0 · Veredicto
Ámbar · parte de la línea tiene un derecho compensatorioTu producto entra a la Unión Europea sin arancel de aduana. Además pagás un derecho compensatorio en las subdivisiones TARIC 1518 00 99 21, 29 y 33 de entre 25 % y 33,4 % según la empresa, 33,4 % para las demás (Reglamento de Ejecución (UE) 2025/835), que el acuerdo no rebaja.
Acción recomendada: por lo que la UE cobra aparte del arancel (bloque 2), cotizá con la tasa del derecho compensatorio de la empresa que fabrica (o con la de las demás si la factura no lleva la declaración del reglamento). Asegurate de poder probar el origen, porque sin esa prueba la preferencia no se aplica y pagás el arancel general. Y mirá el bloque 7 (EUDR puede alcanzarte, hay que mirar el producto).
Grasas y aceites › Los demás (NC 1518 00 99) entra hoy a la Unión Europea sin arancel de aduana con el Acuerdo UE-Mercosur, en lugar de 7,7 % sin acuerdo. Además paga un derecho compensatorio en las subdivisiones TARIC 1518 00 99 21, 29 y 33 de entre 25 % y 33,4 % según la empresa, 33,4 % para las demás (Reglamento de Ejecución (UE) 2025/835), que el acuerdo no rebaja. La rebaja del acuerdo no tiene cupo. Dato al 30/10/2026, según el Acuerdo Interino de Comercio UE-Mercosur y la Nomenclatura Combinada 2026.
1 · Clasificación
Tu producto en las tres nomenclaturas
La ficha está armada sobre la línea europea 1518 00 99, que es la que declara el importador en la Unión Europea. En Argentina hay 2 posiciones de la NCM bajo los mismos 6 dígitos: la tuya es una de ellas. Confirmala con tu despachante de aduana.
| Nomenclatura | Código | Versión | Descripción oficial |
|---|---|---|---|
| NCM (Argentina) | 1518.00.10 | NCM vigente 2026 | Aceite vegetal epoxidado |
| NCM (Argentina) | 1518.00.90 | NCM vigente 2026 | Los demás |
| NC (Unión Europea) | 1518 00 99 | NC 2026 (anexo en NC 2013: 1518 00 99) | Los demás: los demás: los demás |
| HS (mundial) | 1518.00 | Sistema Armonizado | Grasas y aceites, animales, vegetales o de origen microbiano, y sus fracciones, cocidos, oxidados, deshidratados, sulfurados, soplados, polimerizados por calor en vacío o atmósfera inerte («estandolizados»), o modificados químicamente de otra forma, excepto los de la partida 1516 ; mezclas o preparaciones no alimenticias de grasas o de aceites, animales, vegetales o de origen microbiano, o de fracciones de diferentes grasas o aceites, de este Capítulo, no expresadas ni comprendidas en otra parte |
2 · Arancel y cronograma
Cuánto pagás hoy y cuándo llega a cero
Hoy pagás 0 %. Sin acuerdo pagarías 7,7 %. Está en 0 desde el inicio del acuerdo (1/5/2026). Del lado argentino, el derecho de exportación hoy es entre 2,5 % y 22,5 % (Decreto 423/2026); el acuerdo le pone un techo de 18 % desde el 1/5/2030 y lo baja a 14 % el 1/5/2035; hasta entonces no lo limita, así que cobrar hoy más que eso no es un incumplimiento. Además pagás un derecho compensatorio en las subdivisiones TARIC 1518 00 99 21, 29 y 33 de entre 25 % y 33,4 % según la empresa, 33,4 % para las demás (Reglamento de Ejecución (UE) 2025/835), que el acuerdo no rebaja.
Además del arancel, defensa comercial
El acuerdo baja el arancel de aduana. Lo de abajo es otra cosa, son medidas de defensa comercial que la UE cobra aparte para proteger a su industria (en este caso, de importaciones que según la Comisión llegan subsidiadas o con precios de dumping). El acuerdo no las elimina, se pagan además del arancel, con o sin la rebaja del acuerdo.
Cómo se cobra el derecho compensatorio. La tasa depende de la empresa que fabrica, y se aplica la individual solo si la factura lleva la declaración que pide el reglamento; si no, la de las demás. Las ventas de las empresas con un compromiso de precios aceptado por la Comisión entran exentas, con la factura y el certificado del compromiso. Alcanza solo a parte de la línea, por eso TARIC le da subdivisiones propias, las 1518 00 99 21 y 29 (mezclas con un contenido, en peso, de más del 20 % de ésteres monoalquílicos de ácidos grasos y/o gasóleos parafínicos sometidos a un proceso de síntesis y/o de hidrotratamiento, de origen no fósil; la 21, procedentes de Canadá; la 29, los demás) y 1518 00 99 33 (mezclas con un contenido, en peso, igual o inferior al 20 % de ésteres monoalquílicos de ácidos grasos y/o gasóleos parafínicos sometidos a un proceso de síntesis y/o de hidrotratamiento, de origen no fósil). Confirmá con tu importador en cuál declara.
Si en vez de exportar, importás esto de Europa
El acuerdo también baja lo que vos pagás al comprar. El resto de la ficha dice lo que paga tu producto al entrar a Europa. El Apéndice 2-A-2 dice lo contrario, lo que la Argentina le cobra a la mercadería europea que entra, y lo va bajando con el mismo calendario. Si comprás este producto en Europa, esto es lo que te toca.
Ficha de importación, ordenada para quien compra en Europa
| Línea del anexo (NCM 2012) | Arancel base | Categoría | Llega a 0 |
|---|---|---|---|
| 1518.00.10 Aceite vegetal epoxidado Hoy se declara 1518.00.10 · Mismo código, sin cambios | 10 % | 8 | 1 de enero de 2034 |
| 1518.00.90 Las demás grasas y aceites animales no expresados en otra parte Hoy se declara 1518.00.90 · Mismo código, sin cambios y la NCM vigente dice Los demás | 10 % | 8 | 1 de enero de 2034 |
Cómo se llegó a esta línea. El anexo escribe su lista en la NCM 2012 y vos declarás en la vigente. Esta posición no cambió entre las dos ediciones (las tablas oficiales de correlación no la nombran). Esta posición europea corresponde a más de un código argentino, y cada uno tiene su línea. Buscá en la tabla el que declarás. Todo esto es solo el arancel. Si tu compra entra dentro de un cupo, además hace falta una licencia de importación (está abajo, en el bloque de habilitaciones). Lo que piden los demás organismos para dejarla entrar está acá debajo, como lo publica la VUCE. Cuáles te tocan depende de la apertura SIM que declares, y esa la define tu despachante.
Qué organismos intervienen al importarlo
El arancel es del acuerdo, lo demás lo pide cada organismo. La VUCE le asigna a esta posición 2 intervenciones de otros organismos al importar. Cada una va con el texto con que la describe el organismo, sin resumir, y con las condiciones en que aplica. Varias solo corresponden en ciertos casos (si la mercadería viene en embalaje de madera, si es usada, si es para consumo), y eso lo dice cada una.
Para importar y vender acá
- SENASAEmbalajes de Madera de Importación*Destinación: Definitiva/Suspensiva · Mercadería: NuevaSi lo traés de la Unión Europea: Es igual para cualquier origen: alcanza a todo embalaje de madera que entra al país. Fuente: Res. SENASA 614/2015.Todos los embalajes de madera de mercaderías que ingresen al territorio argentino debe estar descortezado, libre de insectos y/o signos de actividad biológica, tratado y certificado en concordancia con lo estipulado en la Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias (NIMF N° 15) de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria.Cuándo aplica: La mercadería es acondicionada con embalajes de madera o madera de acomodación.
Lo que dice el organismo
Obligatoria
Optativas (herramientas, no requisitos)
- Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana EmpresaSolicitud Resolución Anticipada de OrigenDestinación: Definitiva · Mercadería: Nueva/UsadaCuándo aplica: El origen de las mercaderías determina, principalmente, el tratamiento arancelario aplicable a su importación. La Resolución Anticipada de Origen (RAO) permite al importador conocer, antes de llevar adelante sus respectivas importaciones, qué origen va a considerar el Estado Argentino a los fines de aplicar el tratamiento arancelario.
Lo que dice el organismo
Optativa
Fuente: VUCE, identificador de posiciones arancelarias, consultada el 6/10/2026. Los organismos cambian sus intervenciones seguido, por eso cada una enlaza la página de la VUCE de donde sale, para mirarla el día que importes.
Tabla año a año, el derecho de exportación argentino y cómo se calcula todo
| Desde | Etapa | Ad valorem | Específico (€) | Se aplica |
|---|---|---|---|---|
| 1/5/2026 | 1 de 1 (año 0) | 0 % | — | Libre de derechos |
Cómo se calcula. Esta línea quedó libre de derechos desde el primer día del acuerdo. Ya está en cero.
Reintegro adicional. Los productos orgánicos certificados, los que tienen el sello «Alimentos Argentinos una elección natural» y los que tienen denominación de origen o indicación geográfica registrada suman un 0,5 % adicional (Decreto 1341/2016, arts. 3 a 5, que el art. 11 del Decreto 557/2023 mantiene). No se acumulan: aunque el producto cumpla más de una condición, el adicional es 0,5 % (Resolución 90-E/2017, art. 9), y cada condición se acredita con un certificado por operación (arts. 1 y 2).
Un régimen aparte. Si el producto es orgánico certificado (Ley 25.127, con el certificado de una certificadora autorizada por el SENASA), el derecho de exportación baja 5 puntos: Decreto 852/2021, art. 2.
Del lado argentino. Tu posición aparece en el Anexo 2-B con una línea de derecho de exportación, categoría Y10. Eso es un techo, no lo que se cobra hoy. Lo que se cobra hoy es entre 2,5 % y 22,5 %, según el Decreto 423/2026, art. 2 y Anexo II (IF-2026-53831692-APN-SSMAEII#MEC), y es la alícuota que aplica la VUCE (consulta del 17/10/2026). El anexo está escrito en NCM 2012, así que la coincidencia es por los seis dígitos.
Desde cuándo rige el techo. Categoría Y10 (tipo básico 18 %): 18 % desde el 1/5/2030, 17 % desde el 1/5/2032, 16 % desde el 1/5/2033, 15 % desde el 1/5/2034 y 14 % desde el 1/5/2035. El anexo cuenta los años desde la entrada en vigor y no los define como el Anexo 2-A: el año 1 empieza el día de la aplicación provisional (1/5/2026) y cada uno de los siguientes, en su aniversario. Si la Argentina cobra menos que lo que da el calendario, rige lo que cobra mientras siga siendo menor (Sección A, apartado 5).
Categoría Y10: los derechos de exportación sobre mercancías correspondientes a la categoría de desgravación «Y10» en las listas de derechos de exportación que figuran en la sección C del presente anexo estarán sujetos al 18 % (dieciocho por ciento) el 1.er (primer) día del año 5 (cinco) después de la entrada en vigor del presente Acuerdo y se reducirán progresivamente al 14 % (catorce por ciento) en reducciones anuales lineales de 1 (un) punto porcentual a partir del 1.er (primer) día del año 7 (siete) después de la entrada en vigor del presente Acuerdo hasta el comienzo del año 10 (diez) después de la entrada en vigor del presente Acuerdo, y
Calculadora de ahorro
El derecho de importación en la UE se calcula sobre el valor en aduana, que en la práctica es el valor CIF (mercadería más flete y seguro hasta el puerto europeo). Cargá lo que exportás en un año, en euros o en dólares.
El arancel de la cuenta no incluye la defensa comercial. Además pagás un derecho compensatorio en las subdivisiones TARIC 1518 00 99 21, 29 y 33 de entre 25 % y 33,4 % según la empresa, 33,4 % para las demás (Reglamento de Ejecución (UE) 2025/835), que el acuerdo no rebaja. Marcá la casilla para sumarlo a la cuenta.
Con el acuerdo ya entra sin arancel. Ahorrás € 7.700 por año frente al arancel general.
¿Solo tenés el valor FOB? Estimá el valor en aduana
El valor en aduana de la UE es, en la práctica, el CIF (FOB más flete y seguro hasta el puerto europeo). Cargá los tres importes y llevalos arriba.
Valor en aduana estimado: € 4.500
3 · Cupo y cómo acceder
Esta posición no tiene cupo
El acuerdo no abre un cupo para esta posición. Quiere decir que la preferencia se aplica a todo lo que exportes, sin límite de volumen ni trámite de cupo.
Dónde verificarlo
- La Sección B del Anexo 2-A lista los 23 cupos que la Unión Europea abre para el Mercosur. Ninguno cubre esta posición.
| Período | Volumen | Estado |
|---|
Si creés que tu producto entra en alguno, escribinos y lo revisamos.
4 · Origen
Si tu producto califica como originario
Para tener la rebaja del acuerdo, el producto tiene que ser originario. La regla que le toca es la de 15.18, y pide que los insumos importados se clasifiquen en otra posición arancelaria que tu producto terminado. Es lo que el acuerdo abrevia CC (otro capítulo), CP (otra partida) y CSP (otra subpartida). Respondé las preguntas para ver si calificás.
Cuestionario de insumos
Aparecen solo las preguntas que tu caso necesita. El resultado aplica la regla del Anexo 3-B de esta posición.
Revisá tus insumos uno por uno en el asistente de origen, con su código y lo que pesan en el precio.
La regla textual, la tolerancia y cómo se prueba
La regla, textual: «CSP»
Tolerancia. El artículo 3.5 tolera insumos que no cumplan la regla hasta el 10 % del precio de salida de fábrica.
Acumulación. Los materiales originarios de la otra Parte cuentan como propios (acumulación bilateral, capítulo 3 del iTA).
Cómo se prueba. Se prueba con una declaración de origen del exportador (Anexo 3-C). Al principio rige además el certificado de origen transitorio del Anexo 3-D (notificación 2026/875).
Edición. El Anexo 3-B está escrito en el Sistema Armonizado de 2017 y la ficha usa la edición vigente. A cuatro y seis dígitos coinciden casi siempre. Si tu producto cambió de partida entre una edición y otra, confirmá la regla con tu despachante.
Por ahora el certificado de origen sigue valiendo. Hasta el 1/5/2029 la Unión Europea acepta también el certificado de origen de siempre, además de la declaración que hacés vos. En palabras del acuerdo, «Durante un período no superior a 3 (tres) años a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo, la Unión Europea aceptará también como declaración de origen un «certificado de origen» que indique que los productos importados en la Unión Europea cumplen los requisitos de origen establecidos en el presente Acuerdo.» (iTA, Anexo 3-D, apartado 1). El plazo se puede prorrogar 2 años más si el Mercosur lo pide.
5 · Requisitos sanitarios, técnicos y de etiquetado
Qué tiene que cumplir el producto para entrar
Tu producto está en la lista de mercancías que la Unión Europea controla en frontera, así que entra por un puesto de control fronterizo y con certificado oficial. Es un trámite que se cumple, no una prohibición, pero sin él la partida no despacha, por más que el arancel sea cero. En tu clase de producto hay 26 denominaciones europeas protegidas, nombres que no podés usar en la Unión Europea. El portal de la Comisión (Access2Markets) le asigna a esta posición 4 requisitos de producto de la Unión (normas técnicas, de etiquetado o de comercialización). Como los asigna a toda la posición, en la tabla está cada uno con su norma y el enlace para ver si alcanza a tu producto.
- SPSControl oficial en el puesto de control fronterizo de la UEConfirmadohay que cumplirlo antes de embarcarLa partida tiene que entrar por un puesto de control fronterizo habilitado, notificarse en TRACES con un documento sanitario común de entrada y venir con el certificado oficial que corresponda. El anexo lo acota así: «Solo si contienen grasa de origen animal.»
- Dónde se tramitaTRACES NT · sistema de control de partidas de la Unión EuropeaConfirmadotrámiteLa partida se notifica acá antes de que llegue, y el certificado lo emite el SENASA del lado argentino.
- Nombre · IG europeaHay 26 denominaciones europeas protegidas en tu clase de productoConfirmadohay nombres que no podés usarTu posición cae en la clase Aceites, aceites comestibles y grasas animales, que el anexo define por código. Esos nombres no los podés usar en la Unión Europea, ni con «tipo», «estilo» ni «imitación». Por ejemplo, Steirisches Kürbiskernöl, Štajersko prekmursko bučno olje, Aceite del Baix Ebre-Montsià; Oli del Baix Ebre-Montsià, Aceite del Bajo Aragón, Antequera, Baena, entre otros. Buscá el nombre con el que vendés.
- Nombre · IG del Mercosur1 denominación del Mercosur quedó protegida en la Unión EuropeaConfirmadoes una protección a tu favorSi tu producto es de una de esas zonas y cumple su pliego, el nombre te protege allá. Ver cuáles son.
Requisitos de la UE para esta posición (5)revisá cuáles alcanzan a tu producto
La Comisión Europea los asigna a toda la posición, así que confirmá en cada uno si alcanza a tu producto.
- UE · sanitarioControl sanitario de productos de origen animal no destinados al consumo humanoEl Reglamento 2017/625, el Reglamento 183/2005, el Reglamento 142/2011 y 3 normas más
- UE · sanitarioControl sanitario de piensos de origen no animalEl Reglamento 183/2005, el Reglamento 2024/2104, el Reglamento 2017/625 y 4 normas más
- UE · comercializaciónNormas de comercialización de piensosEl Reglamento 767/2009, el Reglamento 2017/1017, el Reglamento 2018/848 y 3 normas más
- UE · requisito específicoControl de residuosEl Reglamento 2024/1157, el Reglamento 1013/2006, el Reglamento 2025/1290 y 3 normas más
- Solo si correspondeCITES: protección de especies amenazadasEl Reglamento 338/1997, el Reglamento 2025/6, el Reglamento 865/2006 y 1 norma más
Fuente: Access2Markets (Comisión Europea) · revisado el 1/9/2026
6 · Habilitaciones y registros
Qué tenés que tener habilitado antes de exportar
Hay dos puertas, y en este orden. Primero el país, porque la Unión Europea solo deja entrar productos de origen animal de países cuyo plan de control aprobó, y Argentina está aprobada para 12 de 13 categorías. Después tu planta, que tiene que estar habilitada acá y, para la mayoría de los productos de origen animal, figurar en la lista que publica la Comisión.
- Lista de terceros paísesArgentina, en la lista de países autorizadosConfirmadoel país está habilitadoLa Comisión aprobó el plan de control argentino para Bovinos, Ovinos y caprinos, Équidos, Aves de corral, Acuicultura (16), Leche, Huevos, Conejos, Caza silvestre, Caza de cría, Miel, Tripas. Revisá con tu despachante cuál es la categoría de tu producto, porque el anexo no las expresa por código arancelario.
- Sin plan aprobadoCategorías para las que Argentina NO está en la listaConfirmadomirá si es la categoría de tu productoPorcinos. Si tu producto entra en alguna de estas, hoy no puede ingresar a la Unión Europea, por más que el arancel sea cero y el establecimiento esté habilitado en Argentina.
- Habilitación del establecimientoTu planta, habilitada en Argentina y listada en la Unión EuropeaSin datoSin dato. Está en el registro del SENASA y la lista de establecimientos de la Comisión Europea.
- Registro de exportadorInscripción como exportador ante la aduana argentinaSin datoSin dato. Está en el registro de importadores y exportadores de ARCA.
7 · Regulaciones UE transversales
EUDR, CBAM y salvaguardias
Son las reglas que frenan un embarque por motivos que no tienen nada que ver con el arancel. A tu posición la alcanza EUDR. Abajo está desde cuándo y qué hay que aportar.
EUDR · deforestación
Prohíbe vender en la Unión Europea productos ligados a la deforestación. Alcanza a siete materias primas (bovinos, cacao, café, palma aceitera, caucho, soja y madera). Puede alcanzarte, según qué embarques exactamente. El anexo escribe la posición con «ex», que quiere decir que solo parte de ella entra («ex 1518 00 Aceites de palma, de almendra de palma (palmiste) y de babasú, y sus fracciones, cocidos, oxidados, deshidratados, sulfurados, soplados, polimerizados por calor, en vacío o atmósfera inerte o modificados químicamente de otra forma, con exclusión de los de la partida 1516 ; mezclas o preparaciones no alimenticias de grasas o de aceites, animales, vegetales o de origen microbiano, o de fracciones de diferentes grasas o aceites, de este capítulo, que contengan palma aceitera o se hayan elaborado con ella (excepto los residuos tal como se definen en el artículo 3, punto 1, de la Directiva 2008/98/CE) (Esta disposición será aplicable a partir del 30 de diciembre de 2027)»). Todavía no se aplica. Empieza el 30/12/2027. Lo que hay que aportar: Geolocalización de las parcelas de producción y una declaración de diligencia debida. Quién la tiene que cumplir: El operador que introduce el producto en el mercado de la Unión, que en una importación es el importador europeo. El exportador argentino tiene que darle los datos.
Fuente: Reglamento (UE) 2023/1115, anexo ICBAM · carbono en frontera
Cobra en la frontera europea el carbono incorporado a ciertos productos intensivos en energía (cemento, electricidad, abonos, hierro y acero, aluminio y algunos químicos). No alcanza a tu posición, porque no figura en la lista de códigos del anexo I.
Fuente: Reglamento (UE) 2023/956, anexo ISalvaguardias
El capítulo 9 del acuerdo permite a cualquiera de las Partes suspender la preferencia de un producto si el aumento de importaciones causa daño a su industria. Es un mecanismo, no una lista, y no hay nada que aplicar salvo que se haya impuesto una medida concreta. Mirá en TARIC si hay alguna medida en vigor para 1518 00 99.
Medidas en vigor · Sin dato8 · Destino
Elegí un país de destino
El arancel, el cronograma, el cupo y la regla de origen son los mismos en los veintisiete países, así que no hace falta que elijas uno para lo de arriba. Lo que cambia por país es el idioma de la etiqueta, el IVA y los trámites locales.
Elegí uno de los destinos cargados
9 · Mercado en la UE
Cuánto importa la UE de este producto
La UE importó € 151,8 millones en 2025 desde fuera de la UE; la Argentina aportó el 1,6 % y fue el 7.º proveedor.
De dónde compra la UE (2025)
| Puesto | País | Valor | Participación | €/kg |
|---|---|---|---|---|
| 1.º | Indonesia | € 57,3 millones | 37,7 % | 1,20 €/kg |
| 2.º | Reino Unido | € 45,8 millones | 30,1 % | 1,10 €/kg |
| 3.º | Malasia | € 22,9 millones | 15,1 % | 1,22 €/kg |
| 4.º | Brasil | € 6,4 millones | 4,2 % | 1,67 €/kg |
| 5.º | Noruega | € 6,3 millones | 4,1 % | 0,89 €/kg |
| 7.º | Argentina | € 2,4 millones | 1,6 % | 0,80 €/kg |
Otros € 3.911 vienen de orígenes que Eurostat no identifica (provisiones a bordo, razones comerciales o militares).
Brasil, Uruguay y Paraguay entran con la misma rebaja (2025)
| Puesto | País | Valor | Participación | Cantidad | €/kg |
|---|---|---|---|---|---|
| 7.º | Argentina | € 2,4 millones | 1,6 % | 3.000 t | 0,80 €/kg |
| 4.º | Brasil | € 6,4 millones | 4,2 % | 3.831 t | 1,67 €/kg |
| 30.º | Uruguay | € 515 | menos de 0,1 % | 62 kg | — |
| — | Paraguay | Sin ventas | — | — | — |
Con el acuerdo pagan el mismo arancel que la Argentina, así que compiten por precio y volumen. El puesto es entre todos los proveedores de fuera de la UE.
Quién importa dentro de la UE (2025)
| Puesto | Estado miembro | Valor | Participación |
|---|---|---|---|
| 1.º | Países Bajos | € 73,9 millones | 48,7 % |
| 2.º | Bélgica | € 53,2 millones | 35,0 % |
| 3.º | España | € 12,2 millones | 8,0 % |
| 4.º | Suecia | € 6,1 millones | 4,0 % |
| 5.º | Italia | € 2,8 millones | 1,8 % |
Es el Estado miembro que declara la importación, que no siempre es donde se consume, porque los puertos de Países Bajos y Bélgica reciben mercadería para toda la Unión.
Lo que pagan tus competidores
De los 12 países de la lista, hoy 8 pagan lo mismo. Con los otros 4 el arancel no se compara en una sola cifra.
Ver país por país (12)
- Argentina, hoy0 %Con el acuerdo UE-Mercosur
- Indonesia1.º proveedor de la UEDepende de una condición (ver TARIC)Sin preferencia, paga el arancel generalLa condición, como la escribe TARIC, es «Cond: B cert: Y-155 (01):50.000 % ; B (01):7.700 %».Algunas de sus empresas pagan además antidumping o compensatorios (Regulation 0479/26).TARIC, medida 103 (arancel general, NMF), Reglamento 1652/24, desde el 1/7/2024
- Reino Unido2.º proveedor de la UE0 %Paga lo mismo que vosPreferencia de la UE para su origenTARIC, medida 142 (preferencia arancelaria), Decisión 2253/20, desde el 1/1/2021
- Malasia3.º proveedor de la UEDepende de una condición (ver TARIC)Sin preferencia, paga el arancel generalLa condición, como la escribe TARIC, es «Cond: B cert: Y-155 (01):50.000 % ; B (01):7.700 %».TARIC, medida 103 (arancel general, NMF), Reglamento 1652/24, desde el 1/7/2024
- Noruega5.º proveedor de la UE0 %Paga lo mismo que vosPreferencia de la UE para su origenTARIC, medida 142 (preferencia arancelaria), Decisión 0818/11, desde el 1/1/2012
- Chile0 %Paga lo mismo que vosPreferencia de la UE para su origenTARIC, medida 142 (preferencia arancelaria), Decisión 3016/24, desde el 1/2/2025
- México0 %Paga lo mismo que vosPreferencia de la UE para su origenTARIC, medida 142 (preferencia arancelaria), Decisión 0415/00, desde el 1/7/2016
- Canadá0 %Paga lo mismo que vosPreferencia de la UE para su origenAlgunas de sus empresas pagan además antidumping o compensatorios (Regulation 1266/21, Regulation 1267/21, Regulation 0731/22).TARIC, medida 142 (preferencia arancelaria), Decisión 0037/17, desde el 21/9/2017
- Sudáfrica0 %Paga lo mismo que vosPreferencia de la UE para su origenTARIC, medida 142 (preferencia arancelaria), Decisión 1623/16, desde el 10/10/2016
- Nueva Zelanda0 %Paga lo mismo que vosPreferencia de la UE para su origenTARIC, medida 142 (preferencia arancelaria), Decisión 0244/24, desde el 1/5/2024
- Vietnam0 %Paga lo mismo que vosPreferencia de la UE para su origenTARIC, medida 142 (preferencia arancelaria), Decisión 0753/20, desde el 1/8/2020
- Estados UnidosDepende de una condición (ver TARIC)Sin preferencia, paga el arancel generalLa condición, como la escribe TARIC, es «Cond: B cert: Y-155 (01):50.000 % ; B (01):7.700 %».Algunas de sus empresas pagan además antidumping o compensatorios (Regulation 1267/21, Regulation 1266/21).TARIC, medida 103 (arancel general, NMF), Reglamento 1652/24, desde el 1/7/2024
- ChinaDepende de una condición (ver TARIC)Sin preferencia, paga el arancel generalLa condición, como la escribe TARIC, es «Cond: B cert: Y-155 (01):50.000 % ; B (01):7.700 %».Algunas de sus empresas pagan además antidumping o compensatorios (Regulation 0261/25).TARIC, medida 103 (arancel general, NMF), Reglamento 1652/24, desde el 1/7/2024
Los países son los cinco mayores proveedores de la UE fuera de la Unión en esta línea (Eurostat, Comext) y una lista fija de referencia, con acuerdo con la UE (Chile, México, Canadá, Sudáfrica, Nueva Zelanda y Vietnam) y sin acuerdo (Estados Unidos y China). Brasil, Paraguay y Uruguay entran con el mismo acuerdo que vos.
Cada cifra es la medida de TARIC vigente hoy para ese origen, en la edición del 1/10/2026. Para despachar, el importador confirma en TARIC con la fecha y el código de diez dígitos.
10 · Qué hacer, en orden
Los pasos, en orden
Son 7 pasos, en el orden en que se hacen. Cada uno sale de un bloque de esta ficha. Donde hay fecha, la fija una norma.
- 1Confirmá la posición arancelaria con tu despachanteToda esta ficha cuelga de que la posición sea 1518 00 99. Si la posición cambia, cambian el arancel, el cupo, la regla de origen y los requisitos. Es el único paso que no podés saltear.Tu despachante de aduana
- 2Registrate como exportador ante ARCADel lado argentino, la exportación se oficializa ante la aduana, y para eso hay que estar inscripto en el registro de exportadores. Si todavía no lo estás, ese trámite va antes que el primer embarque.
- 3Verificá que tu producto sea originario, y preparate para probarloLa regla de 15.18 pide que los insumos importados se clasifiquen en otra posición arancelaria que tu producto terminado. Es lo que el acuerdo abrevia CC (otro capítulo), CP (otra partida) y CSP (otra subpartida). Sin la prueba de origen no hay preferencia, y se paga el arancel general aunque el producto califique. Se prueba con una declaración de origen del exportador (Anexo 3-C). Al principio rige además el certificado de origen transitorio del Anexo 3-D (notificación 2026/875).Lo declara el exportador. La entidad certificante interviene si hace falta el certificado transitorio del Anexo 3-D.
- 4Conseguí la habilitación del establecimiento y el certificado sanitarioTu posición está en la lista de mercancías que la Unión Europea controla en frontera. El certificado lo emite el SENASA, y para emitirlo el establecimiento tiene que estar habilitado y, según el producto, figurar en la lista europea de establecimientos autorizados.
- 5Que el importador notifique la partida antes de que llegueLa partida se anuncia en TRACES con un documento sanitario común de entrada y entra por un puesto de control fronterizo habilitado. Si el puerto de destino no tiene puesto para tu tipo de producto, la partida no puede entrar por ahí.TRACES NT · lo hace el importador europeo
- 6Preparate para EUDRLo que hay que aportar: Geolocalización de las parcelas de producción y una declaración de diligencia debida. El operador que introduce el producto en el mercado de la Unión, que en una importación es el importador europeo. El exportador argentino tiene que darle los datos.La obligación es del importador europeo, pero el dato lo tenés que dar vosDesde el 30/12/2027
- 7Revisá las reglas técnicas y el etiquetado del productoComposición, aditivos, contaminantes, envase y etiqueta. Los requisitos de producto que la Unión le asigna a tu posición están en el bloque 5; el detalle por país de destino, en el buscador de la Comisión. Verlo en Access2MarketsComisión Europea · Access2Markets