0 · Veredicto
Ámbar · la rebaja es dentro del cupo, con certificado de importaciónPodés exportar, pero la rebaja vale solo dentro del cupo (fuera de él pagás 19,2 €/hl). El cupo de este período tiene lugar (en el último reparto nadie pidió certificado).
Acción recomendada: coordiná con tu importador el certificado de importación del cupo (número de orden 09.4970). Lo pide él en su país antes de embarcar, y sin certificado se paga el arancel de fuera del cupo.
Alcohol etílico sin desnaturalizar con grado alcohólico volumétrico superior o igual al 80 % vol (NC 2207 10 00) tiene rebaja con el Acuerdo UE-Mercosur solo dentro del cupo de etanol, y fuera del cupo paga 19,2 €/hl. Dato al 30/10/2026, según el Acuerdo Interino de Comercio UE-Mercosur y la Nomenclatura Combinada 2026.
1 · Clasificación
Tu producto en las tres nomenclaturas
La ficha está armada sobre la línea europea 2207 10 00, que es la que declara el importador en la Unión Europea. En Argentina hay 2 posiciones de la NCM bajo los mismos 6 dígitos: la tuya es una de ellas. Confirmala con tu despachante de aduana.
| Nomenclatura | Código | Versión | Descripción oficial |
|---|---|---|---|
| NCM (Argentina) | 2207.10.10 | NCM vigente 2026 | Con un contenido de agua inferior o igual a 1 % vol. |
| NCM (Argentina) | 2207.10.90 | NCM vigente 2026 | Los demás |
| NC (Unión Europea) | 2207 10 00 | NC 2026 (anexo en NC 2013: 2207 10 00) | Alcohol etílico sin desnaturalizar con grado alcohólico volumétrico superior o igual al 80 % vol |
| HS (mundial) | 2207.10 | Sistema Armonizado | Alcohol etílico sin desnaturalizar con grado alcohólico volumétrico superior o igual al 80 % vol.; alcohol etílico y aguardiente desnaturalizados, de cualquier graduación |
2 · Arancel y cronograma
Cuánto pagás hoy y cuándo llega a cero
La rebaja de esta línea vale solo dentro del cupo. Fuera del cupo pagás 19,2 €/hl, y lo que se paga dentro está en el bloque 3. Del lado argentino, el derecho de exportación hoy es 0 % (Decreto 462/2023).
Si en vez de exportar, importás esto de Europa
El acuerdo también baja lo que vos pagás al comprar. El resto de la ficha dice lo que paga tu producto al entrar a Europa. El Apéndice 2-A-2 dice lo contrario, lo que la Argentina le cobra a la mercadería europea que entra, y lo va bajando con el mismo calendario. Si comprás este producto en Europa, esto es lo que te toca.
Ficha de importación, ordenada para quien compra en Europa
| Línea del anexo (NCM 2012) | Arancel base | Categoría | Llega a 0 |
|---|---|---|---|
| 2207.10.10 Alcohol etílico sin desnaturalizar, con un contenido de agua inferior o igual al 1 % del volumen Hoy se declara 2207.10.10 · Mismo código, sin cambios y la NCM vigente dice Con un contenido de agua inferior o igual a 1 % vol. El anexo fija un tipo por país y en esta línea no coinciden: Argentina 20, Brasil 0, Paraguay 20, Uruguay 20. Acá se carga el de la Argentina. | 20 % | 10 | 1 de enero de 2036 |
| 2207.10.90 Los demás alcoholes etílicos, sin desnaturalizar Hoy se declara 2207.10.90 · Mismo código, sin cambios | 20 % | 8 | 1 de enero de 2034 |
Cómo se llegó a esta línea. El anexo escribe su lista en la NCM 2012 y vos declarás en la vigente. Esta posición no cambió entre las dos ediciones (las tablas oficiales de correlación no la nombran). Esta posición europea corresponde a más de un código argentino, y cada uno tiene su línea. Buscá en la tabla el que declarás. Todo esto es solo el arancel. Si tu compra entra dentro de un cupo, además hace falta una licencia de importación (está abajo, en el bloque de habilitaciones). Lo que piden los demás organismos para dejarla entrar está acá debajo, como lo publica la VUCE. Cuáles te tocan depende de la apertura SIM que declares, y esa la define tu despachante.
Qué organismos intervienen al importarlo
El arancel es del acuerdo, lo demás lo pide cada organismo. La VUCE le asigna a esta posición 4 intervenciones de otros organismos al importar. Cada una va con el texto con que la describe el organismo, sin resumir, y con las condiciones en que aplica. Varias solo corresponden en ciertos casos (si la mercadería viene en embalaje de madera, si es usada, si es para consumo), y eso lo dice cada una.
Para importar y vender acá
- ARCASistema de Información Simplificado Agrícola (SISA)Destinación: Definitiva · Mercadería: Nueva · Origen: ArgentinaEl Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA) centraliza los datos de productores y operadores comerciales de la cadena de granos bajo la administración de ARCA, a efectos de optimizar la gestión de información, simplificar trámites y reducir costos en el sector agropecuario.Cuándo aplica: El Sistema de Información Simplificado Agrícola unifica registros y trámites de SENASA, INASE y ARCA para facilitar la carga de datos y mejorar el control fiscal. Reemplaza múltiples registros y declaraciones previas relacionados con la producción y comercialización de granos, semillas y legumbres secas.a administrativa y mejorar el control fiscal.
Lo que dice el organismo
Obligatoria - INVImportación de AlcoholesDestinación: Definitiva · Mercadería: NuevaToda Persona Física o Jurídica que pretenda importar alguno de los productos vitivinícolas definidos en la Ley N° 14.878 y sus normas complementarias, debe inscribirse como Importador ante el I.N.V.Cuándo aplica: Las personas físicas o jurídicas que deseen exportar alcoholes deberán estar inscriptas ante el Instituto Nacional de Vitivinicultura como destiladores, fabricantes, fraccionadores o Plantas de Almacenaje de alcoholes etílico.
Lo que dice el organismo
Obligatoria - SENASAEmbalajes de Madera de Importación*Destinación: Definitiva/Suspensiva · Mercadería: NuevaSi lo traés de la Unión Europea: Es igual para cualquier origen: alcanza a todo embalaje de madera que entra al país. Fuente: Res. SENASA 614/2015.Todos los embalajes de madera de mercaderías que ingresen al territorio argentino debe estar descortezado, libre de insectos y/o signos de actividad biológica, tratado y certificado en concordancia con lo estipulado en la Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias (NIMF N° 15) de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria.Cuándo aplica: La mercadería es acondicionada con embalajes de madera o madera de acomodación.
Lo que dice el organismo
Obligatoria
Optativas (herramientas, no requisitos)
- Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana EmpresaSolicitud Resolución Anticipada de OrigenDestinación: Definitiva · Mercadería: Nueva/UsadaCuándo aplica: El origen de las mercaderías determina, principalmente, el tratamiento arancelario aplicable a su importación. La Resolución Anticipada de Origen (RAO) permite al importador conocer, antes de llevar adelante sus respectivas importaciones, qué origen va a considerar el Estado Argentino a los fines de aplicar el tratamiento arancelario.
Lo que dice el organismo
Optativa
Fuente: VUCE, identificador de posiciones arancelarias, consultada el 6/10/2026. Los organismos cambian sus intervenciones seguido, por eso cada una enlaza la página de la VUCE de donde sale, para mirarla el día que importes.
Tabla año a año y cómo se calcula
| Desde | Etapa | Ad valorem | Específico (€) | Se aplica |
|---|
Sin tabla año a año. La rebaja de esta línea vale solo dentro del cupo «EL». Fuera del cupo se paga el arancel general, y lo que se paga dentro está en el bloque del cupo.
Reintegro adicional. Los productos orgánicos certificados, los que tienen el sello «Alimentos Argentinos una elección natural» y los que tienen denominación de origen o indicación geográfica registrada suman un 0,5 % adicional (Decreto 1341/2016, arts. 3 a 5, que el art. 11 del Decreto 557/2023 mantiene). No se acumulan: aunque el producto cumpla más de una condición, el adicional es 0,5 % (Resolución 90-E/2017, art. 9), y cada condición se acredita con un certificado por operación (arts. 1 y 2).
Del lado argentino. El derecho de exportación de hoy lo fija el Decreto 462/2023, art. 1 y Anexo (IF-2023-102215997-APN-SSABDR#MEC), y es la alícuota que aplica la VUCE (consulta del 17/10/2026).
La unidad estadística. En el SIM, la unidad estadística de esta posición es el litro. Lo dice el Arancel Integrado de ARCA.
Calculadora de ahorro
El derecho de esta línea se cobra por hectolitro, es decir, por cada 100 litros, sin importar el valor de la mercadería. Cargá lo que exportás en un año.
Año por año, dentro del cupo
Si todo lo que exportás entra en el cupo, de este año a 2031 ahorrás € 7.253,33 en total. Desde 2031 el cupo es de 200.000 t por año y dentro de él ahorrás € 1.280,00 por año.
| Año | Ahorro del año | Acumulado | Cupo del Mercosur | Arancel | Pagás con acuerdo |
|---|---|---|---|---|---|
| 2026hoy8 meses | € 853,33 | € 853,33 | 22.222 t | 6,4 €/hl | € 426,67 |
| 2027 | € 1.280,00 | € 2.133,33 | 66.667 t | 6,4 €/hl | € 640,00 |
| 2028 | € 1.280,00 | € 3.413,33 | 100.000 t | 6,4 €/hl | € 640,00 |
| 2029 | € 1.280,00 | € 4.693,33 | 133.333 t | 6,4 €/hl | € 640,00 |
| 2030 | € 1.280,00 | € 5.973,33 | 166.667 t | 6,4 €/hl | € 640,00 |
| 2031 | € 1.280,00 | € 7.253,33 | 200.000 t | 6,4 €/hl | € 640,00 |
Cada fila es el ahorro de lo que entre dentro del cupo ese año, con el derecho del cupo frente al arancel general de hoy. Depende de entrar en el reparto, porque el cupo es del Mercosur entero y se reparte con certificados de importación que pide el importador. Lo que no entre paga el arancel de fuera del cupo.
El cupo se mide en toneladas y lo que cargaste es un volumen, así que la cuenta no los compara.
El año 0 del acuerdo va del 1/5/2026 al 31/12/2026, así que cuenta 8 de los 12 meses de lo que cargaste.
3 · Cupo y cómo acceder
Cupo de etanol
Sí, existe un cupo (contingente arancelario) con número de orden 09.4970, en el caso de la subpartida 2207 10 y de los códigos NC 2208 90 91 y 2208 90 99 , será de 6,4 EUR/hl, y el derecho contingentario relativo al alcohol etílico desnaturalizado importado bajo la subpartida 2207 20 será de 3,4 EUR/hl.. El período 1/5/2026 – 31/12/2026 tiene 22.222 t y hoy sobra cupo (en el último reparto, publicado el 22/9/2026, nadie pidió certificado y quedaron 5.362.865 kg (5.363 t) sin asignar). Para el próximo reparto, el del período que empieza el 1/11/2026, hay 10.340.915 kg (10.341 t) disponibles. Así figura el 14/10/2026 en el cuadro de coeficientes de asignación de la Comisión. El próximo período abre el 1/1/2027 con 66.667 t (33.333,5 t en cada subperíodo, el 50 % del año).
Este cupo se usa con certificado de importación, que pide tu importador europeo. GO te ayuda a coordinarlo.
Para el 1/1/2027. El cupo se reparte con certificado de importación, así que conviene que el importador lo tenga tramitado antes de esa fecha (no alcanza con tener la declaración lista).
Cómo se pide, plazos y volumen por período
- Quién lo pide. El importador europeo pide un certificado de importación ante la autoridad de su país, en los plazos de la Comisión, y después lo presenta con la declaración de aduana. El exportador argentino no lo tramita, pero sí necesita que la prueba de origen esté lista.
- Cómo se reparte. Número de orden 09.4970 y forma de administración según el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/996, vinculado por las líneas arancelarias que comparten. El acuerdo no publica ninguno de los dos: su Sección D deja la administración a la legislación de cada Parte, y el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/996 es esa legislación. De este lado lo administra la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca por Res. SAGyP 50/2026 (BORA 30/4/2026), que la guía oficial del Acuerdo publicada por la Cancillería señala para los demás cupos (https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/341394/20260430). El certificado de cupo se tramita por SIACE: «En el caso de la REPÚBLICA ARGENTINA, la tramitación de los certificados de exportación se realizará por medios electrónicos a través del sistema de administración de cuotas de exportación (SIACE) en donde se podrá realizar el seguimiento del trámite. Los interesados deberán registrarse por primera vez a través del siguiente link: https://cuotas.magyp.gob.ar/apoderado Los apoderados de cada firma comercial deberán contar con clave fiscal Nivel 3. Aquellas firmas que ya operan comercialmente en otras cuotas arancelarias bilaterales con terceros países, tales como Cuota Hilton, cuota 481, cuota Búfalos, cuota lácteos, etc., no deberán realizar ningún registro adicional.» Revisado contra la fuente oficial el 5/10/2026 (el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/996): El número de orden 09.4970 y la administración por licencia salen del Reglamento de Ejecución (UE) 2026/996, que abre el cupo; el acuerdo deja la administración a cada Parte (Anexo 2-A, Sección D, apartado 1).
- Lo que exige el reglamento que lo abrió. Lo administra la Unión con certificado de importación. El importador lo solicita conforme al Reglamento (UE) 2020/761, y la mercadería no entra por el cupo sin ese certificado. El trámite lo hace el importador europeo, no el exportador argentino, pero se pide antes del embarque y conviene acordarlo al cerrar la operación. Solicitud: De conformidad con los artículos 6, 7 y 8 del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/761. Garantía del certificado: 240 EUR por 1 000 kg o, alternativamente, 20 EUR por 1 hl. Certificado transferible: Sí. Prueba de origen: Sí. De conformidad con el capítulo 3, Normas de origen y procedimientos de origen, del Acuerdo Interino de Comercio entre la Unión Europea y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, y el documento contemplado en el artículo 3.30 del Acuerdo Interino de Comercio entre la Unión Europea y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, cuyo modelo se establece en el anuncio de la Comisión Europea [2026/874]. Dicho documento podrá expedirse electrónicamente de conformidad con el modelo de datos ELAN1L-TCDOC. En tal caso, durante el período transitorio se aplicarían los artículos 72 bis a 72 quinquies. Menciones en el certificado: En la sección 8 de la solicitud de certificado de importación y del certificado de importación se indicará Mercosur debajo del país de origen; se marcará con una cruz la casilla Sí de dicha sección. Alternativamente, en la sección 8 se indicará el código ISO 3166-1 alfa-2 del Estado del Mercosur de origen y, en la sección 24, se indicará: origen: Mercosur. En los certificados que se ajusten al modelo de datos ELAN1L-AGRIM, en la sección País de origen se indicará el código ISO 3166-1 alfa-2 del Estado del Mercosur de origen; en la casilla Texto libre de la sección Condiciones especiales/menciones especiales se indicará Mercosur. En cualquier caso, los certificados serán válidos para las importaciones procedentes de cualquier Estado del Mercosur.
- Cuándo. El período del cupo va del 1 de enero al 31 de diciembre. Se abre por subperíodos, así que la cantidad del año no está disponible toda junta el 1 de enero (del 1 de enero al 30 de junio, del 1 de julio al 31 de diciembre). Cada subperíodo recibe el 50 % de la cantidad del año.
| Período | Volumen | Estado |
|---|---|---|
| 1/5/2026 – 31/12/2026 | 22.222 t (prorrateado) | Sobra cupo (quedaron 5.362.865 kg (5.363 t) sin asignar) |
| 2027 | 66.667 t | Abre el 1/1/2027 |
| 2028 | 100.000 t | Abre el 1/1/2028 |
| 2029 | 133.333 t | Abre el 1/1/2029 |
| 2030 | 166.667 t | Abre el 1/1/2030 |
| 2031 | 200.000 t | Abre el 1/1/2031 |
El Mercosur puede notificar a la UE cómo reparte el cupo entre sus países. Mientras no lo haga, es común a los cuatro.
Cómo se repartió en 2026
| Desde | Disponible | Pedido | Asignado | Coeficiente |
|---|---|---|---|---|
| 1/6/2026 | 5.555.500 kg (5.556 t) | 4.978.050 kg (4.978 t) | 4.978.050 kg (4.978 t) | 100 % |
| 1/7/2026 | 17.243.950 kg (17.244 t) | 0 kg | 0 kg | Sin pedidos |
| 1/8/2026 | 17.243.950 kg (17.244 t) | 0 kg | 0 kg | Sin pedidos |
| 1/9/2026 | 17.243.950 kg (17.244 t) | 11.881.085 kg (11.881 t) | 11.881.085 kg (11.881 t) | 100 % |
| 1/10/2026 | 5.362.865 kg (5.363 t) | 0 kg | 0 kg | Sin pedidos |
| 1/11/2026 | 10.340.915 kg (10.341 t) | Próximo reparto | — | — |
La Comisión fija el coeficiente con lo que piden los importadores de toda la Unión y lo publica a más tardar el 22 de cada mes; cada certificado se expide por lo pedido multiplicado por el coeficiente. Lo que no se asigna pasa al reparto siguiente del mismo año. Fuente: el cuadro de coeficientes de asignación al 14/10/2026.
4 · Origen
Si tu producto califica como originario
Para tener la rebaja del acuerdo, el producto tiene que ser originario. La regla que le toca es la de 22.07, y pide que se cumplan a la vez todas las condiciones que enumera, no una sola. Respondé las preguntas para ver si calificás.
Cuestionario de insumos
Aparecen solo las preguntas que tu caso necesita. El resultado aplica la regla del Anexo 3-B de esta posición.
Revisá tus insumos uno por uno en el asistente de origen, con su código y lo que pesan en el precio.
La regla textual, la tolerancia y cómo se prueba
La regla, textual: «CP, salvo a partir de materiales no originarios de la partida 22.08, siempre que: todas las uvas, caña o maíz utilizados sean totalmente obtenidos; y todos los materiales derivados de las uvas, la caña o el maíz utilizados sean originarios.»
Tolerancia. El artículo 3.5 tolera insumos que no cumplan la regla hasta el 10 % del precio de salida de fábrica.
Acumulación. Los materiales originarios de la otra Parte cuentan como propios (acumulación bilateral, capítulo 3 del iTA).
Cómo se prueba. Se prueba con una declaración de origen del exportador (Anexo 3-C). Al principio rige además el certificado de origen transitorio del Anexo 3-D (notificación 2026/875).
Edición. El Anexo 3-B está escrito en el Sistema Armonizado de 2017 y la ficha usa la edición vigente. A cuatro y seis dígitos coinciden casi siempre. Si tu producto cambió de partida entre una edición y otra, confirmá la regla con tu despachante.
Por ahora el certificado de origen sigue valiendo. Hasta el 1/5/2029 la Unión Europea acepta también el certificado de origen de siempre, además de la declaración que hacés vos. En palabras del acuerdo, «Durante un período no superior a 3 (tres) años a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo, la Unión Europea aceptará también como declaración de origen un «certificado de origen» que indique que los productos importados en la Unión Europea cumplen los requisitos de origen establecidos en el presente Acuerdo.» (iTA, Anexo 3-D, apartado 1). El plazo se puede prorrogar 2 años más si el Mercosur lo pide.
5 · Requisitos sanitarios, técnicos y de etiquetado
Qué tiene que cumplir el producto para entrar
Tu posición no está en la lista de control veterinario en frontera del Reglamento 2021/632. Tampoco está en el anexo XI del reglamento fitosanitario, que es el que exige el certificado para vegetales. El portal de la Comisión (Access2Markets) le asigna a esta posición 1 requisito de producto de la Unión (normas técnicas, de etiquetado o de comercialización). Como los asigna a toda la posición, en la tabla está cada uno con su norma y el enlace para ver si alcanza a tu producto.
Requisitos de la UE para esta posición (2)revisá cuáles alcanzan a tu producto
La Comisión Europea los asigna a toda la posición, así que confirmá en cada uno si alcanza a tu producto.
- UE · licenciaLicencia de importación de productos agrícolasEl Reglamento 2016/1239, el Reglamento 2016/1237, el Reglamento 1308/2013
- Solo si correspondeProducción orgánica (voluntario)El Reglamento 2018/848, el Reglamento 834/2007, el Reglamento 2021/2325 y 4 normas más
Fuente: Access2Markets (Comisión Europea) · revisado el 1/9/2026
6 · Habilitaciones y registros
Qué tenés que tener habilitado antes de exportar
La lista de países autorizados y la habilitación de establecimientos de la Unión Europea son para productos de origen animal. A tu producto no le aplican. Para usar el cupo sí hacen falta los registros que pide la guía oficial del Acuerdo, y están abajo.
- RegistroMatrícula de exportador ante ARCAConfirmado · 5/10/2026es un requisito que tenés que tener cumplidoPara acceder a los cupos que ofrece la Unión Europea hay que ser persona humana o jurídica constituida bajo la legislación argentina y contar con matrícula de exportador ante ARCA.
7 · Regulaciones UE transversales
EUDR, CBAM y salvaguardias
Son las reglas que frenan un embarque por motivos que no tienen nada que ver con el arancel. Ni la EUDR (deforestación) ni el CBAM (carbono) alcanzan a tu posición, según la lista de códigos del anexo de cada reglamento.
EUDR · deforestación
Prohíbe vender en la Unión Europea productos ligados a la deforestación. Alcanza a siete materias primas (bovinos, cacao, café, palma aceitera, caucho, soja y madera). No alcanza a tu posición, porque no figura en la lista de códigos del anexo I.
Fuente: Reglamento (UE) 2023/1115, anexo ICBAM · carbono en frontera
Cobra en la frontera europea el carbono incorporado a ciertos productos intensivos en energía (cemento, electricidad, abonos, hierro y acero, aluminio y algunos químicos). No alcanza a tu posición, porque no figura en la lista de códigos del anexo I.
Fuente: Reglamento (UE) 2023/956, anexo ISalvaguardias
El capítulo 9 del acuerdo permite a cualquiera de las Partes suspender la preferencia de un producto si el aumento de importaciones causa daño a su industria. Es un mecanismo, no una lista, y no hay nada que aplicar salvo que se haya impuesto una medida concreta. Mirá en TARIC si hay alguna medida en vigor para 2207 10 00.
Medidas en vigor · Sin dato8 · Destino
Elegí un país de destino
El arancel, el cronograma, el cupo y la regla de origen son los mismos en los veintisiete países, así que no hace falta que elijas uno para lo de arriba. Lo que cambia por país es el idioma de la etiqueta, el IVA, el impuesto especial y los trámites locales.
Impuestos especiales en la UE
Además del arancel, que es el mismo en los veintisiete, este producto paga un impuesto especial que fija cada país. La tabla muestra el tipo normal de alcohol etílico (bebidas espirituosas). Elegí un destino para ver los tramos, los tipos reducidos y las demás categorías posibles.
| País | Alcohol etílico (bebidas espirituosas), tipo normal |
|---|---|
| Alemania | 1.303 €/hl de alcohol puro |
| Austria | 1.200 €/hl de alcohol puro |
| Bélgica | 2.992,7928 €/hl de alcohol puro |
| Bulgaria | 562,42 €/hl de alcohol puro |
| Chequia | 41.050 CZK/hl de alcohol puro (≈ 1.691,04 €) |
| Chipre | 956,82 €/hl de alcohol puro |
| Croacia | 796,34 €/hl de alcohol puro |
| Dinamarca | 15.000 DKK/hl de alcohol puro (≈ 2.009,13 €) |
| Eslovaquia | 1.490,4 €/hl de alcohol puro |
| Eslovenia | 1.412,4 €/hl de alcohol puro |
| España | 958,94 €/hl de alcohol puro |
| Estonia | 2.281 €/hl de alcohol puro |
| Finlandia | 5.628 €/hl de alcohol puro |
| Francia | 1.932,42 €/hl de alcohol puro · 1 tramo más |
| Grecia | 2.450 €/hl de alcohol puro |
| Hungría | 614.370 HUF/hl de alcohol puro (≈ 1.580,58 €) |
| Irlanda | 4.257 €/hl de alcohol puro |
| Italia | 1.035,52 €/hl de alcohol puro |
| Letonia | 2.084 €/hl de alcohol puro |
| Lituania | 3.130 €/hl de alcohol puro |
| Luxemburgo | 1.123,1042 €/hl de alcohol puro |
| Malta | 1.360 €/hl de alcohol puro |
| Países Bajos | 1.827 €/hl de alcohol puro |
| Polonia | 8.391 PLN/hl de alcohol puro (≈ 1.970,50 €) |
| Portugal | 1.602,51 €/hl de alcohol puro · 1 tramo más |
| Rumanía | 5.848,49 RON/hl de alcohol puro (≈ 1.150,80 €) |
| Suecia | 52.697 SEK/hl de alcohol puro (≈ 4.775,23 €) |
Tipos que cada país publica en TEDB, la base de la Comisión Europea, con la situación entre el 1/1/2026 y el 1/7/2026 según el país. Es la información que el país carga; la que vale es la de su ley.
Elegí uno de los destinos cargados
9 · Mercado en la UE
Cuánto importa la UE de este producto
La UE importó € 768,2 millones en 2025 desde fuera de la UE; la Argentina no figura entre los proveedores.
De dónde compra la UE (2025)
| Puesto | País | Valor | Participación | €/kg |
|---|---|---|---|---|
| 1.º | Pakistán | € 110,5 millones | 14,4 % | 0,81 €/kg |
| 2.º | Reino Unido | € 96,6 millones | 12,6 % | 0,82 €/kg |
| 3.º | Perú | € 90,7 millones | 11,8 % | 0,91 €/kg |
| 4.º | Estados Unidos | € 89,1 millones | 11,6 % | 0,71 €/kg |
| 5.º | Canadá | € 85,4 millones | 11,1 % | 0,78 €/kg |
Otros € 1,1 millones vienen de orígenes que Eurostat no identifica (provisiones a bordo, razones comerciales o militares).
Brasil, Uruguay y Paraguay entran con la misma rebaja (2025)
| Puesto | País | Valor | Participación | Cantidad | €/kg |
|---|---|---|---|---|---|
| — | Argentina | Sin ventas | — | — | — |
| 8.º | Brasil | € 30,8 millones | 4,0 % | 44.470 t | 0,69 €/kg |
| — | Uruguay | Sin ventas | — | — | — |
| — | Paraguay | Sin ventas | — | — | — |
Con el acuerdo pagan el mismo arancel que la Argentina, así que compiten por precio y volumen. El puesto es entre todos los proveedores de fuera de la UE.
Quién importa dentro de la UE (2025)
| Puesto | Estado miembro | Valor | Participación |
|---|---|---|---|
| 1.º | Países Bajos | € 380,5 millones | 49,5 % |
| 2.º | Francia | € 77,5 millones | 10,1 % |
| 3.º | Italia | € 54,5 millones | 7,1 % |
| 4.º | España | € 49,8 millones | 6,5 % |
| 5.º | Suecia | € 41,6 millones | 5,4 % |
Es el Estado miembro que declara la importación, que no siempre es donde se consume, porque los puertos de Países Bajos y Bélgica reciben mercadería para toda la Unión.
Lo que pagan tus competidores
De los 11 países de la lista, hoy 3 pagan menos que vos y 7 pagan lo mismo. Con el otro el arancel no se compara en una sola cifra.
Ver país por país (11)
- Argentina, hoy19,2 €/hlFuera del cupo del acuerdo; dentro del cupo paga menos
- Pakistán1.º proveedor de la UESegún la subdivisión TARIC, 0 %Preferencia del SGP+ (desarrollo sostenible)Paga 0 % en la 2207 10 00 11 (Obtenidos a partir de los productos agrícolas mencionados en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea › Alcohol etílico obtenido de productos agrícolas (enumerados en el anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea), excluidos los productos con un contenido de agua superior al 0,3 % (m/m) medido de conformidad con la norma EN 15376).Paga 0 % en las otras 2 subdivisiones.Vale hasta el 20/6/2027.TARIC, medida 142 (preferencia arancelaria), Reglamento 0978/12, desde el 21/6/2025
- Reino Unido2.º proveedor de la UE0 %Paga menos que vosPreferencia de la UE para su origenTARIC, medida 142 (preferencia arancelaria), Decisión 2253/20, desde el 1/1/2021
- Perú3.º proveedor de la UE0 %Paga menos que vosPreferencia de la UE para su origenTARIC, medida 142 (preferencia arancelaria), Decisión 0735/12, desde el 1/3/2013
- Estados Unidos4.º proveedor de la UE19,2 €/hlPaga lo mismo que vosSin preferencia, paga el arancel generalTARIC, medida 103 (arancel general, NMF), Reglamento 2204/99, desde el 1/7/2000
- Canadá5.º proveedor de la UE0 %Paga menos que vosPreferencia de la UE para su origenTARIC, medida 142 (preferencia arancelaria), Decisión 0037/17, desde el 21/9/2017
- Chile19,2 €/hlPaga lo mismo que vosSin preferencia, paga el arancel generalTiene además un cupo (orden 09.1954) en el que paga 0 %.TARIC, medida 103 (arancel general, NMF), Reglamento 2204/99, desde el 1/7/2000
- México19,2 €/hlPaga lo mismo que vosSin preferencia, paga el arancel generalTARIC, medida 103 (arancel general, NMF), Reglamento 2204/99, desde el 1/7/2000
- Sudáfrica19,2 €/hlPaga lo mismo que vosSin preferencia, paga el arancel generalTiene además un cupo (orden 09.1894) en el que paga 0 %.TARIC, medida 103 (arancel general, NMF), Reglamento 2204/99, desde el 1/7/2000
- Nueva Zelanda19,2 €/hlPaga lo mismo que vosSin preferencia, paga el arancel generalTiene además un cupo (orden 09.7905) en el que paga 0 %.TARIC, medida 103 (arancel general, NMF), Reglamento 2204/99, desde el 1/7/2000
- Vietnam19,2 €/hlPaga lo mismo que vosSin preferencia, paga el arancel generalTiene además un cupo (orden 09.8209) en el que paga 0 %.TARIC, medida 103 (arancel general, NMF), Reglamento 2204/99, desde el 1/7/2000
- China19,2 €/hlPaga lo mismo que vosSin preferencia, paga el arancel generalTARIC, medida 103 (arancel general, NMF), Reglamento 2204/99, desde el 1/7/2000
Las 3 subdivisiones TARIC de esta línea
- 2207 10 00 11 Obtenidos a partir de los productos agrícolas mencionados en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea › Alcohol etílico obtenido de productos agrícolas (enumerados en el anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea), excluidos los productos con un contenido de agua superior al 0,3 % (m/m) medido de conformidad con la norma EN 15376
- 2207 10 00 19 Obtenidos a partir de los productos agrícolas mencionados en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea › Los demás
- 2207 10 00 90 Los demás
Los países son los cinco mayores proveedores de la UE fuera de la Unión en esta línea (Eurostat, Comext) y una lista fija de referencia, con acuerdo con la UE (Chile, México, Canadá, Sudáfrica, Nueva Zelanda y Vietnam) y sin acuerdo (Estados Unidos y China). Brasil, Paraguay y Uruguay entran con el mismo acuerdo que vos.
Cada cifra es la medida de TARIC vigente hoy para ese origen, en la edición del 1/10/2026. Para despachar, el importador confirma en TARIC con la fecha y el código de diez dígitos.
10 · Qué hacer, en orden
Los pasos, en orden
Son 5 pasos, en el orden en que se hacen. Cada uno sale de un bloque de esta ficha. Donde hay fecha, la fija una norma.
- 1Confirmá la posición arancelaria con tu despachanteToda esta ficha cuelga de que la posición sea 2207 10 00. Si la posición cambia, cambian el arancel, el cupo, la regla de origen y los requisitos. Es el único paso que no podés saltear.Tu despachante de aduana
- 2Registrate como exportador ante ARCADel lado argentino, la exportación se oficializa ante la aduana, y para eso hay que estar inscripto en el registro de exportadores. Si todavía no lo estás, ese trámite va antes que el primer embarque y antes de pedir el cupo, porque la guía oficial del Acuerdo lo pone como condición.
- 3Verificá que tu producto sea originario, y preparate para probarloLa regla de 22.07 pide que se cumplan a la vez todas las condiciones que enumera, no una sola. Sin la prueba de origen no hay preferencia, y se paga el arancel general aunque el producto califique. Se prueba con una declaración de origen del exportador (Anexo 3-C). Al principio rige además el certificado de origen transitorio del Anexo 3-D (notificación 2026/875).Lo declara el exportador. La entidad certificante interviene si hace falta el certificado transitorio del Anexo 3-D.
- 4Coordiná el cupo con tu importadorEl cupo se pide en la declaración de aduana con el número de orden 09.4970, y se administra por licencia, que hay que pedir en los plazos del reglamento europeo.Lo pide el importador europeo en su declaraciónAbre el 1/1/2027
- 5Revisá las reglas técnicas y el etiquetado del productoComposición, aditivos, contaminantes, envase y etiqueta. Los requisitos de producto que la Unión le asigna a tu posición están en el bloque 5; el detalle por país de destino, en el buscador de la Comisión. Verlo en Access2MarketsComisión Europea · Access2Markets