Chocolate

Código NCM1806.32.10

Flujo
Importación desde la Unión Europea
Destino
Argentina
Ficha generada
30/10/2026

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Importá desde Europa

Qué te cambia el acuerdo si lo comprás en la Unión Europea

Si viene de la Unión Europea, paga hoy 20 % de arancel en la Argentina fuera del cupo y 18,7 % dentro del cupo. La rebaja vale solo dentro de un cupo, con licencia de importación.

La posición en la NCM, nivel por nivel
  1. Cacao y sus preparaciones
  2. Chocolate y demás preparaciones alimenticias que contengan cacao
  3. Los demás, en bloques, tabletas o barras
  4. Sin rellenar
  5. Chocolate

1 · Arancel argentino

Cuánto pagás hoy y cada año con el acuerdo

Lo que cobra la Argentina, hoy y cada año. El acuerdo fija en el Apéndice 2-A-2 el arancel que la Argentina le cobra a la mercadería originaria de la Unión Europea, y lo va bajando el 1 de enero de cada año según la categoría de cada línea. Abajo está la línea del anexo a la que se llega desde tu código, el arancel de hoy y el de cada año.

Sin el acuerdo, 20 %. Es lo que la Argentina cobra hoy a este código cuando viene de fuera del Mercosur (derecho de importación extrazona), con un arancel externo común (AEC) de 20 %, el mismo que fija el Decreto 557/2023, según la VUCE el 17/10/2026. Como no es menor que el arancel base del anexo, la rebaja del acuerdo se calcula sobre el arancel base (iTA, artículo 2.4, apartado 7).

Hoy, fuera del cupo
20 %
Hoy, dentro del cupo
18,7 %
Cupo de este año
1.200 t (prorrateado)
Arancel base
20 %
Categoría
CH2

Rebaja solo dentro de un cupo (mención «CH2»). Lo que entra fuera del cupo paga el arancel de fuera del cupo.

Línea del anexo (NCM 2012) 1806.32.10 Chocolate sin rellenar, en bloques, tabletas o barras
Hoy se declara 1806.32.10 · Mismo código, sin cambios

Cupo «CH2» de la subpartida 1806.32. La cantidad es para todo el Mercosur (Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay), no solo para la Argentina. Sin reparto entre países y por orden de llegada.

El cupo año por año
AñoCupo (t)DentroFuera
2026 · rige hoy1.200 (prorrateado)18,7 %20 %
20272.06217,3 %20 %
20282.32416 %20 %
20292.58614,7 %20 %
20302.84813,3 %20 %
20313.11012 %20 %
20323.37210,7 %20 %
20333.6349,3 %20 %
20343.8968 %20 %
20354.1586,7 %20 %
20364.4205,3 %20 %
20374.6824 %20 %
20384.9442,7 %20 %
20395.2001,3 %20 %
2040 y siguientessin cupo—0 %

El cupo de 2026 se prorratea a 8 de 12 meses porque el acuerdo rige desde el 1/5/2026 (Anexo 2-A, Sección A, apartado 9).

Los derechos de aduana sobre mercancías originarias marcadas con la mención CH2 en el apéndice 2-A-2 estarán sujetos a los siguientes tipos de derecho dentro del contingente en las cantidades agregadas que figuran a continuación, sin asignación de países para los contingentes de la NCM 1704.90.10 y las subpartidas 1806.10, 1806.31 y 1806.32, que se administrarán por orden de llegadaAnexo 2-A, Sección A, apartado 6, letra m)

Cómo se llegó a esta línea. El anexo escribe su lista en la NCM 2012 y vos declarás en la vigente. Esta posición no cambió entre las dos ediciones (las tablas oficiales de correlación no la nombran). Las etapas intermedias se calculan con la regla del acuerdo, a la décima de punto (iTA, Anexo 2-A, Sección A, apartado 7). Fuera de los cupos, por ahora quien importa autoliquida el arancel del acuerdo (novedad de ARCA del 7/5/2026), y no encontramos una norma argentina que diga cómo redondear las etapas, así que la ficha trunca a la décima, como dice el texto en inglés del acuerdo. Y la rebaja es para mercadería originaria de la Unión Europea, con su prueba de origen.

2 · Cupo y licencia

Si hay cupo y qué licencia hace falta

La rebaja es solo dentro de un cupo. Para esta línea el acuerdo no baja el arancel para cualquier cantidad, lo baja para un volumen por año, y lo que entra fuera de ese volumen paga el arancel de fuera del cupo. La tabla de la línea, en el bloque del arancel, dice cuánto entra cada año y a qué arancel. Para usar el cupo hace falta una licencia de importación.

  • Licencia
    Licencia de importación, por la Ventanilla Única (VUCEA)
    Para traer mercadería dentro de un cupo del Acuerdo hace falta una licencia de importación que emite la Subsecretaría de Mercados Agroalimentarios e Inserción Internacional, y que se declara por la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCEA): no se presenta en papel ni en otra ventanilla. El procedimiento está en el Manual de Usuario Externo del micrositio VUCE de ARCA. Esto vale para los cupos: fuera de un cupo, la importación sigue el régimen general: confirmalo con tu despachante.
  • Licencia
    Es la misma resolución que ya usás para exportar
    La Res. SAGyP 50/2026 gobierna los cupos del Acuerdo en los dos sentidos: los de exportación y los de importación. Si ya operás cupos de exportación bajo esa norma, no hay una segunda resolución que aprender para importar.

3 · Organismos

Qué organismos intervienen y qué piden

Qué organismos intervienen al importarlo

El arancel es del acuerdo, lo demás lo pide cada organismo. La VUCE le asigna a esta posición 6 intervenciones de otros organismos al importar. Cada una va con el texto con que la describe el organismo, sin resumir, y con las condiciones en que aplica. Varias solo corresponden en ciertos casos (si la mercadería viene en embalaje de madera, si es usada, si es para consumo), y eso lo dice cada una. Donde el origen cambia algo, cada una dice también qué pasa si lo traés de la Unión Europea.

Para importar y vender acá

  • SENASA
    Aviso de Importación de Alimentos, UPEI, Envases y Muestras - Alta Vigilancia.
    Destinación: Definitiva · Mercadería: Nueva
    Si lo traés de la Unión Europea: Es el que corresponde si el alimento o el envase viene con certificación de un país de la Unión Europea. Alcanza con la declaración jurada de importación, y la autoridad sanitaria no puede pedir exigencias adicionales. Hay que adjuntar el certificado de libre venta, la autorización de comercialización o un documento análogo de la autoridad sanitaria competente. Fuente: Decreto 2126/71, anexo I, art. 2, y anexo II, art. 4 a), texto del Decreto 697/2026, y Anexo III del Decreto 35/2025.
    Cuándo aplica: Se necesitará realizar la solicitud de "Aviso de Importación de Alimentos y Envases" de aquellas mercaderías que hayan sido elaborados en los países listados en el Anexo III del Decreto 35/2025:
    Lo que dice el organismo
    Obligatoria
  • SENASA
    Embalajes de Madera de Importación*
    Destinación: Definitiva/Suspensiva · Mercadería: Nueva
    Si lo traés de la Unión Europea: Es igual para cualquier origen: alcanza a todo embalaje de madera que entra al país. Fuente: Res. SENASA 614/2015.
    Todos los embalajes de madera de mercaderías que ingresen al territorio argentino debe estar descortezado, libre de insectos y/o signos de actividad biológica, tratado y certificado en concordancia con lo estipulado en la Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias (NIMF N° 15) de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria.
    Cuándo aplica: La mercadería es acondicionada con embalajes de madera o madera de acomodación.
    Lo que dice el organismo
    Obligatoria

Solo si no viene con certificación de la Unión Europea

  • SENASA
    Autorización de Importación de Alimentos, UPEI, Envases y Muestras.
    Destinación: Definitiva · Mercadería: Nueva
    Si lo traés de la Unión Europea: Si el alimento o el envase viene con certificación de un país de la Unión Europea, este trámite no hace falta: alcanza con el aviso. La autorización es para lo que no tiene esa certificación: en ese caso el SENASA hace una verificación analítica del producto y no deja que circule hasta tener el resultado. Fuente: Decreto 2126/71, anexo I, art. 2, y anexo II, art. 4 a), texto del Decreto 697/2026, y Anexo III del Decreto 35/2025.
    Cuándo aplica: Se solicitará la Autorización de importación de alimentos para comercializar, alimentos para uso propio del establecimiento importador, muestras sin valor comercial, envases y utensilios en contacto con alimentos que NO hayan sido producidos en los países (Australia, Canadá, Confederación Suiza, Unión Europea, Estados Unidos, Nueva Zelanda, Estado de Israel, Japón, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanada del Norte, Países con los que rijan Tratados de Integración Económica o Acuerdos de Reciprocidad en materia higiénico-sanitarias) pertenecientes al anexo III del Decreto 25/2025, según lo establecido por la Disposición ANMAT 537/2025.
    Lo que dice el organismo
    Obligatoria

Solo si la importación es temporaria, en tránsito o de otro régimen

  • SENASA
    Libre circulación de importaciones temporales - alimentos y materiales en contacto
    Destinación: Suspensiva en tránsito · Mercadería: Nueva
    Permite el ingreso temporal de mercadería al país con la obligación de reexportarla para consumo en un plazo determinado
    Lo que dice el organismo
    Obligatoria

Optativas (herramientas, no requisitos)

  • Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
    Solicitud de licencia de importación para el contingente CH2.4 del Acuerdo Interino de Comercio MERCOSUR-UE
    Destinación: Definitiva · Mercadería: Nueva · Origen: Unión Europea
    Cuándo aplica: – Persona humana o jurídica legalmente constituida en el país.
    Lo que dice el organismo
    Optativa
  • Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa
    Solicitud Resolución Anticipada de Origen
    Destinación: Definitiva · Mercadería: Nueva/Usada
    Cuándo aplica: El origen de las mercaderías determina, principalmente, el tratamiento arancelario aplicable a su importación. La Resolución Anticipada de Origen (RAO) permite al importador conocer, antes de llevar adelante sus respectivas importaciones, qué origen va a considerar el Estado Argentino a los fines de aplicar el tratamiento arancelario.
    Lo que dice el organismo
    Optativa

Fuente: VUCE, identificador de posiciones arancelarias, consultada el 6/10/2026. Los organismos cambian sus intervenciones seguido, por eso cada una enlaza la página de la VUCE de donde sale, para mirarla el día que importes.

4 · Lo que esta ficha no cubre

Lo que tenés que resolver aparte

  • Los demás tributos. Esta ficha dice el arancel del acuerdo. La importación paga además IVA, percepciones y tasas que no son del acuerdo y que no calculamos acá. Pedile a tu despachante el costo total.
  • La clasificación. El código lo elige quien importa y lo confirma el despachante. Si dudás entre dos, buscá por descripción y compará.
  • El origen. La rebaja es para mercadería originaria de la Unión Europea según el capítulo 3 del acuerdo. Que el proveedor esté en Europa no alcanza, pedile la declaración de origen.

5 · Si también exportás

Las fichas de exportación de esta subpartida

La NCM y la Nomenclatura Combinada europea coinciden en los primeros seis dígitos. Estas son las líneas europeas de esta subpartida, cada una con su ficha para exportar.

¿Querés que alguien mire tu caso?

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Va con el código 1806.32.10. Contanos qué traés de Europa y qué te gustaría resolver. Te responde GO Argentina Consulting.