0 · Veredicto
Ámbar · hay papeles sin los cuales la partida no entraTu producto entra a la Unión Europea sin arancel.
Acción recomendada: asegurate de poder probar el origen, porque sin esa prueba la preferencia no se aplica y pagás el arancel general.
Vino de uvas frescas › Penedès (NC 2204 21 34) entra hoy a la Unión Europea sin arancel con el Acuerdo UE-Mercosur. No tiene cupo, vale para cualquier cantidad. Dato al 30/10/2026, según el Acuerdo Interino de Comercio UE-Mercosur y la Nomenclatura Combinada 2026.
1 · Clasificación
Tu producto en las tres nomenclaturas
La ficha está armada sobre la línea europea 2204 21 34, que es la que declara el importador en la Unión Europea. En Argentina le corresponde la NCM 2204.21.00. Confirmala con tu despachante de aduana.
| Nomenclatura | Código | Versión | Descripción oficial |
|---|---|---|---|
| NCM (Argentina) | 2204.21.00 | NCM vigente 2026 | En recipientes con capacidad inferior o igual a 2 l |
| NC (Unión Europea) | 2204 21 34 | NC 2026 (anexo en NC 2013: 2204 21 34) | Los demás vinos; mosto de uva en el que la fermentación se ha impedido o cortado añadiendo alcohol: en recipientes con capacidad inferior o igual a 2 l: los demás: originarios de la Unión Europea: de grado alcohólico adquirido inferior o igual al 15 % vol: vinos con denominación de origen protegida (DOP): vino blanco: penedès |
| HS (mundial) | 2204.21 | Sistema Armonizado | Vino de uvas frescas, incluso encabezado; mosto de uva, excepto el de la partida 2009 |
2 · Arancel y cronograma
Cuánto pagás hoy y cuándo llega a cero
Hoy pagás 0 €/hl. Sin acuerdo pagarías 13,1 €/hl hasta 13 % vol; 15,4 €/hl de más de 13 % a 15 % vol. Está en 0 desde el inicio del acuerdo (1/5/2026). Del lado argentino, el derecho de exportación hoy es 0 % (Decreto 462/2023).
Si en vez de exportar, importás esto de Europa
El acuerdo también baja lo que vos pagás al comprar. El resto de la ficha dice lo que paga tu producto al entrar a Europa. El Apéndice 2-A-2 dice lo contrario, lo que la Argentina le cobra a la mercadería europea que entra, y lo va bajando con el mismo calendario. Si comprás este producto en Europa, esto es lo que te toca.
Ficha de importación, ordenada para quien compra en Europa
| Línea del anexo (NCM 2012) | Arancel base | Categoría | Llega a 0 |
|---|---|---|---|
| 2204.21.00 Los demás vinos, mostos de uva, fermentados, con alcohol, con capacidad inferior o igual a 2 l Hoy se declara 2204.21.00 · Mismo código, sin cambios y la NCM vigente dice En recipientes con capacidad inferior o igual a 2 l El anexo fija un tipo por país y en esta línea no coinciden: Argentina 20, Brasil 27, Paraguay 19, Uruguay 20. Acá se carga el de la Argentina. | 20 % | 8 | 1 de enero de 2034 |
Cómo se llegó a esta línea. El anexo escribe su lista en la NCM 2012 y vos declarás en la vigente. Esta posición no cambió entre las dos ediciones (las tablas oficiales de correlación no la nombran). Todo esto es solo el arancel. Si tu compra entra dentro de un cupo, además hace falta una licencia de importación (está abajo, en el bloque de habilitaciones). Lo que piden los demás organismos para dejarla entrar está acá debajo, como lo publica la VUCE. Cuáles te tocan depende de la apertura SIM que declares, y esa la define tu despachante.
Qué organismos intervienen al importarlo
El arancel es del acuerdo, lo demás lo pide cada organismo. La VUCE le asigna a esta posición 4 intervenciones de otros organismos al importar. Cada una va con el texto con que la describe el organismo, sin resumir, y con las condiciones en que aplica. Varias solo corresponden en ciertos casos (si la mercadería viene en embalaje de madera, si es usada, si es para consumo), y eso lo dice cada una.
Para importar y vender acá
- INVImportación de vinos y mostosDestinación: Definitiva · Mercadería: NuevaToda Persona Física o Jurídica que pretenda importar alguno de los productos vitivinícolas definidos en la Ley N° 14.878 y sus normas complementarias, debe inscribirse como Importador ante el I.N.V.Cuándo aplica: Deberán ingresar acompañados de un certificado analítico expedido por autoridad competente del país de origen, donde constarán únicamente las determinaciones analíticas indicadas en el Artículo 3 de la Resolución INV 20/2025.
Lo que dice el organismo
Obligatoria - SENASAEmbalajes de Madera de Importación*Destinación: Definitiva/Suspensiva · Mercadería: NuevaSi lo traés de la Unión Europea: Es igual para cualquier origen: alcanza a todo embalaje de madera que entra al país. Fuente: Res. SENASA 614/2015.Todos los embalajes de madera de mercaderías que ingresen al territorio argentino debe estar descortezado, libre de insectos y/o signos de actividad biológica, tratado y certificado en concordancia con lo estipulado en la Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias (NIMF N° 15) de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria.Cuándo aplica: La mercadería es acondicionada con embalajes de madera o madera de acomodación.
Lo que dice el organismo
Obligatoria
Optativas (herramientas, no requisitos)
- INVImportación de Pequeños Volúmenes de VinoDestinación: Definitiva · Mercadería: Nueva · Origen: ArgentinaToda Persona Física o Jurídica que pretenda importar alguno de los productos vitivinícolas definidos en la Ley N° 14.878 y sus normas complementarias, debe inscribirse como Importador ante el I.N.V.Cuándo aplica: En los casos de pequeños volúmenes contemplados por la Resolución 28/2017 se exceptúa de la extracción de muestras para control de importación:
Lo que dice el organismo
Optativa - Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana EmpresaSolicitud Resolución Anticipada de OrigenDestinación: Definitiva · Mercadería: Nueva/UsadaCuándo aplica: El origen de las mercaderías determina, principalmente, el tratamiento arancelario aplicable a su importación. La Resolución Anticipada de Origen (RAO) permite al importador conocer, antes de llevar adelante sus respectivas importaciones, qué origen va a considerar el Estado Argentino a los fines de aplicar el tratamiento arancelario.
Lo que dice el organismo
Optativa
Fuente: VUCE, identificador de posiciones arancelarias, consultada el 6/10/2026. Los organismos cambian sus intervenciones seguido, por eso cada una enlaza la página de la VUCE de donde sale, para mirarla el día que importes.
Tabla año a año y cómo se calcula
| Desde | Etapa | Ad valorem | Específico (€) | Se aplica |
|---|---|---|---|---|
| 1/5/2026 | 1 de 1 (año 0) | — | 0 | Libre de derechos |
Cómo se calcula. Esta línea quedó libre de derechos desde el primer día del acuerdo. Ya está en cero.
Sin calculadora. Para comparar hace falta el arancel general a diez dígitos, que está en TARIC.
Reintegro adicional. Los productos orgánicos certificados, los que tienen el sello «Alimentos Argentinos una elección natural» y los que tienen denominación de origen o indicación geográfica registrada suman un 0,5 % adicional (Decreto 1341/2016, arts. 3 a 5, que el art. 11 del Decreto 557/2023 mantiene). No se acumulan: aunque el producto cumpla más de una condición, el adicional es 0,5 % (Resolución 90-E/2017, art. 9), y cada condición se acredita con un certificado por operación (arts. 1 y 2).
Del lado argentino. El derecho de exportación de hoy lo fija el Decreto 462/2023, art. 1 y Anexo (IF-2023-102215997-APN-SSABDR#MEC), y es la alícuota que aplica la VUCE (consulta del 17/10/2026).
La unidad estadística. En el SIM, la unidad estadística de esta posición es el litro. Lo dice el Arancel Integrado de ARCA.
3 · Cupo y cómo acceder
Esta posición no tiene cupo
El acuerdo no abre un cupo para esta posición. Quiere decir que la preferencia se aplica a todo lo que exportes, sin límite de volumen ni trámite de cupo.
Dónde verificarlo
- La Sección B del Anexo 2-A lista los 23 cupos que la Unión Europea abre para el Mercosur. Ninguno cubre esta posición.
| Período | Volumen | Estado |
|---|
Si creés que tu producto entra en alguno, escribinos y lo revisamos.
4 · Origen
Si tu producto califica como originario
Para tener la rebaja del acuerdo, el producto tiene que ser originario. La regla que le toca es la de 22.04 – 22.05, y pide que se cumplan a la vez todas las condiciones que enumera, no una sola. Respondé las preguntas para ver si calificás.
Cuestionario de insumos
Aparecen solo las preguntas que tu caso necesita. El resultado aplica la regla del Anexo 3-B de esta posición.
Revisá tus insumos uno por uno en el asistente de origen, con su código y lo que pesan en el precio.
La regla textual, la tolerancia y cómo se prueba
La regla, textual: «CP, salvo a partir de materiales no originarios de las partidas 22.07 y 22.08, siempre que: todas las uvas utilizadas sean totalmente obtenidas; y todos los materiales derivados de las uvas utilizados sean originarios.»
Tolerancia. El artículo 3.5 tolera insumos que no cumplan la regla hasta el 10 % del precio de salida de fábrica.
Acumulación. Los materiales originarios de la otra Parte cuentan como propios (acumulación bilateral, capítulo 3 del iTA).
Cómo se prueba. Se prueba con una declaración de origen del exportador (Anexo 3-C). Al principio rige además el certificado de origen transitorio del Anexo 3-D (notificación 2026/875).
Edición. El Anexo 3-B está escrito en el Sistema Armonizado de 2017 y la ficha usa la edición vigente. A cuatro y seis dígitos coinciden casi siempre. Si tu producto cambió de partida entre una edición y otra, confirmá la regla con tu despachante.
Por ahora el certificado de origen sigue valiendo. Hasta el 1/5/2029 la Unión Europea acepta también el certificado de origen de siempre, además de la declaración que hacés vos. En palabras del acuerdo, «Durante un período no superior a 3 (tres) años a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo, la Unión Europea aceptará también como declaración de origen un «certificado de origen» que indique que los productos importados en la Unión Europea cumplen los requisitos de origen establecidos en el presente Acuerdo.» (iTA, Anexo 3-D, apartado 1). El plazo se puede prorrogar 2 años más si el Mercosur lo pide.
5 · Requisitos sanitarios, técnicos y de etiquetado
Qué tiene que cumplir el producto para entrar
Tu posición no está en la lista de control veterinario en frontera del Reglamento 2021/632. Tampoco está en el anexo XI del reglamento fitosanitario, que es el que exige el certificado para vegetales. La normativa europea le fija a tu producto una regla propia de etiquetado, además de lo que rige para todo alimento. Está abajo, con la norma y el artículo. El acuerdo agrega 8 reglas más, y varias de ellas son protecciones a tu favor, cosas que la Unión se comprometió a no exigirte. Una de esas reglas es un papel sin el cual la partida no entra. En tu clase de producto hay 145 denominaciones europeas protegidas, nombres que no podés usar en la Unión Europea. El portal de la Comisión (Access2Markets) le asigna a esta posición 6 requisitos de producto de la Unión (normas técnicas, de etiquetado o de comercialización). Como los asigna a toda la posición, en la tabla está cada uno con su norma y el enlace para ver si alcanza a tu producto.
- EtiquetadoLa procedencia se escribe con una fórmula fija: «vino de …», «producto de …»Confirmado · 5/10/2026hay condiciones que cumplirLa indicación de procedencia de un vino no es libre: se escribe «vino de […]», «producido en […]» o «producto de […]», completado con el nombre del país en cuyo territorio se cosecharon y vinificaron las uvas. Es una obligación de forma, y es distinta de las menciones del Anexo 2-D del acuerdo, que son las que la Unión reconoce de la Argentina.
- EtiquetadoFechas que no te pueden exigir en la etiquetaConfirmadoestá a tu favorUna Parte no exigirá que ninguna de las fechas que figuran a continuación ni su equivalente figuren en el envase, la etiqueta o el embalaje de los productos vitivinícolas o las bebidas espirituosas: a) la fecha de embalaje; b) la fecha de embotellado; o c) la fecha de producción o fabricación.
- EtiquetadoAlérgenos que no están en el producto finalConfirmadoestá a tu favorLos productos vitivinícolas y las bebidas espirituosas no estarán sujetos al etiquetado de alérgenos que se hayan utilizado en la fabricación y elaboración de los productos vitivinícolas y las bebidas espirituosas y que no estén presentes en el producto final. Esto no se aplica al etiquetado del gluten.
- EtiquetadoDibujos e ilustraciones en el envaseConfirmadoestá a tu favorSe permitirá el uso de dibujos, figuras o ilustraciones en el envase, etiqueta o embalaje de productos vitivinícolas o bebidas espirituosas producidos en la otra Parte. Dichos dibujos, figuras o ilustraciones no sustituirán a la información obligatoria del etiquetado ni inducirán a error a los consumidores sobre las características y la composición de los productos vitivinícolas y las bebidas espirituosas.
- EtiquetadoPoner la variedad de vid en la etiquetaConfirmadohay condiciones que cumplirEl nombre de una variedad de vid podrá incluirse en las etiquetas de los productos vitivinícolas importados y comercializados en el territorio de una Parte si dichos productos vitivinícolas se producen utilizando esa variedad y si dicha variedad se menciona en al menos una de las listas de las siguientes organizaciones: a) la OIV; b) la Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, o c) el Consejo Internacional sobre Recursos Fitogenéticos. El nombre de una variedad de vid de una Parte que contenga o consista en una denominación de origen protegida o una indicación geográfica protegida de la otra Parte no se utilizará en el etiquetado del vino exportado a la otra Parte. Por lo que se refiere a la lista de indicaciones geográficas que figura en las secciones 1 y 2 del anexo 13-B, las Partes definen en el punto 3 del apéndice 13-B-1 los nombres de las variedades vegetales cuya utilización no se impedirá. Las Partes no podrán impedir la utilización de las variedades de vid a que se refiere el apartado 4 del apéndice 13-B-1.
- EtiquetadoCómo se describe un espumosoConfirmadoestá a tu favorPor lo que respecta al comercio de productos vitivinícolas entre las Partes, el vino espumoso podrá describirse o presentarse con una indicación del tipo de producto especificado en el Código Internacional de Prácticas Enológicas de la OIV.
- EtiquetadoTérminos argentinos que la Unión Europea te aceptaConfirmadohay condiciones que cumplirLa Unión Europea permitirá el uso de los términos vitivinícolas enumerados en la parte 1 del apéndice 2-D-2 para los productos vitivinícolas de cada Estado del MERCOSUR signatario comercializados en la Unión Europea, de conformidad con la definición de dichos términos vitivinícolas en las disposiciones legislativas y reglamentarias de dicho Estado del MERCOSUR signatario. Términos argentinos del apéndice 2-D-2: «Crianza» — El uso del término está permitido para los productos vitivinícolas amparados por una indicación geográfica. «Dulce Natural» — El uso del término está permitido para los productos vitivinícolas amparados por una indicación geográfica. «Fino» — El uso del término está permitido para los productos vitivinícolas amparados por una indicación geográfica. «Gran Reserva» — El uso del término está permitido para los productos vitivinícolas amparados por una indicación geográfica y que han sido sometidos a un período de envejecimiento en barrica antes del embotellado de al menos 18 (dieciocho) meses en el caso de los vinos tintos y de 12 (doce) meses en el caso de los vinos blancos y rosados. «Reserva» — El uso del término está permitido para los productos vitivinícolas amparados por una indicación geográfica y que han sido sometidos a un período de envejecimiento en barrica antes del embotellado de al menos 12 (doce) meses en el caso de los vinos tintos y de 6 (seis) meses en el caso de los vinos blancos y rosados. «Vino Dulce Natural» — El uso del término está permitido para los productos vitivinícolas amparados por una indicación geográfica. «Vino Generoso» — El uso del término está permitido para los productos vitivinícolas amparados por una indicación geográfica. Sistemas de origen: Denominación de origen controlada (DOC), Indicación geográfica (IG), Indicación de Procedencia (IP).
- TécnicoEl certificado y el informe de análisisConfirmadosin esto la partida no entraLos requisitos para la importación de productos vitivinícolas en el territorio de una Parte deberán cumplirse mediante la presentación a las autoridades competentes de la Parte importadora de: a) un certificado expedido por un organismo oficial del país de origen conjuntamente reconocido, y b) si el producto vitivinícola se destina al consumo humano directo, un informe de análisis elaborado por un laboratorio reconocido oficialmente por el país de origen, que incluya la siguiente información: i) grado alcohólico volumétrico total; ii) acidez total, expresada en ácido tartárico; iii) acidez volátil, expresada en ácido acético, y iv) dióxido de azufre total.
- CondiciónSi ya tenés stock producido con las reglas viejasConfirmadoestá a tu favorLos productos vitivinícolas y bebidas espirituosas que, en la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo, hayan sido producidos, descritos y presentados de conformidad con las disposiciones legislativas y reglamentarias de cada Parte y con los acuerdos vigentes aplicables entre las Partes, pero que no cumplan las disposiciones de este anexo, podrán comercializarse en las condiciones siguientes: a) por los mayoristas o productores, durante un plazo de 3 (tres) años, y b) por minoristas, hasta que se agoten las existencias.
- Nombre · IG europeaHay 145 denominaciones europeas protegidas en tu clase de productoConfirmadohay nombres que no podés usarTu posición cae en la clase Vinos, que el anexo define por código. Esos nombres no los podés usar en la Unión Europea, ni con «tipo», «estilo» ni «imitación». Por ejemplo, Baden, Franken, Mittelrhein, Mosel, Pfalz, Rheingau, entre otros. Buscá el nombre con el que vendés. 14 de esos nombres tienen un régimen transitorio, con plazo.
- Nombre · IG del Mercosur157 denominaciones del Mercosur quedaron protegidas en la Unión EuropeaConfirmadoes una protección a tu favorSi tu producto es de una de esas zonas y cumple su pliego, el nombre te protege allá. Ver cuáles son.
Requisitos de la UE para esta posición (7)revisá cuáles alcanzan a tu producto
La Comisión Europea los asigna a toda la posición, así que confirmá en cada uno si alcanza a tu producto.
- UE · sanitarioControl de contaminantes en los alimentosEl Reglamento 2017/625, el Reglamento 315/1993, el Reglamento 2023/915 y 3 normas más
- UE · sanitarioControl de alimentos modificados genéticamente y de nuevos alimentos
- UE · sanitarioControl sanitario de alimentos de origen no animalEl Reglamento 2017/625, el Reglamento 852/2004, el Reglamento 2073/2005 y 7 normas más
- UE · etiquetadoPresentación y etiquetado del vino y de algunos productos vitivinícolasEl Reglamento 2019/33, la Directiva 2007/45, la Directiva 2011/91 y 8 normas más
- UE · sanitarioTrazabilidad, conformidad y responsabilidad en alimentos y piensosEl Reglamento 178/2002
- UE · requisito específicoCertificado y boletín de análisis del vino, el jugo y el mosto de uvaEl Reglamento 2019/934, el Reglamento 2018/273, el Reglamento 1308/2013
- Solo si correspondeProducción orgánica (voluntario)El Reglamento 2018/848, el Reglamento 834/2007, el Reglamento 2021/2325 y 4 normas más
Fuente: Access2Markets (Comisión Europea) · revisado el 1/9/2026
6 · Habilitaciones y registros
Qué tenés que tener habilitado antes de exportar
La lista de países autorizados y la habilitación de establecimientos de la Unión Europea son para productos de origen animal. A tu producto no le aplican.
7 · Regulaciones UE transversales
EUDR, CBAM y salvaguardias
Son las reglas que frenan un embarque por motivos que no tienen nada que ver con el arancel. Ni la EUDR (deforestación) ni el CBAM (carbono) alcanzan a tu posición, según la lista de códigos del anexo de cada reglamento.
EUDR · deforestación
Prohíbe vender en la Unión Europea productos ligados a la deforestación. Alcanza a siete materias primas (bovinos, cacao, café, palma aceitera, caucho, soja y madera). No alcanza a tu posición, porque no figura en la lista de códigos del anexo I.
Fuente: Reglamento (UE) 2023/1115, anexo ICBAM · carbono en frontera
Cobra en la frontera europea el carbono incorporado a ciertos productos intensivos en energía (cemento, electricidad, abonos, hierro y acero, aluminio y algunos químicos). No alcanza a tu posición, porque no figura en la lista de códigos del anexo I.
Fuente: Reglamento (UE) 2023/956, anexo ISalvaguardias
El capítulo 9 del acuerdo permite a cualquiera de las Partes suspender la preferencia de un producto si el aumento de importaciones causa daño a su industria. Es un mecanismo, no una lista, y no hay nada que aplicar salvo que se haya impuesto una medida concreta. Mirá en TARIC si hay alguna medida en vigor para 2204 21 34.
Medidas en vigor · Sin dato8 · Destino
Elegí un país de destino
El arancel, el cronograma, el cupo y la regla de origen son los mismos en los veintisiete países, así que no hace falta que elijas uno para lo de arriba. Lo que cambia por país es el idioma de la etiqueta, el IVA, el impuesto especial y los trámites locales.
Impuestos especiales en la UE
Además del arancel, que es el mismo en los veintisiete, este producto paga un impuesto especial que fija cada país. La tabla muestra el tipo normal de vino tranquilo, que es lo que le toca si tiene más de 1,2 % y hasta 15 % vol y todo su alcohol es de fermentación, o hasta 18 % vol sin enriquecimiento y con todo el alcohol de fermentación. Elegí un destino para ver los tramos, los tipos reducidos y las demás categorías posibles.
| País | Vino tranquilo, tipo normal |
|---|---|
| Alemania | 0 €/hl |
| Austria | 0 €/hl |
| Bélgica | 74,9086 €/hl |
| Bulgaria | 0 €/hl |
| Chequia | 0 CZK/hl |
| Chipre | 0 €/hl |
| Croacia | 0 €/hl |
| Dinamarca | 1.508 DKK/hl (≈ 201,99 €) · 1 tramo más |
| Eslovaquia | 0 €/hl |
| Eslovenia | 0 €/hl |
| España | 0 €/hl |
| Estonia | 179,27 €/hl |
| Finlandia | 504,97 €/hl |
| Francia | 4,19 €/hl |
| Grecia | 0 €/hl |
| Hungría | 0 HUF/hl |
| Irlanda | 424,84 €/hl · 1 tramo más |
| Italia | 0 €/hl |
| Letonia | 148 €/hl · 1 tramo más |
| Lituania | 296 €/hl |
| Luxemburgo | 0 €/hl · 1 tramo más |
| Malta | 20,5 €/hl |
| Países Bajos | 95,69 €/hl |
| Polonia | 233 PLN/hl (≈ 54,72 €) |
| Portugal | 0 €/hl |
| Rumanía | 11 RON/hl (≈ 2,16 €) |
| Suecia | 2.958 SEK/hl (≈ 268,04 €) · 1 tramo más |
Tipos que cada país publica en TEDB, la base de la Comisión Europea, con la situación entre el 1/1/2026 y el 1/7/2026 según el país. Es la información que el país carga; la que vale es la de su ley.
Elegí uno de los destinos cargados
9 · Mercado en la UE
Cuánto importa la UE de este producto
La UE importó € 3.272 en 2025 desde fuera de la UE; la Argentina no figura entre los proveedores.
De dónde compra la UE (2025)
| Puesto | País | Valor | Participación | €/kg |
|---|---|---|---|---|
| 1.º | Reino Unido | € 2.902 | 88,7 % | — |
| 2.º | Estados Unidos | € 223 | 6,8 % | — |
| 3.º | Suiza | € 90 | 2,8 % | — |
| 4.º | Colombia | € 57 | 1,7 % | — |
Brasil, Uruguay y Paraguay entran con la misma rebaja (2025)
| Puesto | País | Valor | Participación | Cantidad | €/kg |
|---|---|---|---|---|---|
| — | Argentina | Sin ventas | — | — | — |
| — | Brasil | Sin ventas | — | — | — |
| — | Uruguay | Sin ventas | — | — | — |
| — | Paraguay | Sin ventas | — | — | — |
Con el acuerdo pagan el mismo arancel que la Argentina, así que compiten por precio y volumen. El puesto es entre todos los proveedores de fuera de la UE.
Quién importa dentro de la UE (2025)
| Puesto | Estado miembro | Valor | Participación |
|---|---|---|---|
| 1.º | Irlanda | € 2.083 | 63,7 % |
| 2.º | España | € 876 | 26,8 % |
| 3.º | Francia | € 223 | 6,8 % |
| 4.º | Alemania | € 90 | 2,8 % |
Es el Estado miembro que declara la importación, que no siempre es donde se consume, porque los puertos de Países Bajos y Bélgica reciben mercadería para toda la Unión.
Parte de lo que se importa de fuera de la UE se declara confidencial y Eurostat no lo asigna a ninguna posición: € 260 en la subpartida 2204 21 (2025). Las cifras de esta posición pueden quedar por debajo del total real.
Lo que pagan tus competidores
De los 11 países de la lista, hoy 4 pagan lo mismo. Con los otros 7 el arancel no se compara en una sola cifra.
Ver país por país (11)
- Argentina, hoy0 €/hlCon el acuerdo UE-Mercosur
- Reino Unido1.º proveedor de la UE0 %Paga lo mismo que vosPreferencia de la UE para su origenTARIC, medida 142 (preferencia arancelaria), Decisión 2253/20, desde el 1/1/2021
- Estados Unidos2.º proveedor de la UESegún la subdivisión TARIC, 13,1 €/hl o 15,4 €/hlSin preferencia, paga el arancel generalPaga 13,1 €/hl en la 2204 21 34 10 (De grado alcohólico adquirido inferior o igual a 13 % vol).Paga 15,4 €/hl en la otra subdivisión.TARIC, medida 103 (arancel general, NMF), Reglamento 0948/09, desde el 1/1/2010
- Suiza3.º proveedor de la UESegún la subdivisión TARIC, 13,1 €/hl o 15,4 €/hlSin preferencia, paga el arancel generalPaga 13,1 €/hl en la 2204 21 34 10 (De grado alcohólico adquirido inferior o igual a 13 % vol).Paga 15,4 €/hl en la otra subdivisión.TARIC, medida 103 (arancel general, NMF), Reglamento 0948/09, desde el 1/1/2010
- Colombia4.º proveedor de la UESegún la subdivisión TARIC, 13,1 €/hl o 15,4 €/hlSin preferencia, paga el arancel generalPaga 13,1 €/hl en la 2204 21 34 10 (De grado alcohólico adquirido inferior o igual a 13 % vol).Paga 15,4 €/hl en la otra subdivisión.TARIC, medida 103 (arancel general, NMF), Reglamento 0948/09, desde el 1/1/2010
- Chile0 %Paga lo mismo que vosPreferencia de la UE para su origenTARIC, medida 142 (preferencia arancelaria), Decisión 3016/24, desde el 1/2/2025
- MéxicoSegún la subdivisión TARIC, 13,1 €/hl o 15,4 €/hlSin preferencia, paga el arancel generalPaga 13,1 €/hl en la 2204 21 34 10 (De grado alcohólico adquirido inferior o igual a 13 % vol).Paga 15,4 €/hl en la otra subdivisión.TARIC, medida 103 (arancel general, NMF), Reglamento 0948/09, desde el 1/1/2010
- CanadáSegún la subdivisión TARIC, 13,1 €/hl o 15,4 €/hlSin preferencia, paga el arancel generalPaga 13,1 €/hl en la 2204 21 34 10 (De grado alcohólico adquirido inferior o igual a 13 % vol).Paga 15,4 €/hl en la otra subdivisión.TARIC, medida 103 (arancel general, NMF), Reglamento 0948/09, desde el 1/1/2010
- SudáfricaSegún la subdivisión TARIC, 13,1 €/hl o 15,4 €/hlSin preferencia, paga el arancel generalPaga 13,1 €/hl en la 2204 21 34 10 (De grado alcohólico adquirido inferior o igual a 13 % vol).Paga 15,4 €/hl en la otra subdivisión.TARIC, medida 103 (arancel general, NMF), Reglamento 0948/09, desde el 1/1/2010
- Nueva Zelanda0 %Paga lo mismo que vosPreferencia de la UE para su origenTARIC, medida 142 (preferencia arancelaria), Decisión 0244/24, desde el 1/5/2024
- Vietnam0 %Paga lo mismo que vosPreferencia de la UE para su origenTARIC, medida 142 (preferencia arancelaria), Decisión 0753/20, desde el 1/8/2020
- ChinaSegún la subdivisión TARIC, 13,1 €/hl o 15,4 €/hlSin preferencia, paga el arancel generalPaga 13,1 €/hl en la 2204 21 34 10 (De grado alcohólico adquirido inferior o igual a 13 % vol).Paga 15,4 €/hl en la otra subdivisión.TARIC, medida 103 (arancel general, NMF), Reglamento 0948/09, desde el 1/1/2010
Las 2 subdivisiones TARIC de esta línea
- 2204 21 34 10 De grado alcohólico adquirido inferior o igual a 13 % vol
- 2204 21 34 90 De grado alcohólico adquirido superior a 13 % pero inferior o igual al 15 % vol
Los países son los cinco mayores proveedores de la UE fuera de la Unión en esta línea (Eurostat, Comext) y una lista fija de referencia, con acuerdo con la UE (Chile, México, Canadá, Sudáfrica, Nueva Zelanda y Vietnam) y sin acuerdo (Estados Unidos y China). Brasil, Paraguay y Uruguay entran con el mismo acuerdo que vos.
Cada cifra es la medida de TARIC vigente hoy para ese origen, en la edición del 1/10/2026. Para despachar, el importador confirma en TARIC con la fecha y el código de diez dígitos.
10 · Qué hacer, en orden
Los pasos, en orden
Son 4 pasos, en el orden en que se hacen. Cada uno sale de un bloque de esta ficha.
- 1Confirmá la posición arancelaria con tu despachanteToda esta ficha cuelga de que la posición sea 2204 21 34. Si la posición cambia, cambian el arancel, el cupo, la regla de origen y los requisitos. Es el único paso que no podés saltear.Tu despachante de aduana
- 2Registrate como exportador ante ARCADel lado argentino, la exportación se oficializa ante la aduana, y para eso hay que estar inscripto en el registro de exportadores. Si todavía no lo estás, ese trámite va antes que el primer embarque.
- 3Verificá que tu producto sea originario, y preparate para probarloLa regla de 22.04 – 22.05 pide que se cumplan a la vez todas las condiciones que enumera, no una sola. Sin la prueba de origen no hay preferencia, y se paga el arancel general aunque el producto califique. Se prueba con una declaración de origen del exportador (Anexo 3-C). Al principio rige además el certificado de origen transitorio del Anexo 3-D (notificación 2026/875).Lo declara el exportador. La entidad certificante interviene si hace falta el certificado transitorio del Anexo 3-D.
- 4Revisá las reglas técnicas y el etiquetado del productoComposición, aditivos, contaminantes, envase y etiqueta. Los requisitos de producto que la Unión le asigna a tu posición están en el bloque 5; el detalle por país de destino, en el buscador de la Comisión. Verlo en Access2MarketsComisión Europea · Access2Markets