Producto

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Vino blanco

Código NC2204 29 95

Flujo
Exportación Argentina → Unión Europea
Destino
Toda la Unión Europea
Ficha generada
30/10/2026

Buscar otro producto

0 · Veredicto

Ámbar · el arancel baja por etapas

Podés exportar con la rebaja del acuerdo. Hoy pagás 7,92 €/hl, y llega a 0 el 1 de enero de 2030.

Acción recomendada: asegurate de poder probar el origen y revisá con tu importador que pida la rebaja del acuerdo en la declaración de aduana.

Vino blanco (NC 2204 29 95) paga hoy 7,92 €/hl de arancel para entrar a la Unión Europea con el Acuerdo UE-Mercosur. Llega a 0 el 1 de enero de 2030. No tiene cupo, la rebaja vale para cualquier cantidad. Dato al 30/10/2026, según el Acuerdo Interino de Comercio UE-Mercosur y la Nomenclatura Combinada 2026.

1 · Clasificación

Tu producto en las tres nomenclaturas

La ficha está armada sobre la línea europea 2204 29 95, que es la que declara el importador en la Unión Europea. En Argentina hay 2 posiciones de la NCM bajo los mismos 6 dígitos: la tuya es una de ellas. Confirmala con tu despachante de aduana.

NomenclaturaCódigoVersiónDescripción oficial
NCM (Argentina)2204.29.10NCM vigente 2026Vinos
NCM (Argentina)2204.29.20NCM vigente 2026Mostos
NC (Unión Europea)2204 29 95NC 2026 (anexo en NC 2013: 2204 29 95, la línea del anexo se abrió en varias)Los demás vinos; mosto de uva en el que la fermentación se ha impedido o cortado añadiendo alcohol: los demás: los demás: los demás: otros vinos de variedades: vino blanco
HS (mundial)2204.29Sistema ArmonizadoVino de uvas frescas, incluso encabezado; mosto de uva, excepto el de la partida 2009
Fuente: catálogos oficiales NC 2026 y NCM vigenteVer 2204 29 95 en TARICDescripción oficial en TARIC

2 · Arancel y cronograma

Cuánto pagás hoy y cuándo llega a cero

Ámbar · el arancel baja por etapas

Hoy pagás 7,92 €/hl. Sin acuerdo pagarías 9,9 €/hl hasta 13 % vol; 12,1 €/hl de más de 13 % a 15 % vol; 15,4 €/hl de más de 15 % a 18 % vol; 20,9 €/hl de más de 18 % a 22 % vol; 1,75 €/% vol/hl de más de 22 % vol. Llega a 0 el 1 de enero de 2030. Del lado argentino, el derecho de exportación hoy es 0 % (Decreto 462/2023).

Arancel base (anexo)
9,9 €/hl
Apéndice 2-A-1, línea 2204 29 95 en NC 2013
Arancel general (NMF)
9,9 €/hl hasta 13 % vol; 12,1 €/hl de más de 13 % a 15 % vol; 15,4 €/hl de más de 15 % a 18 % vol; 20,9 €/hl de más de 18 % a 22 % vol; 1,75 €/% vol/hl de más de 22 % vol
Según el grado alcohólico adquirido · Nota (186) de la NC 2026
Preferencial hoy
7,92 €/hl
Categoría 4 · año 0 del cronograma
Categoría de desgravación
4
Llega a 0
1/1/2030
Derecho de exportación hoy
0 %
art. 1 y Anexo
Reintegro hoy
7 %
art. 1 y Anexo I · al exportar fuera del Mercosur

Próximo escalón. El 1/1/2027 el arancel baja de 7,92 €/hl a 5,94 €/hl (etapa 2 de 5). Llega a cero el 1/1/2030. Agendalo en tu calendario (.ics) · Todo lo que cambia el 1 de enero

Cómo baja el arancel con el acuerdo
20272030202620282029Hoy
  • Hoy 7,92 €/hl
  • Próximo escalón · 1/1/2027 5,94 €/hl
  • Llega a 0 · 1/1/2030
Si en vez de exportar, importás esto de Europa

El acuerdo también baja lo que vos pagás al comprar. El resto de la ficha dice lo que paga tu producto al entrar a Europa. El Apéndice 2-A-2 dice lo contrario, lo que la Argentina le cobra a la mercadería europea que entra, y lo va bajando con el mismo calendario. Si comprás este producto en Europa, esto es lo que te toca.

Ficha de importación, ordenada para quien compra en Europa

Línea del anexo (NCM 2012)Arancel baseCategoríaLlega a 0
2204.29.19
Vinos en recipientes con capacidad superior a 5 litros
Hoy se declara 2204.29.10 · Tabla oficial de correlación · la línea de 2012 se partió
20 %ESin dato
2204.29.20
Mostos de uvas
Hoy se declara 2204.29.20 · Tabla oficial de correlación · la línea de 2012 se partió
20 %ESin dato

Cómo se llegó a esta línea. El anexo escribe su lista en la NCM 2012 y vos declarás en la vigente. La línea sale de las tablas oficiales de correlación del Mercosur (2012 a 2017 y 2017 a 2022), que publica la CAMEX de Brasil. La línea de 2012 era más amplia. Al cambiar la nomenclatura se partió en varias, y tu código de hoy es una de las partes. Lo que el anexo fija para aquella línea vale para esta parte. Esta posición europea corresponde a más de un código argentino, y cada uno tiene su línea. Buscá en la tabla el que declarás. Todo esto es solo el arancel. Si tu compra entra dentro de un cupo, además hace falta una licencia de importación (está abajo, en el bloque de habilitaciones). Lo que piden los demás organismos para dejarla entrar está acá debajo, como lo publica la VUCE. Cuáles te tocan depende de la apertura SIM que declares, y esa la define tu despachante.

Qué organismos intervienen al importarlo

El arancel es del acuerdo, lo demás lo pide cada organismo. La VUCE le asigna a esta posición 4 intervenciones de otros organismos al importar. Cada una va con el texto con que la describe el organismo, sin resumir, y con las condiciones en que aplica. Varias solo corresponden en ciertos casos (si la mercadería viene en embalaje de madera, si es usada, si es para consumo), y eso lo dice cada una.

Para importar y vender acá

  • INV
    Importación de vinos y mostos
    Destinación: Definitiva · Mercadería: Nueva
    Toda Persona Física o Jurídica que pretenda importar alguno de los productos vitivinícolas definidos en la Ley N° 14.878 y sus normas complementarias, debe inscribirse como Importador ante el I.N.V.
    Cuándo aplica: Deberán ingresar acompañados de un certificado analítico expedido por autoridad competente del país de origen, donde constarán únicamente las determinaciones analíticas indicadas en el Artículo 3 de la Resolución INV 20/2025.
    Lo que dice el organismo
    Obligatoria
  • SENASA
    Embalajes de Madera de Importación*
    Destinación: Definitiva/Suspensiva · Mercadería: Nueva
    Si lo traés de la Unión Europea: Es igual para cualquier origen: alcanza a todo embalaje de madera que entra al país. Fuente: Res. SENASA 614/2015.
    Todos los embalajes de madera de mercaderías que ingresen al territorio argentino debe estar descortezado, libre de insectos y/o signos de actividad biológica, tratado y certificado en concordancia con lo estipulado en la Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias (NIMF N° 15) de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria.
    Cuándo aplica: La mercadería es acondicionada con embalajes de madera o madera de acomodación.
    Lo que dice el organismo
    Obligatoria

Optativas (herramientas, no requisitos)

  • INV
    Importación de Pequeños Volúmenes de Vino
    Destinación: Definitiva · Mercadería: Nueva · Origen: Argentina
    Toda Persona Física o Jurídica que pretenda importar alguno de los productos vitivinícolas definidos en la Ley N° 14.878 y sus normas complementarias, debe inscribirse como Importador ante el I.N.V.
    Cuándo aplica: En los casos de pequeños volúmenes contemplados por la Resolución 28/2017 se exceptúa de la extracción de muestras para control de importación:
    Lo que dice el organismo
    Optativa
  • Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa
    Solicitud Resolución Anticipada de Origen
    Destinación: Definitiva · Mercadería: Nueva/Usada
    Cuándo aplica: El origen de las mercaderías determina, principalmente, el tratamiento arancelario aplicable a su importación. La Resolución Anticipada de Origen (RAO) permite al importador conocer, antes de llevar adelante sus respectivas importaciones, qué origen va a considerar el Estado Argentino a los fines de aplicar el tratamiento arancelario.
    Lo que dice el organismo
    Optativa

Fuente: VUCE, identificador de posiciones arancelarias, consultada el 6/10/2026. Los organismos cambian sus intervenciones seguido, por eso cada una enlaza la página de la VUCE de donde sale, para mirarla el día que importes.

Tabla año a año y cómo se calcula
DesdeEtapaAd valoremEspecífico (€)Se aplica
1/5/20261 de 5 (año 0)—7,92Preferencial
1/1/20272 de 5—5,94Preferencial
1/1/20283 de 5—3,96Preferencial
1/1/20294 de 5—1,98Preferencial
1/1/20305 de 5—0Libre de derechos

Cómo se calcula. La categoría 4 elimina el arancel en 5 etapas iguales, la primera el 1 de mayo de 2026 y las demás cada 1 de enero. Estás en la etapa 1 de 5, así que se paga el 80 % del arancel base. Llega a cero el 1 de enero de 2030.

Sin calculadora. Para comparar hace falta el arancel general a diez dígitos, que está en TARIC.

Reintegro adicional. Los productos orgánicos certificados, los que tienen el sello «Alimentos Argentinos una elección natural» y los que tienen denominación de origen o indicación geográfica registrada suman un 0,5 % adicional (Decreto 1341/2016, arts. 3 a 5, que el art. 11 del Decreto 557/2023 mantiene). No se acumulan: aunque el producto cumpla más de una condición, el adicional es 0,5 % (Resolución 90-E/2017, art. 9), y cada condición se acredita con un certificado por operación (arts. 1 y 2).

Del lado argentino. El derecho de exportación de hoy lo fija el Decreto 462/2023, art. 1 y Anexo (IF-2023-102215997-APN-SSABDR#MEC), y es la alícuota que aplica la VUCE (consulta del 17/10/2026).

La unidad estadística. En el SIM, la unidad estadística de esta posición es el litro. Lo dice el Arancel Integrado de ARCA.

3 · Cupo y cómo acceder

El acuerdo no tiene cupo para esta posición

Verde · no depende de ningún cupo

El acuerdo no abre un cupo para esta posición. Quiere decir que la preferencia se aplica a todo lo que exportes, sin límite de volumen ni trámite de cupo.

Dónde verificarlo
  1. La Sección B del Anexo 2-A lista los 23 cupos que la Unión Europea abre para el Mercosur. Ninguno cubre esta posición.
  2. Cupos abiertos a todos los países. La Unión abre en esta línea un cupo fuera del acuerdo para todos los orígenes o para un grupo que incluye a la Argentina. Un importador puede usarlos con mercadería argentina, compitiendo con la de los demás países por la misma cantidad. Son aparte del acuerdo, y lo que se paga dentro sale de TARIC, origen Argentina.
  3. 09.0095. Dentro del cupo se paga 8 €/hl, contra 9,9 €/hl del arancel general. Está abierto para todos los terceros países. Vale solo para la subdivisión 2204 29 95 10. Entran 20.000 hl. El reglamento no dice el período; TARIC lo aplica del 1/1/2026 al 31/12/2026. La norma no le pone fecha de fin. Se asigna por orden de llegada, con el número de orden en la declaración de aduana (Reglamento (CE) n.º 218/2007 de la Comisión). El saldo del día está en la consulta de contingentes de la Comisión.
PeríodoVolumenEstado

Si creés que tu producto entra en alguno, escribinos y lo revisamos.

4 · Origen

Si tu producto califica como originario

Gris · sin responder

Para tener la rebaja del acuerdo, el producto tiene que ser originario. La regla que le toca es la de 22.04 – 22.05, y pide que se cumplan a la vez todas las condiciones que enumera, no una sola. Respondé las preguntas para ver si calificás.

Cuestionario de insumos

Aparecen solo las preguntas que tu caso necesita. El resultado aplica la regla del Anexo 3-B de esta posición.

1. ¿Usás algún insumo que no sea originario de Argentina, de otro país del Mercosur o de la Unión Europea?

Un insumo comprado en Brasil o en Europa cuenta como de la región solo si es originario de allá. Tu proveedor te lo puede confirmar.

Respondé las preguntas. Con tus respuestas se aplica a tu caso la regla de 22.04 – 22.05.

Revisá tus insumos uno por uno en el asistente de origen, con su código y lo que pesan en el precio.

La regla textual, la tolerancia y cómo se prueba

La regla, textual: «CP, salvo a partir de materiales no originarios de las partidas 22.07 y 22.08, siempre que: todas las uvas utilizadas sean totalmente obtenidas; y todos los materiales derivados de las uvas utilizados sean originarios.»

Tolerancia. El artículo 3.5 tolera insumos que no cumplan la regla hasta el 10 % del precio de salida de fábrica.

Acumulación. Los materiales originarios de la otra Parte cuentan como propios (acumulación bilateral, capítulo 3 del iTA).

Cómo se prueba. Se prueba con una declaración de origen del exportador (Anexo 3-C). Al principio rige además el certificado de origen transitorio del Anexo 3-D (notificación 2026/875).

Edición. El Anexo 3-B está escrito en el Sistema Armonizado de 2017 y la ficha usa la edición vigente. A cuatro y seis dígitos coinciden casi siempre. Si tu producto cambió de partida entre una edición y otra, confirmá la regla con tu despachante.

Por ahora el certificado de origen sigue valiendo. Hasta el 1/5/2029 la Unión Europea acepta también el certificado de origen de siempre, además de la declaración que hacés vos. En palabras del acuerdo, «Durante un período no superior a 3 (tres) años a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo, la Unión Europea aceptará también como declaración de origen un «certificado de origen» que indique que los productos importados en la Unión Europea cumplen los requisitos de origen establecidos en el presente Acuerdo.» (iTA, Anexo 3-D, apartado 1). El plazo se puede prorrogar 2 años más si el Mercosur lo pide.

5 · Requisitos sanitarios, técnicos y de etiquetado

Qué tiene que cumplir el producto para entrar

Ámbar · hay papeles sin los cuales la partida no entra

Tu posición no está en la lista de control veterinario en frontera del Reglamento 2021/632. Tampoco está en el anexo XI del reglamento fitosanitario, que es el que exige el certificado para vegetales. La normativa europea le fija a tu producto una regla propia de etiquetado, además de lo que rige para todo alimento. Está abajo, con la norma y el artículo. El acuerdo agrega 8 reglas más, y varias de ellas son protecciones a tu favor, cosas que la Unión se comprometió a no exigirte. Una de esas reglas es un papel sin el cual la partida no entra. En tu clase de producto hay 145 denominaciones europeas protegidas, nombres que no podés usar en la Unión Europea. El portal de la Comisión (Access2Markets) le asigna a esta posición 6 requisitos de producto de la Unión (normas técnicas, de etiquetado o de comercialización). Como los asigna a toda la posición, en la tabla está cada uno con su norma y el enlace para ver si alcanza a tu producto.

  • Etiquetado
    La procedencia se escribe con una fórmula fija: «vino de …», «producto de …»
    Confirmado · 5/10/2026hay condiciones que cumplir
    La indicación de procedencia de un vino no es libre: se escribe «vino de […]», «producido en […]» o «producto de […]», completado con el nombre del país en cuyo territorio se cosecharon y vinificaron las uvas. Es una obligación de forma, y es distinta de las menciones del Anexo 2-D del acuerdo, que son las que la Unión reconoce de la Argentina.
  • Etiquetado
    Fechas que no te pueden exigir en la etiqueta
    Confirmadoestá a tu favor
    Una Parte no exigirá que ninguna de las fechas que figuran a continuación ni su equivalente figuren en el envase, la etiqueta o el embalaje de los productos vitivinícolas o las bebidas espirituosas: a) la fecha de embalaje; b) la fecha de embotellado; o c) la fecha de producción o fabricación.
  • Etiquetado
    Alérgenos que no están en el producto final
    Confirmadoestá a tu favor
    Los productos vitivinícolas y las bebidas espirituosas no estarán sujetos al etiquetado de alérgenos que se hayan utilizado en la fabricación y elaboración de los productos vitivinícolas y las bebidas espirituosas y que no estén presentes en el producto final. Esto no se aplica al etiquetado del gluten.
  • Etiquetado
    Dibujos e ilustraciones en el envase
    Confirmadoestá a tu favor
    Se permitirá el uso de dibujos, figuras o ilustraciones en el envase, etiqueta o embalaje de productos vitivinícolas o bebidas espirituosas producidos en la otra Parte. Dichos dibujos, figuras o ilustraciones no sustituirán a la información obligatoria del etiquetado ni inducirán a error a los consumidores sobre las características y la composición de los productos vitivinícolas y las bebidas espirituosas.
  • Etiquetado
    Poner la variedad de vid en la etiqueta
    Confirmadohay condiciones que cumplir
    El nombre de una variedad de vid podrá incluirse en las etiquetas de los productos vitivinícolas importados y comercializados en el territorio de una Parte si dichos productos vitivinícolas se producen utilizando esa variedad y si dicha variedad se menciona en al menos una de las listas de las siguientes organizaciones: a) la OIV; b) la Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, o c) el Consejo Internacional sobre Recursos Fitogenéticos. El nombre de una variedad de vid de una Parte que contenga o consista en una denominación de origen protegida o una indicación geográfica protegida de la otra Parte no se utilizará en el etiquetado del vino exportado a la otra Parte. Por lo que se refiere a la lista de indicaciones geográficas que figura en las secciones 1 y 2 del anexo 13-B, las Partes definen en el punto 3 del apéndice 13-B-1 los nombres de las variedades vegetales cuya utilización no se impedirá. Las Partes no podrán impedir la utilización de las variedades de vid a que se refiere el apartado 4 del apéndice 13-B-1.
  • Etiquetado
    Cómo se describe un espumoso
    Confirmadoestá a tu favor
    Por lo que respecta al comercio de productos vitivinícolas entre las Partes, el vino espumoso podrá describirse o presentarse con una indicación del tipo de producto especificado en el Código Internacional de Prácticas Enológicas de la OIV.
  • Etiquetado
    Términos argentinos que la Unión Europea te acepta
    Confirmadohay condiciones que cumplir
    La Unión Europea permitirá el uso de los términos vitivinícolas enumerados en la parte 1 del apéndice 2-D-2 para los productos vitivinícolas de cada Estado del MERCOSUR signatario comercializados en la Unión Europea, de conformidad con la definición de dichos términos vitivinícolas en las disposiciones legislativas y reglamentarias de dicho Estado del MERCOSUR signatario. Términos argentinos del apéndice 2-D-2: «Crianza» — El uso del término está permitido para los productos vitivinícolas amparados por una indicación geográfica. «Dulce Natural» — El uso del término está permitido para los productos vitivinícolas amparados por una indicación geográfica. «Fino» — El uso del término está permitido para los productos vitivinícolas amparados por una indicación geográfica. «Gran Reserva» — El uso del término está permitido para los productos vitivinícolas amparados por una indicación geográfica y que han sido sometidos a un período de envejecimiento en barrica antes del embotellado de al menos 18 (dieciocho) meses en el caso de los vinos tintos y de 12 (doce) meses en el caso de los vinos blancos y rosados. «Reserva» — El uso del término está permitido para los productos vitivinícolas amparados por una indicación geográfica y que han sido sometidos a un período de envejecimiento en barrica antes del embotellado de al menos 12 (doce) meses en el caso de los vinos tintos y de 6 (seis) meses en el caso de los vinos blancos y rosados. «Vino Dulce Natural» — El uso del término está permitido para los productos vitivinícolas amparados por una indicación geográfica. «Vino Generoso» — El uso del término está permitido para los productos vitivinícolas amparados por una indicación geográfica. Sistemas de origen: Denominación de origen controlada (DOC), Indicación geográfica (IG), Indicación de Procedencia (IP).
  • Técnico
    El certificado y el informe de análisis
    Confirmadosin esto la partida no entra
    Los requisitos para la importación de productos vitivinícolas en el territorio de una Parte deberán cumplirse mediante la presentación a las autoridades competentes de la Parte importadora de: a) un certificado expedido por un organismo oficial del país de origen conjuntamente reconocido, y b) si el producto vitivinícola se destina al consumo humano directo, un informe de análisis elaborado por un laboratorio reconocido oficialmente por el país de origen, que incluya la siguiente información: i) grado alcohólico volumétrico total; ii) acidez total, expresada en ácido tartárico; iii) acidez volátil, expresada en ácido acético, y iv) dióxido de azufre total.
  • Condición
    Si ya tenés stock producido con las reglas viejas
    Confirmadoestá a tu favor
    Los productos vitivinícolas y bebidas espirituosas que, en la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo, hayan sido producidos, descritos y presentados de conformidad con las disposiciones legislativas y reglamentarias de cada Parte y con los acuerdos vigentes aplicables entre las Partes, pero que no cumplan las disposiciones de este anexo, podrán comercializarse en las condiciones siguientes: a) por los mayoristas o productores, durante un plazo de 3 (tres) años, y b) por minoristas, hasta que se agoten las existencias.
  • Nombre · IG europea
    Hay 145 denominaciones europeas protegidas en tu clase de producto
    Confirmadohay nombres que no podés usar
    Tu posición cae en la clase Vinos, que el anexo define por código. Esos nombres no los podés usar en la Unión Europea, ni con «tipo», «estilo» ni «imitación». Por ejemplo, Baden, Franken, Mittelrhein, Mosel, Pfalz, Rheingau, entre otros. Buscá el nombre con el que vendés. 14 de esos nombres tienen un régimen transitorio, con plazo.
  • Nombre · IG del Mercosur
    157 denominaciones del Mercosur quedaron protegidas en la Unión Europea
    Confirmadoes una protección a tu favor
    Si tu producto es de una de esas zonas y cumple su pliego, el nombre te protege allá. Ver cuáles son.
Requisitos de la UE para esta posición (7)revisá cuáles alcanzan a tu producto

La Comisión Europea los asigna a toda la posición, así que confirmá en cada uno si alcanza a tu producto.

Fuente: Access2Markets (Comisión Europea) · revisado el 1/9/2026

Nombres protegidos · Fuente: Anexo 13-B del acuerdoReglas técnicas y etiquetado · Fuente: Access2MarketsiTA, Anexo 13-B · denominaciones protegidasAccess2Markets · requisitos de la UE para esta posiciónÁmbar, porque sin estos papeles la partida no entra.El anexo usa además nombres de clase que no define por código, con 73 denominaciones, que están en la página de nombres protegidos.

6 · Habilitaciones y registros

Qué tenés que tener habilitado antes de exportar

Informativo · no aplica, porque no es un producto de origen animal

La lista de países autorizados y la habilitación de establecimientos de la Unión Europea son para productos de origen animal. A tu producto no le aplican.

    Fuente: lista de control veterinario del Reglamento (UE) 2021/632Reg. de Ejecución (UE) 2021/632 · control veterinario en frontera

    7 · Regulaciones UE transversales

    EUDR, CBAM y salvaguardias

    Verde · no alcanza a esta posición

    Son las reglas que frenan un embarque por motivos que no tienen nada que ver con el arancel. Ni la EUDR (deforestación) ni el CBAM (carbono) alcanzan a tu posición, según la lista de códigos del anexo de cada reglamento.

    Verde · no alcanza a esta posición

    EUDR · deforestación

    Prohíbe vender en la Unión Europea productos ligados a la deforestación. Alcanza a siete materias primas (bovinos, cacao, café, palma aceitera, caucho, soja y madera). No alcanza a tu posición, porque no figura en la lista de códigos del anexo I.

    Fuente: Reglamento (UE) 2023/1115, anexo I
    Verde · no alcanza a esta posición

    CBAM · carbono en frontera

    Cobra en la frontera europea el carbono incorporado a ciertos productos intensivos en energía (cemento, electricidad, abonos, hierro y acero, aluminio y algunos químicos). No alcanza a tu posición, porque no figura en la lista de códigos del anexo I.

    Fuente: Reglamento (UE) 2023/956, anexo I
    Gris · sin dato de medidas en vigor

    Salvaguardias

    El capítulo 9 del acuerdo permite a cualquiera de las Partes suspender la preferencia de un producto si el aumento de importaciones causa daño a su industria. Es un mecanismo, no una lista, y no hay nada que aplicar salvo que se haya impuesto una medida concreta. Mirá en TARIC si hay alguna medida en vigor para 2204 29 95.

    Medidas en vigor · Sin dato

    8 · Destino

    Elegí un país de destino

    Informativo · no elegiste país

    El arancel, el cronograma, el cupo y la regla de origen son los mismos en los veintisiete países, así que no hace falta que elijas uno para lo de arriba. Lo que cambia por país es el idioma de la etiqueta, el IVA, el impuesto especial y los trámites locales.

    Impuestos especiales en la UE

    Además del arancel, que es el mismo en los veintisiete, este producto paga un impuesto especial que fija cada país. La tabla muestra el tipo normal de vino tranquilo, que es lo que le toca si tiene más de 1,2 % y hasta 15 % vol y todo su alcohol es de fermentación, o hasta 18 % vol sin enriquecimiento y con todo el alcohol de fermentación. Elegí un destino para ver los tramos, los tipos reducidos y las demás categorías posibles.

    PaísVino tranquilo, tipo normal
    Alemania0 €/hl
    Austria0 €/hl
    Bélgica74,9086 €/hl
    Bulgaria0 €/hl
    Chequia0 CZK/hl
    Chipre0 €/hl
    Croacia0 €/hl
    Dinamarca1.508 DKK/hl (≈ 201,99 €) · 1 tramo más
    Eslovaquia0 €/hl
    Eslovenia0 €/hl
    España0 €/hl
    Estonia179,27 €/hl
    Finlandia504,97 €/hl
    Francia4,19 €/hl
    Grecia0 €/hl
    Hungría0 HUF/hl
    Irlanda424,84 €/hl · 1 tramo más
    Italia0 €/hl
    Letonia148 €/hl · 1 tramo más
    Lituania296 €/hl
    Luxemburgo0 €/hl · 1 tramo más
    Malta20,5 €/hl
    Países Bajos95,69 €/hl
    Polonia233 PLN/hl (≈ 54,72 €)
    Portugal0 €/hl
    Rumanía11 RON/hl (≈ 2,16 €)
    Suecia2.958 SEK/hl (≈ 268,04 €) · 1 tramo más

    Tipos que cada país publica en TEDB, la base de la Comisión Europea, con la situación entre el 1/1/2026 y el 1/7/2026 según el país. Es la información que el país carga; la que vale es la de su ley.

    Elegí uno de los destinos cargados

    9 · Mercado en la UE

    Cuánto importa la UE de este producto

    Informativo · dato de contexto

    La UE importó € 115,5 millones en 2025 desde fuera de la UE; la Argentina aportó el 1,2 % y fue el 7.º proveedor.

    Importaciones extra-UE, 2025
    € 115,5 millones
    1,3 % más que en 2024 (€ 114,0 millones)
    Cantidad, 2025
    106.990 t
    2,5 % menos que en 2024
    Precio medio de importación
    1,08 €/l (1,08 €/kg)
    Argentina: 1,12 €/l (1,12 €/kg)
    Argentina, 2025
    € 1,4 millones
    1,2 % del total · 7.º de 14 proveedores · 25,6 % menos que en 2024

    De dónde compra la UE (2025)

    PuestoPaísValorParticipación€/kg
    1.ºNueva Zelanda€ 32,6 millones28,2 %2,24 €/kg
    2.ºSudáfrica€ 29,3 millones25,4 %0,76 €/kg
    3.ºAustralia€ 20,7 millones17,9 %0,89 €/kg
    4.ºChile€ 15,5 millones13,5 %0,92 €/kg
    5.ºEstados Unidos€ 12,2 millones10,6 %1,50 €/kg
    7.ºArgentina€ 1,4 millones1,2 %1,12 €/kg

    Brasil, Uruguay y Paraguay entran con la misma rebaja (2025)

    PuestoPaísValorParticipaciónCantidad€/kg
    7.ºArgentina€ 1,4 millones1,2 %1.241 t1,12 €/kg
    —BrasilSin ventas———
    —UruguaySin ventas———
    —ParaguaySin ventas———

    Con el acuerdo pagan el mismo arancel que la Argentina, así que compiten por precio y volumen. El puesto es entre todos los proveedores de fuera de la UE.

    Quién importa dentro de la UE (2025)

    PuestoEstado miembroValorParticipación
    1.ºAlemania€ 58,4 millones50,6 %
    2.ºFrancia€ 15,9 millones13,7 %
    3.ºDinamarca€ 12,7 millones11,0 %
    4.ºBélgica€ 9,4 millones8,1 %
    5.ºFinlandia€ 5,1 millones4,4 %

    Es el Estado miembro que declara la importación, que no siempre es donde se consume, porque los puertos de Países Bajos y Bélgica reciben mercadería para toda la Unión.

    Lo que pagan tus competidores

    De los 9 países de la lista, hoy 5 pagan menos que vos. Con los otros 4 el arancel no se compara en una sola cifra. Cuando llegues a 0 el 1 de enero de 2030, ninguno va a pagar menos que vos.

    Ver país por país (9)
    • Argentina, hoy7,92 €/hlCon el acuerdo UE-Mercosur
    • Argentina, al final0 %Llega a 0 el 1 de enero de 2030
    • Nueva Zelanda1.º proveedor de la UE0 %Paga menos que vosPreferencia de la UE para su origenTARIC, medida 142 (preferencia arancelaria), Decisión 0244/24, desde el 1/5/2024
    • Sudáfrica2.º proveedor de la UESegún la subdivisión TARIC, 0 %, 9,9 €/hl, 12,1 €/hl o 15,4 €/hlPreferencia de la UE para su origenPaga 9,9 €/hl en la 2204 29 95 10 (De grado alcohólico adquirido inferior o igual a 13 % vol).Paga 12,1 €/hl en la 2204 29 95 20 (De grado alcohólico adquirido superior a 13 % pero inferior o igual al 15 % vol).Paga 15,4 €/hl en la 2204 29 95 30 (De grado alcohólico adquirido superior a 15 % pero inferior o igual al 18 % vol).Paga 0 % en las otras 2 subdivisiones.Tiene además un cupo (orden 09.1892) en el que paga 0 %.Tiene además un cupo (orden 09.1893) en el que paga 0 %.TARIC, medida 142 (preferencia arancelaria), Decisión 1623/16, desde el 10/10/2016
    • Australia3.º proveedor de la UESegún la subdivisión TARIC, 9,9 €/hl, 12,1 €/hl, 15,4 €/hl, 20,9 €/hl o 1,75 €/% vol/hlSin preferencia, paga el arancel generalPaga 9,9 €/hl en la 2204 29 95 10 (De grado alcohólico adquirido inferior o igual a 13 % vol).Paga 12,1 €/hl en la 2204 29 95 20 (De grado alcohólico adquirido superior a 13 % pero inferior o igual al 15 % vol).Paga 15,4 €/hl en la 2204 29 95 30 (De grado alcohólico adquirido superior a 15 % pero inferior o igual al 18 % vol).Paga 20,9 €/hl en la 2204 29 95 40 (De grado alcohólico adquirido superior a 18 % pero inferior o igual al 22 % vol).Paga 1,75 €/% vol/hl en la otra subdivisión.TARIC, medida 103 (arancel general, NMF), Reglamento 0948/09, desde el 1/1/2010
    • Chile4.º proveedor de la UE0 %Paga menos que vosPreferencia de la UE para su origenTARIC, medida 142 (preferencia arancelaria), Decisión 3016/24, desde el 1/2/2025
    • Estados Unidos5.º proveedor de la UESegún la subdivisión TARIC, 9,9 €/hl, 12,1 €/hl, 15,4 €/hl, 20,9 €/hl o 1,75 €/% vol/hlSin preferencia, paga el arancel generalPaga 9,9 €/hl en la 2204 29 95 10 (De grado alcohólico adquirido inferior o igual a 13 % vol).Paga 12,1 €/hl en la 2204 29 95 20 (De grado alcohólico adquirido superior a 13 % pero inferior o igual al 15 % vol).Paga 15,4 €/hl en la 2204 29 95 30 (De grado alcohólico adquirido superior a 15 % pero inferior o igual al 18 % vol).Paga 20,9 €/hl en la 2204 29 95 40 (De grado alcohólico adquirido superior a 18 % pero inferior o igual al 22 % vol).Paga 1,75 €/% vol/hl en la otra subdivisión.TARIC, medida 103 (arancel general, NMF), Reglamento 0948/09, desde el 1/1/2010
    • México0 €/hlPaga menos que vosPreferencia de la UE para su origenTARIC, medida 142 (preferencia arancelaria), Decisión 0415/00, desde el 1/7/2016
    • Canadá0 %Paga menos que vosPreferencia de la UE para su origenTARIC, medida 142 (preferencia arancelaria), Decisión 0037/17, desde el 21/9/2017
    • Vietnam0 %Paga menos que vosPreferencia de la UE para su origenTARIC, medida 142 (preferencia arancelaria), Decisión 0753/20, desde el 1/8/2020
    • ChinaSegún la subdivisión TARIC, 9,9 €/hl, 12,1 €/hl, 15,4 €/hl, 20,9 €/hl o 1,75 €/% vol/hlSin preferencia, paga el arancel generalPaga 9,9 €/hl en la 2204 29 95 10 (De grado alcohólico adquirido inferior o igual a 13 % vol).Paga 12,1 €/hl en la 2204 29 95 20 (De grado alcohólico adquirido superior a 13 % pero inferior o igual al 15 % vol).Paga 15,4 €/hl en la 2204 29 95 30 (De grado alcohólico adquirido superior a 15 % pero inferior o igual al 18 % vol).Paga 20,9 €/hl en la 2204 29 95 40 (De grado alcohólico adquirido superior a 18 % pero inferior o igual al 22 % vol).Paga 1,75 €/% vol/hl en la otra subdivisión.TARIC, medida 103 (arancel general, NMF), Reglamento 0948/09, desde el 1/1/2010

    Las 5 subdivisiones TARIC de esta línea

    • 2204 29 95 10 De grado alcohólico adquirido inferior o igual a 13 % vol
    • 2204 29 95 20 De grado alcohólico adquirido superior a 13 % pero inferior o igual al 15 % vol
    • 2204 29 95 30 De grado alcohólico adquirido superior a 15 % pero inferior o igual al 18 % vol
    • 2204 29 95 40 De grado alcohólico adquirido superior a 18 % pero inferior o igual al 22 % vol
    • 2204 29 95 90 De grado alcohólico adquirido superior a 22 % vol

    Los países son los cinco mayores proveedores de la UE fuera de la Unión en esta línea (Eurostat, Comext) y una lista fija de referencia, con acuerdo con la UE (Chile, México, Canadá, Sudáfrica, Nueva Zelanda y Vietnam) y sin acuerdo (Estados Unidos y China). Brasil, Paraguay y Uruguay entran con el mismo acuerdo que vos.

    Cada cifra es la medida de TARIC vigente hoy para ese origen, en la edición del 1/10/2026. Para despachar, el importador confirma en TARIC con la fecha y el código de diez dígitos.

    TARIC, Comisión Europea, edición del 1/10/2026 (CIRCABC)

    10 · Qué hacer, en orden

    Los pasos, en orden

    Son 4 pasos, en el orden en que se hacen. Cada uno sale de un bloque de esta ficha.

    1. 1
      Confirmá la posición arancelaria con tu despachante
      Toda esta ficha cuelga de que la posición sea 2204 29 95. Si la posición cambia, cambian el arancel, el cupo, la regla de origen y los requisitos. Es el único paso que no podés saltear.
      Tu despachante de aduana
    2. 2
      Registrate como exportador ante ARCA
      Del lado argentino, la exportación se oficializa ante la aduana, y para eso hay que estar inscripto en el registro de exportadores. Si todavía no lo estás, ese trámite va antes que el primer embarque.
    3. 3
      Verificá que tu producto sea originario, y preparate para probarlo
      La regla de 22.04 – 22.05 pide que se cumplan a la vez todas las condiciones que enumera, no una sola. Sin la prueba de origen no hay preferencia, y se paga el arancel general aunque el producto califique. Se prueba con una declaración de origen del exportador (Anexo 3-C). Al principio rige además el certificado de origen transitorio del Anexo 3-D (notificación 2026/875).
      Lo declara el exportador. La entidad certificante interviene si hace falta el certificado transitorio del Anexo 3-D.
    4. 4
      Revisá las reglas técnicas y el etiquetado del producto
      Composición, aditivos, contaminantes, envase y etiqueta. Los requisitos de producto que la Unión le asigna a tu posición están en el bloque 5; el detalle por país de destino, en el buscador de la Comisión. Verlo en Access2Markets
      Comisión Europea · Access2Markets

    Fuentes y estado por bloque

    BloqueFuente principalEstado
    1 ClasificaciónCatálogos NC 2026 y NCM vigenteConfirmado
    2 AranceliTA, Apéndice 2-A-1 · Reg. (UE) 2025/1926Revisá
    3 CupoiTA, Sección BConfirmado
    4 OrigeniTA, Anexo 3-BRevisá
    5 RequisitosAccess2Markets · Reg. 2021/632 · Reg. 2019/2072Revisá
    6 HabilitacionesReg. 2021/632Confirmado
    7 TransversalesReg. 2023/1115 · Reg. 2023/956 · TARICConfirmado
    8 DestinoElegí un país de destinoRevisá
    9 Mercado en la UEEurostat, Comext, 2025Confirmado

    Datos consultados el 30/10/2026. El próximo cambio previsto es el 1 de enero de 2027, cuando cambia la etapa del cronograma y abre el nuevo período del cupo. «Confirmado» quiere decir que sale de la fuente oficial citada; «Revisá», que depende de tu caso, y «Sin dato», que el enlace del bloque lleva a dónde averiguarlo.

    Fuente: Acuerdo Interino de Comercio UE-Mercosur (iTA), en aplicación provisional desde el 1/5/2026.

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