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Óxido de manganeso con un contenido de manganeso superior o igual al 77 % en peso

Código NC2820 90 10

Flujo
Exportación Argentina → Unión Europea
Destino
Toda la Unión Europea
Ficha generada
30/10/2026

Buscar otro producto

0 · Veredicto

Ámbar · la UE tiene requisitos de producto para esta posición (revisá cuáles alcanzan al tuyo)

Tu producto entra a la Unión Europea sin arancel, con o sin acuerdo.

Acción recomendada: el arancel no depende del origen, así que concentrate en los requisitos del producto (bloque 5).

Óxido de manganeso con un contenido de manganeso superior o igual al 77 % en peso (NC 2820 90 10) entra a la Unión Europea sin arancel, con o sin el Acuerdo UE-Mercosur. Dato al 30/10/2026, según el Acuerdo Interino de Comercio UE-Mercosur y la Nomenclatura Combinada 2026.

1 · Clasificación

Tu producto en las tres nomenclaturas

La ficha está armada sobre la línea europea 2820 90 10, que es la que declara el importador en la Unión Europea. En Argentina hay 4 posiciones de la NCM bajo los mismos 6 dígitos: la tuya es una de ellas. Confirmala con tu despachante de aduana.

NomenclaturaCódigoVersiónDescripción oficial
NCM (Argentina)2820.90.10NCM vigente 2026Óxido manganoso
NCM (Argentina)2820.90.20NCM vigente 2026Trióxido de dimanganeso (sesquióxido de manganeso)
NCM (Argentina)2820.90.30NCM vigente 2026Tetraóxido de trimanganeso (óxido salino de manganeso)
NCM (Argentina)2820.90.40NCM vigente 2026Heptaóxido de dimanganeso (anhídrido permangánico)
NC (Unión Europea)2820 90 10NC 2026 (anexo en NC 2013: 2820 90 10)Los demás: óxido de manganeso con un contenido de manganeso superior o igual al 77 % en peso
HS (mundial)2820.90Sistema ArmonizadoÓxidos de manganeso
Fuente: catálogos oficiales NC 2026 y NCM vigenteVer 2820 90 10 en TARICDescripción oficial en TARIC

2 · Arancel y cronograma

Cuánto pagás hoy y cuándo llega a cero

Verde · ya entra sin arancel

Hoy pagás 0 %. Sin acuerdo pagarías 0 %. Está en 0 desde el inicio del acuerdo (1/5/2026). Del lado argentino, el derecho de exportación hoy es 0 % (Decreto 305/2025).

Arancel base (anexo)
0 %
Apéndice 2-A-1, línea 2820 90 10 en NC 2013
Arancel general (NMF)
0 %
Vigente desde 1/1/2026
Preferencial hoy
0 %
Categoría 0 · año 0 del cronograma
Categoría de desgravación
0
Llega a 0
Desde el inicio (1/5/2026)
Derecho de exportación hoy
0 %
art. 1 y Anexo
Reintegro hoy
1 %
art. 1 y Anexo I · al exportar fuera del Mercosur
Si en vez de exportar, importás esto de Europa

El acuerdo también baja lo que vos pagás al comprar. El resto de la ficha dice lo que paga tu producto al entrar a Europa. El Apéndice 2-A-2 dice lo contrario, lo que la Argentina le cobra a la mercadería europea que entra, y lo va bajando con el mismo calendario. Si comprás este producto en Europa, esto es lo que te toca.

Línea del anexo (NCM 2012)Arancel baseCategoríaLlega a 0
2820.90.10
Óxido manganoso
Hoy se declara 2820.90.10 · Mismo código, sin cambios
10 %101 de enero de 2036
2820.90.20
Trióxido de dimanganeso (sesquióxido de manganeso)
Hoy se declara 2820.90.20 · Mismo código, sin cambios
10 %101 de enero de 2036
2820.90.30
Tetraóxido de trimanganeso (óxido salino de manganeso)
Hoy se declara 2820.90.30 · Mismo código, sin cambios
10 %101 de enero de 2036
2820.90.40
Heptaóxido de dimanganeso (anhídrido permangánico)
Hoy se declara 2820.90.40 · Mismo código, sin cambios
10 %101 de enero de 2036

Cómo se llegó a esta línea. El anexo escribe su lista en la NCM 2012 y vos declarás en la vigente. Esta posición no cambió entre las dos ediciones (las tablas oficiales de correlación no la nombran). Esta posición europea corresponde a más de un código argentino, y cada uno tiene su línea. Buscá en la tabla el que declarás. Todo esto es solo el arancel. Si tu compra entra dentro de un cupo, además hace falta una licencia de importación (está abajo, en el bloque de habilitaciones). Lo que piden los demás organismos para dejarla entrar está acá debajo, como lo publica la VUCE. Cuáles te tocan depende de la apertura SIM que declares, y esa la define tu despachante.

Qué organismos intervienen al importarlo

El arancel es del acuerdo, lo demás lo pide cada organismo. La VUCE le asigna a esta posición 3 intervenciones de otros organismos al importar. Cada una va con el texto con que la describe el organismo, sin resumir, y con las condiciones en que aplica. Varias solo corresponden en ciertos casos (si la mercadería viene en embalaje de madera, si es usada, si es para consumo), y eso lo dice cada una.

Para importar y vender acá

  • SENASA
    Embalajes de Madera de Importación*
    Destinación: Definitiva/Suspensiva · Mercadería: Nueva
    Si lo traés de la Unión Europea: Es igual para cualquier origen: alcanza a todo embalaje de madera que entra al país. Fuente: Res. SENASA 614/2015.
    Todos los embalajes de madera de mercaderías que ingresen al territorio argentino debe estar descortezado, libre de insectos y/o signos de actividad biológica, tratado y certificado en concordancia con lo estipulado en la Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias (NIMF N° 15) de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria.
    Cuándo aplica: La mercadería es acondicionada con embalajes de madera o madera de acomodación.
    Lo que dice el organismo
    Obligatoria
  • SENASA
    Registro de productos de alimentos para animales. Importación *
    Destinación: Definitiva · Mercadería: Otros
    El trámite permite solicitar autorización para importar productos destinados a la alimentación animal. Los alimentos para animales deben estar registrados ante SENASA. Para llevar a cabo las inscripciones, el Organismo cuenta con la Coordinación de Registro de Alimentos para Animales.
    Cuándo aplica: Solo para alimento destinado a animales, con grado de calidad para alimentación animal (feed grade)
    Lo que dice el organismo
    Obligatoria

Optativas (herramientas, no requisitos)

  • Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa
    Solicitud Resolución Anticipada de Origen
    Destinación: Definitiva · Mercadería: Nueva/Usada
    Cuándo aplica: El origen de las mercaderías determina, principalmente, el tratamiento arancelario aplicable a su importación. La Resolución Anticipada de Origen (RAO) permite al importador conocer, antes de llevar adelante sus respectivas importaciones, qué origen va a considerar el Estado Argentino a los fines de aplicar el tratamiento arancelario.
    Lo que dice el organismo
    Optativa

Fuente: VUCE, identificador de posiciones arancelarias, consultada el 6/10/2026. Los organismos cambian sus intervenciones seguido, por eso cada una enlaza la página de la VUCE de donde sale, para mirarla el día que importes.

Tabla año a año y cómo se calcula
DesdeEtapaAd valoremEspecífico (€)Se aplica
1/5/20261 de 1 (año 0)0 %—Libre de derechos

Cómo se calcula. Esta línea quedó libre de derechos desde el primer día del acuerdo. Ya está en cero.

Reintegro adicional. Los productos orgánicos certificados, los que tienen el sello «Alimentos Argentinos una elección natural» y los que tienen denominación de origen o indicación geográfica registrada suman un 0,5 % adicional (Decreto 1341/2016, arts. 3 a 5, que el art. 11 del Decreto 557/2023 mantiene). No se acumulan: aunque el producto cumpla más de una condición, el adicional es 0,5 % (Resolución 90-E/2017, art. 9), y cada condición se acredita con un certificado por operación (arts. 1 y 2).

Del lado argentino. El derecho de exportación de hoy lo fija el Decreto 305/2025, art. 1 y Anexo (IF-2025-37185796-APN-SSPI#MEC), y es la alícuota que aplica la VUCE (consulta del 17/10/2026).

Entra sin arancel, con o sin acuerdo.

3 · Cupo y cómo acceder

Esta posición no tiene cupo

Verde · no depende de ningún cupo

El acuerdo no abre un cupo para esta posición. Quiere decir que la preferencia se aplica a todo lo que exportes, sin límite de volumen ni trámite de cupo.

Dónde verificarlo
  1. La Sección B del Anexo 2-A lista los 23 cupos que la Unión Europea abre para el Mercosur. Ninguno cubre esta posición.
PeríodoVolumenEstado

Si creés que tu producto entra en alguno, escribinos y lo revisamos.

4 · Origen

Si tu producto califica como originario

Gris · sin responder

Para tener la rebaja del acuerdo, el producto tiene que ser originario. La regla que le toca es la de 28.01 – 28.53, y pide que se cumpla una de las opciones que da; no hacen falta todas. Respondé las preguntas para ver si calificás.

Cuestionario de insumos

Aparecen solo las preguntas que tu caso necesita. El resultado aplica la regla del Anexo 3-B de esta posición.

1. ¿Usás algún insumo que no sea originario de Argentina, de otro país del Mercosur o de la Unión Europea?

Un insumo comprado en Brasil o en Europa cuenta como de la región solo si es originario de allá. Tu proveedor te lo puede confirmar.

Respondé las preguntas. Con tus respuestas se aplica a tu caso la regla de 28.01 – 28.53.

Revisá tus insumos uno por uno en el asistente de origen, con su código y lo que pesan en el precio.

La regla textual, la tolerancia y cómo se prueba

La regla, textual: «CSP; se ha sometido a una reacción química; o MaxNOM 50 % (EXW).»

Tolerancia. El artículo 3.5 tolera insumos que no cumplan la regla hasta el 10 % del precio de salida de fábrica.

Acumulación. Los materiales originarios de la otra Parte cuentan como propios (acumulación bilateral, capítulo 3 del iTA).

Cómo se prueba. Se prueba con una declaración de origen del exportador (Anexo 3-C). Al principio rige además el certificado de origen transitorio del Anexo 3-D (notificación 2026/875).

Edición. El Anexo 3-B está escrito en el Sistema Armonizado de 2017 y la ficha usa la edición vigente. A cuatro y seis dígitos coinciden casi siempre. Si tu producto cambió de partida entre una edición y otra, confirmá la regla con tu despachante.

Por ahora el certificado de origen sigue valiendo. Hasta el 1/5/2029 la Unión Europea acepta también el certificado de origen de siempre, además de la declaración que hacés vos. En palabras del acuerdo, «Durante un período no superior a 3 (tres) años a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo, la Unión Europea aceptará también como declaración de origen un «certificado de origen» que indique que los productos importados en la Unión Europea cumplen los requisitos de origen establecidos en el presente Acuerdo.» (iTA, Anexo 3-D, apartado 1). El plazo se puede prorrogar 2 años más si el Mercosur lo pide.

5 · Requisitos sanitarios, técnicos y de etiquetado

Qué tiene que cumplir el producto para entrar

Ámbar · la UE tiene requisitos de producto para esta posición (revisá cuáles alcanzan al tuyo)

Tu posición no está en la lista de control veterinario en frontera del Reglamento 2021/632. Tampoco está en el anexo XI del reglamento fitosanitario, que es el que exige el certificado para vegetales. El portal de la Comisión (Access2Markets) le asigna a esta posición 5 requisitos de producto de la Unión (normas técnicas, de etiquetado o de comercialización). Como los asigna a toda la posición, en la tabla está cada uno con su norma y el enlace para ver si alcanza a tu producto.

    Requisitos de la UE para esta posición (5)revisá cuáles alcanzan a tu producto

    La Comisión Europea los asigna a toda la posición, así que confirmá en cada uno si alcanza a tu producto.

    Fuente: Access2Markets (Comisión Europea) · revisado el 1/9/2026

    Reglas técnicas y etiquetado · Fuente: Access2MarketsAccess2Markets · requisitos de la UE para esta posiciónEl anexo usa además nombres de clase que no define por código, con 73 denominaciones, que están en la página de nombres protegidos.

    6 · Habilitaciones y registros

    Qué tenés que tener habilitado antes de exportar

    Informativo · no aplica, porque no es un producto de origen animal

    La lista de países autorizados y la habilitación de establecimientos de la Unión Europea son para productos de origen animal. A tu producto no le aplican.

      Fuente: lista de control veterinario del Reglamento (UE) 2021/632Reg. de Ejecución (UE) 2021/632 · control veterinario en frontera

      7 · Regulaciones UE transversales

      EUDR, CBAM y salvaguardias

      Verde · no alcanza a esta posición

      Son las reglas que frenan un embarque por motivos que no tienen nada que ver con el arancel. Ni la EUDR (deforestación) ni el CBAM (carbono) alcanzan a tu posición, según la lista de códigos del anexo de cada reglamento.

      Verde · no alcanza a esta posición

      EUDR · deforestación

      Prohíbe vender en la Unión Europea productos ligados a la deforestación. Alcanza a siete materias primas (bovinos, cacao, café, palma aceitera, caucho, soja y madera). No alcanza a tu posición, porque no figura en la lista de códigos del anexo I.

      Fuente: Reglamento (UE) 2023/1115, anexo I
      Verde · no alcanza a esta posición

      CBAM · carbono en frontera

      Cobra en la frontera europea el carbono incorporado a ciertos productos intensivos en energía (cemento, electricidad, abonos, hierro y acero, aluminio y algunos químicos). No alcanza a tu posición, porque no figura en la lista de códigos del anexo I.

      Fuente: Reglamento (UE) 2023/956, anexo I
      Gris · sin dato de medidas en vigor

      Salvaguardias

      El capítulo 9 del acuerdo permite a cualquiera de las Partes suspender la preferencia de un producto si el aumento de importaciones causa daño a su industria. Es un mecanismo, no una lista, y no hay nada que aplicar salvo que se haya impuesto una medida concreta. Mirá en TARIC si hay alguna medida en vigor para 2820 90 10.

      Medidas en vigor · Sin dato

      8 · Destino

      Elegí un país de destino

      Informativo · no elegiste país

      El arancel, el cronograma, el cupo y la regla de origen son los mismos en los veintisiete países, así que no hace falta que elijas uno para lo de arriba. Lo que cambia por país es el idioma de la etiqueta, el IVA y los trámites locales.

      Elegí uno de los destinos cargados

      9 · Mercado en la UE

      Cuánto importa la UE de este producto

      Informativo · dato de contexto

      La UE importó € 1,8 millones en 2025 desde fuera de la UE; la Argentina no figura entre los proveedores.

      Importaciones extra-UE, 2025
      € 1,8 millones
      12,8 % menos que en 2024 (€ 2,1 millones)
      Cantidad, 2025
      1.035 t
      32,1 % menos que en 2024
      Precio medio de importación
      1,76 €/kg
      Valor dividido por cantidad, de fuera de la UE
      Argentina, 2025
      Sin ventas registradas
      Le vendieron 8 países de fuera de la UE

      De dónde compra la UE (2025)

      PuestoPaísValorParticipación€/kg
      1.ºEstados Unidos€ 1,1 millones59,9 %4,44 €/kg
      2.ºMéxico€ 403.94222,1 %0,62 €/kg
      3.ºChina€ 251.43813,8 %7,30 €/kg
      4.ºNoruega€ 75.2414,1 %0,72 €/kg
      5.ºSudáfrica€ 1.1990,1 %—

      Brasil, Uruguay y Paraguay entran con la misma rebaja (2025)

      PuestoPaísValorParticipaciónCantidad€/kg
      —ArgentinaSin ventas———
      —BrasilSin ventas———
      —UruguaySin ventas———
      —ParaguaySin ventas———

      Con el acuerdo pagan el mismo arancel que la Argentina, así que compiten por precio y volumen. El puesto es entre todos los proveedores de fuera de la UE.

      Quién importa dentro de la UE (2025)

      PuestoEstado miembroValorParticipación
      1.ºBélgica€ 1,4 millones76,8 %
      2.ºFrancia€ 142.9627,8 %
      3.ºEspaña€ 110.9986,1 %
      4.ºItalia€ 93.8085,1 %
      5.ºDinamarca€ 51.1612,8 %

      Es el Estado miembro que declara la importación, que no siempre es donde se consume, porque los puertos de Países Bajos y Bélgica reciben mercadería para toda la Unión.

      Parte de lo que se importa de fuera de la UE se declara confidencial y Eurostat no lo asigna a ninguna posición: € 116.992 en la subpartida 2820 90 (2025). Las cifras de esta posición pueden quedar por debajo del total real.

      Lo que pagan tus competidores

      De los 9 países de la lista, hoy todos pagan lo mismo que vos.

      Ver país por país (9)

      Los países son los cinco mayores proveedores de la UE fuera de la Unión en esta línea (Eurostat, Comext) y una lista fija de referencia, con acuerdo con la UE (Chile, México, Canadá, Sudáfrica, Nueva Zelanda y Vietnam) y sin acuerdo (Estados Unidos y China). Brasil, Paraguay y Uruguay entran con el mismo acuerdo que vos.

      Cada cifra es la medida de TARIC vigente hoy para ese origen, en la edición del 1/10/2026. Para despachar, el importador confirma en TARIC con la fecha y el código de diez dígitos.

      TARIC, Comisión Europea, edición del 1/10/2026 (CIRCABC)

      10 · Qué hacer, en orden

      Los pasos, en orden

      Son 4 pasos, en el orden en que se hacen. Cada uno sale de un bloque de esta ficha.

      1. 1
        Confirmá la posición arancelaria con tu despachante
        Toda esta ficha cuelga de que la posición sea 2820 90 10. Si la posición cambia, cambian el arancel, el cupo, la regla de origen y los requisitos. Es el único paso que no podés saltear.
        Tu despachante de aduana
      2. 2
        Registrate como exportador ante ARCA
        Del lado argentino, la exportación se oficializa ante la aduana, y para eso hay que estar inscripto en el registro de exportadores. Si todavía no lo estás, ese trámite va antes que el primer embarque.
      3. 3
        Verificá que tu producto sea originario, y preparate para probarlo
        La regla de 28.01 – 28.53 pide que se cumpla una de las opciones que da; no hacen falta todas. Sin la prueba de origen no hay preferencia, y se paga el arancel general aunque el producto califique. Se prueba con una declaración de origen del exportador (Anexo 3-C). Al principio rige además el certificado de origen transitorio del Anexo 3-D (notificación 2026/875).
        Lo declara el exportador. La entidad certificante interviene si hace falta el certificado transitorio del Anexo 3-D.
      4. 4
        Revisá las normas técnicas y el etiquetado del producto
        Access2Markets no le asigna a tu posición normas técnicas de producto. Si tiene otros requisitos de la Unión, están en el bloque 5; el detalle por país de destino, en el buscador de la Comisión. Verlo en Access2Markets
        Comisión Europea · Access2Markets

      Fuentes y estado por bloque

      BloqueFuente principalEstado
      1 ClasificaciónCatálogos NC 2026 y NCM vigenteConfirmado
      2 AranceliTA, Apéndice 2-A-1 · Reg. (UE) 2025/1926Confirmado
      3 CupoiTA, Sección BConfirmado
      4 OrigeniTA, Anexo 3-BRevisá
      5 RequisitosAccess2Markets · Reg. 2021/632 · Reg. 2019/2072Revisá
      6 HabilitacionesReg. 2021/632Confirmado
      7 TransversalesReg. 2023/1115 · Reg. 2023/956 · TARICConfirmado
      8 DestinoElegí un país de destinoRevisá
      9 Mercado en la UEEurostat, Comext, 2025Confirmado

      Datos consultados el 30/10/2026. El próximo cambio previsto es el 1 de enero de 2027, cuando cambia la etapa del cronograma y abre el nuevo período del cupo. «Confirmado» quiere decir que sale de la fuente oficial citada; «Revisá», que depende de tu caso, y «Sin dato», que el enlace del bloque lleva a dónde averiguarlo.

      Fuente: Acuerdo Interino de Comercio UE-Mercosur (iTA), en aplicación provisional desde el 1/5/2026.

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