Importá desde Europa
Qué te cambia el acuerdo si lo comprás en la Unión Europea
Si viene de la Unión Europea, entra a la Argentina sin arancel desde el inicio del acuerdo (1/5/2026).
La posición en la NCM, nivel por nivel
- Combustibles minerales, aceites minerales y productos de su destilación; materias bituminosas; ceras minerales
- Aceites de petróleo o de mineral bituminoso, excepto los aceites crudos; preparaciones no expresadas ni comprendidas en otra parte, con un contenido de aceites de petróleo o de mineral bituminoso superior o igual al 70 % en peso, en las que estos aceites constituyan el elemento base; desechos de aceites
- Aceites de petróleo o de mineral bituminoso (excepto los aceites crudos) y preparaciones no expresadas ni comprendidas en otra parte, con un contenido de aceites de petróleo o de mineral bituminoso superior o igual al 70 % en peso, en las que estos aceites constituyan el elemento base, excepto las que contengan biodiésel y los desechos de aceites
- Los demás
- Querosenos
- Los demás
1 · Arancel argentino
Cuánto pagás hoy y cada año con el acuerdo
Lo que cobra la Argentina, hoy y cada año. El acuerdo fija en el Apéndice 2-A-2 el arancel que la Argentina le cobra a la mercadería originaria de la Unión Europea, y lo va bajando el 1 de enero de cada año según la categoría de cada línea. Abajo está la línea del anexo a la que se llega desde tu código, el arancel de hoy y el de cada año.
Sin el acuerdo, 0 %. Es lo que la Argentina cobra hoy a este código cuando viene de fuera del Mercosur (derecho de importación extrazona), con un arancel externo común (AEC) de 0 %, el mismo que fija el Decreto 557/2023, según la VUCE el 17/10/2026. Como no es menor que el arancel base del anexo, la rebaja del acuerdo se calcula sobre el arancel base (iTA, artículo 2.4, apartado 7).
Categoría «0». Libre de arancel desde el inicio del acuerdo.
Línea del anexo (NCM 2012) 2710.19.19 Los demás querosenos
Hoy se declara 2710.19.19 · Mismo código, sin cambios
Cómo se llegó a esta línea. El anexo escribe su lista en la NCM 2012 y vos declarás en la vigente. Esta posición no cambió entre las dos ediciones (las tablas oficiales de correlación no la nombran). Las etapas intermedias se calculan con la regla del acuerdo, a la décima de punto (iTA, Anexo 2-A, Sección A, apartado 7). Fuera de los cupos, por ahora quien importa autoliquida el arancel del acuerdo (novedad de ARCA del 7/5/2026), y no encontramos una norma argentina que diga cómo redondear las etapas, así que la ficha trunca a la décima, como dice el texto en inglés del acuerdo. Y la rebaja es para mercadería originaria de la Unión Europea, con su prueba de origen.
2 · Cupo y licencia
Si hay cupo y qué licencia hace falta
Sin cupo. La rebaja de esta línea vale para cualquier cantidad, y no hace falta la licencia de importación de los cupos del acuerdo.
3 · Organismos
Qué organismos intervienen y qué piden
Qué organismos intervienen al importarlo
El arancel es del acuerdo, lo demás lo pide cada organismo. La VUCE le asigna a esta posición 3 intervenciones de otros organismos al importar. Cada una va con el texto con que la describe el organismo, sin resumir, y con las condiciones en que aplica. Varias solo corresponden en ciertos casos (si la mercadería viene en embalaje de madera, si es usada, si es para consumo), y eso lo dice cada una.
Para importar y vender acá
- SENASAEmbalajes de Madera de Importación*Destinación: Definitiva/Suspensiva · Mercadería: NuevaSi lo traés de la Unión Europea: Es igual para cualquier origen: alcanza a todo embalaje de madera que entra al país. Fuente: Res. SENASA 614/2015.Todos los embalajes de madera de mercaderías que ingresen al territorio argentino debe estar descortezado, libre de insectos y/o signos de actividad biológica, tratado y certificado en concordancia con lo estipulado en la Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias (NIMF N° 15) de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria.Cuándo aplica: La mercadería es acondicionada con embalajes de madera o madera de acomodación.
Lo que dice el organismo
Obligatoria
Optativas (herramientas, no requisitos)
- ANACRegla de tributación para productos del sector aeronáutico.Destinación: Definitiva/Suspensiva · Mercadería: NuevaCertificación de partes o componentes aeronáuticos para su importación bajo arancel "0" según Decreto 2275/94, Regla general tributariaCuándo aplica: – El solicitante deberá presentar una declaración jurada con sus datos, los de las partes a importar y especificar si son nuevas o usadas.
Lo que dice el organismo
Optativa - Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana EmpresaSolicitud Resolución Anticipada de OrigenDestinación: Definitiva · Mercadería: Nueva/UsadaCuándo aplica: El origen de las mercaderías determina, principalmente, el tratamiento arancelario aplicable a su importación. La Resolución Anticipada de Origen (RAO) permite al importador conocer, antes de llevar adelante sus respectivas importaciones, qué origen va a considerar el Estado Argentino a los fines de aplicar el tratamiento arancelario.
Lo que dice el organismo
Optativa
Fuente: VUCE, identificador de posiciones arancelarias, consultada el 6/10/2026. Los organismos cambian sus intervenciones seguido, por eso cada una enlaza la página de la VUCE de donde sale, para mirarla el día que importes.
4 · Lo que esta ficha no cubre
Lo que tenés que resolver aparte
- Los demás tributos. Esta ficha dice el arancel del acuerdo. La importación paga además IVA, percepciones y tasas que no son del acuerdo y que no calculamos acá. Pedile a tu despachante el costo total.
- La clasificación. El código lo elige quien importa y lo confirma el despachante. Si dudás entre dos, buscá por descripción y compará.
- El origen. La rebaja es para mercadería originaria de la Unión Europea según el capítulo 3 del acuerdo. Que el proveedor esté en Europa no alcanza, pedile la declaración de origen.
5 · Si también exportás
Las fichas de exportación de esta subpartida
La NCM y la Nomenclatura Combinada europea coinciden en los primeros seis dígitos. Estas son las líneas europeas de esta subpartida, cada una con su ficha para exportar.
- 2710 19 11Que se destinen a un tratamiento definido ( 31 )
- 2710 19 15Que se destinen a una transformación química mediante un tratamiento distinto de los definidos en la subpartida 2710 19 11 ( 31 )
- 2710 19 21Carburorreactores
- 2710 19 25Los demás
- 2710 19 29Los demás
- 2710 19 31Que se destine a un tratamiento definido ( 31 )
- 2710 19 35Que se destine a una transformación química mediante un tratamiento distinto de los definidos para la subpartida 2710 19 31 ( 31 )
- 2710 19 42Con un contenido de carbono de origen biológico ( 188 ) de al menos el 80 % en peso
- 2710 19 44Los demás
- 2710 19 46Con un contenido de azufre superior al 0,001 % pero inferior o igual al 0,002 % en peso
- 2710 19 47Con un contenido de azufre superior al 0,002 % pero inferior o igual al 0,1 % en peso
- 2710 19 48Con un contenido de azufre superior al 0,1 % en peso
- 2710 19 51Que se destine a un tratamiento definido ( 31 )
- 2710 19 55Que se destine a una transformación química mediante un tratamiento distinto de los definidos para la subpartida 2710 19 51 ( 31 )
- 2710 19 62Con un contenido de azufre inferior o igual al 0,1 % en peso
- 2710 19 66Con un contenido de azufre superior al 0,1 % pero inferior o igual al 0,5 % en peso
- 2710 19 67Con un contenido de azufre superior al 0,5 % en peso
- 2710 19 71Que se destinen a un tratamiento definido ( 31 )
- 2710 19 75Que se destinen a una transformación química mediante un tratamiento distinto de los definidos para la subpartida 2710 19 71 ( 31 )
- 2710 19 81Aceites para motores, compresores y turbinas
- 2710 19 83Aceites hidráulicos
- 2710 19 85Aceites blancos, parafina líquida
- 2710 19 87Aceites para engranajes
- 2710 19 91Aceites para la metalurgia, aceites de desmoldeo, aceites anticorrosivos
- 2710 19 93Aceites para aislamiento eléctrico
- 2710 19 99Los demás aceites lubricantes y los demás