Importá desde Europa
Qué te cambia el acuerdo si lo comprás en la Unión Europea
Si viene de la Unión Europea, paga hoy 8,1 % de arancel en la Argentina con el acuerdo, y llega a 0 % el 1 de enero de 2036.
La posición en la NCM, nivel por nivel
- Productos químicos inorgánicos; compuestos inorgánicos u orgánicos de metal precioso, de elementos radiactivos, de metales de las tierras raras o de isótopos
- Sulfatos; alumbres; peroxosulfatos (persulfatos)
- Sulfatos de sodio
- Sulfato de disodio
- Los demás
1 · Arancel argentino
Cuánto pagás hoy y cada año con el acuerdo
Lo que cobra la Argentina, hoy y cada año. El acuerdo fija en el Apéndice 2-A-2 el arancel que la Argentina le cobra a la mercadería originaria de la Unión Europea, y lo va bajando el 1 de enero de cada año según la categoría de cada línea. Abajo está la línea del anexo a la que se llega desde tu código, el arancel de hoy y el de cada año.
Sin el acuerdo, 9 %. Es lo que la Argentina cobra hoy a este código cuando viene de fuera del Mercosur (derecho de importación extrazona), con un arancel externo común (AEC) de 9 %, el mismo que fija el Decreto 557/2023, según la VUCE el 17/10/2026. Como es menor que el arancel base del anexo, la rebaja del acuerdo se calcula sobre ese 9 %, con el mismo margen de preferencia (iTA, artículo 2.4, apartado 7). Las cifras de abajo ya lo tienen en cuenta.
Categoría «10». Baja en 11 etapas iguales y llega a cero el 1 de enero de 2036.
Línea del anexo (NCM 2012) 2833.11.90 Los demás sulfatos de disodio
Hoy se declara 2833.11.90 · Mismo código, sin cambios
- Hoy 8,1 %
- Próximo escalón · 1/1/2027 7,3 %
- Llega a 0 · 1/1/2036
- Sin acuerdo 9 %
Tabla año a año, con la cifra exacta de cada etapa
| Año | Desde | Arancel |
|---|---|---|
| 2026 · rige hoy | 1/5/2026 | 8,1 % |
| 2027 | 1/1/2027 | 7,3 % |
| 2028 | 1/1/2028 | 6,5 % |
| 2029 | 1/1/2029 | 5,7 % |
| 2030 | 1/1/2030 | 4,9 % |
| 2031 | 1/1/2031 | 4 % |
| 2032 | 1/1/2032 | 3,2 % |
| 2033 | 1/1/2033 | 2,4 % |
| 2034 | 1/1/2034 | 1,6 % |
| 2035 | 1/1/2035 | 0,8 % |
| 2036 | 1/1/2036 | 0 % |
Cómo se llegó a esta línea. El anexo escribe su lista en la NCM 2012 y vos declarás en la vigente. Esta posición no cambió entre las dos ediciones (las tablas oficiales de correlación no la nombran). Las etapas intermedias se calculan con la regla del acuerdo, a la décima de punto (iTA, Anexo 2-A, Sección A, apartado 7). Fuera de los cupos, por ahora quien importa autoliquida el arancel del acuerdo (novedad de ARCA del 7/5/2026), y no encontramos una norma argentina que diga cómo redondear las etapas, así que la ficha trunca a la décima, como dice el texto en inglés del acuerdo. Y la rebaja es para mercadería originaria de la Unión Europea, con su prueba de origen.
2 · Cupo y licencia
Si hay cupo y qué licencia hace falta
Sin cupo. La rebaja de esta línea vale para cualquier cantidad, y no hace falta la licencia de importación de los cupos del acuerdo.
3 · Organismos
Qué organismos intervienen y qué piden
Qué organismos intervienen al importarlo
El arancel es del acuerdo, lo demás lo pide cada organismo. La VUCE le asigna a esta posición 5 intervenciones de otros organismos al importar. Cada una va con el texto con que la describe el organismo, sin resumir, y con las condiciones en que aplica. Varias solo corresponden en ciertos casos (si la mercadería viene en embalaje de madera, si es usada, si es para consumo), y eso lo dice cada una.
Para importar y vender acá
- Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana EmpresaRegistro de Armas QuímicasDestinación: Definitiva/Suspensiva · Mercadería: NuevaCuándo aplica: De acuerdo a las obligaciones asumidas por la República Argentina en el marco de la Convención de Armas Químicas, las empresas o instituciones, que produzcan, elaboren, consuman, importen o exporten sustancias químicas incluidas en las Lista 1, 2 y 3 de la CAQ, deberán inscribirse / reinscribirse en el Registro de Armas Químicas (REARQUIM) de la Secretaria de Industria y Desarrollo Productivo dependiente del Ministerio de Economía, y declarar a partir del 1 de enero de cada año las actividades del año anterior (2023) , siendo su fecha límite de presentación el 31 de enero de cada año.
Lo que dice el organismo
Obligatoria - SENASAEmbalajes de Madera de Importación*Destinación: Definitiva/Suspensiva · Mercadería: NuevaSi lo traés de la Unión Europea: Es igual para cualquier origen: alcanza a todo embalaje de madera que entra al país. Fuente: Res. SENASA 614/2015.Todos los embalajes de madera de mercaderías que ingresen al territorio argentino debe estar descortezado, libre de insectos y/o signos de actividad biológica, tratado y certificado en concordancia con lo estipulado en la Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias (NIMF N° 15) de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria.Cuándo aplica: La mercadería es acondicionada con embalajes de madera o madera de acomodación.
Lo que dice el organismo
Obligatoria - SENASARegistro de productos de alimentos para animales. Importación *Destinación: Definitiva · Mercadería: OtrosEl trámite permite solicitar autorización para importar productos destinados a la alimentación animal. Los alimentos para animales deben estar registrados ante SENASA. Para llevar a cabo las inscripciones, el Organismo cuenta con la Coordinación de Registro de Alimentos para Animales.Cuándo aplica: Solo para alimento destinado a animales, con grado de calidad para alimentación animal (feed grade)
Lo que dice el organismo
Obligatoria
Solo si la importación es temporaria, en tránsito o de otro régimen
- RENPREDeclaración de Tránsito InternacionalDestinación: Suspensiva en tránsito · Mercadería: NuevaTodo aquel operador transportista -nacional o extranjero-, inscripto o no en el RENPRE, que deba trasladar sustancias o productos químicos controlados de un país a otro, pasando por territorio nacional, deberá solicitar una autorización previa para realizar el tránsito internacional por territorio Nacional, mediante el inicio del trámite de “DECLARACIÓN DE TRÁNSITO INTERNACIONAL POR TERRITORIO NACIONAL”.Cuándo aplica: Manual de Procedimientos RENPRE.En 2833.11.90, solo para las aperturas SIM 2833.11.90.900A (Los demás).
Lo que dice el organismo
Obligatoria
Optativas (herramientas, no requisitos)
- Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana EmpresaSolicitud Resolución Anticipada de OrigenDestinación: Definitiva · Mercadería: Nueva/UsadaCuándo aplica: El origen de las mercaderías determina, principalmente, el tratamiento arancelario aplicable a su importación. La Resolución Anticipada de Origen (RAO) permite al importador conocer, antes de llevar adelante sus respectivas importaciones, qué origen va a considerar el Estado Argentino a los fines de aplicar el tratamiento arancelario.
Lo que dice el organismo
Optativa
Fuente: VUCE, identificador de posiciones arancelarias, consultada el 6/10/2026. Los organismos cambian sus intervenciones seguido, por eso cada una enlaza la página de la VUCE de donde sale, para mirarla el día que importes.
4 · Lo que esta ficha no cubre
Lo que tenés que resolver aparte
- Los demás tributos. Esta ficha dice el arancel del acuerdo. La importación paga además IVA, percepciones y tasas que no son del acuerdo y que no calculamos acá. Pedile a tu despachante el costo total.
- La clasificación. El código lo elige quien importa y lo confirma el despachante. Si dudás entre dos, buscá por descripción y compará.
- El origen. La rebaja es para mercadería originaria de la Unión Europea según el capítulo 3 del acuerdo. Que el proveedor esté en Europa no alcanza, pedile la declaración de origen.
5 · Si también exportás
Las fichas de exportación de esta subpartida
La NCM y la Nomenclatura Combinada europea coinciden en los primeros seis dígitos. Estas son las líneas europeas de esta subpartida, cada una con su ficha para exportar.