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Con manteca de cacao ≥ 31 % en peso, o con un contenido total de manteca de cacao y materias grasas de la leche ≥ 31 % en peso

Código NC1806 20 10

Flujo
Exportación Argentina → Unión Europea
Destino
Toda la Unión Europea
Ficha generada
30/10/2026

Buscar otro producto

0 · Veredicto

Ámbar · depende de la composición

Podés exportar con la rebaja del acuerdo. Hoy pagás 7,5 % + el 90,9 % del EA, con un máximo de 16,9 % + el 90,9 % del AD S/Z en lugar de (8,3 + EA) MAX (18,7 + AD S/Z), y llega a 0 el 1 de enero de 2036. EA es el elemento agrícola, un monto en euros cada 100 kg que depende de la leche, el almidón y el azúcar que lleva el producto. El AD S/Z del máximo es un adicional por el azúcar.

Acción recomendada: calculá el elemento agrícola con la composición de tu producto (bloque 2), declará el código adicional que te da y asegurate de poder probar el origen. Y mirá el bloque 7 (EUDR te alcanza desde el 30/12/2026).

Con manteca de cacao ≥ 31 % en peso, o con un contenido total de manteca de cacao y materias grasas de la leche ≥ 31 % en peso (NC 1806 20 10) tiene rebaja con el Acuerdo UE-Mercosur, pero el arancel depende de la composición del producto (el elemento agrícola del cuadro Meursing). Llega a 0 el 1 de enero de 2036. No tiene cupo. Dato al 30/10/2026, según el Acuerdo Interino de Comercio UE-Mercosur y la Nomenclatura Combinada 2026.

1 · Clasificación

Tu producto en las tres nomenclaturas

La ficha está armada sobre la línea europea 1806 20 10, que es la que declara el importador en la Unión Europea. En Argentina le corresponde la NCM 1806.20.00. Confirmala con tu despachante de aduana.

NomenclaturaCódigoVersiónDescripción oficial
NCM (Argentina)1806.20.00NCM vigente 2026Las demás preparaciones, en bloques, tabletas o barras con peso superior a 2 kg o en forma líquida, pastosa o en polvo, gránulos o formas similares, en recipientes o en envases inmediatos, con un contenido superior a 2 kg
NC (Unión Europea)1806 20 10NC 2026 (anexo en NC 2013: 1806 20 10)Las demás preparaciones, en bloques, tabletas o barras con peso superior a 2 kg, o en forma líquida, pastosa o en polvo, gránulos o formas similares, en recipientes o en envases inmediatos con un contenido superior a 2 kg: con un contenido de manteca de cacao superior o igual al 31 % en peso, o con un contenido total de manteca de cacao y materias grasas de la leche superior o igual al 31 % en peso
HS (mundial)1806.20Sistema ArmonizadoChocolate y demás preparaciones alimenticias que contengan cacao
Fuente: catálogos oficiales NC 2026 y NCM vigenteVer 1806 20 10 en TARICDescripción oficial en TARIC

2 · Arancel y cronograma

Cuánto pagás hoy y cuándo llega a cero

Ámbar · depende de la composición

El arancel de esta línea depende de la composición del producto. Además de un porcentaje lleva un elemento agrícola (EA) que sale del cuadro Meursing según la materia grasa y las proteínas de la leche, el almidón y el azúcar, con un máximo que suma un derecho adicional sobre el azúcar (AD S/Z). Con acuerdo, hoy pagás 7,5 % + el 90,9 % del EA, con un máximo de 16,9 % + el 90,9 % del AD S/Z. Sin acuerdo pagarías (8,3 + EA) MAX (18,7 + AD S/Z). Con la composición, la calculadora de abajo da el código adicional y el importe. Llega a 0 el 1 de enero de 2036. Del lado argentino, el derecho de exportación hoy es 0 % (Decreto 38/2025).

Arancel base (anexo)
8,3 + EA MAX 18,7 + AD S/Z
Apéndice 2-A-1, línea 1806 20 10 en NC 2013
Arancel general (NMF)
(8,3 + EA) MAX (18,7 + AD S/Z)
Vigente desde 1/1/2026
Preferencial hoy
7,5 % + el 90,9 % del EA, con un máximo de 16,9 % + el 90,9 % del AD S/Z
Categoría 10 · año 0 del cronograma: se paga el 90,9 % del tipo básico
Categoría de desgravación
10
Llega a 0
1/1/2036
Derecho de exportación hoy
0 %
art. 1 y Anexo I
Reintegro hoy
2,5 %
art. 1 y Anexo I · al exportar fuera del Mercosur
Si en vez de exportar, importás esto de Europa

El acuerdo también baja lo que vos pagás al comprar. El resto de la ficha dice lo que paga tu producto al entrar a Europa. El Apéndice 2-A-2 dice lo contrario, lo que la Argentina le cobra a la mercadería europea que entra, y lo va bajando con el mismo calendario. Si comprás este producto en Europa, esto es lo que te toca.

Línea del anexo (NCM 2012)Arancel baseCategoríaLlega a 0
1806.20.00
Las demás preparaciones, en bloques, tabletas o barras, con cacao, con peso superior a 2 kg, etc.
Hoy se declara 1806.20.00 · Mismo código, sin cambios
y la NCM vigente dice Las demás preparaciones, en bloques, tabletas o barras con peso superior a 2 kg o en forma líquida, pastosa o en polvo, gránulos o formas similares, en recipientes o en envases inmediatos, con un contenido superior a 2 kg
18 %CH11 de enero de 2035

Cómo se llegó a esta línea. El anexo escribe su lista en la NCM 2012 y vos declarás en la vigente. Esta posición no cambió entre las dos ediciones (las tablas oficiales de correlación no la nombran). Todo esto es solo el arancel. Si tu compra entra dentro de un cupo, además hace falta una licencia de importación (está abajo, en el bloque de habilitaciones). Lo que piden los demás organismos para dejarla entrar está acá debajo, como lo publica la VUCE. Cuáles te tocan depende de la apertura SIM que declares, y esa la define tu despachante.

Qué organismos intervienen al importarlo

El arancel es del acuerdo, lo demás lo pide cada organismo. La VUCE le asigna a esta posición 6 intervenciones de otros organismos al importar. Cada una va con el texto con que la describe el organismo, sin resumir, y con las condiciones en que aplica. Varias solo corresponden en ciertos casos (si la mercadería viene en embalaje de madera, si es usada, si es para consumo), y eso lo dice cada una. Donde el origen cambia algo, cada una dice también qué pasa si lo traés de la Unión Europea.

Para importar y vender acá

  • SENASA
    Aviso de Importación de Alimentos, UPEI, Envases y Muestras - Alta Vigilancia.
    Destinación: Definitiva · Mercadería: Nueva
    Si lo traés de la Unión Europea: Es el que corresponde si el alimento o el envase viene con certificación de un país de la Unión Europea. Alcanza con la declaración jurada de importación, y la autoridad sanitaria no puede pedir exigencias adicionales. Hay que adjuntar el certificado de libre venta, la autorización de comercialización o un documento análogo de la autoridad sanitaria competente. Fuente: Decreto 2126/71, anexo I, art. 2, y anexo II, art. 4 a), texto del Decreto 697/2026, y Anexo III del Decreto 35/2025.
    Cuándo aplica: Se necesitará realizar la solicitud de "Aviso de Importación de Alimentos y Envases" de aquellas mercaderías que hayan sido elaborados en los países listados en el Anexo III del Decreto 35/2025:
    Lo que dice el organismo
    Obligatoria
  • SENASA
    Embalajes de Madera de Importación*
    Destinación: Definitiva/Suspensiva · Mercadería: Nueva
    Si lo traés de la Unión Europea: Es igual para cualquier origen: alcanza a todo embalaje de madera que entra al país. Fuente: Res. SENASA 614/2015.
    Todos los embalajes de madera de mercaderías que ingresen al territorio argentino debe estar descortezado, libre de insectos y/o signos de actividad biológica, tratado y certificado en concordancia con lo estipulado en la Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias (NIMF N° 15) de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria.
    Cuándo aplica: La mercadería es acondicionada con embalajes de madera o madera de acomodación.
    Lo que dice el organismo
    Obligatoria

Solo si no viene con certificación de la Unión Europea

  • SENASA
    Autorización de Importación de Alimentos, UPEI, Envases y Muestras.
    Destinación: Definitiva · Mercadería: Nueva
    Si lo traés de la Unión Europea: Si el alimento o el envase viene con certificación de un país de la Unión Europea, este trámite no hace falta: alcanza con el aviso. La autorización es para lo que no tiene esa certificación: en ese caso el SENASA hace una verificación analítica del producto y no deja que circule hasta tener el resultado. Fuente: Decreto 2126/71, anexo I, art. 2, y anexo II, art. 4 a), texto del Decreto 697/2026, y Anexo III del Decreto 35/2025.
    Cuándo aplica: Se solicitará la Autorización de importación de alimentos para comercializar, alimentos para uso propio del establecimiento importador, muestras sin valor comercial, envases y utensilios en contacto con alimentos que NO hayan sido producidos en los países (Australia, Canadá, Confederación Suiza, Unión Europea, Estados Unidos, Nueva Zelanda, Estado de Israel, Japón, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanada del Norte, Países con los que rijan Tratados de Integración Económica o Acuerdos de Reciprocidad en materia higiénico-sanitarias) pertenecientes al anexo III del Decreto 25/2025, según lo establecido por la Disposición ANMAT 537/2025.
    Lo que dice el organismo
    Obligatoria

Solo si la importación es temporaria, en tránsito o de otro régimen

  • SENASA
    Libre circulación de importaciones temporales - alimentos y materiales en contacto
    Destinación: Suspensiva en tránsito · Mercadería: Nueva
    Permite el ingreso temporal de mercadería al país con la obligación de reexportarla para consumo en un plazo determinado
    Lo que dice el organismo
    Obligatoria

Optativas (herramientas, no requisitos)

  • Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
    Solicitud de licencia de importación para el contingente CH1.1 del Acuerdo Interino de Comercio MERCOSUR-UE
    Destinación: Definitiva · Mercadería: Nueva · Origen: Unión Europea
    Cuándo aplica: – Persona humana o jurídica legalmente constituida en el país.
    Lo que dice el organismo
    Optativa
  • Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa
    Solicitud Resolución Anticipada de Origen
    Destinación: Definitiva · Mercadería: Nueva/Usada
    Cuándo aplica: El origen de las mercaderías determina, principalmente, el tratamiento arancelario aplicable a su importación. La Resolución Anticipada de Origen (RAO) permite al importador conocer, antes de llevar adelante sus respectivas importaciones, qué origen va a considerar el Estado Argentino a los fines de aplicar el tratamiento arancelario.
    Lo que dice el organismo
    Optativa

Fuente: VUCE, identificador de posiciones arancelarias, consultada el 6/10/2026. Los organismos cambian sus intervenciones seguido, por eso cada una enlaza la página de la VUCE de donde sale, para mirarla el día que importes.

Tabla año a año y cómo se calcula
DesdeEtapaAd valoremEspecífico (€)Se aplica
1/5/20261 de 11 (año 0)7,5 %90,9 % del EAPreferencial
1/1/20272 de 116,7 %81,8 % del EAPreferencial
1/1/20283 de 116 %72,7 % del EAPreferencial
1/1/20294 de 115,2 %63,6 % del EAPreferencial
1/1/20305 de 114,5 %54,5 % del EAPreferencial
1/1/20316 de 113,7 %45,5 % del EAPreferencial
1/1/20327 de 113 %36,4 % del EAPreferencial
1/1/20338 de 112,2 %27,3 % del EAPreferencial
1/1/20349 de 111,5 %18,2 % del EAPreferencial
1/1/203510 de 110,7 %9,1 % del EAPreferencial
1/1/203611 de 110 %0Libre de derechos

Cómo se calcula. La categoría de la línea rebaja el derecho entero, elemento agrícola incluido. El artículo 1.3 y su nota 1 cuentan los componentes agrícolas y los derechos adicionales sobre el azúcar y la harina como «derecho de aduana», y el artículo 2.4, apartado 4, manda desgravar desde el tipo básico del anexo. La columna del específico dice qué parte del elemento agrícola (y del derecho adicional del máximo) se paga cada año; el importe sale del cuadro Meursing con la composición, en la calculadora de abajo.

Ojo. El arancel general y el del acuerdo están expresados de formas distintas, así que no se pueden comparar automáticamente. Se calcula sobre el arancel base del anexo y conviene confirmarlo en TARIC.

Reintegro adicional. Los productos orgánicos certificados, los que tienen el sello «Alimentos Argentinos una elección natural» y los que tienen denominación de origen o indicación geográfica registrada suman un 0,5 % adicional (Decreto 1341/2016, arts. 3 a 5, que el art. 11 del Decreto 557/2023 mantiene). No se acumulan: aunque el producto cumpla más de una condición, el adicional es 0,5 % (Resolución 90-E/2017, art. 9), y cada condición se acredita con un certificado por operación (arts. 1 y 2).

Del lado argentino. El derecho de exportación de hoy lo fija el Decreto 38/2025, art. 1 y Anexo I (IF-2025-08161099-APN-SAGYP#MEC), y es la alícuota que aplica la VUCE (consulta del 17/10/2026).

Calculadora del elemento agrícola

El arancel de esta posición depende de lo que lleva el producto. Cargá el contenido de cada componente en porcentaje del peso y la calculadora busca el código adicional del cuadro Meursing y calcula el derecho.

Composición, en % del peso

Completá los cuatro contenidos; si el producto no lleva alguno, poné 0.

Cómo se mide y de dónde sale

Cómo se mide cada contenido. Todo en porcentaje del peso de la mercadería tal como se presenta. Las notas (132) a (134) del cuadro 1 lo precisan: el almidón-fécula/glucosa incluye sus productos de degradación y la glucosa presente, expresados en almidón (la glucosa se convierte con el factor 0,9); la sacarosa suma la mezcla de glucosa y fructosa expresada en sacarosa (multiplicada por 0,95); y las caseínas o caseinatos no cuentan como proteínas de leche si la mercadería no lleva otro componente lácteo.

De dónde salen los importes. El código adicional sale del cuadro 1 y los importes, en euros por 100 kg de peso neto, del cuadro 2 del mismo anexo. El AD S/Z solo entra en el máximo de percepción, como dice el anexo. El código adicional se declara en la aduana europea junto con la posición.

Con acuerdo. La categoría de la línea rebaja el derecho entero, elemento agrícola incluido (artículo 1.3, nota 1, y artículo 2.4, apartado 4). TARIC publica el elemento agrícola rebajado como «EAR» y no imprime el importe en la medida: el de acá es el del cuadro multiplicado por la fracción que todavía se paga, truncado al céntimo como el resto del cronograma. Confirmalo con el despachante.

Fuente: Reglamento (CEE) n.º 2658/87, anexo I, tercera parte, sección I, anexo 1 (componentes agrícolas, derechos adicionales para el azúcar y para la harina), cuadros 1 y 2, en la versión del Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1926 (Nomenclatura Combinada 2026, DO L 2025/1926 de 31.10.2025) · Acuerdo: iTA · Anexo 2-A, Sección A

3 · Cupo y cómo acceder

El acuerdo no tiene cupo para esta posición

Verde · no depende de ningún cupo

El acuerdo no abre un cupo para esta posición. Quiere decir que la preferencia se aplica a todo lo que exportes, sin límite de volumen ni trámite de cupo.

Dónde verificarlo
  1. La Sección B del Anexo 2-A lista los 23 cupos que la Unión Europea abre para el Mercosur. Ninguno cubre esta posición.
  2. Cupos abiertos a todos los países. La Unión abre en esta línea 2 cupos fuera del acuerdo para todos los orígenes o para un grupo que incluye a la Argentina. Un importador puede usarlos con mercadería argentina, compitiendo con la de los demás países por la misma cantidad. Son aparte del acuerdo, y lo que se paga dentro sale de TARIC, origen Argentina.
  3. 09.0052. Dentro del cupo se paga 38 %, contra 8,3 % + EA máx. 18,7 % + AD S/Z del arancel general. Está abierto para todos los terceros países. Entran 2.026 t por período (del 1 de julio al 30 de junio). La norma no le pone fecha de fin; TARIC lo tiene abierto hasta el 30/6/2027. Lo abre el Reglamento (CE) n.º 32/2000 del Consejo. El saldo del día está en la consulta de contingentes de la Comisión.
  4. 09.0085. Dentro del cupo se paga 43 %, contra 8,3 % + EA máx. 18,7 % + AD S/Z del arancel general. Está abierto para todos los terceros países. Entran 81 t por período (del 1 de enero al 31 de diciembre). La norma no le pone fecha de fin; TARIC lo tiene abierto hasta el 31/12/2026. Lo abre el Reglamento (CE) n.º 32/2000 del Consejo. El saldo del día está en la consulta de contingentes de la Comisión.
PeríodoVolumenEstado

Si creés que tu producto entra en alguno, escribinos y lo revisamos.

4 · Origen

Si tu producto califica como originario

Gris · sin responder

Para tener la rebaja del acuerdo, el producto tiene que ser originario. La regla que le toca es la de 1806, y pide que se cumplan a la vez todas las condiciones que enumera, no una sola. Respondé las preguntas para ver si calificás.

Cuestionario de insumos

Aparecen solo las preguntas que tu caso necesita. El resultado aplica la regla del Anexo 3-B de esta posición.

1. ¿Usás algún insumo que no sea originario de Argentina, de otro país del Mercosur o de la Unión Europea?

Un insumo comprado en Brasil o en Europa cuenta como de la región solo si es originario de allá. Tu proveedor te lo puede confirmar.

Respondé las preguntas. Con tus respuestas se aplica a tu caso la regla de 1806.

Revisá tus insumos uno por uno en el asistente de origen, con su código y lo que pesan en el precio.

La regla textual, la tolerancia y cómo se prueba

La regla, textual: «Fabricación en la que: todos los materiales del capítulo 4 utilizados sean totalmente obtenidos; y el peso total de los materiales no originarios de las partidas 17.01 o 17.02 utilizados no sea superior al 40 % del peso del producto.»

Tolerancia. El artículo 3.5 tolera insumos que no cumplan la regla hasta el 10 % del precio de salida de fábrica.

Acumulación. Los materiales originarios de la otra Parte cuentan como propios (acumulación bilateral, capítulo 3 del iTA).

Cómo se prueba. Se prueba con una declaración de origen del exportador (Anexo 3-C). Al principio rige además el certificado de origen transitorio del Anexo 3-D (notificación 2026/875).

Edición. El Anexo 3-B está escrito en el Sistema Armonizado de 2017 y la ficha usa la edición vigente. A cuatro y seis dígitos coinciden casi siempre. Si tu producto cambió de partida entre una edición y otra, confirmá la regla con tu despachante.

Por ahora el certificado de origen sigue valiendo. Hasta el 1/5/2029 la Unión Europea acepta también el certificado de origen de siempre, además de la declaración que hacés vos. En palabras del acuerdo, «Durante un período no superior a 3 (tres) años a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo, la Unión Europea aceptará también como declaración de origen un «certificado de origen» que indique que los productos importados en la Unión Europea cumplen los requisitos de origen establecidos en el presente Acuerdo.» (iTA, Anexo 3-D, apartado 1). El plazo se puede prorrogar 2 años más si el Mercosur lo pide.

5 · Requisitos sanitarios, técnicos y de etiquetado

Qué tiene que cumplir el producto para entrar

Ámbar · entra por puesto de control fronterizo, con certificado

Tu producto está en la lista de mercancías que la Unión Europea controla en frontera, así que entra por un puesto de control fronterizo y con certificado oficial. Es un trámite que se cumple, no una prohibición, pero sin él la partida no despacha, por más que el arancel sea cero. En tu clase de producto hay 5 denominaciones europeas protegidas, nombres que no podés usar en la Unión Europea. El portal de la Comisión (Access2Markets) le asigna a esta posición 4 requisitos de producto de la Unión (normas técnicas, de etiquetado o de comercialización). Como los asigna a toda la posición, en la tabla está cada uno con su norma y el enlace para ver si alcanza a tu producto.

Requisitos de la UE para esta posición (5)revisá cuáles alcanzan a tu producto

La Comisión Europea los asigna a toda la posición, así que confirmá en cada uno si alcanza a tu producto.

Fuente: Access2Markets (Comisión Europea) · revisado el 1/9/2026

Fuente: Reglamento de Ejecución (UE) 2021/632Nombres protegidos · Fuente: Anexo 13-B del acuerdoReglas técnicas y etiquetado · Fuente: Access2MarketsReg. de Ejecución (UE) 2021/632 · control oficial en fronteraTRACES NT · notificación de la partidaiTA, Anexo 13-B · denominaciones protegidasAccess2Markets · requisitos de la UE para esta posiciónÁmbar, porque hay un requisito que cumplir antes de embarcar.El anexo usa además nombres de clase que no define por código, con 73 denominaciones, que están en la página de nombres protegidos.

6 · Habilitaciones y registros

Qué tenés que tener habilitado antes de exportar

Ámbar · el país está habilitado para 12 de 13 categorías, fijate cuál es la tuya

Hay dos puertas, y en este orden. Primero el país, porque la Unión Europea solo deja entrar productos de origen animal de países cuyo plan de control aprobó, y Argentina está aprobada para 12 de 13 categorías. Después, lo que tenés que tener de este lado para usar el cupo. Abajo está cada requisito con la norma que lo fija. Revisá que tu planta los cumpla.

  • Lista de terceros países
    Argentina, en la lista de países autorizados
    Confirmadoel país está habilitado
    La Comisión aprobó el plan de control argentino para Bovinos, Ovinos y caprinos, Équidos, Aves de corral, Acuicultura (16), Leche, Huevos, Conejos, Caza silvestre, Caza de cría, Miel, Tripas. Revisá con tu despachante cuál es la categoría de tu producto, porque el anexo no las expresa por código arancelario.
  • Sin plan aprobado
    Categorías para las que Argentina NO está en la lista
    Confirmadomirá si es la categoría de tu producto
    Porcinos. Si tu producto entra en alguna de estas, hoy no puede ingresar a la Unión Europea, por más que el arancel sea cero y el establecimiento esté habilitado en Argentina.
  • Importación · licencia
    Licencia de importación, por la Ventanilla Única (VUCEA)
    Confirmado · 5/10/2026es un requisito que tenés que tener cumplido
    Para traer mercadería dentro de un cupo del Acuerdo hace falta una licencia de importación que emite la Subsecretaría de Mercados Agroalimentarios e Inserción Internacional, y que se declara por la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCEA): no se presenta en papel ni en otra ventanilla. El procedimiento está en el Manual de Usuario Externo del micrositio VUCE de ARCA. Esto vale para los cupos: fuera de un cupo, la importación sigue el régimen general: confirmalo con tu despachante.
  • Importación · licencia
    Es la misma resolución que ya usás para exportar
    Confirmado · 5/10/2026es un requisito que tenés que tener cumplido
    La Res. SAGyP 50/2026 gobierna los cupos del Acuerdo en los dos sentidos: los de exportación y los de importación. Si ya operás cupos de exportación bajo esa norma, no hay una segunda resolución que aprender para importar.
  • Habilitación del establecimiento
    Tu planta, habilitada en Argentina y listada en la Unión Europea
    Sin dato
    Sin dato. Está en el registro del SENASA y la lista de establecimientos de la Comisión Europea.
  • Registro de exportador
    Inscripción como exportador ante la aduana argentina
    Sin dato
    Sin dato. Está en el registro de importadores y exportadores de ARCA.
Fuente: anexo -I del Reglamento (UE) 2021/405Establecimiento y registros · Sin datoReg. de Ejecución (UE) 2021/405, anexo -IListas de establecimientos autorizados de la UESENASA · exportación de productos de origen animalLa guía oficial del Acuerdo pide la habilitación y la inscripción a quien usa un cupo; esta línea no tiene.

7 · Regulaciones UE transversales

EUDR, CBAM y salvaguardias

Ámbar · te alcanza desde el 30/12/2026

Son las reglas que frenan un embarque por motivos que no tienen nada que ver con el arancel. A tu posición la alcanza EUDR. Abajo está desde cuándo y qué hay que aportar.

Ámbar · te alcanza desde el 30/12/2026

EUDR · deforestación

Prohíbe vender en la Unión Europea productos ligados a la deforestación. Alcanza a siete materias primas (bovinos, cacao, café, palma aceitera, caucho, soja y madera). Alcanza a tu posición. Todavía no se aplica. Empieza el 30/12/2026. Lo que hay que aportar: Geolocalización de las parcelas de producción y una declaración de diligencia debida. Quién la tiene que cumplir: El operador que introduce el producto en el mercado de la Unión, que en una importación es el importador europeo. El exportador argentino tiene que darle los datos.

Fuente: Reglamento (UE) 2023/1115, anexo I
Verde · no alcanza a esta posición

CBAM · carbono en frontera

Cobra en la frontera europea el carbono incorporado a ciertos productos intensivos en energía (cemento, electricidad, abonos, hierro y acero, aluminio y algunos químicos). No alcanza a tu posición, porque no figura en la lista de códigos del anexo I.

Fuente: Reglamento (UE) 2023/956, anexo I
Gris · sin dato de medidas en vigor

Salvaguardias

El capítulo 9 del acuerdo permite a cualquiera de las Partes suspender la preferencia de un producto si el aumento de importaciones causa daño a su industria. Es un mecanismo, no una lista, y no hay nada que aplicar salvo que se haya impuesto una medida concreta. Mirá en TARIC si hay alguna medida en vigor para 1806 20 10.

Medidas en vigor · Sin dato

8 · Destino

Elegí un país de destino

Informativo · no elegiste país

El arancel, el cronograma, el cupo y la regla de origen son los mismos en los veintisiete países, así que no hace falta que elijas uno para lo de arriba. Lo que cambia por país es el idioma de la etiqueta, el IVA y los trámites locales.

Elegí uno de los destinos cargados

9 · Mercado en la UE

Cuánto importa la UE de este producto

Informativo · dato de contexto

La UE importó € 375,4 millones en 2025 desde fuera de la UE; la Argentina aportó menos del 0,1 % y fue el 40.º proveedor.

Importaciones extra-UE, 2025
€ 375,4 millones
13,3 % más que en 2024 (€ 331,5 millones)
Cantidad, 2025
41.605 t
11,4 % menos que en 2024
Precio medio de importación
9,02 €/kg
La Argentina vendió menos de 1 t, sin precio comparable
Argentina, 2025
€ 19
menos de 0,1 % del total · 40.º de 45 proveedores · 92,2 % menos que en 2024

De dónde compra la UE (2025)

PuestoPaísValorParticipación€/kg
1.ºCôte d’Ivoire€ 235,6 millones62,8 %9,35 €/kg
2.ºSerbia€ 99,2 millones26,4 %8,74 €/kg
3.ºReino Unido€ 27,4 millones7,3 %7,57 €/kg
4.ºNoruega€ 5,5 millones1,5 %7,86 €/kg
5.ºSuiza€ 3,5 millones0,9 %12,04 €/kg
40.ºArgentina€ 19menos de 0,1 %—

Otros € 34.620 vienen de orígenes que Eurostat no identifica (provisiones a bordo, razones comerciales o militares).

Brasil, Uruguay y Paraguay entran con la misma rebaja (2025)

PuestoPaísValorParticipaciónCantidad€/kg
40.ºArgentina€ 19menos de 0,1 %1 kg—
35.ºBrasil€ 53menos de 0,1 %11 kg—
—UruguaySin ventas———
—ParaguaySin ventas———

Con el acuerdo pagan el mismo arancel que la Argentina, así que compiten por precio y volumen. El puesto es entre todos los proveedores de fuera de la UE.

Quién importa dentro de la UE (2025)

PuestoEstado miembroValorParticipación
1.ºFrancia€ 202,9 millones54,0 %
2.ºPolonia€ 50,3 millones13,4 %
3.ºCroacia€ 41,0 millones10,9 %
4.ºHungría€ 23,3 millones6,2 %
5.ºBélgica€ 23,0 millones6,1 %

Es el Estado miembro que declara la importación, que no siempre es donde se consume, porque los puertos de Países Bajos y Bélgica reciben mercadería para toda la Unión.

Lo que pagan tus competidores

Lo que pagan los 13 países de la lista. En esta línea el arancel no se reduce a una cifra para comparar con el tuyo, así que mirá cada fila.

Ver país por país (13)

Los países son los cinco mayores proveedores de la UE fuera de la Unión en esta línea (Eurostat, Comext) y una lista fija de referencia, con acuerdo con la UE (Chile, México, Canadá, Sudáfrica, Nueva Zelanda y Vietnam) y sin acuerdo (Estados Unidos y China). Brasil, Paraguay y Uruguay entran con el mismo acuerdo que vos.

Cada cifra es la medida de TARIC vigente hoy para ese origen, en la edición del 1/10/2026. Para despachar, el importador confirma en TARIC con la fecha y el código de diez dígitos.

TARIC, Comisión Europea, edición del 1/10/2026 (CIRCABC)

10 · Qué hacer, en orden

Los pasos, en orden

Son 7 pasos, en el orden en que se hacen. Cada uno sale de un bloque de esta ficha. Donde hay fecha, la fija una norma.

  1. 1
    Confirmá la posición arancelaria con tu despachante
    Toda esta ficha cuelga de que la posición sea 1806 20 10. Si la posición cambia, cambian el arancel, el cupo, la regla de origen y los requisitos. Es el único paso que no podés saltear.
    Tu despachante de aduana
  2. 2
    Registrate como exportador ante ARCA
    Del lado argentino, la exportación se oficializa ante la aduana, y para eso hay que estar inscripto en el registro de exportadores. Si todavía no lo estás, ese trámite va antes que el primer embarque.
  3. 3
    Verificá que tu producto sea originario, y preparate para probarlo
    La regla de 1806 pide que se cumplan a la vez todas las condiciones que enumera, no una sola. Sin la prueba de origen no hay preferencia, y se paga el arancel general aunque el producto califique. Se prueba con una declaración de origen del exportador (Anexo 3-C). Al principio rige además el certificado de origen transitorio del Anexo 3-D (notificación 2026/875).
    Lo declara el exportador. La entidad certificante interviene si hace falta el certificado transitorio del Anexo 3-D.
  4. 4
    Conseguí la habilitación del establecimiento y el certificado sanitario
    Tu posición está en la lista de mercancías que la Unión Europea controla en frontera. El certificado lo emite el SENASA, y para emitirlo el establecimiento tiene que estar habilitado y, según el producto, figurar en la lista europea de establecimientos autorizados.
    SENASA · del lado europeo, DG SANTE
  5. 5
    Que el importador notifique la partida antes de que llegue
    La partida se anuncia en TRACES con un documento sanitario común de entrada y entra por un puesto de control fronterizo habilitado. Si el puerto de destino no tiene puesto para tu tipo de producto, la partida no puede entrar por ahí.
    TRACES NT · lo hace el importador europeo
  6. 6
    Preparate para EUDR
    Lo que hay que aportar: Geolocalización de las parcelas de producción y una declaración de diligencia debida. El operador que introduce el producto en el mercado de la Unión, que en una importación es el importador europeo. El exportador argentino tiene que darle los datos.
    La obligación es del importador europeo, pero el dato lo tenés que dar vos
    Desde el 30/12/2026
  7. 7
    Revisá las reglas técnicas y el etiquetado del producto
    Composición, aditivos, contaminantes, envase y etiqueta. Los requisitos de producto que la Unión le asigna a tu posición están en el bloque 5; el detalle por país de destino, en el buscador de la Comisión. Verlo en Access2Markets
    Comisión Europea · Access2Markets

Fuentes y estado por bloque

BloqueFuente principalEstado
1 ClasificaciónCatálogos NC 2026 y NCM vigenteConfirmado
2 AranceliTA, Apéndice 2-A-1 · Reg. (UE) 2025/1926Revisá
3 CupoiTA, Sección BConfirmado
4 OrigeniTA, Anexo 3-BRevisá
5 RequisitosAccess2Markets · Reg. 2021/632 · Reg. 2019/2072Revisá
6 HabilitacionesReg. 2021/405 · guía oficial del AcuerdoRevisá
7 TransversalesReg. 2023/1115 · Reg. 2023/956 · TARICRevisá
8 DestinoElegí un país de destinoRevisá
9 Mercado en la UEEurostat, Comext, 2025Confirmado

Datos consultados el 30/10/2026. El próximo cambio previsto es el 1 de enero de 2027, cuando cambia la etapa del cronograma y abre el nuevo período del cupo. «Confirmado» quiere decir que sale de la fuente oficial citada; «Revisá», que depende de tu caso, y «Sin dato», que el enlace del bloque lleva a dónde averiguarlo.

Fuente: Acuerdo Interino de Comercio UE-Mercosur (iTA), en aplicación provisional desde el 1/5/2026.

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