Cetonas y quinonas › Acetona

Código NCM2914.11.00

Flujo
Importación desde la Unión Europea
Destino
Argentina
Ficha generada
30/10/2026

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Importá desde Europa

Qué te cambia el acuerdo si lo comprás en la Unión Europea

Si viene de la Unión Europea, paga hoy 10,8 % de arancel en la Argentina (el acuerdo no la rebaja).

La posición en la NCM, nivel por nivel
  1. Productos químicos orgánicos
  2. Cetonas y quinonas, incluso con otras funciones oxigenadas, y sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados
  3. Cetonas acíclicas sin otras funciones oxigenadas
  4. Acetona

1 · Arancel argentino

Cuánto pagás hoy y cada año con el acuerdo

Lo que cobra la Argentina, hoy y cada año. El acuerdo fija en el Apéndice 2-A-2 el arancel que la Argentina le cobra a la mercadería originaria de la Unión Europea, y lo va bajando el 1 de enero de cada año según la categoría de cada línea. Abajo está la línea del anexo a la que se llega desde tu código, el arancel de hoy y el de cada año.

Sin el acuerdo, 108 %. Es lo que la Argentina cobra hoy a este código cuando viene de fuera del Mercosur (derecho de importación extrazona), con un arancel externo común (AEC) de 108 %, el mismo que fija el Decreto 557/2023, según la VUCE el 17/10/2026. Como es menor que el arancel base del anexo, la rebaja del acuerdo se calcula sobre ese 108 %, con el mismo margen de preferencia (iTA, artículo 2.4, apartado 7). Las cifras de abajo ya lo tienen en cuenta.

Hoy, con el acuerdo
10,8 %
Arancel base
12 %
Categoría
E

El acuerdo no rebaja esta línea (categoría «E», excluida). Se sigue pagando el arancel base.

Línea del anexo (NCM 2012) 2914.11.00 Acetona que no contenga otra fusión oxigenada
Hoy se declara 2914.11.00 · Mismo código, sin cambios
El anexo fija un tipo por país y en esta línea no coinciden: Argentina 12, Brasil 12, Paraguay 12, Uruguay 0. Acá se carga el de la Argentina.

Cómo se llegó a esta línea. El anexo escribe su lista en la NCM 2012 y vos declarás en la vigente. Esta posición no cambió entre las dos ediciones (las tablas oficiales de correlación no la nombran). Las etapas intermedias se calculan con la regla del acuerdo, a la décima de punto (iTA, Anexo 2-A, Sección A, apartado 7). Fuera de los cupos, por ahora quien importa autoliquida el arancel del acuerdo (novedad de ARCA del 7/5/2026), y no encontramos una norma argentina que diga cómo redondear las etapas, así que la ficha trunca a la décima, como dice el texto en inglés del acuerdo. Y la rebaja es para mercadería originaria de la Unión Europea, con su prueba de origen.

2 · Cupo y licencia

Si hay cupo y qué licencia hace falta

Sin cupo. La rebaja de esta línea vale para cualquier cantidad, y no hace falta la licencia de importación de los cupos del acuerdo.

3 · Organismos

Qué organismos intervienen y qué piden

Qué organismos intervienen al importarlo

El arancel es del acuerdo, lo demás lo pide cada organismo. La VUCE le asigna a esta posición 7 intervenciones de otros organismos al importar. Cada una va con el texto con que la describe el organismo, sin resumir, y con las condiciones en que aplica. Varias solo corresponden en ciertos casos (si la mercadería viene en embalaje de madera, si es usada, si es para consumo), y eso lo dice cada una. Donde el origen cambia algo, cada una dice también qué pasa si lo traés de la Unión Europea.

Para importar y vender acá

  • RENPRE
    Autorización de Exportación/Importación - Precursores químicos.
    Destinación: Definitiva/Suspensiva · Mercadería: Nueva
    El presente régimen es un sistema diseñado para la fiscalización de las operaciones de comercio exterior que involucren precursores químicos.
    En 2914.11.00, solo para las aperturas SIM 2914.11.00.900W (Las demás).
    Lo que dice el organismo
    Obligatoria
  • Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa
    Registro de Armas Químicas
    Destinación: Definitiva/Suspensiva · Mercadería: Nueva
    Cuándo aplica: De acuerdo a las obligaciones asumidas por la República Argentina en el marco de la Convención de Armas Químicas, las empresas o instituciones, que produzcan, elaboren, consuman, importen o exporten sustancias químicas incluidas en las Lista 1, 2 y 3 de la CAQ, deberán inscribirse / reinscribirse en el Registro de Armas Químicas (REARQUIM) de la Secretaria de Industria y Desarrollo Productivo dependiente del Ministerio de Economía, y declarar a partir del 1 de enero de cada año las actividades del año anterior (2023) , siendo su fecha límite de presentación el 31 de enero de cada año.
    Lo que dice el organismo
    Obligatoria
  • SENASA
    Aviso de Importación de Alimentos, UPEI, Envases y Muestras - Alta Vigilancia.
    Destinación: Definitiva · Mercadería: Nueva
    Si lo traés de la Unión Europea: Es el que corresponde si el alimento o el envase viene con certificación de un país de la Unión Europea. Alcanza con la declaración jurada de importación, y la autoridad sanitaria no puede pedir exigencias adicionales. Hay que adjuntar el certificado de libre venta, la autorización de comercialización o un documento análogo de la autoridad sanitaria competente. Fuente: Decreto 2126/71, anexo I, art. 2, y anexo II, art. 4 a), texto del Decreto 697/2026, y Anexo III del Decreto 35/2025.
    Cuándo aplica: Se necesitará realizar la solicitud de "Aviso de Importación de Alimentos y Envases" de aquellas mercaderías que hayan sido elaborados en los países listados en el Anexo III del Decreto 35/2025:
    En 2914.11.00, solo para las aperturas SIM 2914.11.00.900W (Las demás).
    Lo que dice el organismo
    Obligatoria
  • SENASA
    Embalajes de Madera de Importación*
    Destinación: Definitiva/Suspensiva · Mercadería: Nueva
    Si lo traés de la Unión Europea: Es igual para cualquier origen: alcanza a todo embalaje de madera que entra al país. Fuente: Res. SENASA 614/2015.
    Todos los embalajes de madera de mercaderías que ingresen al territorio argentino debe estar descortezado, libre de insectos y/o signos de actividad biológica, tratado y certificado en concordancia con lo estipulado en la Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias (NIMF N° 15) de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria.
    Cuándo aplica: La mercadería es acondicionada con embalajes de madera o madera de acomodación.
    Lo que dice el organismo
    Obligatoria

Solo si la importación es temporaria, en tránsito o de otro régimen

  • RENPRE
    Declaración de Tránsito Internacional
    Destinación: Suspensiva en tránsito · Mercadería: Nueva
    Todo aquel operador transportista -nacional o extranjero-, inscripto o no en el RENPRE, que deba trasladar sustancias o productos químicos controlados de un país a otro, pasando por territorio nacional, deberá solicitar una autorización previa para realizar el tránsito internacional por territorio Nacional, mediante el inicio del trámite de “DECLARACIÓN DE TRÁNSITO INTERNACIONAL POR TERRITORIO NACIONAL”.
    En 2914.11.00, solo para las aperturas SIM 2914.11.00.900W (Las demás).
    Lo que dice el organismo
    Obligatoria
  • SENASA
    Libre circulación de importaciones temporales - alimentos y materiales en contacto
    Destinación: Suspensiva en tránsito · Mercadería: Nueva
    Permite el ingreso temporal de mercadería al país con la obligación de reexportarla para consumo en un plazo determinado
    En 2914.11.00, solo para las aperturas SIM 2914.11.00.900W (Las demás).
    Lo que dice el organismo
    Obligatoria

Optativas (herramientas, no requisitos)

  • Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa
    Solicitud Resolución Anticipada de Origen
    Destinación: Definitiva · Mercadería: Nueva/Usada
    Cuándo aplica: El origen de las mercaderías determina, principalmente, el tratamiento arancelario aplicable a su importación. La Resolución Anticipada de Origen (RAO) permite al importador conocer, antes de llevar adelante sus respectivas importaciones, qué origen va a considerar el Estado Argentino a los fines de aplicar el tratamiento arancelario.
    Lo que dice el organismo
    Optativa

Fuente: VUCE, identificador de posiciones arancelarias, consultada el 6/10/2026. Los organismos cambian sus intervenciones seguido, por eso cada una enlaza la página de la VUCE de donde sale, para mirarla el día que importes.

4 · Lo que esta ficha no cubre

Lo que tenés que resolver aparte

  • Los demás tributos. Esta ficha dice el arancel del acuerdo. La importación paga además IVA, percepciones y tasas que no son del acuerdo y que no calculamos acá. Pedile a tu despachante el costo total.
  • La clasificación. El código lo elige quien importa y lo confirma el despachante. Si dudás entre dos, buscá por descripción y compará.
  • El origen. La rebaja es para mercadería originaria de la Unión Europea según el capítulo 3 del acuerdo. Que el proveedor esté en Europa no alcanza, pedile la declaración de origen.

5 · Si también exportás

Las fichas de exportación de esta subpartida

La NCM y la Nomenclatura Combinada europea coinciden en los primeros seis dígitos. Estas son las líneas europeas de esta subpartida, cada una con su ficha para exportar.

¿Querés que alguien mire tu caso?

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Va con el código 2914.11.00. Contanos qué traés de Europa y qué te gustaría resolver. Te responde GO Argentina Consulting.