,1 % del total · 35.º de 159 proveedores · 1,0 % más que en 2024

      De dónde compra la UE (2025)

      PuestoPaísValorParticipación€/kg
      1.ºSuiza€ 16.896 millones38,7 %437,75 €/kg
      2.ºEstados Unidos€ 13.984 millones32,0 %1.798,50 €/kg
      3.ºReino Unido€ 5.367 millones12,3 %64,97 €/kg
      4.ºIndia€ 2.035 millones4,7 %48,54 €/kg
      5.ºCanadဠ1.314 millones3,0 %1.824,48 €/kg
      35.ºArgentina€ 4,2 millonesmenos de 0,1 %42,98 €/kg

      Otros € 314,5 millones vienen de orígenes que Eurostat no identifica (provisiones a bordo, razones comerciales o militares).

      Brasil, Uruguay y Paraguay entran con la misma rebaja (2025)

      PuestoPaísValorParticipaciónCantidad€/kg
      35.ºArgentina€ 4,2 millonesmenos de 0,1 %96 t42,98 €/kg
      13.ºBrasil€ 71,4 millones0,2 %232 t308,19 €/kg
      73.ºUruguay€ 57.064menos de 0,1 %266 kg—
      101.ºParaguay€ 3.336menos de 0,1 %92 kg—

      Con el acuerdo pagan el mismo arancel que la Argentina, así que compiten por precio y volumen. El puesto es entre todos los proveedores de fuera de la UE.

      Quién importa dentro de la UE (2025)

      PuestoEstado miembroValorParticipación
      1.ºBélgica€ 10.276 millones23,5 %
      2.ºEslovenia€ 6.970 millones15,9 %
      3.ºAlemania€ 5.925 millones13,6 %
      4.ºEspaña€ 5.081 millones11,6 %
      5.ºPaíses Bajos€ 3.375 millones7,7 %

      Es el Estado miembro que declara la importación, que no siempre es donde se consume, porque los puertos de Países Bajos y Bélgica reciben mercadería para toda la Unión.

      Lo que pagan tus competidores

      De los 11 países de la lista, hoy todos pagan lo mismo que vos.

      Ver país por país (11)

      Los países son los cinco mayores proveedores de la UE fuera de la Unión en esta línea (Eurostat, Comext) y una lista fija de referencia, con acuerdo con la UE (Chile, México, Canadá, Sudáfrica, Nueva Zelanda y Vietnam) y sin acuerdo (Estados Unidos y China). Brasil, Paraguay y Uruguay entran con el mismo acuerdo que vos.

      Cada cifra es la medida de TARIC vigente hoy para ese origen, en la edición del 1/10/2026. Para despachar, el importador confirma en TARIC con la fecha y el código de diez dígitos.

      TARIC, Comisión Europea, edición del 1/10/2026 (CIRCABC)

      10 · Qué hacer, en orden

      Los pasos, en orden

      Son 4 pasos, en el orden en que se hacen. Cada uno sale de un bloque de esta ficha.

      1. 1
        Confirmá la posición arancelaria con tu despachante
        Toda esta ficha cuelga de que la posición sea 3004 90 00. Si la posición cambia, cambian el arancel, el cupo, la regla de origen y los requisitos. Es el único paso que no podés saltear.
        Tu despachante de aduana
      2. 2
        Registrate como exportador ante ARCA
        Del lado argentino, la exportación se oficializa ante la aduana, y para eso hay que estar inscripto en el registro de exportadores. Si todavía no lo estás, ese trámite va antes que el primer embarque.
      3. 3
        Verificá que tu producto sea originario, y preparate para probarlo
        La regla de 30.04 pide que los insumos importados se clasifiquen en otra posición arancelaria que tu producto terminado. Es lo que el acuerdo abrevia CC (otro capítulo), CP (otra partida) y CSP (otra subpartida). Sin la prueba de origen no hay preferencia, y se paga el arancel general aunque el producto califique. Se prueba con una declaración de origen del exportador (Anexo 3-C). Al principio rige además el certificado de origen transitorio del Anexo 3-D (notificación 2026/875).
        Lo declara el exportador. La entidad certificante interviene si hace falta el certificado transitorio del Anexo 3-D.
      4. 4
        Revisá las normas técnicas y el etiquetado del producto
        Access2Markets no le asigna a tu posición normas técnicas de producto. Si tiene otros requisitos de la Unión, están en el bloque 5; el detalle por país de destino, en el buscador de la Comisión. Verlo en Access2Markets
        Comisión Europea · Access2Markets

      Fuentes y estado por bloque

      BloqueFuente principalEstado
      1 ClasificaciónCatálogos NC 2026 y NCM vigenteConfirmado
      2 AranceliTA, Apéndice 2-A-1 · Reg. (UE) 2025/1926Confirmado
      3 CupoiTA, Sección BConfirmado
      4 OrigeniTA, Anexo 3-BRevisá
      5 RequisitosAccess2Markets · Reg. 2021/632 · Reg. 2019/2072Revisá
      6 HabilitacionesReg. 2021/632Confirmado
      7 TransversalesReg. 2023/1115 · Reg. 2023/956 · TARICConfirmado
      8 DestinoElegí un país de destinoRevisá
      9 Mercado en la UEEurostat, Comext, 2025Confirmado

      Datos consultados el 30/10/2026. El próximo cambio previsto es el 1 de enero de 2027, cuando cambia la etapa del cronograma y abre el nuevo período del cupo. «Confirmado» quiere decir que sale de la fuente oficial citada; «Revisá», que depende de tu caso, y «Sin dato», que el enlace del bloque lleva a dónde averiguarlo.

      Fuente: Acuerdo Interino de Comercio UE-Mercosur (iTA), en aplicación provisional desde el 1/5/2026.

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